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Casos del Tribunal Supremo (Página 33)

In re: Benjamín Sepúlveda Torres

2016 • 12 de julio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-16,285

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su poder disciplinario contra el Lcdo. Benjamín Sepúlveda Torres. La acción se fundamenta en el incumplimiento de sus obligaciones como notario. Específicamente, no remitió el Informe Estadístico de Actividad Notarial Anual correspondiente al año 2013 a la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). A pesar de múltiples intentos de comunicación por parte de la ODIN, incluyendo cartas certificadas a sus direcciones registradas y correos electrónicos, el licenciado no respondió ni cumplió con los requerimientos. La correspondencia postal fue devuelta como no entregable. Esta conducta constituye desobediencia a las órdenes del Tribunal y a sus deberes profesionales. Por estos motivos, el Tribunal ordena la suspensión inmediata e indefinida del licenciado Sepúlveda Torres de la práctica de la abogacía y la notaría. La suspensión será efectiva a partir de la fecha de su notificación.

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In re: Aida Luz Gerena Ramos

2016 • 12 de julio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-16,529

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Aída Luz Gerena Ramos del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de sus obligaciones notariales y el desatender las órdenes de la Curia. La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) le notificó en julio de 2015 sobre la falta de cincuenta y cuatro índices de actividad notarial mensual y los informes anuales desde 2011 hasta 2014. Además, su fianza notarial no estaba vigente. A pesar de concedérsele un término para cumplir, la abogada no subsanó las deficiencias. En su respuesta, reconoció el incumplimiento y adujo razones personales y de salud. El Tribunal reitera que desatender sus órdenes conlleva sanciones disciplinarias severas, como la suspensión. La suspensión es efectiva desde la fecha de notificación a la abogada.

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In re: Agnes D. Martínez Colón

2016 • 12 de julio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-13,539

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico reconsideró su Opinión Per Curiam del 28 de abril de 2016 sobre la Lcda. Agnes D. Martínez Colón. Inicialmente, se había decretado su suspensión indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría. Tras examinar una moción informativa y verificar que la licenciada cumplió con los créditos de educación jurídica continua adeudados para varios periodos, el Tribunal modificó la sanción. La suspensión indefinida fue cambiada a un término de dos (2) meses. Dado que la licenciada ya había cumplido dos meses de suspensión a la fecha de la decisión, se ordenó su reinstalación inmediata. La Jueza Asociada señora Rodríguez Rodríguez disintió, argumentando que la suspensión también se debió a incumplimiento de órdenes y desatención de deberes, no solo a los créditos. Consideró que la sanción original debió mantenerse, aunque habría acogido la solicitud como una petición de reinstalación. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco también disintió, favoreciendo una suspensión de seis meses por incumplir las órdenes del Tribunal.

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Integración de Salas de Verano

2016 • 8 de julio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ES-2016-3

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante Resolución Enmendada de 8 de julio de 2016, constituyó las Salas de Verano para funcionar durante el receso judicial. De conformidad con la Regla 4 de su Reglamento, se establecieron tres paneles de jueces para operar en periodos específicos. El primer panel funcionará del 1 al 31 de julio de 2016, presidido por la Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez. El segundo panel operará del 1 al 31 de agosto de 2016, bajo la presidencia del Hon. Roberto Feliberti Cintrón. Finalmente, el tercer panel estará activo del 1 al 30 de septiembre de 2016, presidido por el Hon. Rafael L. Martínez Torres. Cada panel está compuesto por tres jueces asociados. La Resolución también dispone el procedimiento para la sustitución de jueces y aclara que el Tribunal continuará emitiendo Opiniones y Sentencias durante este periodo.

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Partido Nuevo Progresista v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico

2016 • 8 de julio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2016-11

Ponente:

Resolución con Voto Particular Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso CT-2016-11, presentado por el Partido Nuevo Progresista contra el Estado Libre Asociado y la Oficina del Contralor Electoral. El Tribunal examinó un recurso de certificación intrajurisdiccional y una moción urgente en auxilio de jurisdicción. Ambas solicitudes fueron declaradas no ha lugar en este momento. La Corte instó al Tribunal de Primera Instancia a celebrar una vista en cinco días laborables para recibir prueba. Además, le ordenó emitir una sentencia con determinaciones de hecho y derecho en un término adicional de diez días. La resolución incluye expresiones de jueces que concurren con la decisión, pero expresan preocupación por el debido proceso y la falta de evidencia en las alegaciones de los peticionarios. Se enfatiza la importancia de que todas las partes sean oídas y presenten evidencia antes de dirimir la controversia constitucional planteada.

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In re: Virginia Zequeira Brinsfield

2016 • 7 de julio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-6,178

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 7 de julio de 2016 en el caso TS-6,178. La Resolución trata sobre la reinstalación al ejercicio de la abogacía de la Sra. Virginia Zequeira Brinsfield. Tras examinar una Moción de Reconsideración, el Tribunal acordó reinstalarla. Sin embargo, la reinstalación está sujeta a condiciones específicas. Se le conceden cuarenta y cinco días a partir de la notificación para entregar los informes notariales adeudados a la Oficina de Inspección de Notarías. En ese mismo plazo, debe informar que se comunicó con dicha Oficina para subsanar cualquier otra deficiencia de su obra notarial incautada. La Resolución ordena la notificación inmediata a la abogada.

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In re: Genaro Rodríguez Gerena

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-5,369

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la moción de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el Sr. Genaro Rodríguez Gerena. Mediante resolución de 30 de junio de 2016, el Tribunal determinó reinstalar al peticionario. No obstante, el Tribunal censuró al Sr. Rodríguez Gerena por haber participado en procesos judiciales antes de ser formalmente reinstalado. Asimismo, se le apercibió que cualquier conducta futura que contravenga el Código de Ética Profesional podría resultar en la imposición de medidas disciplinarias severas. Estas medidas incluyen la posible suspensión del ejercicio de la abogacía. La resolución tuvo vigencia inmediata.

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Ex parte: Ana V. Piñero Parés

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-14,587

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 30 de junio de 2016 en el caso TS-14,587. La resolución atiende una Solicitud de Reconsideración presentada por Ana V. Piñero Parés. El propósito principal es resolver la petición de reinstalación al ejercicio de la abogacía. El Tribunal acordó reinstalar a Ana V. Piñero Parés al ejercicio de la abogacía. Adicionalmente, se requiere a la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) que se exprese. ODIN tiene un término de veinte días para comentar sobre la reinstalación al ejercicio de la notaría. La resolución fue certificada por el Secretario del Tribunal Supremo. Este documento oficial refleja la decisión del Tribunal sobre la solicitud de reinstalación.

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In re: Azalea M. Ortiz Rodríguez

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-16,039

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 30 de junio de 2016. El caso trata sobre la solicitud de readmisión al ejercicio de la abogacía presentada por Azalea M. Ortiz Rodríguez. El Tribunal examinó la petición y determinó proveerla ha lugar. En consecuencia, se ordena al Secretario del Tribunal registrar el cambio de estatus de la abogada a activa en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (RÚA). Asimismo, se le requiere a la abogada Ortiz Rodríguez actualizar su información de contacto en dicho registro.

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Grifols, Inc. y otros v. Caribe Rx Service, Inc.

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-772 CC-2014-773

Ponente:

Sentencia con opinión de conformidad

Resumen:

Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 30 de junio de 2016, que consolida los casos CC-2014-772 y CC-2014-773. Aborda recursos de certiorari presentados por entidades Grifols contra una determinación del Tribunal de Primera Instancia. Dicha determinación concedió a Caribe RX Service, Inc. un interdicto provisional sobre la venta de productos manufacturados por Grifols Biological, Inc. y Grifols Therapeutics, Inc. El foro primario había concluido que Caribe Rx poseía una relación de distribución exclusiva para ambas líneas de productos. Los peticionarios argumentan que esta decisión fue incorrecta y contraria a la jurisprudencia previa del Tribunal Supremo (Next Step Medical v. Bromedicon). Sostienen que la relación contractual no establecía exclusividad para los productos de Grifols Therapeutics, Inc. Alegan que la concesión del interdicto provisional reescribió las relaciones contractuales y contravino los preceptos de la Ley de Contratos de Distribución (Ley Núm. 75). La Sentencia revisa estos argumentos en el contexto de los recursos consolidados.

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Autoridad de Tierras de Puerto Rico v. Volmar Figueroa y otros

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2015-1023

Ponente:

Hon. Oronoz Rodríguez

Resumen:

Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico interpreta disposiciones del procedimiento sumario de desahucio. La controversia central es la consecuencia de que el Tribunal de Primera Instancia no fije en la sentencia el monto de la fianza requerida para apelar. La Autoridad de Tierras demandó a Andrés Volmar Figueroa y otros por desahucio de terrenos agrícolas tras el vencimiento del contrato de arrendamiento. La Autoridad solicitó el lanzamiento y el pago de cánones adeudados. El Tribunal Supremo concluyó que la fijación de la fianza en la sentencia es un requisito jurisdiccional para perfeccionar el recurso de apelación. Determinó que, si la sentencia no incluye el monto de la fianza, carece de finalidad. Por lo tanto, el término jurisdiccional de cinco días para presentar la apelación no comienza a transcurrir hasta que se cumpla dicho requisito. Esta decisión clarifica un aspecto procesal crucial en los casos de desahucio.

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In re: Juan Lorenzo Rodríguez Quesada

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-5,035

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró el caso del licenciado Juan Lorenzo Rodríguez Quesada. El asunto se originó a raíz de una comunicación del Office of Bar Counsel del Distrito de Columbia. Dicha comunicación informó que el licenciado Rodríguez Quesada había sido suspendido de la práctica de la abogacía en esa jurisdicción por un término de dos años. La suspensión en el Distrito de Columbia se debió a múltiples violaciones de las reglas de conducta profesional. Entre las faltas se incluyeron falta de diligencia, no mantener informados a los clientes, no devolver expedientes y retener honorarios por trabajos no realizados. También se determinó que realizó falsas representaciones ante el tribunal e interfirió con la administración de la justicia. Ante esta situación, el Tribunal Supremo de Puerto Rico le ordenó mostrar causa por la cual no debía ser suspendido en esta jurisdicción. La suspensión en Puerto Rico se hizo efectiva el 8 de julio de 2016.

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In re: Amador D’Alzina Nin

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2013-278

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre un procedimiento disciplinario contra el abogado Amador D'Alzina Nin. El proceso se inició por una queja de una clienta que alegó que el abogado no presentó documentos de inmigración ni gestionó adecuadamente los pagos asociados. La clienta afirmó que los documentos nunca fueron presentados ante USCIS y que los giros postales para las tarifas no fueron cobrados. El abogado respondió inicialmente, alegando que los documentos fueron enviados, pero la clienta presentó evidencia en contrario. El caso fue referido a la Oficina de la Procuradora General para investigación. La decisión señala que la suspensión del abogado se debe a su incumplimiento con las órdenes del Tribunal durante el proceso disciplinario, además de la queja inicial. El Tribunal Supremo decidió separar al abogado del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es efectiva a partir del 5 de julio de 2016.

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In re: Edwin Gutiérrez Torres

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-6,182

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el caso In re Edwin Gutiérrez Torres (TS-6182) el 30 de junio de 2016. La decisión se centra en la acción disciplinaria contra el Lcdo. Gutiérrez Torres tras su convicción federal. El abogado se declaró culpable de conspiración para lavado de dinero, un delito que el Tribunal considera implica depravación moral. La Oficina de la Procuradora General solicitó la separación indefinida del abogado del ejercicio de la profesión. El Lcdo. Gutiérrez Torres argumentó contra la sanción máxima y pidió clemencia. El Tribunal aplicó la Ley de 11 de marzo de 1909, que faculta la suspensión o destitución por delitos de esta naturaleza. Conforme a dicha ley, el Tribunal ordenó la suspensión indefinida del Lcdo. Edwin Gutiérrez Torres de la práctica de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir del 7 de julio de 2016.

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In re: Laura E. Figueroa Cortés

2016 • 30 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2015-222

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Laura E. Figueroa Cortés del ejercicio de la abogacía. Esta sanción disciplinaria se impuso por su incumplimiento con el deber de contestar una queja presentada en su contra. La abogada desobedeció las comunicaciones de la Secretaría del Tribunal y una Resolución judicial que le ordenaba responder en un término final. A pesar de ser notificada personalmente de la orden y apercibida de sanciones severas, incluyendo la suspensión, la letrada no compareció ni contestó. La decisión subraya la obligación de los miembros de la profesión jurídica de cumplir con los requerimientos del Tribunal. La suspensión es efectiva a partir del 27 de septiembre de 2016.

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Reliable Financial Services, Inc. v. Departamento de Justicia y otros

2016 • 29 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-297

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda en este caso la Ley Uniforme de Confiscaciones y la obligación del Estado de notificar a un acreedor condicional sobre la confiscación de un vehículo de motor. La controversia central radica en determinar si dicha obligación surge al momento en que el acreedor presenta la solicitud de gravamen ante el DTOP o cuando el Estado completa la inscripción del gravamen en el Registro de Vehículos. El caso involucra a Reliable Financial Services, Inc., una compañía de financiamiento que otorgó contratos y presentó gravámenes sobre varios vehículos. Estos vehículos fueron posteriormente incautados por el Estado, pero Reliable no fue notificado de las confiscaciones. La decisión busca clarificar el punto exacto en el proceso de registro de gravámenes que activa el deber de notificación estatal bajo la ley aplicable. Se analizan los hechos específicos de seis vehículos confiscados, detallando las fechas de presentación de documentos para gravamen y las fechas de incautación.

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In re: Wilson González Antongiorgi

2016 • 29 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2015-0168

Ponente:

Resolución con voto particular disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió una queja disciplinaria (AB-2015-0168) contra el fiscal Wilson González Antongiorgi. Tras considerar los escritos presentados, incluyendo una moción de inhibición de la Oficina de la Procuradora General, el Tribunal concedió la solicitud de inhibición. Acto seguido, ordenó el archivo de la queja. Esta resolución contó con votos particulares disidentes y expresiones de conformidad de varios jueces asociados. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez disintió, uniéndose la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez a sus expresiones. El Juez Asociado señor Martínez Torres concurrió con el archivo, entendiendo que la estrategia del fiscal resultó en un nuevo juicio, lo cual es el remedio legal suficiente sin necesidad de una sanción ética. El Juez Asociado señor Rivera García también estuvo conforme con el archivo, al no considerar que las actuaciones constituyeran una violación ética. El Juez Asociado señor Estrella Martínez disintió del archivo, sugiriendo paralizar el procedimiento disciplinario hasta la conclusión del nuevo juicio o permitir que la queja siguiera su curso ordinario, argumentando que las violaciones éticas merecen más que una revocación en los méritos.

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Ex parte: Eileen Meléndez O’Neill

2016 • 29 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-4,078

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 29 de junio de 2016 en el caso Ex Parte Eileen Meléndez O'Neill. La materia principal tratada fue la solicitud de readmisión al ejercicio de la abogacía. Tras examinar la moción presentada, el Tribunal ordenó la readmisión de la señora Meléndez O'Neill. Adicionalmente, se consideró una moción informativa sobre cambio de nombre. Respecto a esta solicitud, se le concedió un término de veinte días a la peticionaria. Durante este plazo, deberá presentar un certificado de nacimiento original expedido por el Departamento de Salud de la Ciudad de Nueva York. La Juez Asociada Rodríguez Rodríguez expresó que, en su opinión, ya existía suficiente evidencia para autorizar el cambio de nombre.

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In re: Joel E. Reyes Martínez

2016 • 29 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2011-138

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera un procedimiento disciplinario contra el Lcdo. Joel E. Reyes Martínez. El Tribunal enfatiza su doctrina de disciplinar a los abogados que incumplen sus órdenes y requerimientos. El caso se origina por una queja de un cliente que alegó que el abogado desatendió su caso de violencia doméstica tras recibir un pago inicial de \$500. El cliente sostuvo que el letrado no compareció a procedimientos ni realizó gestiones, indicando falta de tiempo o interés por incumplimiento de un plan de pago. El abogado Reyes Martínez no contestó la queja dentro de los términos iniciales y extendidos concedidos por el Tribunal. Tras una advertencia final, el abogado respondió, aceptando el contrato y el pago, pero negando haber desatendido el caso o rehusado representación por el pago. La materia del documento indica que la suspensión del abogado sería efectiva el 1ro de julio de 2016. Esta decisión refleja la facultad del Tribunal para sancionar la falta de diligencia profesional y el incumplimiento con sus requerimientos procesales.

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In re: Irvin E. Prado Galarza

2016 • 29 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2011-20

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su poder disciplinario contra el licenciado Irvin E. Prado Galarza en el caso CP-2011-20. El proceso se inició por una queja de la señora Madeline Gotay Marcano, quien contrató al abogado para representar a uno de sus hijos en un caso criminal. La señora Gotay Marcano alegó representación insuficiente durante el juicio y abandono del proceso apelativo. Según la queja, se pagaron $3,000.00 por los servicios de apelación, de los cuales $2,000.00 fueron para el licenciado Prado Galarza. El Tribunal sanciona al abogado por incumplir con sus deberes hacia su cliente. La suspensión impuesta será efectiva una vez que la sentencia advenga final y firme, conforme a la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo. Este caso subraya la obligación de los abogados de cumplir cabalmente con sus compromisos profesionales, especialmente en etapas cruciales como la apelación.

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In re: Edgardo Luis Rivera Rivera

2016 • 28 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-5,953

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Edgardo Luis Rivera Rivera. La decisión se fundamenta en su incumplimiento reiterado con los requisitos de educación jurídica continua. El licenciado no cumplió con los créditos requeridos para el periodo de 2007 a 2009. A pesar de recibir avisos, extensiones de tiempo y ser citado a una vista informal a la que no compareció, no subsanó la deficiencia. El asunto fue referido al Tribunal Supremo, que le concedió la oportunidad de mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. Ante la falta de cumplimiento, el Tribunal procede con la suspensión. La suspensión es efectiva a partir del 30 de junio de 2016, fecha en que se le notificó por correo. Esta acción reitera la obligatoriedad de cumplir con las regulaciones de educación continua para ejercer la profesión.

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In re: Gloria A. Torres Román

2016 • 28 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2014-14

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Procedimiento disciplinario ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico contra la Lcda. Gloria A. Torres Román, abogada y notaria. El caso se inició por una queja de 2011 sobre una escritura de hipoteca que autorizó en 2010. Dicha escritura resultó defectuosa y no pudo inscribirse en el Registro de la Propiedad por falta de tracto sucesivo. La abogada negó los hechos, alegando haber sido inducida a error. Tras una investigación, la Oficina de Inspección de Notarías confirmó el defecto y determinó que la letrada violó el artículo 2 de la Ley Notarial e incurrió en conducta éticamente reprochable. La Oficina de la Procuradora General respaldó estas conclusiones. El Tribunal Supremo ordenó la presentación de una querella formal. Como resultado de este proceso, se impone una suspensión a la licenciada Torres Román. La suspensión es efectiva a partir del 3 de agosto de 2016, fecha en que le fue notificada.

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In re: Juan O. Rodríguez López

2016 • 24 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11,251

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante Resolución de 24 de junio de 2016, acordó reinstalar al Sr. Juan O. Rodríguez López al ejercicio de la profesión de la abogacía. La decisión se tomó tras evaluar la Moción Solicitando Reinstalación presentada por el interesado.

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In re: Lorenzo Muñoz Franco

2016 • 24 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-3,138

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 24 de junio de 2016 en el caso In re: Lorenzo Muñoz Franco. La materia principal tratada fue la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía y la notaría. Tras examinar el Informe de la Comisión de Reputación, la comparecencia del peticionario y el Informe de la Procuradora General, el Tribunal ordenó la reinstalación inmediata del Sr. Muñoz Franco a la práctica de la abogacía. Sin embargo, la solicitud de reinstalación a la notaría fue tratada por separado. Respecto a la notaría, el Tribunal ordenó al Director de la Oficina de Inspección de Notarías que se exprese en un término de treinta días. Esta resolución aborda dos aspectos de la solicitud de reinstalación del Sr. Muñoz Franco, resolviendo uno de forma inmediata y solicitando información adicional para el otro.

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Díaz Santiago v. International Textiles Products of Puerto Rico y otros

2016 • 24 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-18

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 24 de junio de 2016 en el caso Alcides Díaz Santiago v. International Textiles Products of Puerto Rico (CC-2014-18). El caso examina el efecto de una querella administrativa por discrimen ante la Unidad Antidiscrimen sobre el término prescriptivo de la Ley 80 para reclamar por despido injustificado. El Tribunal resolvió que la notificación al patrono de dicha querella puede interrumpir el término prescriptivo de la Ley 80. Esto ocurre si la notificación cumple con los requisitos de una reclamación extrajudicial efectiva. No obstante, el término no queda congelado hasta la finalización del trámite administrativo. La Corte fundamenta esto en la falta de identidad de propósitos entre la reclamación administrativa por discrimen y la acción judicial por despido injustificado. El caso se originó con un empleado despedido en 2007 que presentó una querella por discrimen por edad en 2008, notificando al patrono. La Unidad Antidiscrimen determinó "No Causa Probable" en 2010. La decisión establece un precedente sobre la interacción de estos procesos y la prescripción.

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In re: Yolanda M. Stacholy Ramos

2016 • 24 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2014-230

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria contra la Lcda. Yolanda M. Stacholy Ramos. La acción se fundamenta en su reiterado incumplimiento con las órdenes y requerimientos del Tribunal. Se presentó una queja juramentada en su contra en julio de 2014 por alegada falta de diligencia profesional que resultó en la desestimación de una demanda. El Tribunal intentó notificarle la queja y requerir su contestación en múltiples ocasiones, enviando comunicaciones a la dirección registrada que fueron devueltas. Ante su incomparecencia, el Tribunal emitió una Resolución en julio de 2015 concediéndole un término final para contestar, apercibiéndola de las consecuencias de un nuevo incumplimiento. Dado su continuo silencio y falta de respuesta a los requerimientos judiciales, el Tribunal procede a imponer una sanción disciplinaria. La suspensión del ejercicio de la abogacía y el notariado será efectiva a partir del 1 de julio de 2016, fecha de su notificación.

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In re: Ángel Luis Flores Fernández

2016 • 22 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-5,284

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la reconsideración presentada por el Sr. Ángel L. Flores Fernández. El Tribunal declaró ha lugar la reconsideración solicitada. Se ordenó la reinstalación del peticionario al ejercicio de la abogacía. Simultáneamente, se autorizó su solicitud de cambio de estatus a abogado inactivo en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RUA). Se advierte al peticionario que no podrá ejercer la profesión mientras mantenga el estatus inactivo. Para reactivarse, deberá solicitar autorización del Tribunal y cumplir con los créditos de educación jurídica continua que correspondan según el tiempo de inactividad. El abogado también está obligado a notificar cualquier cambio de dirección al Secretario del Tribunal. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez, a la que se unió la Jueza Asociada señora Fabón Charneco, disintió, argumentando que la reinstalación no debió proceder sin que el abogado cumpliera primero con los créditos de educación continua adeudados.

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In re: Rubie M. Alicea Martínez

2016 • 22 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2014-109 AB-2014-426

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión indefinida de la Lcda. Rubie M. Alicea Martínez. La decisión se basa en su reiterado incumplimiento de los requerimientos del Tribunal. Específicamente, la abogada no contestó las quejas presentadas en su contra en los casos AB-2014-109 y AB-2014-426. A pesar de múltiples notificaciones y resoluciones concediéndole términos finales, la licenciada Alicea Martínez no presentó sus contestaciones. El Tribunal le había apercibido que su incomparecencia podría resultar en sanciones severas, incluyendo la suspensión. La suspensión es efectiva a partir del 23 de junio de 2016. Esta medida disciplinaria se impone por hacer caso omiso a las órdenes del Tribunal.

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In re: Ángel L. Morales Rodríguez

2016 • 20 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2015-162

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo ejerce su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Ángel L. Morales Rodríguez. Se presentó una queja en su contra en mayo de 2015. A pesar de múltiples comunicaciones y una resolución con apercibimiento de sanciones, el licenciado desatendió reiteradamente los requerimientos del Tribunal para que contestara la queja. Su incomparecencia y falta de respuesta constituyen un serio agravio a la autoridad judicial. Esta conducta es contraria al Canon 9 del Código de Ética Profesional, que exige respeto hacia los tribunales. Incumplir las órdenes del Tribunal es una falta disciplinaria grave e independiente. Por su desobediencia e indiferencia, el Tribunal ordena la suspensión del ejercicio de la abogacía del Lcdo. Morales Rodríguez.

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In re: Marisol Ramos Fernández

2016 • 17 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11,910

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra la Lcda. Marisol Ramos Fernández por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). La abogada no completó los cursos requeridos para el periodo 2007-2009 ni pagó la multa por cumplimiento tardío. A pesar de recibir avisos y extensiones del PEJC, la licenciada Ramos Fernández no cumplió. Tampoco compareció a una vista informal citada por el Programa. El asunto fue referido al Tribunal Supremo tras la recomendación de un Oficial Examinador. Ante la continua inobservancia de la abogada a los requisitos y a las órdenes del Tribunal, se decidió imponer una sanción. Por ello, el Tribunal Supremo suspendió a la Lcda. Marisol Ramos Fernández inmediata e indefinidamente del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir del 20 de junio de 2016.

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Reyes Ramis CPA, Group, P.S.C. v. Serra Torres y otros

2016 • 17 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-744 CC-2014-765

Ponente:

Sentencia con opinión de conformidad

Resumen:

Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 17 de junio de 2016. Consolida los casos CC-2014-744 y CC-2014-765, provenientes del Tribunal de Apelaciones, Región Judicial de Ponce. El fallo aborda una cláusula de restricción contractual pactada por la CPA Liza Serra Torres. Dicha cláusula le impedía atender por un término de 16 meses la clientela de Reyes Ramis CPA Group, P.S.C. El Tribunal Supremo concluye sobre la aplicación o validez de este pacto de no competencia respecto a los clientes desarrollados por la firma. El documento detalla los abogados de las partes peticionaria y recurrida en ambos casos. Se identifica como una Sentencia del Tribunal con Opinión de Conformidad. Su distribución electrónica es un servicio público, sujeto a correcciones del proceso oficial de publicación.

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In re: Luis A. Alvarado Hernández

2016 • 17 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-15,105

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución sobre la solicitud de reinstalación de Luis A. Alvarado Hernández. La decisión principal concede su reinstalación al ejercicio de la abogacía. Sin embargo, esta reinstalación está sujeta a varias condiciones que deben cumplirse en un término de treinta días. Entre los requisitos se incluye presentar una certificación de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) acreditando la entrega del Informe de Actividad Notarial de 2010. También debe corregir las fechas en varios Índices de Actividad Notarial Mensual de 2011 y 2013 para que concuerden con las fechas de los instrumentos. Adicionalmente, debe acreditar que se comunicó con ODIN para iniciar la subsanación de faltas señaladas en un informe. Se advierte que el incumplimiento de estas condiciones dejará sin efecto la reinstalación a la abogacía. En cuanto a la solicitud de reinstalación a la notaría, el Tribunal resolvió no ha lugar en este momento.

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Rodríguez Méndez v. Laser Eye Surgery Management of Puerto Rico, Inc.

2016 • 15 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2015-175

Ponente:

Hon. Martínez Torres

Resumen:

El caso CC-2015-175 del Tribunal Supremo de Puerto Rico examina la doctrina de responsabilidad estricta por productos defectuosos. Considera si la falta de mantenimiento o limpieza que convierte un producto en nocivo después de su venta puede generar responsabilidad bajo la modalidad de advertencias inadecuadas. La controversia surge de una demanda por daños y perjuicios presentada por un paciente que desarrolló una condición ocular tras una cirugía LASIK. Alegó que la condición fue causada por partículas metálicas dejadas en sus ojos durante el procedimiento. La demanda original contra la clínica y el médico fue enmendada para incluir al fabricante o distribuidor del equipo. La parte demandada presentó una moción de sentencia sumaria. El Tribunal Supremo analiza si procede dicha moción ante la insuficiencia de prueba para establecer la causa de acción. Concluye que, a pesar de la posible conexión entre falta de mantenimiento post-venta y responsabilidad por advertencias, la moción de sentencia sumaria es procedente. Esto se basa en la insuficiencia de la prueba presentada por la parte demandante. La decisión subraya la necesidad de evidencia suficiente para superar una moción de sentencia sumaria en casos de alegados productos defectuosos.

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Pueblo v. Anthony Roche

2016 • 15 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-475

Ponente:

Hon. Feliberti Cintrón

Resumen:

Esta opinión del Tribunal Supremo (CC-2014-475, 15 de junio de 2016) aborda si el delito de asesinato en segundo grado bajo el Código Penal de 2004 está sujeto a prescripción. El Código de 2004 establecía que ciertos delitos graves, incluyendo el "asesinato", no prescribían. El caso involucra a Joshua Anthony Roche, acusado de asesinato en segundo grado por hechos ocurridos en 2007, con acusaciones presentadas más de cinco años después en 2013. Roche solicitó la desestimación alegando que la acción estaba prescrita tras cinco años, y el tribunal de primera instancia concedió la desestimación. El Tribunal Supremo examina si el término "asesinato" en el artículo de no prescripción del Código de 2004 incluye el asesinato en segundo grado. La opinión concluye que sí lo incluye, estableciendo que el asesinato en segundo grado bajo ese código no prescribe. Esta decisión clarifica la aplicación del término de prescripción para este delito específico.

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In re: Liliana Morell Bergantiños

2016 • 15 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2015-2

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una decisión PER CURIAM en un procedimiento disciplinario contra la Lcda. Liliana Morell Bergantiños. La Oficina de la Procuradora General presentó una querella imputando violaciones a los Cánones 18 y 38 del Código de Ética Profesional. Estas imputaciones surgen de la queja de una clienta, la Sra. María Silva Arroyo. La clienta alegó que la abogada faltó a su deber de diligencia en la tramitación de su caso civil. Esta inacción llevó a que el Tribunal de Primera Instancia desestimara la causa de acción por falta de trámite. Un posterior recurso de apelación fue denegado por el Tribunal de Apelaciones al presentarse fuera del término. Ante este proceder, el Tribunal Supremo ejerce su facultad disciplinaria. El documento se relaciona con una suspensión efectiva el 21 de junio de 2016, notificada a la abogada.

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Next Step Medical Co. v. Biomet, Inc.

2016 • 14 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-440

Ponente:

Hon. Feliberti Cintrón

Resumen:

La opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2014-440 aborda una controversia bajo la Ley Núm. 75 de Contratos de Distribución. La cuestión central es determinar el efecto de la renuncia a la defensa de justa causa en una acción de daños bajo la Ley 75 sobre una solicitud de interdicto preliminar instada al amparo del mismo estatuto. La Ley 75 protege a los distribuidores de terminaciones sin justa causa y provee remedios como daños e interdictos preliminares para mantener la relación contractual durante el litigio. El caso surge de la terminación de un acuerdo de distribución de productos ortopédicos tras la adquisición de la línea por Biomet. El distribuidor, Next Step Medical, demandó a Biomet. El Tribunal Supremo analiza si la renuncia a argumentar la falta de justa causa para la terminación en la reclamación de daños impide o afecta la concesión de un interdicto preliminar. La decisión busca clarificar la relación entre los distintos remedios provistos por la Ley 75 y cómo las acciones procesales en una vía impactan la otra, particularmente respecto al propósito del interdicto preliminar de preservar el status quo.

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In re: Paolo José Pérez Román

2016 • 13 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-15582

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el Sr. Paolo José Pérez Román. Mediante Resolución de 13 de junio de 2016, el Tribunal acordó reinstalar al peticionario. Esta reinstalación se concedió bajo la condición expresa de que subsane las deficiencias arancelarias de su obra notarial. Se estableció un término final de ciento ochenta (180) días, hasta el 10 de diciembre de 2016, para cumplir con este requisito. El incumplimiento de esta condición resultará en una nueva suspensión de la práctica de la abogacía. La Resolución tuvo vigencia inmediata. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez no concurrió con la reinstalación. El Juez Asociado señor Martínez Torres disintió, argumentando que la reinstalación no debía proceder hasta que se pagaran las deudas arancelarias y se resolvieran las quejas pendientes, pues un abogado suspendido debe demostrar buena reputación.

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Zayas Rodríguez v. Puerto Rico Telephone Co.

2016 • 10 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-127

Ponente:

Hon. Oronoz Rodríguez

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico interpretó la Ley Núm. 180-1998, que regula el salario mínimo, vacaciones y licencia por enfermedad. La controversia principal fue si esta ley obliga a un patrono privado a liquidar el balance acumulado de licencia por enfermedad cuando un empleado cesa en sus funciones. El caso se originó con exempleados de Puerto Rico Telephone Company que reclamaban dicho pago tras ser despedidos. El Tribunal determinó que la Ley Núm. 180 no impone legalmente esta obligación a los patronos privados. No obstante, la decisión aclara que esto no prohíbe que los patronos ofrezcan beneficios superiores a los mínimos legales. Un patrono puede obligarse a pagar la licencia por enfermedad acumulada si así lo acuerda mediante contratación individual o colectiva. La sentencia establece que la ley no exige la liquidación automática de la licencia por enfermedad no utilizada al finalizar el empleo.

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In re: Jorge Luis Armenteros Chervoni

2016 • 10 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2014-2

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó la conducta profesional del Lcdo. Jorge Luis Armenteros Chervoni en un caso de queja por falta de diligencia. Una clienta, la Sra. Gabriela Quilinchini, alegó que el abogado no representó adecuadamente sus intereses en un caso de custodia y pensión alimentaria. Específicamente, señaló que el letrado no revisó un informe social ni compareció a una vista de custodia crucial. En su lugar, envió a un abogado sustituto sin preparación, lo que llevó a que se concediera la custodia provisional a la parte adversa. El Tribunal determinó que el licenciado Armenteros Chervoni infringió los Cánones 12, 18 y 38 del Código de Ética Profesional. Por consiguiente, el Tribunal censuró enérgicamente la actuación del abogado. Se le apercibió que de incurrir en nueva conducta antiética, se expondrá a sanciones disciplinarias más severas. Este caso subraya la función del Tribunal en la regulación de la profesión legal.

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In re: Carmen del R. Collado Ruiz

2016 • 10 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2013-8

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Procedimiento disciplinario ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico contra la Lcda. Carmen del R. Collado Ruiz, notaria desde 1979. El caso se originó por una queja presentada en 2006 por Aida L. Carbonell Burgos. La queja alegaba la demora injustificada de la notaria en completar trámites de segregación e inscripción de un solar. Estos trámites estaban vinculados a un contrato privado de compraventa que la notaria autorizó en 1989, con un plazo original de tres años para su cumplimiento. La notaria tardó más de una década en gestionar lo encomendado, requiriendo la intervención y seguimiento de la cliente. La escritura final no se otorgó hasta el año 2003, catorce años después del acuerdo inicial. El Tribunal Supremo reitera la importancia de la dedicación y esmero en la notaría para proteger la fe pública. Como resultado de este procedimiento, se ordenó la suspensión de la notaria. La suspensión se hizo efectiva el 5 de julio de 2016.

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In re: Javier Torres Sobá

2016 • 10 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-14,017 TS-7,906 TS-9,765

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su poder disciplinario para ordenar la suspensión inmediata e indefinida de varios miembros de la profesión jurídica. La decisión afecta a los abogados Javier Torres Sobá, Enrique G. Banuchi Ríos y José A. Ramos Jiménez. La medida disciplinaria se impone por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Adicionalmente, los abogados desacataron las órdenes emitidas previamente por este Tribunal. El documento detalla el caso del Lcdo. Javier Torres Sobá, quien no cumplió con los requisitos del PEJC para el periodo 2009-2011. A pesar de recibir un aviso de incumplimiento y un término para corregirlo, no completó los cursos ni pagó la multa. Las fechas de efectividad de la suspensión varían para cada abogado. Esta acción subraya la seriedad con la que el Tribunal aborda el cumplimiento de la educación continua y las directrices judiciales.

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Ex Parte: Milagros Rivera Torres

2016 • 8 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-7155

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 8 de junio de 2016. Examina la solicitud presentada por la abogada Milagros Rivera Torres. La petición buscaba cambiar su estatus a activa en el Registro de Abogados del Tribunal Supremo. Tras examinar la solicitud, el Tribunal decidió proveer ha lugar a la misma. Con esta determinación, se autoriza la reactivación al ejercicio de la abogacía de la peticionaria. La Resolución ordena a la Secretaría del Tribunal Supremo registrar el cambio de estatus en el Registro Único de Abogados y Abogadas. Este documento oficial certifica la decisión del Tribunal en el caso Ex Parte Milagros Rivera Torres (TS-7,155).

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In re:

2016 • 8 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-3,172 TS-7,024 TS-8,816 TS-2,369 TS-5,015 TS-6,477

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante opinión Per Curiam, ordena la suspensión de varios abogados del ejercicio de la profesión. La medida disciplinaria se impone por el incumplimiento de los letrados con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y con órdenes emitidas por el propio Tribunal. Se identifican seis casos específicos (TS-3172, TS-7024, TS-8816, TS-2369, TS-5015, TS-6477) que involucran a distintos abogados. El documento detalla el proceso seguido, incluyendo la notificación de incumplimiento, la oportunidad de corregir la situación o mostrar causa, y la falta de respuesta a los requerimientos judiciales. Se señala que esta es una situación recurrente que obliga al Tribunal a intervenir. Para cada caso, se especifica la fecha en que la suspensión se hizo efectiva, la cual corresponde al día en que se notificó la suspensión inmediata al abogado.

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In re:

2016 • 3 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-8,889 TS-8,426 TS-14,587 TS-8,922 TS-5,290

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión indefinida de varios miembros de la profesión legal. Esta medida se impone por el incumplimiento de los abogados con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Los letrados afectados hicieron caso omiso a los requerimientos del PEJC y del propio Tribunal. La decisión afecta a Luis O. Souffront Ramírez (TS-8889), Efraín Sierra Morales (TS-8426), Ana V. Piñero Parés (TS-14587), Jazmín G. Torres Lugo (TS-8922) y Félix Jaime Cristiá Martínez (TS-5290). Las suspensiones son efectivas en fechas específicas de junio de 2016, según se detalla para cada caso. El documento describe el historial de incumplimiento y los avisos enviados a los abogados. Esta decisión Per Curiam subraya la seriedad del Tribunal ante la falta de cumplimiento con la educación continua obligatoria.

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In re: William Rivera Hernández

2016 • 3 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2014-56

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso disciplinario AB-2014-56 contra el Lcdo. William Rivera Herrans. El asunto se originó tras la declaración de culpabilidad del licenciado por el delito de agresión grave de tercer grado en un caso criminal. La Oficina de la Procuradora General refirió el caso al Tribunal para el trámite disciplinario correspondiente. El Tribunal ordenó al licenciado expresarse sobre el asunto. Aunque compareció, no negó la sentencia de culpabilidad en su contra, limitándose a mencionar recursos federales y alegar falsedad. El Tribunal reafirma su facultad inherente para regular la abogacía e imponer sanciones disciplinarias, incluyendo la suspensión, a abogados hallados culpables de delitos que impliquen depravación moral. Como resultado, se impone una suspensión al licenciado Rivera Herrans. Dicha suspensión será efectiva a partir del 8 de julio de 2016, fecha de su notificación por correo.

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In re: Isamar Marichal Morales

2016 • 2 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11860 AB-2013-109

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la separación inmediata e indefinida de la Lcda. Isamar Marichal Morales del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida disciplinaria se fundamenta en un craso patrón de incumplimiento de la letrada con las órdenes del Tribunal y los requerimientos de las dependencias que asisten en la reglamentación de la profesión legal. Además, se señala que la abogada obstaculizó el ejercicio de la facultad disciplinaria del Tribunal. Como ejemplo de su incumplimiento, se detalla su omisión en someter catorce índices de actividad notarial mensual requeridos por la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). La letrada tampoco reclamó la correspondencia certificada enviada por la ODIN notificándole sobre su incumplimiento. El Director de la ODIN presentó un Informe Especial detallando estas faltas, lo que llevó a esta decisión. La suspensión es efectiva a partir del 7 de junio de 2016.

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In re: José Maldonado Giuliani

2016 • 2 de junio de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-10726

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión del Lcdo. José Maldonado Giuliani del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida se tomó por su reiterada inobservancia de las órdenes del Tribunal, los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y el incumplimiento con la Ley y el Reglamento notarial. Específicamente, el licenciado no presentó setenta y cinco índices de actividad notarial mensual ni diez informes estadísticos anuales, a pesar de los requerimientos iniciales de la ODIN. Posteriormente, omitió entregar los informes anuales restantes y justificar su incumplimiento. Además, no presentó evidencia del pago de su Fianza Notarial para los años 2011 a 2015, desatendiendo múltiples plazos concedidos. La ODIN presentó un informe especial ante el Tribunal solicitando su suspensión. La suspensión es efectiva a partir del 6 de junio de 2016.

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In re: Virginia Zequeira Brinsfield

2016 • 31 de mayo de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-6178

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió a la Lcda. Virginia Zequeira Brinsfield. La suspensión se debió a su incumplimiento con la radicación de Índices Mensuales de Actividad Notarial e Informes Estadísticos Anuales requeridos por la Oficina de Inspección de Notarias (ODIN). La abogada adeudaba múltiples informes que databan desde 1997 hasta 2014. La ODIN le requirió la presentación de los informes y una explicación. La licenciada Zequeira Brinsfield presentó una moción explicativa y radicó los informes adeudados. Alegó no recordar las razones para los atrasos antiguos y explicó los más recientes por el cuidado de una tía enferma. A pesar de la subsanación, el Tribunal procedió con la suspensión. La decisión subraya la obligación de los abogados de cumplir con las órdenes del Tribunal y los requerimientos de la ODIN. La suspensión fue efectiva a partir del 8 de junio de 2016.

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In re: Arlene Zambrana Ortiz

2016 • 27 de mayo de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2014-101

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 27 de mayo de 2016 en el caso In re: Arlene Zambrana Ortiz. La Resolución ordena la suspensión inmediata e indefinida de la licenciada Arlene Zambrana Ortiz del ejercicio de la notaría. Se instruye al Alguacil del Tribunal a incautarse de su sello y obra notarial. Estos materiales serán entregados a la Oficina de Inspección de Notarías para investigación e informe. Adicionalmente, el asunto se refiere a la Procuradora General para una investigación, con un plazo de treinta días para presentar su informe. La suspensión es efectiva de inmediato según lo dispuesto en la resolución.

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Muñoz Sánchez v. Báez de Jesús

2016 • 26 de mayo de 2016

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2016-11

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Resumen:

El Tribunal Supremo evalúa el trámite procesal de una solicitud de traslado de una menor al estado de Tennessee presentada por su madre. La petición fue radicada en julio de 2015 y, a la fecha de la opinión (mayo de 2016), permanecía irresoluta en el Tribunal de Primera Instancia. Las partes, que no estuvieron casadas, tienen un historial de relaciones paterno filiales que incluyó una orden de protección contra el padre y una suspensión temporal de las visitas. Las relaciones se restablecieron con un régimen de visitas limitado. La madre recibió una oferta de empleo en Tennessee que requería la relocalización de la familia. La opinión examina la falta de diligencia judicial en resolver prontamente este tipo de casos. Se enfatiza la necesidad de un trámite procesal ágil y efectivo en asuntos de derecho de familia que impactan el bienestar de los menores.

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