Partes:
In re: Miguel A. Ojeda Martínez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión de la abogacía y la notaría por el término de tres (3) meses, por violación a los Cánones 35 y 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
CP-2011-7
Año:
2012
Fecha:
3 de julio de 2012
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su jurisdicción disciplinaria en el caso CP-2011-7 contra el licenciado y notario Miguel A. Ojeda Martínez. La decisión aborda la conducta profesional del abogado, específicamente su actuación como notario al dar fe de hechos que le constaban como falsos en la Escritura Núm. 24 de 22 de mayo de 1989. También evalúa si incurrió en una violación ética al enviar una carta amenazando con demandar al quejoso, Sr. Luis Raúl Delgado Mercado, por presentar la querella. La Oficina de Inspección de Notarías investigó los hechos denunciados. El caso se originó por una queja presentada en 2005. Como resultado de la evaluación de las controversias, el Tribunal impone una sanción disciplinaria. La suspensión del licenciado Ojeda Martínez se hizo efectiva el 6 de julio de 2012.
| In re | 2012 TSPR 112 |
|---|---|
| Miguel A. Ojeda Martínez | 185 DPR |
Número del Caso: CP-2011-7
Fecha: 3 de julio de 2012
Abogado de la Parte Querellada: Por derecho Propio Oficina de la Procuradora General: Lcda. Zaira Girón Anadón Subprocuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 6 de julio de 2012 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del pr...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito