Partes:
Merle Feliciano v. Dávila Rivera
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Materia:
Derecho Apelativo: El recurso apropiado para acudir al Tribunal de Apelaciones con el fin de impugnar una sentencia dictada en una controversia electoral es el de revisión y no elcertiorari
Número de Caso:
AC-2019-104
Año:
2020
Fecha:
24 de abril de 2020
Una opinión del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, caso AC-2019-104, de fecha 14 de abril de 2020, aborda una importante cuestión procesal electoral. La controversia involucra a comisionados electorales de varios partidos políticos y al Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones. El punto central es determinar el recurso legal correcto para impugnar una sentencia dictada en una controversia electoral ante el Tribunal de Apelaciones. Se identifica una discrepancia entre el Código Electoral vigente y el Reglamento del Tribunal de Apelaciones sobre si el recurso debe ser revisión o certiorari. El Tribunal resuelve esta duda interpretativa. Establece que, aplicando el principio de supremacía de la ley sobre el reglamento, el recurso apropiado es el de revisión. Esta determinación fija el procedimiento a seguir para apelar sentencias electorales en dicho foro.
Número del Caso: AC-2019-104
Fecha: 14 de abril de 2020
Tribunal de Apelaciones: Panel Especial - Orden Administrativa TA-2019-153
Abogados de la parte peticionaria: Lcdo. Nelson J. Rodríguez Vargas Lcdo. Jorge Martínez Luciano Lcdo. Emil Rodríguez Escudero
Abogados de la parte recurrida: Lcda. Vickmary Sepúlveda Santiago Lcdo. Michael Rey Lcdo. Jason R. Caraballo Oquendo
Abogado de la Comisionada Electoral del Partido Nuevo Progresista, Norma Burgos Andújar: Lcdo. Juan Guzmán Escobar
Abogados del Comisionado Electoral del Partido Independentista Puertorri...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito