Partes:
In re: Anabely Baretty Torres
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional-Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por infracción al Canon 9 del Código de Ética Profesional y la Regla 9(j) del Reglamento del Tribunal Supremo y requisitos de la Ley Notarial
Número de Caso:
TS-12,920
Año:
2016
Fecha:
19 de mayo de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra la Lcda. Anabely Baretty Torres por incumplir con los requisitos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y desatender las órdenes del Tribunal. La licenciada no presentó numerosos Índices de Actividad Notarial Mensual ni Informes Estadísticos de Actividad Notarial Anual correspondientes a varios años entre 2012 y 2015. La ODIN realizó múltiples gestiones para que cumpliera con sus obligaciones, incluyendo comunicaciones por correo y correo electrónico. Ante la falta de cumplimiento y respuesta de la abogada, el Tribunal determinó imponer una sanción disciplinaria. Se ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Anabely Baretty Torres del ejercicio de la abogacía. La decisión fue emitida el 19 de mayo de 2016. La suspensión se hizo efectiva el 27 de junio de 2016, fecha en que fue notificada por correo.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 137 | |
| Anabely Baretty Torres | 195 DPR |
Número del Caso: TS-12,920
Fecha: 19 de mayo de 2016
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila de Jesús Director
Materia: La suspensión será efectiva el 27 de junio de 2016, fecha en que se le notificó por correo a la abogada de su suspensión inmediata.
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