Partes:
In re: Carlos J. Nazario Díaz
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta profesional- Suspensión inmediata de seis meses de la notaría y abogacía por quebrantar los Cánones 12, 18, 19, 20 y 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2013-31
Año:
2016
Fecha:
26 de mayo de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió una querella disciplinaria contra el Lcdo. Carlos J. Nazario Díaz. Se le imputó infringir los Cánones 12, 18, 19, 20 y 38 del Código de Ética Profesional por no observar la debida diligencia en la representación de su cliente. La querella se originó por su asesoramiento a la Segunda Iglesia Bautista de Ponce en relación con el ejercicio de un derecho de tanteo sobre un solar arrendado. Tras evaluar los fundamentos, el Tribunal determinó imponer una sanción. Ordenó la suspensión inmediata del letrado del ejercicio de la abogacía y notaría. La suspensión se estableció por un término de seis meses. Esta sanción fue efectiva a partir del 31 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó al abogado.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 111 | |
| Carlos J. Nazario Díaz | 195 DPR |
Número del Caso: CP-2013-31
Fecha: 26 de mayo de 2016
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Abogada del querellado: Lcda. Margarita Carrillo Iturrino
Comisionada Especial: Hon. Jeannette Ramos Buonomo
Materia: La suspensión será efectiva el 31 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Su...
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