2012 • 3 de julio de 2012
Número de Caso:
CP-2011-7
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su jurisdicción disciplinaria en el caso CP-2011-7 contra el licenciado y notario Miguel A. Ojeda Martínez. La decisión aborda la conducta profesional del abogado, específicamente su actuación como notario al dar fe de hechos que le constaban como falsos en la Escritura Núm. 24 de 22 de mayo de 1989. También evalúa si incurrió en una violación ética al enviar una carta amenazando con demandar al quejoso, Sr. Luis Raúl Delgado Mercado, por presentar la querella. La Oficina de Inspección de Notarías investigó los hechos denunciados. El caso se originó por una queja presentada en 2005. Como resultado de la evaluación de las controversias, el Tribunal impone una sanción disciplinaria. La suspensión del licenciado Ojeda Martínez se hizo efectiva el 6 de julio de 2012.
2012 • 29 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2012-21
Ponente:
Sentencia con Opinión Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una sentencia en el caso CC-2012-21, revisando una decisión del Tribunal de Apelaciones. La controversia surge entre la Junta de Planificación de Puerto Rico y la organización Iniciativa para un Desarrollo Sustentable (IDS). El Tribunal de Apelaciones había declarado Ha Lugar una Moción en Auxilio de Jurisdicción presentada por IDS. Esta moción tuvo el efecto de paralizar los procedimientos administrativos relacionados con la solicitud y concesión de permisos de desarrollo en la Reserva Natural del Corredor Ecológico del Noreste (R.C.E.N.). La Junta de Planificación solicitó al Tribunal Supremo que revocara dicha resolución. El Tribunal Supremo evaluó la controversia y resolvió que el Tribunal de Apelaciones erró al conceder la moción. Determinó que la moción de IDS no cumplió con los estándares jurisprudenciales requeridos para emitir una orden de paralización en auxilio de jurisdicción apelativa. La R.C.E.N. es una zona de alto valor ambiental designada como reserva natural mediante Orden Ejecutiva y resolución de la Junta de Planificación.
2012 • 27 de junio de 2012
Número de Caso:
CP-2010-13
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atiende un proceso disciplinario contra la Lcda. Edith E. Vázquez Pardo. La acción se originó por una querella del Procurador General en agosto de 2010. Esta querella se fundamentó en una queja presentada por varios ciudadanos (quejosos) en marzo de 2003. A la licenciada Vázquez Pardo se le imputan dos cargos. Estos cargos alegan violaciones a la fe pública notarial y al Canon 35 del Código de Ética Profesional. Los hechos que dieron lugar a la queja inicial se derivan de una compraventa de terrenos y un contrato de construcción. Los quejosos demandaron a la corporación Nakato, Inc. por incumplimiento. En dicho litigio, los quejosos fueron representados por otros abogados bajo un acuerdo de honorarios contingentes. La queja disciplinaria contra Vázquez Pardo surge en el marco de este caso previo. El documento expone el inicio y los antecedentes de este procedimiento disciplinario.
2012 • 22 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2011-526
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera si un producto impermeabilizante de techos, compuesto mayormente por asfalto, un derivado del petróleo, está exento del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU). La peticionaria, Danosa Caribbean, Inc., solicitó la exención al Departamento de Hacienda, alegando que la Ley Núm. 117 de 2006 excluía los productos derivados del petróleo del IVU. El Negociado de Asistencia Contributiva y Consultas Especializadas denegó la petición, argumentando que los productos manufacturados por Danosa no se identificaban como productos derivados del petróleo, basándose en el Código de Rentas Internas y un reglamento. Danosa apeló administrativamente, pero la denegatoria fue confirmada. La controversia requiere que el Tribunal Supremo realice un ejercicio de interpretación estatutaria para determinar si el producto final de Danosa cualifica para la exención contributiva bajo la ley aplicable.
2012 • 21 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2010-376
Ponente:
Sentencia con Voto de Inhibición
Resumen:
Este documento es una Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico, con fecha de 21 de junio de 2012, identificada como CC-2010-376. La controversia involucra a la Junta de Directores y la Asamblea de Delegados de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado, así como a Pablo Crespo Claudio. El caso se originó a raíz de la situación del Director Ejecutivo, quien anunció su retiro pero luego propuso continuar bajo un contrato de servicios profesionales. El Tribunal Supremo evaluó el estado del pleito durante el trámite apelativo. Determinó que los hechos y el derecho aplicable habían cambiado significativamente. Como resultado, la controversia original dejó de ser viva y latente. Por estos motivos, el Tribunal desestimó el pleito por considerarlo académico. La decisión incluye un Voto de Inhibición.
2012 • 20 de junio de 2012
Número de Caso:
CP-2011-3
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Norman Pietri Castellón. La querella se originó por la queja de una clienta, quien alegó que el abogado no la representó diligentemente ante la Junta de Personal de la Rama Judicial. La clienta sostuvo que el incumplimiento del abogado con órdenes de la Junta provocó la desestimación de dos de sus querellas por falta de interés. También indicó que el abogado no la asesoró sobre su derecho a solicitar revisión judicial de una determinación adversa en un tercer asunto. La Oficina del Procurador General presentó la querella disciplinaria. El Tribunal Supremo concluyó que las actuaciones del licenciado Pietri Castellón se apartaron de las normas éticas. Por entender que violó los Cánones 6, 12, 18 y 19 de Ética Profesional, el Tribunal le impuso una censura enérgica.
2012 • 19 de junio de 2012
Número de Caso:
TS-14202
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 19 de junio de 2012 en el caso In re Eugenio L. Rivera Ramos. La materia principal abordada fue la solicitud de reinstalación al ejercicio de la notaría. El Lcdo. Eugenio L. Rivera Ramos había presentado una moción pidiendo su readmisión a la práctica notarial y la renovación de su fianza. Tras examinar la solicitud, el Tribunal determinó que la moción era procedente. En consecuencia, se autorizó la reinstalación del Lcdo. Eugenio L. Rivera Ramos al ejercicio de la notaría. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.
2012 • 15 de junio de 2012
Número de Caso:
TS-10861
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 15 de junio de 2012 en el caso In Re: Jorge Gordon Menéndez. La materia principal de la resolución es la reinstalación al ejercicio de la abogacía. El Tribunal examinó la moción presentada solicitando dicha reinstalación. Mediante esta resolución, el Tribunal autorizó la reinstalación del Lcdo. Jorge Gordon Menéndez. La decisión se fundamentó en que el término de suspensión que le fue impuesto previamente ya había transcurrido. Esta resolución constituye un documento oficial del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
2012 • 14 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2010-277 cons. CC-2010-616
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Resumen:
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la naturaleza jurídica de la relación entre el agente administrador de un condominio y el Consejo de Titulares. La opinión examina si dicha relación constituye un contrato de mandato, de trabajo o de arrendamiento de servicios, y cómo interactúan estas figuras contractuales. Se analiza el caso particular del señor Jorge Colón Ortiz, quien suscribió un contrato para prestar servicios de administración al Condominio Borinquen Towers I. El contrato especificaba un horario fijo, salario mensual y tareas específicas, aunque en la práctica las condiciones de trabajo variaron. El Tribunal utiliza este caso para dilucidar la complejidad de la figura del administrador de condominios bajo la Ley de Propiedad Horizontal. La decisión busca clarificar los derechos y obligaciones derivados de esta relación, considerando los elementos propios de cada tipo de contrato.
2012 • 12 de junio de 2012
Número de Caso:
AD-2011-2
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó la conducta de la Jueza Superior Gloria M. Sierra Enríquez en una acción disciplinaria. La jueza mostró impaciencia, falta de temperamento y severidad excesiva hacia un ciudadano que compareció sin representación legal en un caso criminal menos grave. Este proceder ocurrió durante el caso Pueblo v. Héctor L. Rivera Marín, donde el acusado enfrentaba un cargo por Intrusión a la Tranquilidad Personal. El Tribunal consideró que dicha conducta atentó contra el sistema de justicia y quebrantó la confianza pública en los jueces. Se determinó que la jueza violó los Cánones 4, 8, 9 y 14 de Ética Judicial. Como resultado de la evaluación, el Tribunal Supremo impuso una sanción disciplinaria. La Hon. Gloria M. Sierra Enríquez fue suspendida de empleo y sueldo por el término de un mes.
2012 • 12 de junio de 2012
Número de Caso:
TS-1738
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó la conducta profesional del Lcdo. José Orlando Grau Collazo. Se determinó que incumplió con los requisitos de educación jurídica continua para el periodo 2007-2008 y con el deber de mantener su dirección actualizada ante el Tribunal. El abogado informó en 2009 que no podía cumplir debido a un derrame cerebral y su estancia en una residencia para ancianos. Se le solicitó formalizar una solicitud de relevo o exoneración por justa causa y proveer información sobre su práctica legal, pero no completó el trámite o no suministró los datos requeridos. El Tribunal concluyó que, a pesar de su situación personal, el incumplimiento no dejaba otra alternativa. Por consiguiente, se decidió separarlo indefinidamente del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se hizo efectiva el 20 de junio de 2012.
2012 • 12 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2006-228 cons. CC-2006-266
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Resumen:
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico relacionada con un hurto ocurrido en el negocio Maderas Tratadas, Inc. La controversia principal se centra en el contrato de seguro entre Universal Insurance Company y CBI Security Services, Inc., la compañía de seguridad. Se debe determinar si Universal actuó correctamente al denegar cubierta, argumentando que los hechos constituyen incumplimiento de contrato y no una "ocurrencia" según la póliza. De existir cubierta, se analizará la aplicación de ciertas exclusiones consignadas en la póliza. Asimismo, se dirimirá si se configuran los requisitos para obligar a la aseguradora bajo la doctrina de descenso de nivel ("drop down"). La opinión atiende controversias planteadas en los recursos CC-2006-0228 y parte del CC-2006-0266, los cuales fueron consolidados.
2012 • 12 de junio de 2012
Número de Caso:
AC-2011-7
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Resumen:
El caso AC-2011-7 ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico examina la naturaleza jurídica de la Asociación de Suscripción Conjunta (A.S.C.) del Seguro de Responsabilidad Obligatorio. La única controversia planteada es si la A.S.C. constituye un ente privado en el contexto de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). Esta clasificación es crucial para determinar si sus decisiones son revisables ante el Tribunal de Apelaciones. El caso se origina cuando la A.S.C. denegó la cubierta a Ángela Alonzo Reyes por un accidente de tránsito, basándose en su responsabilidad según el informe amistoso y la Regla LXXI. Inconforme, la peticionaria presentó un recurso de revisión ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal Supremo, en opinión emitida por el Juez Asociado Kolthoff Caraballo, concluye afirmativamente que la A.S.C. es un ente privado. Por consiguiente, sus determinaciones no están sujetas al recurso de revisión ante el Tribunal de Apelaciones bajo las secciones 4.2 y 4.6 de la LPAU. Esta decisión clarifica el estatus de la A.S.C. y el foro adecuado para impugnar sus acciones.
2012 • 6 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2012-239
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera un recurso de certiorari para determinar la competencia territorial en el caso contra el ex representante Iván A. Rodríguez Traverzo. La controversia central es si la Sala de San Juan o la Región Judicial de Arecibo tiene jurisdicción para atender las denuncias. Se imputan ocho cargos al recurrido, cuatro por aprovechamiento ilícito de trabajos públicos y cuatro por violación a la Ley de Ética Gubernamental. Las denuncias alegan que Rodríguez Traverzo utilizó empleados públicos de su oficina para limpiar un potrero en Quebradillas durante horas laborables. Este trabajo se habría realizado para preparar el lugar para una actividad de recaudación de fondos para su campaña política. El pago a dichos empleados fue procesado por la Oficina de Finanzas de la Cámara de Representantes en San Juan. La Sala de San Juan del Tribunal de Primera Instancia cuestionó su competencia y consideró trasladar el caso a Arecibo, donde ocurrió la conducta física. El Tribunal Supremo debe resolver si la competencia recae en San Juan (lugar del pago) o Arecibo (lugar del trabajo).
2012 • 6 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2007-232
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examina las facultades de las Oficinas Municipales de Permisos bajo la Ley de Municipios Autónomos. La controversia principal gira en torno a si estas oficinas poseen discreción para considerar políticas de ordenación territorial al evaluar solicitudes de permisos, como consultas de conformidad con el Reglamento de Zonificación. Se plantea si la aprobación de permisos es ministerial, basada únicamente en el cumplimiento de los criterios del distrito de zonificación, o si pueden integrar factores y políticas de planificación más amplias. El caso específico involucra al Municipio Autónomo de Carolina, que afirma tener discreción para una evaluación detallada de un proyecto comercial en un área de facilidades vecinales. Los recurrentes, dueño y arquitecto del proyecto, argumentan que la aprobación debe ser ministerial al cumplir con la zonificación. La opinión busca clarificar el alcance de la autoridad municipal en la gestión de permisos urbanísticos frente a las normativas de planificación territorial.
2012 • 5 de junio de 2012
Número de Caso:
CP-2002-15
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión (CP-2002-15, 5 de junio de 2012) sobre la conducta profesional de los licenciados Rafael A. Jorge Peña y Daniel Santiago Rojas. El caso se originó por una queja presentada en 1999 por la señora Evelyn Mateo Santiago. La queja se relacionaba con transacciones de una parcela de terreno en Humacao. La señora Mateo Santiago alegó que el licenciado Santiago Rojas se apropió e inscribió la parcela a su favor, a sabiendas de que le pertenecía. Tras evaluar la queja, el Procurador General presentó una querella formal contra ambos abogados. La decisión del Tribunal resulta en la suspensión de ambos letrados del ejercicio de la abogacía. La suspensión del licenciado Jorge Peña es efectiva el 21 de junio de 2012. La suspensión del licenciado Santiago Rojas es efectiva el 29 de junio de 2012. Estas fechas corresponden a la notificación de su suspensión inmediata.
2012 • 1 de junio de 2012
Número de Caso:
CC-2011-772
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Resumen:
Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico (CC-2011-772) trata sobre el derecho de notificación en procesos de revisión administrativa. La controversia surge de la impugnación judicial por parte del Municipio de San Juan de una rezonificación aprobada por la Junta de Planificación a solicitud de un ciudadano, Reynaldo Domínguez Fragoso. La pregunta central es si el ciudadano que promovió exitosamente el cambio de zonificación tiene derecho a ser notificado de la sentencia del Tribunal de Apelaciones que revisó la decisión administrativa. El Tribunal Supremo, en opinión del Juez Asociado Kolthoff Caraballo, resolvió afirmativamente. Determinó que el ciudadano original proponente de la rezonificación es una parte con interés y, por tanto, tiene derecho a ser notificado de la decisión judicial que afecta la aprobación administrativa que obtuvo. El caso establece el deber de notificar a las partes con interés en decisiones administrativas impugnadas judicialmente. Esto garantiza el debido proceso a quienes iniciaron el trámite administrativo afectado por la revisión judicial.
2012 • 31 de mayo de 2012
Número de Caso:
CC-2011-98
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa el alcance del derecho constitucional a confrontar testigos en casos criminales. La cuestión principal es si se satisface la cláusula de confrontación cuando un perito testifica sobre un informe de análisis preparado por otro químico que no comparece a corte. Esta evaluación se realiza a la luz de la normativa establecida por la Corte Suprema de los Estados Unidos en casos como Crawford v. Washington y Meléndez Díaz v. Massachusetts, así como por la jurisprudencia previa de este Tribunal. El caso específico involucra a un acusado bajo la Ley de Sustancias Controladas, donde se admitió un informe pericial a través del testimonio de una química supervisora en lugar del químico que realizó el análisis. De determinar que existe una violación al derecho de confrontación, el Tribunal debe resolver si dicho error es de naturaleza estructural, que conlleva la revocación automática de la sentencia, o si está sujeto a la doctrina del error constitucional no perjudicial. La decisión busca clarificar los requisitos para la admisibilidad de informes periciales y el testimonio de peritos sustitutos bajo la cláusula de confrontación.
2012 • 30 de mayo de 2012
Número de Caso:
CC-2008-808 cons. CC-2008-820
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 30 de mayo de 2012. Consolida los casos CC-2008-808 y CC-2008-820. La materia tratada es Derecho Administrativo. Específicamente, se refiere a los procedimientos para la designación de una nueva especie como en peligro crítico de extinción. También aborda la designación de su hábitat asociado como crítico esencial. El Tribunal examina si el Tribunal de Apelaciones posee jurisdicción para revisar estos procedimientos administrativos. La opinión es emitida por el Juez Asociado SEÑOR ESTRELLA MARTÍNEZ. Participan abogados de las partes peticionaria y recurrida, así como la Oficina del Procurador General. El documento es una decisión oficial del Tribunal Supremo.
2012 • 29 de mayo de 2012
Número de Caso:
CC-2010-1085
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera en este caso el foro adecuado para atender solicitudes de bonificación de sentencia. La cuestión central es determinar qué agencia o tribunal tiene jurisdicción sobre el crédito por el tiempo que una persona convicta estuvo detenida antes de comenzar a cumplir su pena en una institución correccional en Puerto Rico. La peticionaria fue convicta en la isla pero arrestada fuera de la jurisdicción tras evadir el proceso judicial. Reclama crédito por el tiempo que estuvo privada de libertad fuera del Estado Libre Asociado en espera de su extradición. La solicitud se presenta a pesar de haber retado el proceso de extradición y supuestamente haber evadido la jurisdicción puertorriqueña. El caso busca establecer el procedimiento correcto para canalizar este tipo de reclamos de crédito. La decisión es necesaria ante la ausencia de determinaciones de hechos por parte de los tribunales inferiores.
2012 • 29 de mayo de 2012
Número de Caso:
CC-2011-611
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera si un menor es parte indispensable en una acción de impugnación de paternidad. Héctor Luis Bonilla Ramos demandó a Jean Annette Dávila Medina para impugnar la paternidad del menor H.J.B.D. La demanda se presentó contra la madre dentro del término de caducidad de seis meses dispuesto por la Ley 215 de 2009. Sin embargo, el menor no fue incluido como parte demandada al inicio del pleito. Posteriormente, la Procuradora de Asuntos de Familia fue designada como defensora judicial del menor. La Procuradora solicitó la desestimación del caso, argumentando que el menor era una parte indispensable que no fue traída al pleito dentro del término legal de caducidad. El demandante se opuso a la desestimación. El Tribunal debe determinar si la falta de inclusión del menor como parte demandada dentro del término de caducidad impide que la acción de impugnación prospere.
2012 • 24 de mayo de 2012
Número de Caso:
CC-2010-611
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Resumen:
El caso CC-2010-611 ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico involucra a Jacinto López Borges y la Administración de Corrección, centrándose en la reclasificación de custodia del confinado. López Borges, sentenciado bajo el Código Penal de 1974 como reincidente habitual a separación permanente y máxima seguridad, ha cumplido 21 años de prisión. Durante su encarcelamiento, ha mostrado rehabilitación significativa, completando educación, terapia, trabajando y manteniendo buena conducta, obteniendo una puntuación objetiva para seguridad mínima. No obstante, la Administración de Corrección ratificó su nivel de custodia en máxima seguridad. La decisión se basó en una disposición derogada del Código Penal de 1974 sobre reincidentes habituales. Esta acción fue considerada una violación a lo establecido en la Ley del Mandato Constitucional de Rehabilitación de 2004. El Tribunal Supremo revisó la decisión administrativa mediante certiorari. La controversia legal gira en torno a la aplicación de leyes obsoletas frente a los principios de rehabilitación vigentes para determinar el nivel de custodia de un confinado.
2012 • 21 de mayo de 2012
Número de Caso:
TS-6411
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 21 de mayo de 2012 en el caso In re Darío D. Bonet Cedó, identificado con el número TS-6411. La resolución atiende una "Moción de Reconsideración" presentada por el Lcdo. Bonet Cedó. Mediante este dictamen, el Tribunal ordena la reinstalación del Lcdo. Darío D. Bonet Cedó al ejercicio de la abogacía. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria. La Jueza Asociada señora Fiol Matta concurrió con la orden de reinstalación, pero expresó que le requeriría tomar un curso de repaso de reválida.
2012 • 14 de mayo de 2012
Número de Caso:
CC-2011-740
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Resumen:
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 14 de mayo de 2012 (2012 TSPR 85) en el caso Job Connection Center Inc. v. Supermercados Econo Inc. La controversia principal gira en torno a si una orden de descalificación de abogado emitida por un tribunal de primera instancia puede ser revisada de forma interlocutoria por el Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. Se examina si tales órdenes están incluidas entre las excepciones para la revisión interlocutoria bajo la Regla 52.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009. El caso subyacente es una reclamación de incumplimiento de contrato y cobro de dinero presentada por Job Connection contra Econo, relacionada con un programa federal de subsidios de salarios. Econo presentó una reconvención y demanda contra tercero contra el Departamento de la Familia. La firma Muñoz, Boneta, Benítez, Peral & Brugueras compareció en representación de Econo. Job Connection presentó una moción solicitando la descalificación del abogado de Econo, lo que dio lugar al recurso ante el Supremo. La decisión busca clarificar el alcance de la revisión interlocutoria para las determinaciones de descalificación de abogados.
2012 • 8 de mayo de 2012
Número de Caso:
TS-8228
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 8 de mayo de 2012 en el caso In re Rigel Sabater Solá. La materia principal tratada fue la readmisión al ejercicio de la abogacía. El Tribunal acogió el informe presentado por el Procurador General. Como resultado de esta decisión, se ordenó el archivo y sobreseimiento de la queja que existía en contra de la Sra. Rigel Sabater Solá. Adicionalmente, la resolución dispuso su reinstalación inmediata al ejercicio tanto de la abogacía como de la notaría.
2012 • 3 de mayo de 2012
Número de Caso:
CP-2008-8
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa la conducta profesional del licenciado Edmundo Ayala Oquendo en su función notarial. Se presentó una queja alegando que el abogado autorizó una escritura de compraventa sobre unos solares sin realizar un estudio de título adecuado. Esta falta de diligencia notarial provocó que la Registradora de la Propiedad denegara la inscripción de la escritura por falta de tracto. El querellante sostuvo haber sido víctima de fraude en relación con esta transacción. El abogado argumentó que el vendedor había adquirido la propiedad mediante declaratoria de herederos y una escritura previa. El Tribunal reitera la obligación del notario de actuar con extremo cuidado, esmero y diligencia profesional. Al encontrar violaciones a los Cánones de Ética Profesional en su desempeño notarial, el Tribunal procede a suspender al abogado. La suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría es efectiva a partir del 10 de mayo de 2012.
2012 • 27 de abril de 2012
Número de Caso:
CT-2012-3
Ponente:
Sentencia con Opinión de Conformidad y Opinión Disidente
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico que revisa una decisión del Tribunal de Primera Instancia. La controversia principal en el caso CT-2012-3 es si la Comisión Estatal de Elecciones (C.E.E.) cumplió con los requisitos del Art. 3.015 del Código Electoral para implementar un sistema de escrutinio electrónico. El Lcdo. Luis R. Santini Gaudier alegó que la C.E.E. no publicó ni notificó adecuadamente la Resolución CEE-RS-11-174, que aprobaba dicho sistema. Se argumentó la falta de publicación en juntas de inscripción, alcaldías, colecturías y periódicos, así como la notificación a partidos y ciudadanía. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que la C.E.E. incumplió con la ley. Consecuentemente, el foro primario emitió un injunction preliminar y permanente. Esta orden judicial instruyó a la C.E.E. a cesar la implementación del proceso de escrutinio electrónico para las elecciones de 2012. El Tribunal Supremo evalúa si la sentencia del Tribunal de Primera Instancia fue conforme a derecho.
2012 • 20 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2010-810
Ponente:
Hon. Rivera García
Resumen:
Este recurso del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la aplicación de la Regla 246 de Procedimiento Criminal. Busca precisar los requisitos para el archivo definitivo y sobreseimiento de un caso penal tras un acuerdo de transacción entre las partes. La controversia central gira en torno a la potestad de un tribunal para reinstalar una denuncia archivada bajo dicha regla. Esto ocurre cuando no se cumplen los requerimientos de la regla y se incumple el acuerdo transaccional. El caso de origen involucra una denuncia por usurpación contra Vicente Rodríguez Maldonado. Las partes informaron al foro primario haber llegado a un acuerdo para transigir el delito. El acuerdo implicaba que el Ministerio Público solicitaría el archivo del caso. La opinión judicial analizará si el incumplimiento de los términos o de los requisitos procesales permite la reactivación del proceso penal. Se establecerán las condiciones bajo las cuales un archivo bajo la Regla 246 adquiere carácter definitivo. El Tribunal Supremo revisa los hechos y el historial procesal para resolver esta cuestión de derecho.
2012 • 20 de abril de 2012
Número de Caso:
TS-7371
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 20 de abril de 2012. El caso, identificado como TS-7371, trata sobre la solicitud de reinstalación al ejercicio de la notaría por parte del Lcdo. Marco Rosado Conde. El abogado presentó una moción informando el pago de la fianza notarial y solicitando su reinstalación. El Tribunal Supremo, tras considerar la moción, la declaró con lugar. En consecuencia, se ordenó la reinstalación del Lcdo. Marco Rosado Conde al ejercicio de la notaría. Este documento oficial certifica la decisión del Tribunal en este asunto.
2012 • 19 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2010-980
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Resumen:
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 19 de abril de 2012 en el caso El Pueblo vs. Wilfredo J. Rivera Cintrón. El caso plantea si la posesión simultánea de distintas sustancias controladas constituye uno o múltiples delitos de posesión simple bajo el Art. 404 de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico. También se discute si las reglas sobre concurso de delitos del Código Penal de 2004 (Arts. 78 y 79) son aplicables a las violaciones de la Ley de Sustancias Controladas. El peticionario fue intervenido con heroína, cocaína y marihuana. El Tribunal de Primera Instancia lo declaró culpable de tres infracciones separadas al Art. 404. Se le impusieron penas consecutivas de tres años por cada cargo, sumando nueve años, con cumplimiento mediante sentencia suspendida en un programa de rehabilitación. La defensa solicitó que las penas fueran concurrentes. El Tribunal Supremo debe dilucidar la interpretación correcta del Art. 404 y la interacción entre la ley especial de drogas y el Código Penal en cuanto al concurso de delitos.
2012 • 18 de abril de 2012
Número de Caso:
CP-2010-4
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió una querella de conducta profesional contra el Lcdo. Osvaldo Pérez Marrero. La Procuradora General lo acusó de violar el Canon 21 de Ética Profesional. La imputación se basó en su representación simultánea de la Corporación Oros Verdes Inc. y del Dr. José Camuñas Córdova en una acción de daños y perjuicios. Se argumentó que los intereses de la corporación y del doctor Camuñas Córdova eran contrarios en dicho litigio. Tras un proceso que incluyó la evaluación de prueba por una Comisionada Especial, el Tribunal examinó el caso. El Tribunal Supremo coincidió con la Comisionada en que el abogado incurrió en la violación ética imputada. Se determinó que el Lcdo. Pérez Marrero representó intereses en conflicto, contraviniendo el Canon 21. Por consiguiente, el Tribunal ordenó su suspensión del ejercicio de la abogacía.
2012 • 18 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2010-811
Ponente:
Sentencia en Reconsideración con Opinión Disidente
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en reconsideración sobre un caso de revisión administrativa. El litigio surge de una subasta formal de la Autoridad de Carreteras y Transportación para un proyecto de construcción. L.P.C. & D., Inc. fue el postor más bajo, pero su propuesta inicial contenía un error en la fianza de licitación. La Junta de Subastas le concedió un plazo de tres días para corregir la deficiencia, lo cual L.P.C. & D., Inc. cumplió. Posteriormente, la Junta recomendó adjudicar la subasta a L.P.C. & D., Inc. por cumplir con las especificaciones. El Director Ejecutivo de la Autoridad aprobó la adjudicación. Finalmente, la Autoridad y L.P.C. & D., Inc. firmaron el contrato y se emitió la orden de comienzo para el proyecto.
2012 • 13 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2011-37
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Resumen:
Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico dilucida las reglas procesales para apelar una resolución de un Tribunal de Menores que renuncia a su jurisdicción. La controversia central es si se requiere notificar el recurso apelativo al Fiscal de Distrito y al Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de lo Criminal. El caso surge de una menor acusada de asesinato y violaciones a la Ley de Armas, cuyo caso fue trasladado del foro criminal al de menores. El Ministerio Público solicitó y obtuvo la renuncia de jurisdicción del Tribunal de Menores. La menor apeló esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. Dicho foro desestimó el recurso por falta de notificación al Fiscal y al Tribunal Superior. El Tribunal Supremo revisó esta desestimación. Concluyó que el ordenamiento procesal para casos de menores no exige tales notificaciones para apelar una renuncia de jurisdicción. Por tanto, el Tribunal Supremo revocó la decisión del Tribunal de Apelaciones.
2012 • 13 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2010-74 cons. CC-2010-82
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Resumen:
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que consolida los casos CC-2010-74 y CC-2010-82 entre Wilfredo Rivera Menéndez y Action Service Corp. La materia principal es despido injustificado. El Tribunal atiende dos controversias: las consecuencias de estipular un expediente médico sin declaración adicional sobre sus fines, y si el Tribunal de Apelaciones erró al determinar que un empleado no fue despedido en represalia por reportar un accidente laboral a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (C.F.S.E.). El caso surge luego de que el señor Rivera Menéndez, empleado de Action, sufriera un accidente de trabajo en agosto de 2006. Tras reportarlo a la C.F.S.E. y recibir tratamiento, fue autorizado a trabajar mientras continuaba con el mismo. A pesar de múltiples requerimientos, Action no reinstaló al señor Rivera Menéndez en su empleo. Esto motivó que el empleado presentara una demanda reclamando despido injustificado al amparo de la Ley Núm. 45. La decisión del Tribunal resolverá estas cuestiones procesales y sustantivas relacionadas con la reclamación del empleado y las acciones del patrono tras la lesión laboral.
2012 • 12 de abril de 2012
Número de Caso:
TS-14721
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Se trata de la solicitud de readmisión al ejercicio de la abogacía presentada por Eric I. Estrada Pabón. El peticionario había solicitado baja voluntaria el 22 de junio de 2010, la cual fue autorizada el 15 de julio de 2010 al no tener quejas pendientes. El 19 de marzo de 2012, el Sr. Estrada Pabón solicitó ser reinstalado. Tras examinar su solicitud, el Tribunal Supremo de Puerto Rico autorizó su reinstalación. Esta decisión fue emitida el 12 de abril de 2012.
2012 • 11 de abril de 2012
Número de Caso:
AB-2011-322
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Víctor Rojas Rojas. Esta medida disciplinaria se tomó por su incumplimiento con los requerimientos del Tribunal en un proceso iniciado por la queja de un cliente. El cliente alegó que el abogado no se comunicaba ni devolvía el expediente de su caso. El Tribunal intentó notificar al abogado en múltiples ocasiones por correo certificado a la dirección registrada, pero los envíos fueron devueltos. Ante la falta de respuesta, se le notificó personalmente una Resolución el 10 de enero de 2012. Dicha Resolución le concedió un término final de diez días para contestar la queja, apercibiéndole de posibles sanciones severas por incumplimiento. El abogado no cumplió con los requerimientos de esta última Resolución. Por su falta de cumplimiento, el Tribunal dictaminó su suspensión del ejercicio de la profesión, efectiva a partir del 23 de abril de 2012.
2012 • 10 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2011-500
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
2012 • 10 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2011-610
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
2012 • 9 de abril de 2012
Número de Caso:
TS-11630
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 9 de abril de 2012 en el caso identificado como TS-11,630. La resolución aborda la Moción Solicitando Reinstalación a la Práctica de la Abogacía presentada por el Lcdo. José A. Plaud González. Tras examinar la solicitud, el Tribunal determinó que procedía la reinstalación. En consecuencia, se reinstala al Lcdo. José A. Plaud González al ejercicio de la abogacía.
2012 • 4 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2011-862
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Resumen:
2012 • 3 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2011-117
Ponente:
Sentencia y Opinión Disidente
Resumen:
2012 • 3 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2010-800
Ponente:
Hon. Rivera García
Resumen:
2012 • 3 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2010-1094 cons. CC-2011-399
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 3 de abril de 2012, consolidando los casos CC-2010-1094 y CC-2011-0399. Las partes son Lilly Del Caribe, Inc. como peticionario y el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) y su Directora Ejecutiva como recurridos. La controversia principal gira en torno a la impugnación de una contribución especial impuesta sobre propiedad inmueble residencial y comercial. El propósito central de la decisión es estudiar el requisito jurisdiccional de pago previo. Este requisito se encuentra establecido en el Artículo 3.48 de la Ley de Contribución Municipal sobre Propiedad de 1991. El Tribunal busca poner en perspectiva sus pronunciamientos previos sobre este tema. Se hará referencia a las decisiones emitidas en los casos *Yiyi Motors, Inc. v. E.L.A.* y *Mun. Trujillo Alto v. Cable TV*. La opinión fue redactada por el Juez Asociado señor MARTÍNEZ TORRES.
2012 • 3 de abril de 2012
Número de Caso:
CC-2010-1029
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico abordó en este caso dos cuestiones fundamentales sobre la propiedad horizontal. Se dilucidó si un área destinada al uso exclusivo de un apartamento se considera un elemento común limitado o un área privativa. También se analizó la necesidad del consentimiento unánime de los titulares para realizar variaciones en la fachada de un apartamento. La controversia surgió de querellas presentadas por los dueños de un apartamento en el Condominio Condado Terrace, impugnando alteraciones a la fachada, incluyendo el color de plafones y barandas. El Tribunal determinó que un área para el disfrute exclusivo de un apartamento es privativa, no un área común. Resolvió que el foro apelativo intermedio erró al revocar la orden de revertir el color de los plafones y barandas al color seleccionado por el Consejo de Titulares. La decisión clarifica la interpretación del Art. 12 de la Ley de Condominios respecto a las áreas de uso exclusivo.
2012 • 3 de abril de 2012
Número de Caso:
CT-2012-4
Ponente:
Resolución con Voto Particular de Conformidad y Voto Particular Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en resolución del 3 de abril de 2012, atendió el recurso de certificación presentado por el Partido Nuevo Progresista contra el Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, la CEE y el Partido Popular Democrático. El Tribunal declaró Ha Lugar la Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción y el Recurso de Certificación Intrajurisdiccional. Como resultado, se ordenó la paralización inmediata del Escrutinio General dispuesto por el Presidente de la CEE mediante resoluciones específicas. Esta medida se tomó para garantizar la pureza y transparencia de los procesos eleccionarios mientras el Tribunal resuelve el recurso de certificación. Se concedió a las partes un término para expresarse sobre los fundamentos del recurso y se citó a una vista oral. La decisión contó con votos particulares de conformidad y disidencia por parte de varios jueces asociados y el Juez Presidente.
2012 • 30 de marzo de 2012
Número de Caso:
TS-5231
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 30 de marzo de 2012 en el caso identificado como TS-5231. La materia principal del caso era la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía. El peticionario en este procedimiento era el Lcdo. Víctor M. Agrait Defilló. El Tribunal consideró los informes presentados por el Procurador General de Puerto Rico y la Comisión de Reputación. Tras evaluar dichos informes, el Tribunal Supremo autorizó la reinstalación del Lcdo. Víctor M. Agrait Defilló. Esta decisión permite al Lcdo. Agrait Defilló volver a ejercer la profesión legal. La determinación fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.
2012 • 28 de marzo de 2012
Número de Caso:
CP-2010-2
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Ismael Cuevas Borrero. La acción surge de una querella presentada por un cliente, el Sr. Santos Ayala Nieves. El cliente alegó conducta antiética por parte del abogado durante su representación en un recurso apelativo. El Lcdo. Cuevas Borrero había representado al cliente en un caso criminal donde fue convicto. Se le imputaron violaciones a varios Cánones del Código de Ética Profesional. La querella se basó, entre otros hechos, en que el abogado no perfeccionó el recurso de apelación presentado. Como resultado, el Tribunal ordenó la suspensión inmediata del Lcdo. Cuevas Borrero del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es por un término de dos meses. Será efectiva a partir del 23 de abril de 2012, fecha de notificación.
2012 • 28 de marzo de 2012
Número de Caso:
AC-2010-98 cons. CC-2010-1027
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Resumen:
2012 • 27 de marzo de 2012
Número de Caso:
CC-2009-1091
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Resumen:
Este documento presenta una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2012 TSPR 56) en el caso Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Secretario del Departamento de Hacienda v. Northwestern Selecta, Inc. La controversia central gira en torno a la constitucionalidad de la Ley Núm. 95 de 1992, que establece un fondo para el fomento de la industria de la carne de res. El gobierno demandó a Northwestern Selecta, un importador de carne, por el pago de aportaciones a dicho fondo. Northwestern Selecta se defendió alegando la inconstitucionalidad de la ley. Los foros inferiores desestimaron los argumentos de Northwestern y validaron el cobro. La cuestión principal ante el Tribunal Supremo es determinar si la Cláusula de Comercio de la Constitución de Estados Unidos, en su aspecto durmiente, aplica a Puerto Rico. De ser así, el Tribunal debe resolver si la Ley 95 es constitucional, especialmente al imponer contribuciones a importadores que financian campañas potencialmente contrarias a sus intereses. La opinión, emitida por el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón, enmarca el caso en las limitaciones a la facultad reguladora del gobierno cuando afecta el comercio interestatal. El texto proporcionado detalla los antecedentes y la cuestión legal, pero no incluye la decisión final del Tribunal sobre el fondo del asunto.
2012 • 27 de marzo de 2012
Número de Caso:
CC-2010-543
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examina por primera vez la Ley de Hostigamiento Sexual en las Instituciones de Enseñanza (Ley 3-1998). El caso surge de una querella presentada por un estudiante contra un profesor de la Universidad de Puerto Rico en Aguadilla. La querella alegaba conducta constitutiva de hostigamiento sexual en el contexto académico. La Universidad inició un proceso disciplinario contra el profesor, formulando cargos por violaciones al Reglamento General de la institución. El Tribunal debe determinar si el acercamiento del profesor al estudiante configuró hostigamiento sexual bajo la Ley 3-1998 y el reglamento universitario. Se trata de una revisión judicial de las sanciones disciplinarias impuestas por la institución educativa. La opinión busca clarificar la aplicación de la ley y la normativa universitaria en casos de hostigamiento sexual entre miembros de la comunidad académica. El profesor, Dr. José Lorenzo Hernández, fue acusado por el estudiante Félix Cruz Morales. El Rector de la UPR Aguadilla formuló los cargos disciplinarios. La decisión sentará precedente sobre cómo se interpreta y aplica la Ley 3-1998 en el sistema universitario.