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Casos/Tribunal Supremo/CC-2015-704

Pueblo v. Pérez Santos

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

Pueblo v. Pérez Santos

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Materia:

Derecho probatorio: Admisibilidad de expresiones realizadas por menor de 3 años que, previo su fallecimiento, estuvo sujeto a un patrón de maltrato por el acusado, conforme las Reglas 805 y 809 de Evidencia, 32 LPRA Ap. VI. Derecho constitucional a la confrontación que cobija a todo imputado en nuestro ordenamiento jurídico.

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CC-2015-704

Año:

2016

Fecha:

30 de marzo de 2016

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera la admisibilidad de expresiones realizadas por una menor de tres años fallecida, presunta víctima de maltrato por el acusado. El caso involucra a José A. Pérez Santos, imputado de asesinato estatutario y múltiples cargos de maltrato de menores y violencia doméstica, alegadamente resultando en la muerte de la menor. La controversia surge de una moción in limine presentada por la defensa durante el juicio. La defensa busca suprimir testimonios que contienen declaraciones de la menor, argumentando que constituyen prueba de referencia inadmisible. El Tribunal examinará la cuestión a la luz de las Reglas 805 y 809 de Evidencia. También se analizará el derecho constitucional a la confrontación que asiste al acusado. La opinión aborda cómo equilibrar la admisibilidad de dicha evidencia con los derechos fundamentales del imputado en un caso de alegado maltrato infantil grave.

Contenido del Caso

Número del Caso: CC-2015-704

Fecha: 30 de marzo de 2016

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Mayagüez y Aguadilla, Panel XI

Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Lisa M. Durán Ortiz Procuradora General Auxiliar

Abogada de la Parte Recurrida: Lcda. Eileen N. Díaz Ortiz Sociedad para Asistencia Legal

Materia: Derecho probatorio: Admisibilidad de expresiones realizadas por menor de 3 años que, previo su fallecimiento, estuvo sujeto a un patrón de maltrato por el acusado, conforme las Reglas 805 y 809 de Evidencia, 32 LPRA Ap. ...

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