Partes:
Merle Feliciano v. Comisión Estatal de Elecciones y otros
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Materia:
Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente
Número de Caso:
CC-2020-247
Año:
2020
Fecha:
27 de julio de 2020
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 27 de julio de 2020 en el caso CC-2020-0247. El Tribunal examinó una Petición de certiorari presentada por el Comisionado Electoral del Partido Popular Democrático contra la Comisión Estatal de Elecciones. El Tribunal resolvió declarar "no ha lugar" a la petición. La resolución incluye votos concurrentes y disidentes. Un voto concurrente sostiene que el requisito de residencia constitucional aplica por igual a los cargos representativos y senatoriales por distrito. Este voto concurrente avala la decisión previa del Tribunal de Apelaciones. Votos disidentes expresan desacuerdo con la decisión o la negativa a expedir el recurso. Algunos jueces disidentes habrían expedido el recurso para interpretar la cláusula constitucional sobre el requisito de residencia, particularmente su aplicación a los candidatos a senadores por distrito.
| Lind O. Merle |
|---|
| Feliciano, como |
| Comisionado Electoral |
| del Partido Popular |
| Democrático |
| Peticionario |
| Comisión Estatal de |
| Elecciones, a través de |
| Su Presidente, el Hon. |
| Juan Ernesto Dávila |
| Rivera y otros |
| Recurridos |
Número del Caso: CC-2020-0247
Fecha: 27 de julio de 2020 Tribunal de Apelaciones: Panel I Abogados de la parte peticionaria: Lcdo. Jorge Martínez Luciano Lcdo. Gerardo A. Cruz Maldonado Lcdo. Gerardo De Jesús Annoni Lcdo. Emil Rodríguez Escudero Lcdo. Nelson J. Rodríguez Vargas
Abogada de la parte recurrida: Lcda. María E. Suárez...
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