Partes:
Pueblo v. Acevedo López
Ponente:
Sentencia del Tribunal con Voto Particular Disidente
Materia:
Sentencia del Tribunal con Voto Particular Disidente
Número de Caso:
CC-2016-251
Año:
2016
Fecha:
13 de abril de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió Sentencia en el caso de Certiorari El Pueblo de Puerto Rico v. Lutgardo Acevedo López (CC-2016-251). El Tribunal se encontró igualmente dividido respecto al recurso presentado. Ante esta división, se procedió a expedir el auto de certiorari. La Sentencia dictada fue confirmatoria de la decisión emitida previamente por el Tribunal de Apelaciones. Los jueces expresaron diferentes fundamentos para su voto. El Juez Asociado Martínez Torres votó conforme, indicando que una absolución obtenida mediante fraude no puede prevalecer y requiere un nuevo juicio. Otros jueces votaron por confirmar la decisión del Tribunal de Apelaciones. Un Juez Asociado emitió un voto particular disidente, proponiendo revocar el dictamen apelado y devolver el caso para una vista. La decisión final, por división, confirmó el dictamen del foro apelativo intermedio.
| El Pueblo de Puerto Rico | Certiorari |
|---|---|
| Recurrido | 2016 TSPR 67 |
| v. | 195 DPR |
| Lutgardo Acevedo López | |
| Peticionario |
Número del Caso: CC-2016-251
Fecha: 13 de abril de 2016
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan, Panel I
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Jaime Ruberté Santiago
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Mónica Cordero Vázquez Procuradora General Auxiliar
Materia: Sentencia del Tribunal con Voto Particular Disidente.
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