Partes:
In re: Juan O. Rodríguez López
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata del ejercicio de la abogacía por el término de 30 días por violación a los Cánones 12, 18 y 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2013-22
Año:
2016
Fecha:
13 de mayo de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisó una querella sobre conducta profesional contra el Lcdo. Juan O. Rodríguez López. La Oficina de la Procuradora General presentó la querella imputando violaciones a los Cánones 12, 18 y 38 del Código de Ética Profesional. El caso se originó por un referido de un juez del Tribunal de Primera Instancia. El juez señaló un patrón de conducta del abogado que causó dilaciones excesivas en un proceso criminal. También se refirió a su reacción ante una sanción impuesta y su falta de comunicación con el cliente y el tribunal. El abogado tampoco respondió a una orden para mostrar causa sobre una sanción económica. Tras evaluar la conducta, el Tribunal Supremo determinó imponer una sanción disciplinaria. Se ordenó la suspensión de la licencia para ejercer la abogacía del Lcdo. Juan O. Rodríguez López. La suspensión fue efectiva a partir del 17 de mayo de 2016.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 91 | |
| Juan O. Rodríguez López | 195 DPR |
Número del Caso: CP-2013-22
Fecha: 13 de mayo de 2016
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Karla Z. Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Abogado del Querellado: Por Derecho Propio
Comisionado Especial: Hon. Carlos V. Dávila Vélez
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 17 de mayo de 2016, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal ...
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