Partes:
Reliable Financial Services, Inc. v. Departamento de Justicia y otros
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Materia:
Ley Uniforme de Confiscaciones-Cuando surge la obligación del Estado de notificar la confiscación de un vehículo de motor a un acreedor condicional
Número de Caso:
CC-2014-297
Año:
2016
Fecha:
29 de junio de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda en este caso la Ley Uniforme de Confiscaciones y la obligación del Estado de notificar a un acreedor condicional sobre la confiscación de un vehículo de motor. La controversia central radica en determinar si dicha obligación surge al momento en que el acreedor presenta la solicitud de gravamen ante el DTOP o cuando el Estado completa la inscripción del gravamen en el Registro de Vehículos. El caso involucra a Reliable Financial Services, Inc., una compañía de financiamiento que otorgó contratos y presentó gravámenes sobre varios vehículos. Estos vehículos fueron posteriormente incautados por el Estado, pero Reliable no fue notificado de las confiscaciones. La decisión busca clarificar el punto exacto en el proceso de registro de gravámenes que activa el deber de notificación estatal bajo la ley aplicable. Se analizan los hechos específicos de seis vehículos confiscados, detallando las fechas de presentación de documentos para gravamen y las fechas de incautación.
Número del Caso: CC-2014-297
Fecha: 29 de junio de 2016
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Carolina y Humacao, Panel IX
Oficina del Procurador General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Tanaira Padilla Rodríguez Subprocuradora General Lcda. Karla Z. Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Carmen A. Riera Cintrón Procuradora General Auxiliar Abogados del Recurrido: Lcdo. Luis Rivera-Martínez Lcdo. Julio R. Calderón García
Materia: Ley Uniforme de Confiscaciones - Cuando surge la obligación del Estado de notificar la confiscación de un vehículo de mo...
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