Partes:
In re: Carlos A. Pérez Irizarry
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Conducta Profesional- Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplimiento con requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y requerimientos del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-8,030
Año:
2016
Fecha:
3 de mayo de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución sobre el Lcdo. Carlos A. Pérez Irizarry. La Directora del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) informó que el licenciado incumplió con los requisitos del programa durante varios periodos entre 2007 y 2013. El Tribunal le concedió un término para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. Al no comparecer ni responder dentro del término establecido, el Tribunal ordenó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 3 de mayo de 2016. Se le impone el deber de notificar a sus clientes, devolver honorarios por trabajos no realizados e informar a los foros judiciales y administrativos. Además, deberá acreditar el cumplimiento de estas obligaciones ante el Tribunal en un término de treinta días.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 101 | |
| Carlos A. Pérez Irizarry | 195 DPR |
Número del Caso: TS-8,030
Fecha: 3 de mayo de 2016
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Geisa Marrero Martínez Directora Ejecutiva
Materia: La suspensión será efectiva el 3 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó por correo al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica...
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