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Casos del Tribunal Supremo (Página 17)

In re: José S. Dapena Thompson

2020 • 3 de agosto de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-2,755

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en resolución emitida el 3 de agosto de 2020, examinó la Solicitud de readmisión a la práctica de la abogacía presentada por el Sr. José S. Dapena Thompson. Dicha solicitud fue evaluada al amparo de la Regla 14 S. Mediante este documento oficial, el Tribunal Supremo determinó reinstalar al Sr. José S. Dapena Thompson al ejercicio de la abogacía. La resolución también indica que el Tribunal se dio por enterado de la Réplica a Resolución presentada. Este caso, identificado como TS-2,755, aborda la materia de readmisión al ejercicio de la abogacía.

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El Pueblo v. Muñoz Noya

2020 • 31 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2018-58

Ponente:

Hon. Feliberti Cintrón

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió si los Fiscales Especiales Independientes (FEI) tienen autoridad para presentar cargos criminales contra individuos particulares. Estos individuos, según los hallazgos de una investigación, presuntamente delinquieron en concierto y común acuerdo con un funcionario público. El caso se originó con una remisión del Secretario de Justicia al Panel sobre el FEI (PFEI) sobre una investigación que involucraba al Expresidente de la Cámara de Representantes y a otros individuos, incluyendo a Ángel Muñoz Noya. La cuestión central era si el FEI designado para investigar al funcionario público podía también procesar a los particulares referidos. El Tribunal contestó en la afirmativa. Determinó que los FEI sí cuentan con dicha autoridad. Esta conclusión se fundamenta en un análisis integral de la Ley del PFEI y sus enmiendas. La decisión confirma que la jurisdicción del PFEI abarca a particulares que alegadamente participaron en conducta delictiva asociada a la de un funcionario público bajo su investigación.

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In re: Extensión de Términos ante el paso del potencial ciclón #9

2020 • 29 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-13

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la situación climatológica por el potencial ciclón #9, el Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión de labores en la Rama Judicial desde el mediodía del 29 de julio hasta el 31 de julio de 2020. Como resultado, se extienden los términos judiciales que vencieran el 29 o 30 de julio, considerándolos días feriados conforme al Código Político. Estos términos se prorrogan hasta el 31 de julio de 2020 o hasta la reanudación de labores. Adicionalmente, los términos del Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua que expiren entre el 29 y 31 de julio se extienden hasta el 3 de agosto de 2020. Durante este periodo, el Programa de Educación Jurídica Continua no emitirá avisos de incumplimiento para abogados con periodos de cumplimiento vencidos o por vencer hasta el 31 de julio. Esta resolución, emitida el 29 de julio de 2020, se fundamenta en la facultad del Tribunal para reglamentar los procedimientos judiciales y sus términos. Se ordena su difusión pública inmediata.

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In re: César Echevarría González

2020 • 28 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-4,896

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico dictó una Opinión Per Curiam en el caso In re: César Echevarría González. La decisión aborda el incumplimiento del licenciado Echevarría González con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para los periodos 2013-2016 y 2016-2019. El PEJC refirió al abogado al Tribunal por esta falta y por multas adeudadas. El Tribunal ordenó al letrado mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. Aunque el abogado compareció explicando situaciones de salud y comprometiéndose a cumplir, no presentó la certificación requerida del PEJC. A pesar de concederle plazos adicionales, incluyendo un término final e improrrogable, el licenciado Echevarría González persistió en su incumplimiento. Ante la falta de obediencia a las órdenes del Tribunal y los requisitos del PEJC, el Tribunal Supremo ejerció su autoridad disciplinaria. Se ordenó la suspensión inmediata e indefinida del licenciado César Echevarría González del ejercicio de la abogacía. La suspensión será efectiva a partir del 28 de julio de 2020, fecha de su notificación.

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In re: Carlos A. Contreras Moreno

2020 • 28 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-10,663

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo ejerce su jurisdicción disciplinaria para ordenar la suspensión inmediata e indefinida de un abogado. La suspensión del Lcdo. Carlos A. Contreras Moreno se debe a su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y con órdenes de este Tribunal. El PEJC le notificó en 2016 sobre su incumplimiento con los créditos del periodo 2013-2016 y le concedió términos para subsanar. En 2019, el PEJC refirió su caso al Tribunal Supremo por su desatención continua. El Tribunal le otorgó varios términos para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido por ignorar los requerimientos del PEJC. A pesar de las oportunidades y apercibimientos, el letrado no cumplió con lo ordenado por el Foro. Por consiguiente, se procede a su suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión será efectiva el 28 de julio de 2020, fecha de su notificación.

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In re: Lisa M. Nieves Oslán

2020 • 28 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-17,377

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la abogada Lisa M. Nieves Oslán. Esta medida se tomó debido a su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). La licenciada no cumplió con los requisitos para el período comprendido entre 2013 y 2016. A pesar de recibir un Aviso de Incumplimiento y tener la oportunidad de explicar y completar los cursos, no atendió los requerimientos. El PEJC elevó su caso al Tribunal Supremo ante su falta de respuesta. El Tribunal le ordenó mostrar causa por la cual no debía ser suspendida del ejercicio de la abogacía. La licenciada Nieves Oslán tampoco compareció ni respondió a dicha orden. Ante su persistente incumplimiento y falta de respuesta a las órdenes judiciales, el Tribunal determinó imponer la sanción. La suspensión es efectiva a partir del 28 de julio de 2020, fecha en que se le notificó la decisión.

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Garib Bazaín v. Hospital Español Auxilio Mutuo de Puerto Rico y otros

2020 • 27 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2018-530

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Resumen:

Este documento presenta una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2020 TSPR 69) con fecha de 27 de julio de 2020. La controversia principal en el caso Garib Bazain v. Hospital Español Auxilio Mutuo de Puerto Rico, Inc. gira en torno a si la cualidad de exconvicto constituye una "condición social" protegida contra el discrimen en el empleo bajo la Ley Núm. 100 de 1959 y la Constitución. El Tribunal busca interpretar y delimitar el alcance de esta prohibición estatutaria. El caso se originó con una demanda presentada en 2010 por el Dr. Jorge Garib Bazain. El Dr. Garib alegó que se le denegaron privilegios médicos de forma discriminatoria por ser exconvicto y que se violó su derecho a un debido proceso de ley. Específicamente, argumentó que el proceso de revisión del Hospital incumplió con los requisitos del Health Care Quality Improvement Act. Sus alegaciones incluyeron la falta de una vista evidenciaria y la omisión de obtener toda la información necesaria.

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Carrasquillo Román v. Institución Correccional Bayamón 501 y otros

2020 • 27 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2019-60

Ponente:

Hon. Martínez Torres

Resumen:

Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve una controversia sobre la aplicabilidad de bonificaciones a sentencias. Se discute si las bonificaciones por buena conducta y asiduidad del Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011 aplican a personas sentenciadas bajo el Código Penal de 2012. El recurrido, José Carrasquillo Román, fue sentenciado bajo el Código Penal de 2012 por un delito de Ley 54. Solicitó estas bonificaciones, argumentando que el Plan de Reorganización guardaba silencio sobre las sentencias del 2012 y que el nuevo Código eliminó las penas en años naturales para leyes especiales. El Departamento de Corrección le negó las bonificaciones. El Tribunal Supremo revisó la controversia. Resolvió que las bonificaciones del Art. 11 del Plan de Reorganización de 2011 no son aplicables a quienes fueron sentenciados conforme al Código Penal de 2012. Por tanto, revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones que había favorecido al recurrido. Declaró que la solicitud de bonificaciones por parte del señor Carrasquillo Román no procedía.

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Merle Feliciano v. Comisión Estatal de Elecciones y otros

2020 • 27 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2020-247

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 27 de julio de 2020 en el caso CC-2020-0247. El Tribunal examinó una Petición de certiorari presentada por el Comisionado Electoral del Partido Popular Democrático contra la Comisión Estatal de Elecciones. El Tribunal resolvió declarar "no ha lugar" a la petición. La resolución incluye votos concurrentes y disidentes. Un voto concurrente sostiene que el requisito de residencia constitucional aplica por igual a los cargos representativos y senatoriales por distrito. Este voto concurrente avala la decisión previa del Tribunal de Apelaciones. Votos disidentes expresan desacuerdo con la decisión o la negativa a expedir el recurso. Algunos jueces disidentes habrían expedido el recurso para interpretar la cláusula constitucional sobre el requisito de residencia, particularmente su aplicación a los candidatos a senadores por distrito.

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In re: Alfredo Cardona Álvarez

2020 • 23 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2017-2 (TS-3,627)

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión del Lcdo. Alfredo Cardona Álvarez del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se basa en el incumplimiento del letrado con los Cánones 12, 17, 18, 19 y 20 del Código de Ética Profesional. La acción disciplinaria surge de una queja presentada por el Sr. Santos Martínez Ayala. El cliente alegó que el licenciado Cardona Álvarez no lo representó diligentemente en un caso de daños y perjuicios. A pesar de asumir la representación, el abogado no realizó las gestiones requeridas por el Tribunal de Primera Instancia. Esta falta de acción provocó que el caso del cliente fuera desestimado con perjuicio. El Tribunal Supremo determinó que la conducta del abogado justificaba la imposición de la sanción. La suspensión se hizo efectiva el 23 de julio de 2020, fecha de su notificación.

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Capó Cruz v. Junta de Planificación y otros

2020 • 23 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2019-195

Ponente:

Hon. Estrella Martínez

Resumen:

Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico, CC-2019-0195, aborda el alcance de la revisión e investigación que la Junta de Planificación debe realizar ante querellas sobre permisos de construcción. La controversia surge de una querella presentada por Juan E. Capó Cruz contra The Kingdom Christian Academy. El peticionario alegó que la Academia operaba en una urbanización residencial, causando congestión de tráfico y alteración a la paz. Sostuvo que la Academia carecía de un permiso adecuado para operar en una calle residencial. También alegó incumplimiento con los términos de cualquier permiso existente y la improcedencia de tal permiso en esa zona. El Tribunal busca precisar los deberes de la Junta de Planificación bajo la Ley para la Reforma del Proceso de Permisos. Se examinará la profundidad de la investigación requerida ante impugnaciones a la ausencia, concesión o incumplimiento de permisos de obra.

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In re: Gioakim A. Murati Fernández

2020 • 22 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-17,412

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario sobre el Lcdo. Gioakim A. Murati Fernández. Se decretó su suspensión inmediata e indefinida de la práctica de la notaría. La acción se debió a su incumplimiento con los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y las órdenes del Tribunal. La ODIN solicitó la incautación de su obra notarial en 2016 tras una investigación por falsificación de sellos. La inspección reveló deficiencias sustantivas, falta de encuadernación y deudas arancelarias significativas. A pesar de recibir órdenes para subsanar las faltas y obtener una extensión de término, el licenciado no cumplió. La suspensión es efectiva a partir del 22 de julio de 2020, fecha de notificación de la suspensión inmediata.

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In re: María M. Charbonier Laureano

2020 • 22 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2016-23 (TS-9,952)

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el caso disciplinario CP-2016-23 contra la licenciada y notaria María M. Charbonier Laureano. El procedimiento se originó por una queja presentada por Carmen Ramos Feliciano. La querellante alegó que la licenciada Charbonier Laureano no gestionó diligentemente una escritura de compraventa entre 1999 y 2000. Esta falta de diligencia supuestamente le causó problemas para obtener exenciones contributivas y le generó una deuda de contribuciones sobre la propiedad. La licenciada Charbonier Laureano refutó las alegaciones. El Tribunal Supremo determinó que la licenciada Charbonier Laureano incurrió en infracciones a la Ley Notarial y a los Cánones de Ética Profesional. Como resultado, el Tribunal ordenó la suspensión de la licenciada del ejercicio de la notaría. La suspensión se hizo efectiva a partir del 22 de julio de 2020.

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In re: Beatriz Negrón Ramos

2020 • 22 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2017-264 (TS-15,374)

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra la Lcda. Beatriz Negrón Ramos. La acción se debió a su incumplimiento con los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías y órdenes del Tribunal. Un cliente presentó una queja porque una escritura de compraventa autorizada por la notaria en 2011 nunca se inscribió en el Registro de la Propiedad. La notaria omitió incluir el costo de la propiedad en el documento. Además, la letrada no respondió a los intentos de comunicación del Registro de la Propiedad ni del cliente para subsanar la falta. Ante la conducta demostrada, el Tribunal decretó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Negrón Ramos del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión fue efectiva el 22 de julio de 2020.

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In re: José A. Plaud González

2020 • 21 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11,630

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria contra el Lcdo. José A. Plaud González por incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y órdenes judiciales. El letrado, readmitido a la práctica en 2012 tras una suspensión previa, no completó los créditos requeridos para los periodos 2011-2013 y 2013-2016. A pesar de recibir avisos de incumplimiento del PEJC y múltiples resoluciones y prórrogas del Tribunal, el abogado no cumplió con las exigencias. El Tribunal le concedió términos para mostrar causa y cumplir, los cuales también vencieron sin acción. Ante la persistente falta de cumplimiento y comparecencia, el Tribunal procede con la acción disciplinaria. La decisión resulta en la suspensión del Lcdo. José A. Plaud González del ejercicio de la abogacía. La suspensión se hace efectiva en la fecha de su notificación al abogado.

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In re: Consolidated Telecom of Puerto Rico, LLC

2020 • 21 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2020-140

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular de Conformidad

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 8 de mayo de 2020 en el caso In re: Consolidated Telecom of Puerto Rico, LLC, On Net Puerto Rico, LLC, y Kode Services, LLC. La Resolución atendió un Recurso de certiorari presentado por la parte peticionaria. El Tribunal decidió proveer no ha lugar al recurso. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez emitió un Voto particular de conformidad. En su voto, explicó que consideraciones jurisdiccionales impiden al Tribunal atender el recurso. Citó la sección 4.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). Esta ley priva al Tribunal Supremo de revisar en los méritos los dictámenes interlocutorios emitidos por agencias administrativas. La parte perjudicada por determinaciones del Negociado de Telecomunicaciones de Puerto Rico (NET) tendrá la oportunidad de acudir al Tribunal de Apelaciones tras un dictamen final.

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In re: Antonio Moreda Toledo

2020 • 20 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-4,957

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Antonio Moreda Toledo por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y con órdenes del Tribunal. El abogado no completó los cursos de educación jurídica continua correspondientes a los periodos 2011-2013 y 2013-2016. Además, no pagó las multas impuestas por cumplimiento tardío ni compareció a una vista informal citada por el PEJC. A pesar de habérsele concedido un término para mostrar causa, sus explicaciones no justificaron su incumplimiento reiterado. En consecuencia, el Tribunal ordena la suspensión inmediata e indefinida del licenciado Moreda Toledo del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta suspensión será efectiva a partir del 23 de julio de 2020.

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In re: Xavier Alers Morales

2020 • 20 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-16,184

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico decreta la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Xavier Alers Morales del ejercicio de la abogacía. Esta medida se toma por su incomparecencia y su incumplimiento reiterado con las órdenes del Tribunal. El licenciado había sido suspendido previamente en mayo de 2019 por no cumplir con los requisitos de educación jurídica continua. Fue reinstalado como abogado en julio de 2019 tras demostrar cumplimiento con dichos cursos. Sin embargo, tras su suspensión como notario, se incautó y examinó su obra notarial, encontrándose deficiencias. En julio de 2019, el Tribunal le ordenó entregar obra protocolar, subsanar deficiencias, entregar informes notariales adeudados y presentar evidencia de fianza notarial en un término de sesenta días. El abogado no compareció ni cumplió con estos requerimientos dentro del término establecido. Ante este incumplimiento, el Tribunal procede a su suspensión indefinida y lo refiere a un procedimiento de desacato civil.

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In re: José Antonio García Ortiz

2020 • 16 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-5,945

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 16 de julio de 2020. La resolución aborda la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. José Antonio García Ortiz. Tras examinar la moción informativa del peticionario y la certificación del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC), el Tribunal determinó proceder con la solicitud. En consecuencia, se ordena la reinstalación del Lcdo. García Ortiz a la práctica legal. Este documento oficializa dicha decisión del Tribunal Supremo.

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In re: Carlos Carrasquillo Bermúdez

2020 • 15 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-18,937

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la Moción en solicitud de reinstalación presentada por el Sr. Carlos Carrasquillo Bermúdez. La resolución provee ha lugar a su reinstalación al ejercicio de la abogacía únicamente. Se deniega su solicitud de reinstalación a la notaría. Se le concede un término de sesenta días para subsanar las faltas señaladas por la Oficina de Inspección de Notarías. El Tribunal le advierte sobre su deber de cumplir cabalmente con las órdenes dentro del término provisto.

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Pueblo v. Díaz Alicea

2020 • 15 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2018-924 CC-2018-928

Ponente:

Hon. Pabón Charneco/td>

Resumen:

Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en los casos consolidados CC-2018-0924 y CC-2018-0928. El Tribunal revisa sentencias del Tribunal de Apelaciones que concedieron solicitudes de hábeas corpus a Enoc Díaz Alicea y Kelvin Rivera Ortiz. Las solicitudes se basaban en la alegada violación del término constitucional de detención preventiva de seis meses. Los recurridos fueron arrestados e ingresados a prisión en enero de 2018. La controversia central es si procede el remedio de hábeas corpus por violación al término de detención preventiva cuando la solicitud se presenta después de comenzado el juicio en su fondo. El Tribunal de Apelaciones había resuelto que sí procedía el hábeas corpus en estos casos. El Tribunal Supremo revoca las decisiones del foro apelativo intermedio. Determina que no procede el remedio de hábeas corpus por violación al término de detención preventiva si la solicitud se presenta una vez iniciado el juicio. La decisión establece un límite temporal para la procedencia del hábeas corpus basado en el inicio del juicio.

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In re: José M. Colón Ortiz

2020 • 15 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2017-4 (TS-10,167)

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó un caso de conducta profesional contra el Lcdo. José M. Colón Ortiz, identificado como CP-2017-4. El procedimiento disciplinario surgió de una queja ética presentada por el Sr. Aníbal Fragosa Rodríguez. La queja alegaba que el licenciado Colón Ortiz, quien representaba a la parte demandante en un pleito civil, se reunió con el Sr. Fragosa Rodríguez, parte demandada, para discutir el caso. Esta reunión se llevó a cabo en ausencia de la abogada que representaba al Sr. Fragosa Rodríguez. El Tribunal debía determinar si esta acción constituyó una infracción a los Cánones 28 y 38 del Código de Ética Profesional. El Canon 28 prohíbe la comunicación directa con una parte representada por abogado sobre el asunto en controversia. El Canon 38 regula la conducta del abogado hacia los litigantes. El documento detalla los antecedentes del pleito civil y la queja ética que dio lugar al proceso disciplinario. La decisión del Tribunal, según el encabezado, resultó en una Censura Enérgica para el licenciado Colón Ortiz por la violación de dichos cánones.

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In re: Dinorah Burgos García

2020 • 15 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2017-0207(TS-9,232)

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria contra la abogada y notaria Dinorah Burgos García. Este proceso surge de una queja presentada en 2017 por las hijas de una clienta fallecida. La clienta contrató a la licenciada en 2013 para gestionar asuntos relacionados con una herencia, incluyendo la planilla de caudal relicto y una escritura de cesión de bienes hereditarios. Las promoventes alegaron haber pagado por los servicios, pero enfrentaron dificultades para comunicarse con la abogada y obtener información sobre el estatus de los trabajos, especialmente tras el fallecimiento de su madre en 2016. La queja llevó a este procedimiento disciplinario ante el Tribunal Supremo. Como resultado de este proceso, el Tribunal ordena la suspensión de la licenciada Burgos García. La suspensión se hace efectiva el 22 de julio de 2020, fecha en que se le notificó su suspensión inmediata. Este caso subraya la importancia del cumplimiento de los requerimientos del Tribunal y la debida diligencia profesional.

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Quiñones Rivera y otros v. Departamento de Educación y otros

2020 • 9 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2020-7

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular de Conformidad y Voto Particular Disidente

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 9 de julio de 2020 en el caso CT-2020-07. El litigio enfrenta a múltiples peticionarios, incluyendo individuos en representación de menores y organizaciones como el Comité Timón del Pleito de Clase de Educación Especial, contra el Departamento de Educación y el Estado Libre Asociado. La resolución atiende diversas mociones presentadas por la parte peticionaria, entre ellas solicitudes de certificación y órdenes provisionales en auxilio de jurisdicción. Este documento judicial aborda un pleito significativo que involucra los intereses de menores y diversas entidades cívicas frente a la agencia educativa gubernamental. La decisión del Tribunal Supremo se emite con votos particulares de conformidad y disidentes, reflejando las distintas posturas de los jueces sobre el asunto.

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In re Ricardo Pacheco Pacheco

2020 • 8 de julio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-10,797

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por Ricardo Pacheco Pacheco. Tras evaluar las mociones sometidas, el Tribunal proveyó ha lugar a la solicitud. En consecuencia, se ordenó la reinstalación del Sr. Pacheco Pacheco a la práctica legal. Asimismo, el Tribunal instruyó a su Secretaría a reactivar las quejas administrativas (AB-2012-469, AB-2012481, AB-2013-423, AB-2014-210 y AB-2014-418) que habían sido archivadas administrativamente al momento de su suspensión. El Juez Asociado señor Martínez Torres disintió de la decisión mayoritaria. Expresó que la solicitud de reinstalación debió denegarse en esta etapa. Argumentó que el trámite de las quejas archivadas debía completarse primero para asegurar la idoneidad ética del abogado antes de su reingreso. Consideró que esto protegería el interés público y evitaría posibles suspensiones futuras por asuntos ya conocidos. El Juez Asociado señor Colón Pérez no intervino en la decisión.

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Allied Management Group y otros v. Oriental Bank

2020 • 30 de junio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-759

Ponente:

Hon. Rivera García

Resumen:

Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2020 TSPR 52) en el caso CC-2016-759. Las partes son Allied Management Group, Inc. y Rafael Portela Rodríguez contra Oriental Bank. La opinión, emitida el 30 de junio de 2020, aborda asuntos jurisdiccionales en un caso de derecho procesal civil. Específicamente, el Tribunal considera tres cuestiones principales. Estas son la aplicabilidad de la paralización automática bajo el Código de Quiebras federal. También examina si falta una parte indispensable en el procedimiento. Finalmente, el Tribunal determina si era necesario agotar los remedios administrativos provistos en la Financial Institutions Reform, Recovery and Enforcement Act de 1989 (FIRREA). El caso se origina de un contrato de línea de crédito entre R-G Premier Bank (predecesor de Oriental Bank) y Allied Financial, Inc., garantizado por el Sr. Portela Rodríguez. Este acuerdo facilitó préstamos hipotecarios por parte de AFI, garantizados con hipotecas sobre una propiedad. La opinión resolverá estas preguntas jurisdiccionales basándose en los hechos y argumentos legales presentados.

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In re: Medidas Especiales en torno al Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico ante la situación de emergencia ocasionada por el COVID-19

2020 • 26 de junio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ER-2020-05

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, ante la situación de emergencia ocasionada por el COVID-19, adoptó medidas especiales relativas al Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio. Se extendió automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2020 toda exención concedida bajo el Reglamento con vigencia hasta el 30 de junio de 2020, sin necesidad de presentar la declaración anual ordinaria. Para que la exención continúe vigente desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2021, se deberá presentar una declaración especial no más tarde del 30 de enero de 2021. Se extendió hasta el 31 de diciembre de 2020 el plazo para completar las treinta horas de servicio pro bono requeridas para la exención bajo la Regla 7(b)(1) para el año fiscal que culmina el 30 de junio de 2021. Los profesionales del derecho deberán acreditar la totalidad de las horas pro bono a más tardar el 31 de diciembre de 2020. La declaración especial para acreditar las horas podrá presentarse hasta el 30 de enero de 2021. Se mantiene la obligación de los abogados de informar cualquier cambio en sus circunstancias profesionales. La Comisión Permanente para la Evaluación del Sistema de Oficio tiene un término de noventa días para someter comentarios sobre la necesidad de medidas adicionales.

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In re: Luis A. Alvarado Hernández

2020 • 18 de junio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-15,105

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 18 de junio de 2020 en el caso TS-15,105. La materia tratada fue la reinstalación al ejercicio de la abogacía. La resolución se refiere a Luis A. Alvarado Hernández. Tras examinar una moción presentada por el peticionario, el Tribunal acordó reinstalar al abogado Luis A. Alvarado Hernández al ejercicio de la profesión.

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Integración de Salas de Verano

2020 • 16 de junio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ES-2020-01

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante Resolución de 16 de junio de 2020, dispuso la integración de sus salas para operar durante el receso de verano. Conforme a la Regla 4(d) de su Reglamento, se constituyeron tres salas distintas para periodos específicos. Del 1 al 31 de julio de 2020, la sala estará presidida por la Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez, junto a dos jueces asociados. Para el mes de agosto, del 1 al 31, la sala será presidida por el Hon. Rafael L. Martínez Torres, con dos jueces asociados adicionales. Finalmente, del 1 al 30 de septiembre de 2020, la sala estará bajo la presidencia del Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo, acompañado por dos jueces asociados. Se establece que, de ser necesario sustituir a algún juez, se seguirá el procedimiento de la Regla 4(b). El Tribunal continuará certificando Opiniones y Sentencias durante este periodo.

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Zambrana Garcia v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros

2020 • 15 de junio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-694

Ponente:

Hon. Martínez Torres

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió esta decisión el 15 de junio de 2020 para definir el concepto de "ingreso neto". Esta definición es fundamental para calcular la compensación por salarios dejados de percibir que un patrono público debe a un empleado cesanteado ilegalmente. El caso específico involucra al Dr. Raúl Zambrana García, quien fue cesanteado del Departamento de Salud en el año 2000. Tras ser ordenado reinstalado y pagado por la agencia administrativa, fue reinstalado en 2011 pero no recibió los salarios adeudados, lo que motivó una demanda de ejecución. El Tribunal Supremo resolvió que "ingreso neto" se define como el salario devengado por el empleado despedido por trabajos obtenidos y realizados durante la cesantía. Esta cantidad se limita a la cantidad de horas que el empleado habría trabajado para el patrono original. Además, se deben deducir los gastos en que incurrió el empleado para generar dicho ingreso. Esta definición establece la base para determinar la compensación final que debe recibir el empleado público afectado.

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In re: Enmiendas al Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua

2020 • 15 de junio de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ER-2020-04

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico enmienda el Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Estas enmiendas responden a la necesidad de implementar un sistema de becas anticipado en el reglamento de 2017, pero que carecía de fondos. La Ley Núm. 99-2019 permitió destinar los ingresos por cuotas y multas del PEJC a un fondo especial. Acogiendo esta política, el Tribunal dispone el uso de dichos fondos para conceder becas a profesionales del derecho con necesidad económica. Se introduce una nueva Regla 37 para establecer el sistema de becas. Además, se enmiendan las Reglas 6 y 9 para armonizar sus disposiciones con la nueva regla y asignar funciones a la Junta y al Director del Programa relacionadas con la administración y evaluación del sistema de becas. También se ajusta la Regla 36 conforme a una resolución previa del Tribunal. Estas modificaciones buscan facilitar el acceso a la educación jurídica continua y optimizar el uso de los recursos disponibles.

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El Pueblo v. Andújar Figueroa

2020 • 22 de mayo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2020-66

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el caso CC-2020-66, El Pueblo v. David Andújar Figueroa, el 22 de mayo de 2020. La controversia principal giraba en torno a la desestimación por academicidad, la detención preventiva y el término de juicio rápido. El Tribunal declaró "con lugar" la urgente solicitud de desestimación por academicidad presentada por la Oficina del Procurador General. Esto resultó en la desestimación del caso. El Juez Asociado señor Estrella Martínez emitió un voto particular, al cual se unió el Juez Asociado señor Colón Pérez. Este voto particular apoyó la excarcelación del señor Andújar Figueroa ordenada por el Tribunal de Primera Instancia. Se fundamentó en garantías individuales como la presunción de inocencia, la libertad y el debido proceso de ley. El voto particular también abordó el alcance de la cláusula de detención preventiva y criticó las estrategias de litigación del Ministerio Público.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 22 de mayo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-12

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la emergencia de salud por el COVID-19 y las órdenes ejecutivas de cierre y toque de queda en Puerto Rico, el Poder Judicial ha mantenido operaciones parciales y remotas. Inicialmente, solo se atendieron asuntos urgentes y se suspendieron las vistas, extendiendo los términos judiciales en varias ocasiones. Considerando la extensión de las medidas cautelares y la operación judicial remota, el Tribunal Supremo decreta una nueva extensión de términos. Cualquier término que venza entre el 16 de marzo de 2020 y el 14 de julio de 2020, incluyendo plazos por orden judicial, se extiende hasta el 15 de julio de 2020. Esta extensión aplica a términos establecidos por leyes, reglas o reglamentos. No se anticipan extensiones adicionales para estos términos generales. Adicionalmente, debido a las restricciones de movimiento, el término de 120 días para diligenciar emplazamientos que venza entre el 16 de marzo y el 30 de junio de 2020, recibe un término adicional de 60 días. Este plazo adicional para emplazamientos se extiende hasta el 29 de agosto de 2020.

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In re: Sesión Especial del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre el Proyecto de Reglas de Procedimiento Criminal de 2018

2020 • 22 de mayo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ER-2020-03

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico reconstituyó en 2017 el Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Criminal. Se encomendó al Comité actualizar un informe previo y proponer un Proyecto de Reglas para sustituir las de 1963. El Comité presentó su propuesta inicial en noviembre de 2018. Para discutir el Proyecto, se celebró una Sesión Especial en junio de 2019, donde la comunidad jurídica ofreció recomendaciones en talleres y mesas de trabajo. Posteriormente, se concedió un plazo para recibir comentarios adicionales por escrito. El Comité analizó cuidadosamente más de quinientas recomendaciones y comentarios recibidos. Como resultado de este proceso de validación, el Comité presentó al Tribunal Supremo un Proyecto de Reglas revisado junto a un memorial explicativo el 24 de febrero de 2020. El Tribunal da por concluida la encomienda del Comité y agradece su labor.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 15 de mayo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-11

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la situación de emergencia de salud por el COVID-19 y las medidas de cierre parcial de operaciones judiciales, el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha dispuesto acciones relacionadas con el Programa de Educación Jurídica Continua. Se extiende el término para cumplir con los créditos de educación jurídica continua que venzan entre el 16 de marzo y el 30 de junio de 2020. La nueva fecha límite para dicho cumplimiento será el viernes, 17 de julio de 2020. Durante este periodo, el Programa no emitirá avisos de incumplimiento contra abogados y abogadas cuyo periodo de cumplimiento venza en o antes del 17 de julio de 2020. Como medida de asistencia adicional, se releva a los proveedores del pago de cuotas por acreditación para solicitudes presentadas entre el 14 de mayo y el 17 de julio de 2020. Asimismo, se exime a los profesionales del Derecho del pago de multas por cumplimiento tardío adeudadas para periodos vencidos entre marzo y junio de 2020, siempre que cumplan con los créditos al 17 de julio de 2020. Estas disposiciones buscan facilitar el cumplimiento de los requisitos de educación jurídica continua durante la emergencia.

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El Pueblo v. Torres Rivera

2020 • 5 de mayo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2019-916

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso Pueblo de Puerto Rico v. Tomás Torres Rivera (CC-2019-916) el 5 de mayo de 2020. La Corte examinó una moción presentada por la Unión Independiente de Abogados de la Sociedad para la Asistencia Legal, la Puerto Rico Association of Criminal Defense Lawyers, y el Proyecto A.D.N. Post Sentencia de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico. Estas entidades solicitaron autorización para comparecer como amigos de la corte (amici curiae) al amparo de la Regla 43 del Tribunal Supremo. El Tribunal resolvió declarar no ha lugar la moción. La resolución indica que el Juez Asociado señor Martínez Torres proveería ha lugar. El Juez Asociado señor Estrella Martínez también proveería ha lugar y emitió un voto particular disidente. El voto disidente resalta la importancia del caso, el cual dilucida el alcance de la garantía de requerir un veredicto por unanimidad en juicios por jurado. Esta cuestión surge como consecuencia del precedente emitido por la Corte Suprema Federal en Ramos v. Louisiana. El juez disidente consideró que los amici podían aportar perspectivas valiosas sobre este asunto crítico para la administración de la justicia criminal.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 2 de mayo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-10

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la emergencia de salud por el COVID-19 y las medidas gubernamentales de cierre parcial, el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha continuado ajustando las operaciones judiciales. Inicialmente, se decretó un cierre parcial de tribunales y se suspendieron términos judiciales, atendiendo solo asuntos urgentes. Posteriormente, se extendieron los plazos que vencían hasta el 18 de mayo de 2020. Considerando la extensión de las medidas cautelares y la decisión de no aumentar la operación presencial en los centros judiciales, se emite esta nueva resolución. Se amplía el uso de la videoconferencia para diversos asuntos, pero la operación física sigue limitada. Por ello, se extiende cualquier término judicial que venza entre el 16 de marzo de 2020 y el 7 de junio de 2020. La nueva fecha límite para estos términos será el lunes, 8 de junio de 2020. Esta extensión incluye también los plazos instruidos por orden judicial que venzan en dicho periodo.

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Merle Feliciano v. Dávila Rivera

2020 • 24 de abril de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2019-104

Ponente:

Hon. Estrella Martínez

Resumen:

Una opinión del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, caso AC-2019-104, de fecha 14 de abril de 2020, aborda una importante cuestión procesal electoral. La controversia involucra a comisionados electorales de varios partidos políticos y al Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones. El punto central es determinar el recurso legal correcto para impugnar una sentencia dictada en una controversia electoral ante el Tribunal de Apelaciones. Se identifica una discrepancia entre el Código Electoral vigente y el Reglamento del Tribunal de Apelaciones sobre si el recurso debe ser revisión o certiorari. El Tribunal resuelve esta duda interpretativa. Establece que, aplicando el principio de supremacía de la ley sobre el reglamento, el recurso apropiado es el de revisión. Esta determinación fija el procedimiento a seguir para apelar sentencias electorales en dicho foro.

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In re: Disponibilidad de servicios notariales durante situación de emergencias

2020 • 24 de abril de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-09

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una resolución sobre la disponibilidad de servicios notariales durante la emergencia por COVID-19. Inicialmente, se había autorizado a los notarios a ofrecer servicios considerados esenciales. Ante la prolongación de la situación, el Tribunal amplía el alcance de la actividad notarial permitida. Se autoriza a los notarios a intervenir en todo tipo de transacción requerida en el curso ordinario de los negocios. Esta autorización está vigente siempre que la actividad notarial sea permitida durante el estado de emergencia decretado. Se enfatiza la obligación de los notarios de adoptar las medidas de salud y seguridad recomendadas por las autoridades. Se les exhorta a ejercer prudencia y discreción profesional al proveer sus servicios. El uso de mecanismos de comunicación remota, como la videoconferencia, se limita estrictamente a gestiones preparatorias.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 13 de abril de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-08

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la situación de emergencia de salud por el COVID-19 y la extensión de las medidas de cierre parcial de operaciones gubernamentales y judiciales en Puerto Rico hasta el 3 de mayo de 2020, el Tribunal Supremo ha tomado una determinación sobre el Programa de Educación Jurídica Continua. Considerando su facultad para reglamentar la profesión legal, se ha decretado una extensión de términos. Específicamente, todo término dispuesto en el Reglamento del Programa que venza entre el 16 de marzo y el 17 de mayo de 2020, se extiende hasta el lunes, 1 de junio de 2020. Adicionalmente, durante este periodo, el Programa no notificará avisos de incumplimiento. Esto aplica a los abogados cuyo periodo de cumplimiento con los créditos de educación jurídica continua venció o vence en o antes del 1 de junio de 2020. Esta resolución busca ajustar los requisitos del programa a la realidad de la emergencia sanitaria y las restricciones impuestas.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 13 de abril de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-07

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una Resolución ante la emergencia de salud por el COVID-19 y la extensión de las medidas de cierre gubernamental y judicial. Considerando la prórroga del cierre parcial de operaciones de la Rama Judicial hasta el 3 de mayo de 2020, se decreta una nueva extensión de los términos judiciales. Cualquier término que originalmente venciera entre el 16 de marzo de 2020 y el 17 de mayo de 2020, incluyendo plazos establecidos por ley, reglamento u orden judicial, queda extendido. La nueva fecha de vencimiento para todos estos términos será el lunes, 18 de mayo de 2020. Esta medida se toma en ejercicio de la facultad del Tribunal para reglamentar los procedimientos judiciales y el cómputo de términos. Se ordena la difusión inmediata de esta determinación.

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In re: Servicios notariales durante situación de emergencia

2020 • 27 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-06

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la emergencia decretada en Puerto Rico por la pandemia de COVID-19 y el cierre de operaciones de la Rama Judicial, incluyendo la Oficina de Inspección de Notarías, el Tribunal Supremo emite esta resolución. El propósito es garantizar la disponibilidad de servicios notariales indispensables durante la situación de emergencia. El Tribunal, al amparo de su poder inherente, autoriza a los notarios a brindar servicios a la comunidad en situaciones de emergencia o de extrema necesidad. Se hace un llamado a la prudencia en el ejercicio de esta discreción y al cumplimiento de las guías de salud y seguridad. Entre los servicios esenciales se incluyen testamentos, poderes, directrices anticipadas de tratamiento médico y documentos que inciden en el bienestar de las personas. Se permite el uso de mecanismos de comunicación remota, como la videoconferencia, únicamente para gestiones preparatorias. Las comparecencias de las partes pueden coordinarse por separado, a menos que la unidad de acto sea requerida por ley. Se instruye a la Oficina de Inspección de Notarías a tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a esta autorización.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 26 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-05

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una resolución ante la emergencia de salud por COVID-19 y las medidas de cierre gubernamentales. La Gobernadora decretó un estado de emergencia y extendió las medidas de cierre total y toque de queda hasta el 13 de abril de 2020. Previamente, el Poder Judicial había suspendido operaciones y extendido términos judiciales. Considerando la extensión de las medidas gubernamentales, el Tribunal Supremo decreta una nueva extensión de términos. Cualquier término judicial que venza entre el 16 de marzo de 2020 y el 26 de abril de 2020 queda extendido. La nueva fecha de vencimiento para todos estos términos será el lunes, 27 de abril de 2020. Esta extensión aplica a plazos establecidos por ley, reglas o reglamentos, así como a aquellos instruidos por orden judicial. La resolución ajusta los procedimientos judiciales a la situación de emergencia nacional.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 16 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-03

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la declaración de estado de emergencia y el cierre gubernamental por la pandemia de COVID-19, el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 16 de marzo de 2020. Esta Resolución aborda las medidas judiciales necesarias durante la emergencia sanitaria. Como resultado del cierre de operaciones judiciales, que solo atenderán asuntos urgentes, se dispuso la extensión de los términos procesales. Utilizando su facultad reglamentaria, el Tribunal determinó que cualquier término judicial que venciera entre el 16 de marzo de 2020 y el 14 de abril de 2020 sería extendido. La nueva fecha de vencimiento para todos esos términos se fijó para el miércoles, 15 de abril de 2020. Esta medida se fundamenta en los artículos 388 y 389 del Código Político de 1902. Un Juez Asociado concurrió con la extensión, aunque expresó reservas sobre la Orden Ejecutiva de la Gobernadora.

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In re: Medidas Judiciales ante situación de emergencia de salud por el Covid-19

2020 • 16 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2020-04

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Ante la emergencia de salud por la pandemia de COVID-19 y las medidas de cierre y toque de queda decretadas por la Gobernadora, el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución. Considerando el cierre de operaciones del Poder Judicial y la suspensión de vistas hasta el 30 de marzo de 2020, se aborda el impacto en la profesión legal. Utilizando su facultad reglamentaria, el Tribunal extiende los términos del Programa de Educación Jurídica Continua. Todo término que venza entre el 16 de marzo y el 14 de abril de 2020 se prorroga hasta el 30 de abril de 2020. Asimismo, el Programa no notificará avisos de incumplimiento a abogados cuyo periodo de cumplimiento venció o vence en o antes del 30 de abril de 2020. Esta medida busca mitigar los efectos de la emergencia en los requisitos de educación continua para los abogados. La Resolución ordena su difusión inmediata.

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Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera v. El Farmer, Inc. Licencia Núm. 3510 y otros

2020 • 13 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2019-198

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó si una orden de descalificación de abogado emitida por una agencia administrativa es revisable antes de la decisión final sobre los méritos del caso. La Corte contestó la interrogante en la afirmativa. Fundamentó su decisión en la extensión del raciocinio utilizado en el caso *Job Connection Center v. Sups. Econo* a las agencias administrativas. La revisión se permite al amparo del Artículo 4.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). El caso particular se originó con querellas presentadas por la Oficina para la Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL) contra El Farmer, Inc. La ORIL solicitó la descalificación de uno de los abogados de El Farmer. Alegó la existencia de un conflicto de intereses y posible violación a la Ley de Ética Gubernamental. La opinión establece que tales órdenes de descalificación en el ámbito administrativo son susceptibles de revisión interlocutoria.

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Berkan y otros v. Mead Johnson Nutrition Puerto Rico, Inc.

2020 • 12 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2018-62

Ponente:

Hon. FelibertiCintrón

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió sobre la aplicación de la Ley Núm. 402 de 1950 a acuerdos de transacciones extrajudiciales laborales. Se cuestionó si un empleado puede renunciar al pago de honorarios de abogado en un acuerdo de separación y relevo general. La Corte determinó que la Ley Núm. 402 es aplicable a reclamaciones extrajudiciales. Como resultado, se declaró la nulidad de las cláusulas en dichos acuerdos mediante las cuales un empleado renuncia al pago de honorarios de abogado. Esta práctica se considera contraria a la política pública de la Ley Núm. 402. Dicha ley prohíbe a los abogados cobrar al empleado y establece que el patrono debe pagar los honorarios si el obrero prevalece. La decisión busca proteger al empleado y asegurar el cumplimiento de la ley en contextos fuera del litigio formal. También se aclara el remedio para los abogados en disputas de honorarios bajo esta disposición estatutaria.

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In re: Joarick S. Padilla Avilés

2020 • 9 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-12,464

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 9 de marzo de 2020 en el caso In re: Joarick S. Padilla Avilés, identificado como TS-12,464. La materia principal del caso era la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía. Tras examinar una moción presentada, el Tribunal determinó reinstalar al Sr. Joarick S. Padilla Avilés en el ejercicio de la profesión legal. Sin embargo, su reinstalación a la práctica notarial quedó condicionada a la prestación de la fianza notarial vigente. Esta decisión fue acordada por el Tribunal Supremo.

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El Pueblo v. Arlequín Vélez

2020 • 9 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2018-305

Ponente:

Hon. Feliberti Cintrón

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió dos cuestiones principales en el caso de El Pueblo v. Edgardo Arlequín Vélez. Primero, determinó que la aceptación de una conmutación condicional de la pena no priva al Tribunal de Apelaciones de jurisdicción para revisar los méritos de una convicción criminal. La Corte sostuvo que los efectos jurídicos de la sentencia no se extinguen con la clemencia. Segundo, interpretó el alcance del Artículo 4.2(b) de la Ley de Ética Gubernamental. Resolvió que un servidor público que utiliza su cargo para intentar obtener un beneficio no permitido por ley, como un favor sexual no consentido mediante acoso, incurre en una violación ética constitutiva de abuso de poder. El Tribunal concluyó que esta interpretación del término "beneficio" es la más sensata y consecuente con la intención legislativa de la norma. La decisión aclara aspectos procesales sobre la apelabilidad tras la clemencia y sustantivos sobre la aplicación de la Ley de Ética a la conducta de servidores públicos.

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Beltrán Cintrón y otros v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros

2020 • 6 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2016-110 cons. con AC-2016-120

Ponente:

Hon. Pabón Charneco

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una opinión el 6 de marzo de 2020, consolidando los casos AC-2016-110 y AC-2016-120. Las partes involucradas son el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y varias agencias como peticionarios, y grupos de ciudadanos como recurridos. La materia principal abordada es el Derecho Administrativo. La controversia central se refiere a la determinación de la jurisdicción primaria exclusiva. Específicamente, se discute qué foro tiene la potestad principal para resolver disputas. La disputa concierne la validez y el alcance de un Reglamento. Dicho Reglamento fue emitido por la antigua Oficina de Personal del Servicio Público. La cuestión a dilucidar es si la Comisión Apelativa del Servicio Público posee esta jurisdicción exclusiva. La opinión fue redactada por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco.

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