Partes:
Daphne Ramírez v. Junta de Planificación
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Materia:
Derecho Administrativo – Deber de notificar decisión administrativa a partes con interés
Número de Caso:
CC-2011-772
Año:
2012
Fecha:
1 de junio de 2012
Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico (CC-2011-772) trata sobre el derecho de notificación en procesos de revisión administrativa. La controversia surge de la impugnación judicial por parte del Municipio de San Juan de una rezonificación aprobada por la Junta de Planificación a solicitud de un ciudadano, Reynaldo Domínguez Fragoso. La pregunta central es si el ciudadano que promovió exitosamente el cambio de zonificación tiene derecho a ser notificado de la sentencia del Tribunal de Apelaciones que revisó la decisión administrativa. El Tribunal Supremo, en opinión del Juez Asociado Kolthoff Caraballo, resolvió afirmativamente. Determinó que el ciudadano original proponente de la rezonificación es una parte con interés y, por tanto, tiene derecho a ser notificado de la decisión judicial que afecta la aprobación administrativa que obtuvo. El caso establece el deber de notificar a las partes con interés en decisiones administrativas impugnadas judicialmente. Esto garantiza el debido proceso a quienes iniciaron el trámite administrativo afectado por la revisión judicial.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CC-2011-772
Fecha: 1ro de junio de 2012
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan Abogadas de la Parte Peticionaria: Lcda. Leonor Porrata Doria Lcda. Linnette Vázquez Rivera Lcda. Sylvia Roger Stefani Procuradora General Auxiliar
Abogadas de la Parte Recurrida: Lcda. Lizzie Tomasini Lcdo. Carlos D. Rodriguez Boneta
Materia: Derecho Administrativo - Deber de notificar a las partes con interés en decisión administrativa
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