Partes:
Díaz Vanga v. Comisión Estatal de Elecciones
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Materia:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente.
Número de Caso:
CC-2016-306
Año:
2016
Fecha:
6 de abril de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de abril de 2016 en el caso de certiorari CC-2016-306, presentado por Héctor R. Díaz Vanga contra la Comisión Estatal de Elecciones. El Tribunal declaró con lugar una Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción. Como resultado, se ordenó la paralización inmediata del sorteo, la preparación de papeletas y cualquier otro procedimiento relacionado con las primarias al cargo de Senador por el Distrito de Arecibo. Se requirió a la Comisión Estatal de Elecciones mostrar causa en cinco días por la cual no procede revocar la decisión del Tribunal de Apelaciones. Una Juez Asociada emitió un voto particular disidente, argumentando que los planteamientos del peticionario carecían de mérito y que el Tribunal no debía atender una controversia no planteada previamente. El voto disidente citó artículos de la Ley Electoral sobre los plazos para la entrega de endosos.
| Héctor R. Díaz Vanga | |
|---|---|
| Peticionario | Certiorari |
| v. | 2016 TSPR 63 |
| Comisión Estatal de Elecciones | 195 DPR |
| Recurrida |
Número del Caso: CC-2016-306
Fecha: 6 de abril de 2016
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Héctor Díaz Vanga
Materia: Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribució...
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