2016 • 26 de mayo de 2016
Número de Caso:
ER-2016-2
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 26 de mayo de 2016. Modifica el formulario para solicitar admisión por cortesía bajo la Regla 12(f) de su Reglamento. Esta acción sigue a una enmienda previa a la Regla 12(f) en 2015, motivada por el aumento de solicitudes y la necesidad de mayor efectividad. La enmienda de 2015 dispuso el uso de un formulario específico para estas solicitudes. Con el fin de agilizar el trámite, esta resolución revisa acápites del formulario como Caso o Procedimiento, Jurisdicciones Admitidas, Solicitudes Previas y Certificación del Abogado Endosante. El formulario modificado, anejo a la resolución, deberá ser utilizado por toda persona que solicite admisión por cortesía. La enmienda entrará en vigor diez días después de su aprobación y aplicará a las peticiones presentadas desde esa fecha.
2016 • 26 de mayo de 2016
Número de Caso:
CP-2013-31
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió una querella disciplinaria contra el Lcdo. Carlos J. Nazario Díaz. Se le imputó infringir los Cánones 12, 18, 19, 20 y 38 del Código de Ética Profesional por no observar la debida diligencia en la representación de su cliente. La querella se originó por su asesoramiento a la Segunda Iglesia Bautista de Ponce en relación con el ejercicio de un derecho de tanteo sobre un solar arrendado. Tras evaluar los fundamentos, el Tribunal determinó imponer una sanción. Ordenó la suspensión inmediata del letrado del ejercicio de la abogacía y notaría. La suspensión se estableció por un término de seis meses. Esta sanción fue efectiva a partir del 31 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó al abogado.
2016 • 25 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-3181
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 25 de mayo de 2016 en el caso número TS-3181. La resolución examina la Solicitud de Readmisión al ejercicio de la abogacía presentada por José A. Fusté Pérez. Dicha solicitud fue radicada el 19 de mayo de 2016. Tras considerar la petición, el Tribunal ordenó la readmisión del Juez José A. Fusté Pérez. La readmisión al ejercicio de la abogacía fue concedida según lo solicitado. Esta readmisión será efectiva a partir del 2 de junio de 2016. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por el Secretario. Este documento oficial del Tribunal Supremo trata exclusivamente sobre la readmisión del peticionario a la profesión legal.
2016 • 25 de mayo de 2016
Número de Caso:
CC-2015-933
Ponente:
Resolución con Voto Particular Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso CC-2015-933 entre Guillermo García Colón y la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos, emitió una Resolución el 25 de mayo de 2016. El peticionario había presentado una Moción en Solicitud de Certificaciones y Traducciones in Forma Pauperis. El Tribunal declaró No Ha Lugar dicha moción. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez disintió de la decisión. El Juez Asociado Estrella Martínez también emitió un voto particular disidente. En su disidencia, el Juez Estrella Martínez argumentó que la denegatoria impedía al litigante, que actúa in forma pauperis, ejercer su derecho a solicitar revisión ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Destacó que el peticionario solo solicitaba la certificación y traducción de tres resoluciones y una Sentencia. El voto disidente enfatizó el derecho fundamental de acceso a la justicia y la igualdad, citando jurisprudencia estadounidense y derecho internacional. Consideró que la decisión menoscababa el principio de que la justicia no debe depender de la capacidad económica.
2016 • 25 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-15338
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la separación inmediata e indefinida del Lcdo. José O. Sepúlveda Padilla del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se fundamenta en su reiterada indiferencia ante los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). Además, el Tribunal señaló su desidia ante las órdenes emitidas por la propia corte. El licenciado Sepúlveda Padilla mostró un serio patrón de inobservancia con las horas crédito de educación jurídica continua requeridas para el bienio 2007-2009. Tampoco pagó la cuota por cumplimiento tardío ni respondió a múltiples gestiones y avisos del PEJC. La suspensión es efectiva a partir del 26 de mayo de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 20 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-7082
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 20 de mayo de 2016. La resolución atiende el caso In re: Delfín Sosa Suárez, identificado con el número TS-7082. El asunto principal es la reinstalación al ejercicio de la abogacía. Tras evaluar una Moción en Cumplimiento de Orden presentada el 13 de mayo de 2016, el Tribunal decidió reinstalar al Sr. Delfín Sosa Suárez. Esta decisión le permite retomar la práctica legal. La resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por el Secretario del Tribunal Supremo.
2016 • 19 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-12,920
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra la Lcda. Anabely Baretty Torres por incumplir con los requisitos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y desatender las órdenes del Tribunal. La licenciada no presentó numerosos Índices de Actividad Notarial Mensual ni Informes Estadísticos de Actividad Notarial Anual correspondientes a varios años entre 2012 y 2015. La ODIN realizó múltiples gestiones para que cumpliera con sus obligaciones, incluyendo comunicaciones por correo y correo electrónico. Ante la falta de cumplimiento y respuesta de la abogada, el Tribunal determinó imponer una sanción disciplinaria. Se ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Anabely Baretty Torres del ejercicio de la abogacía. La decisión fue emitida el 19 de mayo de 2016. La suspensión se hizo efectiva el 27 de junio de 2016, fecha en que fue notificada por correo.
2016 • 18 de mayo de 2016
Número de Caso:
CC-2015-92
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Resumen:
Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la reclamación de reintegro de un comprobante de pago adquirido para una operación registral inmobiliaria que no se llevó a cabo. El recurrido, Arnaldo Rosado Molina, compró el comprobante en 2009 y solicitó su devolución en 2013 tras no utilizarlo. El Departamento de Hacienda denegó el reintegro alegando la caducidad del comprobante. El señor Rosado Molina demandó al Estado Libre Asociado de Puerto Rico para obtener el reembolso. El Estado solicitó la desestimación, argumentando la existencia de un término prescriptivo. La controversia principal que el Tribunal Supremo debía resolver era si la Ley de Aranceles del Registro de la Propiedad, Ley Núm. 91 de 1970, establece un término para reclamar el reintegro de comprobantes no utilizados. El Tribunal analizó el Art. 3 de dicha ley para determinar la existencia o inexistencia de tal término. La decisión clave del Tribunal es que no existe un término prescriptivo o de caducidad para instar una reclamación de reintegro de comprobantes de pago adquiridos para operaciones registrales no utilizadas al amparo de la Ley Núm. 91 de 1970.
2016 • 18 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-17,768
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario para suspender a la abogada y notario Diana M. Pérez Padín. La suspensión, de carácter inmediato e indefinido, se fundamenta en múltiples incumplimientos. La abogada no remitió a la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) los índices de actividad notarial de varios meses de 2013 y 2014. Tampoco presentó el informe estadístico anual de actividad notarial para el año 2013. Adicionalmente, su fianza notarial no parecía estar vigente según los registros de la ODIN. Estos hechos, sumados al desacato de órdenes del Tribunal y la falta de actualización de datos en el Registro Único de Abogados, motivaron la acción disciplinaria. La suspensión será efectiva a partir del 23 de junio de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 18 de mayo de 2016
Número de Caso:
AB-2015-225
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario en el caso AB-2015-225 contra el Lcdo. Javier Pérez Rojas. La acción se originó por una queja de una cliente que alegó que el abogado no realizó el trabajo contratado a pesar de recibir honorarios. El abogado incumplió repetidamente con su deber de contestar la queja. A pesar de las comunicaciones de la Secretaría del Tribunal y una orden directa del Tribunal Supremo con apercibimiento de sanciones, el letrado no compareció ni contestó. Ante la desobediencia a las órdenes judiciales y el incumplimiento con el proceso disciplinario, el Tribunal ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Javier Pérez Rojas del ejercicio de la abogacía. La suspensión sería efectiva a partir del 26 de mayo de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 18 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-15105
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió al Lcdo. Luis A. Alvarado Hernández del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se debió a su reiterado incumplimiento con órdenes judiciales y la Ley Notarial. Específicamente, no presentó índices de actividad notarial mensuales ni informes estadísticos anuales por varios años. Además, no mantuvo una fianza notarial vigente desde 2011. La Oficina de Inspección de Notarías le notificó estas deficiencias en múltiples ocasiones, pero el letrado no compareció ni subsanó las faltas. Tras ser referido al Tribunal, se ordenó la incautación preventiva de su obra notarial y se le concedió un término para mostrar causa. Al no responder a la orden del Tribunal, se procedió a su suspensión. La suspensión es efectiva a partir del 24 de mayo de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 17 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-13648
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Héctor Luis Torres Dávila del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta decisión se fundamenta en su incumplimiento reiterado con los requisitos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y su falta de acatamiento a las órdenes del Tribunal. Las faltas incluyen no corregir deficiencias señaladas en su obra notarial de varios años, particularmente las arancelarias. Además, cerró su oficina y trasladó su obra protocolar sin la autorización expresa de la ODIN. El licenciado tampoco ha presentado los informes de actividad notarial mensuales y anuales requeridos por años. A esto se suma la falta de pago de su fianza notarial desde 2011. La ODIN solicitó la intervención del Tribunal ante estas omisiones graves. La suspensión es un ejercicio del poder disciplinario del Tribunal ante la conducta del abogado.
2016 • 17 de mayo de 2016
Número de Caso:
AB-2008-127
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve un procedimiento ético-disciplinario contra el Lcdo. Nelson Vélez Lugo. La acción se basa en el incumplimiento de órdenes del Tribunal y una conducta de extrema indiferencia durante el proceso disciplinario. Esta actuación constituye una violación al Canon 9 de Ética Profesional, que impone el deber de diligencia y respeto hacia el Tribunal. La queja original se relaciona con problemas en escrituras notariales de 1990 y la gestión del abogado en un pleito posterior para corregirlas. El letrado tiene un historial de múltiples sanciones disciplinarias previas, incluyendo suspensiones. El Tribunal reitera su compromiso de suspender a abogados que falten a sus deberes y al respeto debido. Como consecuencia, se impone una nueva suspensión del ejercicio de la abogacía al Lcdo. Vélez Lugo. La suspensión es efectiva a partir del 26 de mayo de 2016.
2016 • 16 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-9576
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 16 de mayo de 2016. Trata sobre la solicitud de reinstalación a la práctica de la notaría presentada por el Lcdo. Jaime Rodríguez Cora. El Tribunal evaluó la Moción en Solicitud de Reinstalación. Tras la evaluación, el Tribunal determinó proveer ha lugar la solicitud. Esto significa que se concede la reinstalación del Lcdo. Rodríguez Cora a la práctica notarial. El documento certifica esta decisión del Tribunal Supremo.
2016 • 16 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-15362
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 16 de mayo de 2016. La resolución se refiere al caso Ex Parte Mario A. Ramírez Matos, identificado con el número TS-15362. La materia tratada es la Solicitud de Cambio a Estatus de Abogado Activo en el Registro de Abogados. El abogado Mario A. Ramírez Matos presentó esta solicitud por derecho propio. Tras evaluar la petición, el Tribunal Supremo determinó proveer ha lugar a la misma. Esto significa que se autoriza la reactivación del ejercicio de la abogacía para el peticionario. El documento es una decisión oficial del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
2016 • 16 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-12457
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió inmediata e indefinidamente a la Lcda. Noelma Colón Cordovés del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se fundamenta en su reiterada desatención a los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y del propio Tribunal. Se le imputa no haber rendido treinta y ocho Índices de Actividad Notarial Mensual e Informes Estadísticos Anuales correspondientes a los años 2004 a 2013. A pesar de múltiples notificaciones enviadas por la ODIN, la licenciada no respondió ni cumplió con los requerimientos. Las notificaciones fueron devueltas por el servicio postal debido a que la abogada no mantuvo actualizada su dirección en el Registro Único de Abogados, un problema recurrente desde 2009. Esta falta de actualización impidió la comunicación efectiva y demostró un patrón de incumplimiento. La suspensión es efectiva a partir del 18 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó la decisión.
2016 • 13 de mayo de 2016
Número de Caso:
CP-2013-22
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisó una querella sobre conducta profesional contra el Lcdo. Juan O. Rodríguez López. La Oficina de la Procuradora General presentó la querella imputando violaciones a los Cánones 12, 18 y 38 del Código de Ética Profesional. El caso se originó por un referido de un juez del Tribunal de Primera Instancia. El juez señaló un patrón de conducta del abogado que causó dilaciones excesivas en un proceso criminal. También se refirió a su reacción ante una sanción impuesta y su falta de comunicación con el cliente y el tribunal. El abogado tampoco respondió a una orden para mostrar causa sobre una sanción económica. Tras evaluar la conducta, el Tribunal Supremo determinó imponer una sanción disciplinaria. Se ordenó la suspensión de la licencia para ejercer la abogacía del Lcdo. Juan O. Rodríguez López. La suspensión fue efectiva a partir del 17 de mayo de 2016.
2016 • 11 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-10947
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Elfrick Méndez Morales. Se le suspendió de forma inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se debió a su incumplimiento con los requisitos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y la falta de acatamiento de órdenes del Tribunal. Específicamente, el licenciado adeudaba veintinueve índices mensuales y cuatro informes estadísticos anuales de actividad notarial. La ODIN le había notificado previamente sobre estas deficiencias y le concedió un término para responder. Aunque el licenciado se comprometió a cumplir en el futuro, la ODIN emitió una resolución reiterando la importancia del cumplimiento y apercibiendo sobre un posible referido al Tribunal Supremo. Ante la inobservancia continua, el Tribunal procedió con la suspensión.
2016 • 10 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-7857
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución con fecha 10 de mayo de 2016. La Resolución aborda la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el Sr. Guillermo González Borgos. Tras examinar la moción de reinstalación y una moción informativa del Programa de Educación Jurídica Continua, el Tribunal decidió reinstalar al Sr. González Borgos. Se le apercibe que en el futuro deberá cumplir estrictamente con las órdenes del Tribunal. Este documento oficial certifica la decisión adoptada por el Tribunal Supremo.
2016 • 9 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-16874
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario para suspender a un miembro de la profesión jurídica. La suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Juan C. Ramírez Ramos se ordenó por incumplir con los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y con órdenes del propio Tribunal. El licenciado incurrió en múltiples omisiones de sus obligaciones como notario. Específicamente, no remitió 39 Informes de Actividad Notarial Mensual ni los Informes Estadísticos Anuales para 2011-2013. Tampoco presentó evidencia de tener vigente la fianza notarial requerida por ley. La ODIN le cursó varias comunicaciones advirtiéndole sobre sus incumplimientos y concediéndole términos para corregirlos, pero el abogado no respondió. Ante la falta de respuesta y cumplimiento, la ODIN presentó un Informe Especial al Tribunal. La suspensión es efectiva a partir del 10 de mayo de 2016.
2016 • 6 de mayo de 2016
Número de Caso:
CC-2013-986
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el caso Santiago Montañez et al. v. Fresenius Medical Care et al. (CC-2013-986), abordando la materia de daños y perjuicios. La decisión, 2016 TSPR 76, se centró en la estimación y valoración de daños. El Tribunal revisó las cuantías concedidas por el Tribunal de Primera Instancia en un caso relacionado con un incidente durante un tratamiento de hemodiálisis. Como resultado, se aumentaron las cuantías de daños otorgadas a los peticionarios. La sentencia aplicó y reafirmó los aspectos metodológicos para la valoración de daños establecidos en el caso previo Rodríguez et al. v. Hospital et al., 186 DPR 889 (2012). La opinión, emitida por el Juez Asociado Estrella Martínez, enfatizó la importancia de que los foros primarios se adhieran a esta metodología al valorar daños. El caso se originó tras un incidente ocurrido en septiembre de 2007 durante la terapia de hemodiálisis de la Sra. Ruby Navarro Santiago en Fresenius Medical Care.
2016 • 5 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-3,835
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró el caso de la notaria Margarita Dávila Tellado. La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó que la notaria incumplió con la presentación de índices de actividad notarial y no mantenía una fianza vigente desde 2011. Los intentos de la ODIN por comunicarse con ella resultaron infructuosos, ya que la correspondencia fue devuelta. Ante esta situación, la ODIN solicitó al Tribunal su suspensión inmediata y la incautación de su obra notarial. El Tribunal Supremo emitió una resolución ordenándole mostrar causa por la cual no debía ser suspendida indefinidamente del ejercicio de la abogacía y la notaría. Las gestiones para notificarle personalmente la resolución fueron infructuosas, y se desconoce su paradero, sugiriéndose que podría estar fuera de Puerto Rico. La notaria no ha comparecido ni respondido a los requerimientos del Tribunal. Como resultado de su incumplimiento y falta de respuesta, se ordena su suspensión del ejercicio de la notaría. Dicha suspensión será efectiva el 27 de junio de 2016, fecha de su notificación por correo.
2016 • 4 de mayo de 2016
Número de Caso:
MC-2016-430
Ponente:
Resolución del Tribunal con voto particular de conformidad
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió la Petición especial de Telenoticias, Telemundo de Puerto Rico. La petición solicitaba autorización para usar cámaras y equipo audiovisual. El propósito era transmitir y grabar la vista preliminar en alzada contra Luis G. Rivera Seijo. El Tribunal proveyó ha lugar a la solicitud. La parte peticionaria deberá regirse por el Reglamento del Programa Experimental para el Uso de Cámaras Fotográficas y de Equipo Audiovisual de Difusión. Se recalcan estrictamente las restricciones de la Regla 8 del Reglamento. Estas incluyen la prohibición de cobertura en procedimientos confidenciales y la facultad del juez para limitar o prohibir la cobertura. Tampoco se permiten tomas cercanas al rostro ni cobertura de procedimientos en cámara. La transmisión en vivo requiere autorización expresa y las entrevistas y fotografías en pasillos adyacentes están restringidas. El juez que preside resolverá cualquier controversia no prevista según su discreción.
2016 • 3 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-6945
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución suspendiendo a la Lcda. Enid García Ortiz del ejercicio de la abogacía. La suspensión se debe a su reiterado incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). La abogada no cumplió con los requisitos durante los periodos 2007-2009, 2009-2011 y 2011-2013. Tras un informe del PEJC, el Tribunal le ordenó mostrar causa por la cual no debía ser suspendida. La licenciada alegó no ejercer desde 1997 por condiciones de salud. El Tribunal le concedió un término para completar su inactivación en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RÚA). Al no completar el trámite ni cumplir con el PEJC, se ordenó su suspensión inmediata e indefinida. Se le impone el deber de notificar a clientes, devolver honorarios, informar a foros judiciales y administrativos, y acreditar cumplimiento al Tribunal.
2016 • 3 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-9416
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución sobre el Lcdo. Luis Pacheco Rivera. Se le identificó por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) durante dos periodos consecutivos (2009-2011 y 2011-2013). La Directora del PEJC presentó un informe detallando esta falta. El Tribunal le concedió un término de veinte días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. Al no comparecer ni responder dentro del plazo establecido, el Tribunal ordenó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía. Esta medida se fundamenta en su reiterado incumplimiento con las normativas del PEJC. Se le impone el deber de notificar a sus clientes y a los foros judiciales y administrativos sobre su suspensión. También debe devolver los honorarios por trabajos no realizados. Finalmente, deberá acreditar ante el Tribunal el cumplimiento de estas obligaciones en un término de treinta días. La suspensión es efectiva a partir del 6 de mayo de 2016, fecha de notificación.
2016 • 3 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-14913
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución sobre el Lcdo. Alejandro Delgado Vigier. Se le suspendió del ejercicio de la abogacía y la notaría de forma inmediata e indefinida. Esta acción se tomó debido a su reiterado incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para los periodos 2009-2011 y 2011-2013. Adicionalmente, no compareció ante el Tribunal tras ser requerido para mostrar causa por su incumplimiento. Se le impone el deber de notificar a sus clientes sobre su inhabilidad para representarlos y devolver honorarios por trabajos no realizados. También debe informar de su suspensión a cualquier foro judicial o administrativo donde tenga casos pendientes. Deberá acreditar ante el Tribunal el cumplimiento de estas obligaciones en un término de treinta días. Finalmente, se ordena la incautación de su obra y sello notarial por parte del Alguacil.
2016 • 3 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-10348
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el caso de la Lcda. Cindy Ginés Sánchez, quien incumplió con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el periodo 2007-2009. Desde 2014, el Tribunal le concedió múltiples oportunidades para mostrar causa, cumplir con los requisitos o completar el trámite de inactivación en el Registro Único de Abogados y Abogadas. A pesar de haber informado inicialmente que había subsanado y que tenía intención de renunciar a la profesión, la licenciada no compareció ni acreditó el cumplimiento con los requisitos del PEJC ni con las órdenes subsiguientes del Tribunal. Ante su reiterado incumplimiento, el Tribunal ordenó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía en Puerto Rico. La suspensión es efectiva a partir del 11 de mayo de 2016. Se le impone el deber de notificar a sus clientes y a cualquier foro judicial o administrativo sobre su inhabilidad para continuar representándolos. Además, deberá devolver los honorarios por trabajos no realizados e informar al Tribunal sobre el cumplimiento de estas gestiones en un término de treinta días.
2016 • 3 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-8,030
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución sobre el Lcdo. Carlos A. Pérez Irizarry. La Directora del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) informó que el licenciado incumplió con los requisitos del programa durante varios periodos entre 2007 y 2013. El Tribunal le concedió un término para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. Al no comparecer ni responder dentro del término establecido, el Tribunal ordenó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 3 de mayo de 2016. Se le impone el deber de notificar a sus clientes, devolver honorarios por trabajos no realizados e informar a los foros judiciales y administrativos. Además, deberá acreditar el cumplimiento de estas obligaciones ante el Tribunal en un término de treinta días.
2016 • 3 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-5529
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Marta Vélez Echevarría del ejercicio de la abogacía. La suspensión se fundamenta en su reiterado incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) durante varios periodos. Tras recibir un informe de la Directora del PEJC, el Tribunal le concedió un término para mostrar causa por la cual no debía ser suspendida. Al no comparecer ni responder dentro del término establecido, se procedió con la suspensión. La abogada suspendida tiene el deber de notificar a sus clientes sobre su inhabilidad para representarlos y devolver los honorarios por trabajos no realizados. También debe informar de su suspensión a cualquier foro judicial o administrativo donde tenga casos pendientes. Se le requiere acreditar ante el Tribunal el cumplimiento con estas obligaciones en un plazo de treinta días. La suspensión es efectiva a partir del 7 de junio de 2016.
2016 • 2 de mayo de 2016
Número de Caso:
TS-3292
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión indefinida del Lcdo. Juan J. Ramírez Rivera del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se fundamenta en el incumplimiento reiterado del licenciado con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) durante los periodos 2009-2011 y 2011-2013. A pesar de recibir avisos de incumplimiento y oportunidades para subsanar la deficiencia, incluyendo un término adicional de 60 días y una citación a vista informal a la que no compareció, el licenciado no cumplió con los créditos adeudados ni pagó la cuota correspondiente. El PEJC refirió el caso al Tribunal Supremo tras la actitud pasiva del abogado. Aunque el licenciado presentó una moción disculpándose, no resolvió la situación. La suspensión es efectiva a partir del 10 de mayo de 2016, fecha de notificación de la decisión.
2016 • 2 de mayo de 2016
Número de Caso:
AB-2014-124 AB-2015-96
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en ejercicio de su poder para reglamentar la abogacía, atiende la situación de la Lcda. Amalia Hernández Biascoechea. La abogada admite y presenta evidencia médica de una condición mental que le impide ejercer la profesión de forma competente y diligente. Ante esta incapacidad, el Tribunal considera necesario tomar medidas de protección social. La licenciada Hernández Biascoechea ha sido objeto de múltiples quejas previas por falta de atención, diligencia y comunicación en el manejo de casos, justificando sus actuaciones por su estado de salud. El Tribunal tiene el deber ineludible de garantizar que quienes ejercen la profesión estén mentalmente aptos. La suspensión de la abogada es efectiva a partir del 4 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó la decisión.
2016 • 29 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-9155
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario en el caso de Rigoberto Santiago Calderón. Se ordenó la suspensión inmediata e indefinida del abogado del ejercicio de la profesión. Esta medida se tomó por su incumplimiento con órdenes del Tribunal. Adicionalmente, no mantuvo actualizados sus datos en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RÚA). La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó sobre múltiples omisiones de sus obligaciones como notario. Específicamente, no remitió índices de actividad notarial de numerosos meses entre 2001 y 2015. Tampoco presentó informes anuales requeridos por la ODIN. La suspensión de la abogacía será efectiva el 5 de mayo de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 28 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-7396
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión indefinida del Lcdo. José E. Toro López del ejercicio de la abogacía. Esta decisión se basa en su incumplimiento reiterado con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). El licenciado no completó los cursos obligatorios para los periodos de 2007-2009 y 2009-2011. El PEJC realizó múltiples gestiones, incluyendo el envío de avisos de incumplimiento y la celebración de vistas informales. Se le concedieron varias oportunidades y extensiones para cumplir con los cursos adeudados y realizar los pagos correspondientes. A pesar de los esfuerzos del PEJC, el licenciado Toro López no cumplió con sus obligaciones reglamentarias. En consecuencia, el Tribunal emitió esta decisión Per Curiam imponiendo la sanción de suspensión indefinida. La suspensión será efectiva a partir del 17 de mayo de 2016.
2016 • 28 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-10,354 TS-6,242 TS-13,539 TS-4,065
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su jurisdicción disciplinaria para ordenar la suspensión inmediata e indefinida de varios miembros de la profesión legal. La medida se impone por el reiterado incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Los abogados afectados son Ángel D. López López, José E. Arrarás Mir y Agnes D. Martínez Colón. El PEJC realizó múltiples esfuerzos, incluyendo notificaciones y oportunidades para cumplir tardíamente, los cuales no fueron atendidos por los licenciados. Las suspensiones tienen fechas de efectividad específicas en mayo de 2016 para cada caso. En el caso del Lcdo. Juan Capestany Rodríguez, el Tribunal advino en conocimiento de su fallecimiento con posterioridad a emitir la opinión y sentencia. Esta decisión subraya la importancia del cumplimiento con la educación jurídica continua para mantener la idoneidad profesional.
2016 • 22 de abril de 2016
Número de Caso:
CC-2015-320
Ponente:
Sentencia con opinión de conformidad
Resumen:
Este caso de certiorari ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico enfrenta a Roberto Toledo Delgado y otros contra el Municipio de Ponce y otros. La controversia central gira en torno a la aplicación del requisito de notificación establecido en el Artículo 15.003 de la Ley de Municipios Autónomos. El Tribunal Supremo, en su sentencia del 22 de abril de 2016, confirmó la decisión del Tribunal de Apelaciones respecto a los recurridos menores de edad, dictaminando que dicho requisito no les era aplicable. Sin embargo, revocó el dictamen apelado en cuanto a los demás recurridos, al considerar que hubo falta de notificación al municipio conforme al mismo artículo. La decisión contó con una Opinión de Conformidad que profundiza en los fundamentos de la determinación.
2016 • 21 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-15833
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Edgardo José Oyola Torres. La acción se debió a su reiterado incumplimiento con los requisitos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y su desacato a las órdenes del Tribunal. El licenciado adeudaba treinta y tres índices de actividad notarial mensual y dos informes estadísticos anuales. A pesar de múltiples intentos de notificación por parte de la ODIN, las comunicaciones fueron devueltas. El Tribunal le ordenó previamente cumplir con sus obligaciones, advirtiéndole de una posible suspensión. Al no acatar dicha orden, el Tribunal decidió suspenderlo de forma inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta suspensión es efectiva a partir del 27 de abril de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 21 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-17,007
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario contra el Lcdo. Larry Doel Ramírez Lebrón. La acción se debió a su incumplimiento reiterado con los requisitos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). El licenciado no presentó múltiples índices de actividad notarial mensual ni informes estadísticos anuales correspondientes a los años 2012, 2013 y 2014. A pesar de las notificaciones de la ODIN, el licenciado no cumplió con los requerimientos ni justificó su inacción. Las comunicaciones de la ODIN fueron devueltas, indicando que se había mudado sin dejar dirección. Ante la falta de respuesta y cumplimiento, la ODIN presentó un informe especial ante el Tribunal Supremo. El Tribunal determinó ordenar la suspensión inmediata e indefinida del licenciado Ramírez Lebrón del ejercicio de la abogacía. Esta medida disciplinaria se impuso por su falta de acato a las órdenes del Tribunal y su incumplimiento con sus deberes notariales. La suspensión fue efectiva a partir de la fecha de su notificación por correo.
2016 • 20 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-6385
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 20 de abril de 2016 en el caso In re Francisco Toro González. La materia tratada fue la Solicitud de Readmisión al Ejercicio de la Notaría presentada por el licenciado Toro González a través de su abogado. Tras evaluar la solicitud, el Tribunal Supremo determinó proveer ha lugar la misma. Esto significa que se concedió la readmisión del licenciado Francisco Toro González a la práctica de la notaría. La resolución fue certificada por el Secretario del Tribunal Supremo.
2016 • 19 de abril de 2016
Número de Caso:
CP-2011-16
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico interviene en un caso de conducta profesional contra el licenciado Israel Roldán González. La acción surge de una querella presentada por una clienta, cuya corporación enfrentó la cancelación de un contrato gubernamental. Se determinó que el abogado abandonó el asunto encomendado por su representada tras iniciar la relación profesional. Además, incumplió su deber de mantener una comunicación directa y efectiva con la clienta. Esta conducta constituye una violación a los Cánones 18 y 19 del Código de Ética Profesional. En consecuencia, el Tribunal ordena la suspensión del licenciado Roldán González del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es efectiva a partir del 20 de abril de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 19 de abril de 2016
Número de Caso:
CC-2016-380
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso CC-2016-380 el 19 de abril de 2016. La resolución atendió una Petición de Certiorari y una Moción Urgente Solicitando Paralización de Procedimientos presentadas por Nelson De Jesús Nieves contra El Pueblo de Puerto Rico. La Mayoría del Tribunal declaró no ha lugar a ambas solicitudes. El Juez Asociado señor Estrella Martínez emitió un voto particular disidente. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez se unió al disenso. Los jueces disidentes consideraron que el caso ameritaba la intervención urgente del Tribunal. Argumentaron que el caso presentaba un escenario jurídico con consecuencias significativas. Señalaron un posible disloque entre el Código Penal y la Ley de Menores como una controversia relevante. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco no intervino en la decisión.
2016 • 14 de abril de 2016
Número de Caso:
RG-2015-4
Ponente:
Sentencia del Tribunal con Voto Particular Concurrente
Resumen:
Este documento es una Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en un Recurso Gubernativo. La peticionaria, Fabiola Fernández Chaves, impugna la denegatoria del Registrador de la Propiedad de Guayama a inscribir una escritura de segregación, liberación y compraventa. La peticionaria argumenta que la escritura debió inscribirse automáticamente al transcurrir el término de dos años para la calificación bajo la Ley Núm. 216-2010. Subsidiariamente, sostiene que el Registrador erró al exigir la cancelación de una hipoteca sobre la finca matriz como requisito para la inscripción del solar segregado. La escritura en cuestión se refiere a la segregación y venta del solar Núm. 13 de la Urbanización Parques de Guásimas. La finca donde ubica la urbanización estaba gravada con una hipoteca de cuatro millones de dólares. El Tribunal adelanta que confirmará la calificación realizada por el Registrador. La Sentencia procede a exponer los hechos relevantes y los fundamentos de la decisión.
2016 • 14 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-8566
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera la conducta profesional del Lcdo. Luis R. Pastrana Silva. Se le señala por no haber presentado noventa y siete índices de actividad notarial mensual ni informes estadísticos anuales desde el año 2000. Tampoco consta en su expediente evidencia del pago de la fianza notarial requerida. La Oficina de Inspección de Notarías intentó contactarlo sin éxito, ya que las comunicaciones fueron devueltas. Ante su incumplimiento y la imposibilidad de notificarle, la ODIN solicitó su suspensión y la incautación de su obra notarial. El Tribunal le concedió varios términos para que se expresara y cumpliera con sus obligaciones, pero el licenciado Pastrana Silva no compareció. Debido a su incomparecencia y falta de respuesta, el Tribunal ordenó la incautación preventiva de su obra y sello notarial. Se le requirió mostrar causa por la cual no debía ser suspendido indefinidamente del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión del ejercicio de la profesión fue ordenada. La suspensión se hizo efectiva el 3 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó por correo.
2016 • 13 de abril de 2016
Número de Caso:
CC-2016-251
Ponente:
Sentencia del Tribunal con Voto Particular Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió Sentencia en el caso de Certiorari El Pueblo de Puerto Rico v. Lutgardo Acevedo López (CC-2016-251). El Tribunal se encontró igualmente dividido respecto al recurso presentado. Ante esta división, se procedió a expedir el auto de certiorari. La Sentencia dictada fue confirmatoria de la decisión emitida previamente por el Tribunal de Apelaciones. Los jueces expresaron diferentes fundamentos para su voto. El Juez Asociado Martínez Torres votó conforme, indicando que una absolución obtenida mediante fraude no puede prevalecer y requiere un nuevo juicio. Otros jueces votaron por confirmar la decisión del Tribunal de Apelaciones. Un Juez Asociado emitió un voto particular disidente, proponiendo revocar el dictamen apelado y devolver el caso para una vista. La decisión final, por división, confirmó el dictamen del foro apelativo intermedio.
2016 • 13 de abril de 2016
Número de Caso:
CC-2014-333
Ponente:
Hon. Oronoz Rodríguez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve si un acreedor hipotecario que obtiene la titularidad de un bien mediante dación en pago es un adquirente voluntario o involuntario. La Corte determina que dicho acreedor se considera un adquirente voluntario para los fines de la Ley de Condominios y la Ley de Control de Acceso. Como resultado de esta clasificación, el acreedor responde solidariamente por las cuotas de mantenimiento y gastos comunes atrasados. Esta responsabilidad cubre las deudas que el transmitente adeudaba al momento del traspaso de la propiedad. El caso específico involucra a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriental y la adquisición de un apartamento en el Condominio Beach Village. La Cooperativa obtuvo la propiedad del deudor a través de un acuerdo de dación en pago tras el incumplimiento del préstamo. El fallo establece la obligación del acreedor adquirente de asumir las deudas pendientes del anterior titular con el condominio y la asociación de titulares.
2016 • 11 de abril de 2016
Número de Caso:
TS-11,446
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió sumariamente al Lcdo. Antonio M. Peluzzo Perotín del ejercicio de la abogacía. Esta acción se fundamenta en su convicción en el foro federal. La suspensión se dictó de conformidad con la Sec. 9 de la Ley de 11 de marzo de 1909. La decisión surge tras una investigación iniciada por el Tribunal luego de que trascendieran en los medios de comunicación su arresto y cargos federales. Se le imputó un esquema para gestionar licencias falsas de portación de armas. Los cargos federales incluían la producción y falsificación de documentos judiciales, firmas de jueces y sellos de tribunales. Enfrentó cientos de cargos por violar secciones del Título 18 del United States Code. La suspensión es efectiva a partir del 14 de abril de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 8 de abril de 2016
Número de Caso:
AB-2013-526
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspende a la abogada Verónica Del C. Crespo Peña del ejercicio de la abogacía. La suspensión se fundamenta en su reiterado incumplimiento de las órdenes judiciales. En un caso civil, la licenciada Crespo Peña desatendió la orden del Tribunal de Primera Instancia de coordinar una reunión y preparar un informe de manejo de caso. Ignoró las comunicaciones del abogado de la parte contraria y los mandatos del foro primario. Su inacción llevó a que se anotara la rebeldía de su representada, quien manifestó no poder comunicarse con ella. El Tribunal de Primera Instancia le impuso una sanción económica y le requirió explicaciones sobre su conducta, pero la abogada tampoco respondió. Ante la continua desobediencia a las órdenes del Tribunal, el Supremo determina su suspensión. La suspensión es efectiva a partir del 13 de abril de 2016.
2016 • 7 de abril de 2016
Número de Caso:
CC-2014-633
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Resumen:
El caso CC-2014-633 del Tribunal Supremo de Puerto Rico dilucida una cuestión crucial de derecho procesal laboral. Se enfoca en determinar cuándo comienza a transcurrir el término prescriptivo para instar una acción judicial por discrimen bajo la Ley Núm. 100. La controversia surge específicamente cuando un reclamante solicita la reconsideración de una determinación inicial de "No Causa Probable" emitida por la Unidad Antidiscrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. El peticionario, Pablo Meléndez Rivera, alegó discrimen por edad por parte de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado. Tras una determinación administrativa inicial desfavorable, solicitó y obtuvo que se declarara ha lugar su petición de reconsideración. La opinión del Tribunal busca clarificar si la solicitud de reconsideración interrumpe o pospone el inicio del plazo para acudir a los tribunales. Establece la regla aplicable para determinar el momento en que el reclamante tiene acceso al foro judicial una vez finalizado el proceso administrativo ante el Departamento del Trabajo. Define el cómputo del término prescriptivo en situaciones donde se agotan o se intentan agotar remedios administrativos internos tras una determinación inicial.
2016 • 6 de abril de 2016
Número de Caso:
CC-2016-306
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de abril de 2016 en el caso de certiorari CC-2016-306, presentado por Héctor R. Díaz Vanga contra la Comisión Estatal de Elecciones. El Tribunal declaró con lugar una Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción. Como resultado, se ordenó la paralización inmediata del sorteo, la preparación de papeletas y cualquier otro procedimiento relacionado con las primarias al cargo de Senador por el Distrito de Arecibo. Se requirió a la Comisión Estatal de Elecciones mostrar causa en cinco días por la cual no procede revocar la decisión del Tribunal de Apelaciones. Una Juez Asociada emitió un voto particular disidente, argumentando que los planteamientos del peticionario carecían de mérito y que el Tribunal no debía atender una controversia no planteada previamente. El voto disidente citó artículos de la Ley Electoral sobre los plazos para la entrega de endosos.
2016 • 5 de abril de 2016
Número de Caso:
AD-2015-3
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la conducta del Juez Municipal Carlos Quiñones Capacetti. Se le imputó una violación al Canon 31 de los Cánones de Ética Judicial. Dicho canon prohíbe a los jueces comparecer por derecho propio como parte en foros judiciales o administrativos adjudicativos. La infracción ocurrió cuando el juez solicitó la revisión de tres boletos de tránsito compareciendo sin representación legal. Tras una investigación y la presentación de una querella, se determinó que su actuación contravenía la ética judicial. Como resultado, el Tribunal Supremo impuso una sanción disciplinaria, culminando con la suspensión de empleo y sueldo del Juez Quiñones Capacetti por un término de tres meses.
2016 • 30 de marzo de 2016
Número de Caso:
CC-2015-704
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera la admisibilidad de expresiones realizadas por una menor de tres años fallecida, presunta víctima de maltrato por el acusado. El caso involucra a José A. Pérez Santos, imputado de asesinato estatutario y múltiples cargos de maltrato de menores y violencia doméstica, alegadamente resultando en la muerte de la menor. La controversia surge de una moción *in limine* presentada por la defensa durante el juicio. La defensa busca suprimir testimonios que contienen declaraciones de la menor, argumentando que constituyen prueba de referencia inadmisible. El Tribunal examinará la cuestión a la luz de las Reglas 805 y 809 de Evidencia. También se analizará el derecho constitucional a la confrontación que asiste al acusado. La opinión aborda cómo equilibrar la admisibilidad de dicha evidencia con los derechos fundamentales del imputado en un caso de alegado maltrato infantil grave.