Partes:
In re: Rigoberto Santiago Calderón
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir con órdenes de este Tribunal y no mantener actualizado los datos personales en el Registro Único de Abogados y Abogadas del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-9155
Año:
2016
Fecha:
29 de abril de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario en el caso de Rigoberto Santiago Calderón. Se ordenó la suspensión inmediata e indefinida del abogado del ejercicio de la profesión. Esta medida se tomó por su incumplimiento con órdenes del Tribunal. Adicionalmente, no mantuvo actualizados sus datos en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RÚA). La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó sobre múltiples omisiones de sus obligaciones como notario. Específicamente, no remitió índices de actividad notarial de numerosos meses entre 2001 y 2015. Tampoco presentó informes anuales requeridos por la ODIN. La suspensión de la abogacía será efectiva el 5 de mayo de 2016, fecha de su notificación.
In re:
2016 TSPR 82 Rigoberto Santiago Calderón 195 DPR $\qquad$
Número del Caso: TS-9,155
Fecha: 29 de abril de 2016
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús Director
Materia: Conducta Profesional - La suspensión de la abogacía será efectiva el 5 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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