Partes:
In re: Margarita Dávila Tellado
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional-Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y notaría por infracción al Canon 9 del Código de Ética Profesional y la Regla 9(j) del Reglamento del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-3,835
Año:
2016
Fecha:
5 de mayo de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró el caso de la notaria Margarita Dávila Tellado. La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó que la notaria incumplió con la presentación de índices de actividad notarial y no mantenía una fianza vigente desde 2011. Los intentos de la ODIN por comunicarse con ella resultaron infructuosos, ya que la correspondencia fue devuelta. Ante esta situación, la ODIN solicitó al Tribunal su suspensión inmediata y la incautación de su obra notarial. El Tribunal Supremo emitió una resolución ordenándole mostrar causa por la cual no debía ser suspendida indefinidamente del ejercicio de la abogacía y la notaría. Las gestiones para notificarle personalmente la resolución fueron infructuosas, y se desconoce su paradero, sugiriéndose que podría estar fuera de Puerto Rico. La notaria no ha comparecido ni respondido a los requerimientos del Tribunal. Como resultado de su incumplimiento y falta de respuesta, se ordena su suspensión del ejercicio de la notaría. Dicha suspensión será efectiva el 27 de junio de 2016, fecha de su notificación por correo.
| In re: | |
|---|---|
| Margarita Dávila Tellado | 2016 TSPR 138 |
| 195 DPR | |
Número del Caso: TS-3,835
Fecha: 5 de mayo de 2016
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila de Jesús Director
Materia: La suspensión será efectiva el 27 de junio de 2016, fecha en que se le notificó por correo a la abogada de su suspensión inmediata.
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