Partes:
In re: Irvin E. Prado Galarza
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta profesional- Suspensión del ejercicio de la abogacía y de la notaría por el término de dos meses por quebrantar los Cánones 9, 12, 18, 19, 20, 23, 35 y 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2011-20
Año:
2016
Fecha:
29 de junio de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su poder disciplinario contra el licenciado Irvin E. Prado Galarza en el caso CP-2011-20. El proceso se inició por una queja de la señora Madeline Gotay Marcano, quien contrató al abogado para representar a uno de sus hijos en un caso criminal. La señora Gotay Marcano alegó representación insuficiente durante el juicio y abandono del proceso apelativo. Según la queja, se pagaron $3,000.00 por los servicios de apelación, de los cuales $2,000.00 fueron para el licenciado Prado Galarza. El Tribunal sanciona al abogado por incumplir con sus deberes hacia su cliente. La suspensión impuesta será efectiva una vez que la sentencia advenga final y firme, conforme a la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo. Este caso subraya la obligación de los abogados de cumplir cabalmente con sus compromisos profesionales, especialmente en etapas cruciales como la apelación.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 156 | |
| Irvin E. Prado Galarza | 195 DPR |
Número del Caso: CP-2011-20
Fecha: 29 de junio de 2016
Abogado del querellado: Lcdo. Osvaldo Toledo Martínez
Oficina del Procurador General: Lcdo. Luis R. Román Negrón Procurador General Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontanez Procuradora General Auxiliar
Comisionada Especial: Hon. Eliadis Orsini Zayas
Materia: La suspensión será efectiva una vez advenga final y firme la Sentencia conforme la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo.
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