Partes:
In re: Ángel L. Morales Rodríguez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional-Suspensión inmediata del ejercicio de la abogacía y notaría por infringir el Canon 9 del Código de Ética Profesional
Número de Caso:
AB-2015-162
Año:
2016
Fecha:
20 de junio de 2016
El Tribunal Supremo ejerce su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Ángel L. Morales Rodríguez. Se presentó una queja en su contra en mayo de 2015. A pesar de múltiples comunicaciones y una resolución con apercibimiento de sanciones, el licenciado desatendió reiteradamente los requerimientos del Tribunal para que contestara la queja. Su incomparecencia y falta de respuesta constituyen un serio agravio a la autoridad judicial. Esta conducta es contraria al Canon 9 del Código de Ética Profesional, que exige respeto hacia los tribunales. Incumplir las órdenes del Tribunal es una falta disciplinaria grave e independiente. Por su desobediencia e indiferencia, el Tribunal ordena la suspensión del ejercicio de la abogacía del Lcdo. Morales Rodríguez.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 143 | |
| Ángel L. Morales Rodríguez | 195 DPR |
Número del Caso: AB-2015-162
Fecha: 20 de junio de 2016
Abogado del Promovido: Por derecho propio
Materia: La suspensión será efectiva el 30 de junio de 2016, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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