Partes:
In re: Carlos A. Contreras Moreno
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua y las órdenes del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-10,663
Año:
2020
Fecha:
28 de julio de 2020
El Tribunal Supremo ejerce su jurisdicción disciplinaria para ordenar la suspensión inmediata e indefinida de un abogado. La suspensión del Lcdo. Carlos A. Contreras Moreno se debe a su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y con órdenes de este Tribunal. El PEJC le notificó en 2016 sobre su incumplimiento con los créditos del periodo 2013-2016 y le concedió términos para subsanar. En 2019, el PEJC refirió su caso al Tribunal Supremo por su desatención continua. El Tribunal le otorgó varios términos para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido por ignorar los requerimientos del PEJC. A pesar de las oportunidades y apercibimientos, el letrado no cumplió con lo ordenado por el Foro. Por consiguiente, se procede a su suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión será efectiva el 28 de julio de 2020, fecha de su notificación.
| In re: | |
|---|---|
| 2020 TSPR 73 | |
| Carlos A. Contreras Moreno | 204 DPR |
| Número del Caso: TS-10,663 |
Fecha: 27 de julio de 2020
Abogada de la parte peticionaria: Lcda. Graciela Vázquez Lagomarsini
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María Cecilia Molinelli González
Materia: La suspensión será efectiva el 28 de julio de 2020, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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