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Casos/Tribunal Supremo/AB-2011-138

In re: Joel E. Reyes Martínez

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

In re: Joel E. Reyes Martínez

Ponente:

Per Curiam

Materia:

Conducta Profesional- Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con requerimientos y órdenes del Tribunal Supremo. **Al presentarse una moción de reconsideración, la sanción se redujo a 1 mes**

Detalles Técnicos

Número de Caso:

AB-2011-138

Año:

2016

Fecha:

29 de junio de 2016

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera un procedimiento disciplinario contra el Lcdo. Joel E. Reyes Martínez. El Tribunal enfatiza su doctrina de disciplinar a los abogados que incumplen sus órdenes y requerimientos. El caso se origina por una queja de un cliente que alegó que el abogado desatendió su caso de violencia doméstica tras recibir un pago inicial de $500. El cliente sostuvo que el letrado no compareció a procedimientos ni realizó gestiones, indicando falta de tiempo o interés por incumplimiento de un plan de pago. El abogado Reyes Martínez no contestó la queja dentro de los términos iniciales y extendidos concedidos por el Tribunal. Tras una advertencia final, el abogado respondió, aceptando el contrato y el pago, pero negando haber desatendido el caso o rehusado representación por el pago. La materia del documento indica que la suspensión del abogado sería efectiva el 1ro de julio de 2016. Esta decisión refleja la facultad del Tribunal para sancionar la falta de diligencia profesional y el incumplimiento con sus requerimientos procesales.

Contenido del Caso

In re:
Joel E. Reyes Martínez2016 TSPR 155
195 DPR

Número del Caso: AB-2011-138

Fecha: 29 de junio de 2016

Abogados del Promovido: Lcdo. Virgilio Mainardi Peralta Lcdo. José Ángel Rivera-Rodríguez

Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Tanaira Padilla Rodríguez Subprocuradora General Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontanez Procuradora General Auxiliar

Materia: La suspensión será efectiva el 1ro de julio de 2016, fecha en que se le notificó al...

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