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Casos del Tribunal Supremo (Página 62)

In re: Medidas Judiciales para atender emergencias causadas por el Huracán Omar

2008 • 15 de octubre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2008-0004

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

En respuesta a la inminencia del huracán Omar, el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 15 de octubre de 2008. Ante el riesgo que representaba la situación climatológica, se concedió libre a los empleados de la Rama Judicial y se decretó la suspensión de los trabajos en las Salas de los Tribunales para la tarde del 15 y todo el día 16 de octubre de 2008. Las Secretarías y algunas Salas de Investigaciones permanecieron abiertas por horas limitadas el 15 de octubre, mientras que el Consorcio del Noreste cerró, aunque los jueces de turno se mantuvieron activos. Debido al cierre total de los Tribunales el 16 de octubre, ese día se considerará feriado a efectos del cómputo de términos judiciales. Cualquier término que venciera el 16 de octubre se extenderá hasta el próximo día laborable, conforme al Código Político de 1902. La Resolución ordena su inmediata difusión pública.

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PPD y otros v. Comisión Local de Elecciones Precinto 66 de Orocovis, et al.

2008 • 10 de octubre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2008-0065

Ponente:

Sentencia

Resumen:

Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso AC-2008-0065. La controversia principal gira en torno a la recusación de ochenta y cuatro electores en Orocovis por razón de domicilio. Un aspecto crucial del proceso de recusación implicaba la notificación a los electores mediante la publicación de edictos. La publicación de estos edictos sufrió un retraso de un día, atribuido a la falta de espacio en el periódico El Vocero debido al gran volumen de edictos recibidos. El Tribunal de Primera Instancia determinó que existía justa causa para esta tardanza tras una vista evidenciaria. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones revocó esa determinación e invalidó el proceso de recusación. El Tribunal Supremo revisó la decisión del foro apelativo. El Tribunal Supremo concluyó que el Tribunal de Apelaciones erró al revocar la determinación del Tribunal de Primera Instancia. Por lo tanto, el Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones.

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Enmienda al Artículo 13.1 del Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama judicial

2008 • 6 de octubre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EP-2008-0002

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Esta resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico enmienda el Artículo 13.1 del Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial. La enmienda detalla el proceso para certificar candidatos elegibles para cubrir vacantes en el Servicio Uniforme. Cuando ocurre una vacante, el jefe de la dependencia solicita una lista de elegibles al Director Administrativo de los Tribunales. El Director emite una certificación del registro, listando candidatos disponibles en orden descendente de calificación. La certificación incluirá generalmente al menos cinco nombres, aunque se pueden certificar menos si no hay suficientes candidatos disponibles. Se establece un orden de prioridad específico para los registros (reincorporación, reingreso, ascenso, ingreso). Los candidatos son notificados para entrevistas, las cuales deben realizarse dentro de los 10 días siguientes a la certificación. La selección o el rechazo de todos los candidatos debe informarse al Director en un plazo de 15 días, con una posible prórroga de 10 días. El incumplimiento o la falta de justificación de los rechazos puede resultar en la cancelación de la certificación o la intervención del Juez Presidente. No se expedirán más de tres certificaciones para cubrir una misma vacante.

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Vizcarrondo Morales v. MVM, Inc.; Sr. Majid Bazzil y otros

2008 • 6 de octubre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2008-0195

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que aborda la aplicación del procedimiento sumario para querellas laborales bajo la Ley Núm. 2 de 1961. La cuestión principal es si un tribunal tiene discreción para negarse a anotar la rebeldía de un patrono que no contestó una querella ni solicitó prórroga dentro del término legal. El Tribunal Supremo resuelve que, de conformidad con la letra de la Ley Núm. 2, los tribunales no poseen tal discreción en estas circunstancias. Esta determinación busca clarificar la aplicación de la ley en los tribunales de instancia y apelaciones. Sin embargo, la opinión establece que, una vez anotada la rebeldía, el tribunal debe celebrar las vistas necesarias. Estas vistas son para permitir que el querellante sustente sus alegaciones y pruebe los daños reclamados. Dichos procedimientos posteriores a la anotación de la rebeldía deben realizarse conforme a las normas que rigen los casos en rebeldía. El caso particular surge de una querella por despido injustificado y discriminatorio presentada por Olivia Vizcarrondo Morales contra MVM, Inc.

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In re: Ricardo Torres Muñoz

2008 • 2 de octubre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2006-0009

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la conducta profesional del licenciado Ricardo Torres Muñoz. El caso surge de su representación de los querellantes Juan Sotomayor López, Norma Mantilla Siverio y Rosa M. Rosa Villanueva en reclamaciones por discrimen político contra el Departamento de Familia. Estas reclamaciones se presentaron ante la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (JASAP) y el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico. El Tribunal Federal paralizó sus procedimientos en espera de la determinación de JASAP. JASAP falló a favor del señor Sotomayor López pero declaró no ha lugar las apelaciones de las señoras Rosa Villanueva y Mantilla Siverio. El licenciado Torres Muñoz presentó entonces un recurso de revisión administrativa ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones en representación de las dos querellantes cuyas reclamaciones fueron denegadas por JASAP. El Tribunal Federal solicitó posteriormente un informe sobre el estatus del caso. Subsecuentemente, el Tribunal de Circuito de Apelaciones revocó la determinación de JASAP respecto a las señoras Rosa Villanueva y Mantilla Siverio, declarando ha lugar el discrimen político y ordenando su reinstalación y el pago de haberes dejados de percibir.

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El Pueblo de Puerto Rico en interés del menor J.E.T.A.

2008 • 1 de octubre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0530

Ponente:

Sentencia

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisó mediante certiorari la sentencia del Tribunal de Apelaciones en el caso CC-2007-530, relacionado con el menor J.E.T.A. y la jurisdicción de menores. El Tribunal de Apelaciones había revocado al Tribunal de Primera Instancia y ordenado el traslado del caso desde el Tribunal de Menores a una sala criminal ordinaria. Tras evaluar los planteamientos de las partes, el Tribunal Supremo modificó esta decisión. La sentencia del Supremo ordena que el caso sea devuelto al Tribunal de Menores. Corresponderá ahora al Tribunal de Menores evaluar la petición de renuncia de jurisdicción presentada. Dicha evaluación se realizará conforme a las disposiciones del Artículo 15 de la Ley de Menores. El Tribunal de Menores deberá determinar si concede la renuncia de jurisdicción o si, por el contrario, continúa atendiendo el proceso. Así, la decisión sobre si el caso pasa a la jurisdicción criminal ordinaria recae en la discreción del Tribunal de Menores, no siendo un traslado automático ordenado por el apelativo.

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Pueblo v. Antulio Nieves Hernández

2008 • 30 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0952

Ponente:

Sentencia

Resumen:

Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa la corrección de una determinación de supresión de evidencia. El Tribunal de Primera Instancia había declarado Con Lugar una solicitud de supresión, pero el Tribunal de Apelaciones revocó esa resolución. La controversia llegó al Supremo vía certiorari. La orden de registro que generó la evidencia se basó en información de un confidente y la observación de una supuesta transacción de armas en la residencia del peticionario. Un agente obtuvo la orden judicial tras detallar los hechos en una declaración jurada. Al diligenciarse la orden, el peticionario admitió voluntariamente poseer armas de fuego. El Tribunal Supremo determinó que el Tribunal de Primera Instancia erró al invertir el peso de la prueba al considerar la solicitud de supresión. Por tanto, el Supremo confirmó la decisión del Tribunal de Apelaciones, denegando la supresión de la evidencia.

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In re: Gibert G. Montes Fuentes

2008 • 30 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2007-0003

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió una querella de conducta profesional contra el Lcdo. Gilbert G. Montes Fuentes. El Procurador General le imputó violaciones a los Cánones 18 y 19 del Código de Ética Profesional. Se alegó que el abogado incumplió con su deber de diligencia y su deber de información hacia su cliente. La querella se basó en su representación de la Sra. María Rolón Deliz en una demanda de daños y perjuicios radicada en 2003. Dicha demanda buscaba resarcimiento por una agresión sufrida por la cliente. El Tribunal designó una Comisionada Especial para presidir una vista evidenciaria y rendir un informe. Tras examinar el informe de la Comisionada, el Tribunal concluyó que Montes Fuentes incurrió en las faltas imputadas. La decisión confirma el incumplimiento del abogado con los estándares éticos en el manejo del caso de su cliente.

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US Fire Insurance Company y otros v. AEE v. Universal Insurance Company y otros

2008 • 24 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2006-1060

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Resumen:

Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios y subrogación. El litigio surge de un accidente de helicóptero de la Policía en 1996 que impactó líneas eléctricas, resultando en fatalidades. US Fire Insurance Company, aseguradora de la Policía, pagó por la pérdida de la aeronave y presentó una demanda de subrogación contra la Autoridad de Energía Eléctrica y otros para recuperar \$842,048. Un tribunal de primera instancia falló a favor de US Fire, concediendo la suma reclamada más honorarios de abogados e intereses. Para satisfacer la sentencia, se consignó un total de \$1,000,000. US Fire retiró los fondos, pero reclamó una cantidad mayor, \$1,588,294.60, argumentando intereses al 9.5% y costas. La controversia principal que el Tribunal Supremo debe determinar es si US Fire puede retener una cantidad de dinero cobrada en exceso a lo adeudado por sentencia, basándose en un acuerdo transaccional.

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Camacho Huertas v. Compañía de Turismo de Puerto Rico

2008 • 19 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2006-0502

Ponente:

Sentencia

Resumen:

Juicio del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso José Camacho Huertas v. Compañía de Turismo de Puerto Rico, con fecha de 19 de septiembre de 2008 (CC-2006-502). El Tribunal, al estar igualmente dividido, confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones. Dicha sentencia del foro apelativo intermedio había confirmado la determinación de la Compañía de Turismo. La cuestión principal versaba sobre si la Compañía de Turismo debía aprobar un reglamento específico para requerir la prueba de dopaje a los solicitantes o renovadores de licencias de operador de taxi turístico. La decisión confirmada establece que la Compañía de Turismo no necesita un reglamento para este fin. Esto se debe a que la prueba de dopaje es un requisito esencial (*sine qua non*) que emana directamente de la Ley Núm. 282 de 19 de diciembre de 2002. Por tanto, el requisito administrativo de la prueba de dopaje se sustenta en la ley, sin necesidad de una regulación adicional de la agencia. La sentencia del Tribunal Supremo confirma así la resolución del Tribunal de Apelaciones sobre este punto.

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In re: Harley Rullán Castillo

2008 • 19 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000012717

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la solicitud de reinstalación de Harley Rullán Castillo al ejercicio de la abogacía. El peticionario había estado suspendido por aproximadamente un año y siete meses. La Comisión de Ética del Colegio de Abogados desistió de la querella presentada en su contra. Además, el Sr. Rullán Castillo subsanó las deficiencias identificadas en su obra notarial. En vista de estos hechos, el Tribunal autorizó su reinstalación. La autorización se limita específicamente al ejercicio de la abogacía.

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In re: Raquel Lespier Rosaly

2008 • 19 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000009507

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 19 de septiembre de 2008 en el caso TS-9507. La resolución aborda la solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía por parte de la Lcda. Raquel Lespier Rosaly. El Colegio de Abogados de Puerto Rico presentó una moción indicando que no tenía objeción a dicha solicitud. Considerando la postura del Colegio, el Tribunal autorizó a la Lcda. Raquel Lespier Rosaly a darse de baja voluntariamente de la institución. La decisión fue tomada por la Sala de Verano del Tribunal Supremo.

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Hon. Roberto J. Sánchez Ramos Secretario de Justicia v. Tribunal de Apelaciones

2008 • 12 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

MD-2008-0007

Ponente:

Resolución con Voto Disidente

Resumen:

El Secretario de Justicia presentó una petición de Mandamus ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico. La petición buscaba ordenar al Tribunal de Apelaciones dejar sin efecto una orden que había emitido. Dicha orden del foro apelativo paralizó indefinidamente un procedimiento disciplinario iniciado por el Departamento de Justicia contra un fiscal. La orden fue emitida en auxilio de jurisdicción mientras el Tribunal de Apelaciones revisaba una resolución previa. El Tribunal Supremo examinó la petición de Mandamus presentada por el Secretario de Justicia. Mediante resolución, el Tribunal declaró "no ha lugar" la petición, denegando así el remedio solicitado. La decisión fue acordada por la mayoría del Tribunal, y el Juez Presidente emitió un voto disidente.

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In re: Rebecca Santiago Méndez

2008 • 11 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2007-0022

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión disciplinaria contra la Lcda. Rebecca Santiago Méndez. La acción surge a raíz de una queja presentada en su contra. A pesar de múltiples intentos de notificación y requerimientos del Tribunal, la licenciada no respondió a la querella. Se le concedieron términos y una prórroga, pero incumplió con todos ellos. Mediante una Resolución, se le otorgó un último plazo de diez días, apercibiéndole de posibles sanciones severas, incluyendo la suspensión. Dado su continuo incumplimiento y falta de comparecencia, el Tribunal decretó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía. Esta decisión se fundamenta en el deber de los abogados de responder diligentemente a los requerimientos judiciales en procedimientos de conducta profesional. La suspensión es efectiva a partir del 7 de octubre de 2008.

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Muñiz-Olivari, et al v. Stiefel Laboratories, Inc.

2008 • 9 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2007-0012

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una opinión en respuesta a preguntas certificadas por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico. El caso surge de una demanda presentada por José A. Muñiz-Olivari, su esposa y la sociedad legal de gananciales contra Stiefel Laboratories, Inc. tras el despido del señor Muñiz Olivari. Los demandantes alegan incumplimiento de un contrato verbal relacionado con una posición futura tras el cese de operaciones de la compañía en la isla. El Tribunal de Distrito certificó dos preguntas cruciales sobre la indemnización por sufrimientos y angustias mentales en acciones de incumplimiento contractual. La primera pregunta es si dicha indemnización procede para una parte del contrato sin alegaciones independientes de daños extracontractuales. La segunda pregunta cuestiona si esta indemnización está disponible para una persona que no fue parte del contrato pero resultó directamente afectada por el incumplimiento. La opinión del Tribunal Supremo abordará estos puntos legales específicos para guiar al tribunal federal.

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Insular Highway Products, Inc. v. American International Insurance Co.; y otros

2008 • 9 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2004-1116

Ponente:

Hon. Fiol Matta

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve una cuestión procesal sobre la interrupción de términos jurisdiccionales. Se determina si una moción de reconsideración oportuna presentada por una parte extiende el plazo para que otras partes afectadas por el mismo dictamen presenten sus propias mociones de reconsideración. La controversia surge en un caso de cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. Las partes involucradas son Insular Highway Products, Inc., American International Insurance Co., Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, Del Valle Group, S.P., y Highway Safety Corp. El litigio se origina por el impago de materiales suministrados para proyectos de construcción de carreteras. Highway Safety Corp., como suplidor, reclamó el pago por los materiales entregados. El Tribunal busca clarificar la aplicación de la Regla 47 de Procedimiento Civil. La decisión establecerá si se prorroga el plazo para que otras partes afectadas puedan recurrir el mismo dictamen.

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In re: Julio Cruz Rodríguez

2008 • 4 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000003649

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso In re: Julio Cruz Rodríguez, identificado con el número TS-3649. La materia principal abordada es la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía por parte del Lcdo. Julio Cruz Rodríguez. Tras considerar las mociones presentadas por el peticionario, el Tribunal, en su Sala de Verano, emitió una resolución. En dicha resolución, fechada el 4 de septiembre de 2008, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Julio Cruz Rodríguez. La decisión fue acordada por la Sala de Verano y certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.

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Ex Parte: Javier de la Luz

2008 • 2 de septiembre de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000010439

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 2 de septiembre de 2008 en el caso Ex Parte Javier de la Luz Gamarra, identificado con el número TS-10439. La materia principal abordada en este documento es la solicitud de readmisión al ejercicio de la abogacía. El peticionario, Javier de la Luz Gamarra, presentó una moción formal solicitando ser readmitido a la práctica legal en Puerto Rico. La Sala de Verano del Tribunal Supremo, compuesta por los jueces Hernández Denton, Rivera Perez y Fiol Matta, evaluó la moción presentada. Tras la evaluación, el Tribunal determinó autorizar la readmisión de Javier de la Luz Gamarra. La Resolución ordena la notificación de esta decisión a la parte peticionaria.

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Westernbank Puerto Rico v. Hon. Gloriana Ruiz Jiménez Registradora de la Propiedad

2008 • 26 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

RG-2005-0001 RG-2005-0002

Ponente:

Per Curiam (En reconsideración)

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una opinión en reconsideración sobre un recurso gubernativo. El caso surge de la denegatoria de la Registradora de la Propiedad de Humacao a inscribir dos escrituras de hipoteca. La Registradora consideró que las escrituras carecían de claridad al establecer dos fechas de vencimiento para la hipoteca. Las hipotecas garantizaban pagarés vencederos a la presentación, pero las escrituras fijaban una vigencia extendida de 30 y 35 años para la garantía hipotecaria. Westernbank solicitó la reconsideración, argumentando que la vigencia extendida de la hipoteca no contradice las leyes aplicables. El propósito de esta opinión es pautar el derecho en situaciones similares y brindar certeza a las transacciones comerciales.

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In re: Santiago Martínez Miranda

2008 • 22 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2007-0184 TS-000009400

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Este documento es una decisión Per Curiam del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre el licenciado Santiago Martínez Miranda. El abogado fue suspendido previamente por seis meses en 2003 por violar cánones de ética profesional relacionados con competencia, diligencia, comunicación con el cliente y falta de respuesta a requerimientos judiciales. Fue reinstalado al ejercicio de la abogacía y la notaría en 2004. Tras una nueva queja, el abogado incumplió con responder a dos notificaciones de la Secretaría del Tribunal. Esta falta de respuesta a los requerimientos judiciales motivó una Resolución emitida el 26 de octubre de 2007 bajo apercibimiento de suspensión. El Tribunal Supremo, en esta decisión del 22 de agosto de 2008, aborda la conducta del abogado, específicamente su incumplimiento en responder a las comunicaciones judiciales sobre la nueva queja. Esta omisión constituye una violación a la ética profesional. La decisión impone una medida disciplinaria, concretamente una suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 21 de octubre de 2008.

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San Gerónimo Caribe Project, Inc.; Firstbank Puerto Rico, Inc. v. ELA y otros

2008 • 20 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2007-0004

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su resolución del 20 de agosto de 2008 para el caso CT-2007-4, denegó la Moción de Reconsideración presentada por el Estado Libre Asociado. La denegación se basó en que el escrito introdujo prueba no considerada por el Tribunal de Primera Instancia, contraviniendo la Regla 34(d) del Reglamento del Tribunal Supremo. El Tribunal aclaró que tanto su dictamen como la sentencia del foro de instancia se limitaron a la controversia sobre la clasificación jurídica de los terrenos ganados al mar en los predios Coast Guard Parcel y Condado Bay Parcel. Otros asuntos relacionados con la investigación sobre Paseo Caribe iniciada por el Estado no fueron objeto de consideración en este caso. La decisión no impide cualquier otra acción judicial o administrativa que proceda en derecho a la luz de los hallazgos de dicha investigación. Todos los jueces intervinieron por Regla de Necesidad, con votos particulares del Juez Presidente y la Jueza Asociada Fiol Matta.

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In re: Maribel Rosario Cartagena

2008 • 15 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000012347

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó la conducta profesional de la licenciada Maribel Rosario Cartagena, abogada y notaria. Previamente, en marzo de 2007, fue suspendida del notariado por serias deficiencias en su obra y por no corregirlas según lo ordenado. Un informe posterior de la Oficina de Inspección de Notarías identificó nuevas deficiencias, incluyendo una considerable deficiencia arancelaria. El Tribunal le concedió un término en febrero de 2008 para corregir estas fallas y mostrar causa por la cual no debía ser suspendida de la abogacía. A pesar de la notificación personal, la licenciada Rosario Cartagena no compareció ni solicitó prórroga. Su inacción y falta de diligencia ante los requerimientos judiciales violan el Canon IX del Código de Ética Profesional. Ante su incumplimiento e indiferencia, el Tribunal Supremo determinó imponerle una sanción disciplinaria. Por tanto, se ordena su suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión entrará en vigor el 25 de agosto de 2008, fecha de su notificación.

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In re: Francisco Rádinson Caraballo

2008 • 14 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000011473

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 14 de agosto de 2008 en el caso TS-11473. La materia tratada fue la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía por parte de Francisco Rádinson Caraballo. Tras considerar las mociones presentadas, el Tribunal resolvió archivar la queja AB-2005-252. Asimismo, ordenó la reinstalación del licenciado Rádinson Caraballo. Dicha reinstalación se limita únicamente al ejercicio de la abogacía. La decisión fue tomada por la Sala de Verano del Tribunal.

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In re: Rebecca D. Rodríguez Mercado

2008 • 13 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2006-0306

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró un caso de conducta profesional contra la licenciada Rebecca D. Rodríguez Mercado. El proceso disciplinario se inició tras un informe del Procurador General sobre una querella de un cliente. Se alegó que la abogada infringió los Cánones 18 y 19 de Ética Profesional por inacción y falta de diligencia, lo que resultó en la desestimación de una reclamación de su representado. El Tribunal le concedió dos términos para responder al informe y mostrar causa, pero la abogada no compareció ni solicitó prórroga en ninguna ocasión. Ante su incumplimiento con las órdenes del Tribunal, se ejerció la jurisdicción disciplinaria. La licenciada Rodríguez Mercado fue suspendida del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir del 20 de agosto de 2008.

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In re: Eric B. Singleton Batista

2008 • 13 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2007-0244

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda un procedimiento disciplinario contra el licenciado Eric B. Singleton Batista. El caso se inició tras una moción informativa del Colegio de Abogados indicando que el abogado no había respondido a una queja de un cliente. El cliente, Juan Rodríguez, alegó haber pagado más de $35,000 al abogado por representación en un caso criminal federal en Nueva York, sin que este realizara gestión alguna. El Tribunal Supremo emitió una Resolución concediendo al abogado 10 días para expresarse sobre la moción del Colegio, advirtiendo sobre posibles sanciones severas, incluida la suspensión. A pesar de ser notificado personalmente, el licenciado Singleton Batista no compareció ni solicitó término adicional. El Tribunal enfatiza la obligación de los abogados de observar el mayor respeto y diligencia hacia los tribunales y obedecer sus órdenes, citando el Canon IX del Código de Ética Profesional. La falta de respuesta a la queja y a la orden del Tribunal en un asunto de conducta profesional constituye una seria infracción. Esta decisión per curiam resuelve la situación de incumplimiento del abogado.

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In re: Rosana Rivera Ortiz

2008 • 13 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000007056

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisó la conducta profesional de la licenciada Rosana Rivera Ortiz. La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó que la notario incumplió con la rendición de índices notariales mensuales e informes estadísticos anuales por varios años. Además, la licenciada Rivera Ortiz no respondió a múltiples requerimientos de la ODIN ni acreditó la expedición de copias certificadas solicitadas. A pesar de concederle varias prórrogas y un término final para expresarse sobre las deficiencias señaladas, la abogada no compareció ni solicitó extensión alguna. Su falta de respuesta a la Resolución del Tribunal, que le apercibía de una posible suspensión, demostró una falta de respeto y diligencia hacia el foro. Esta conducta constituye una violación al Canon IX del Código de Ética Profesional. En consecuencia, el Tribunal determinó suspender a la licenciada Rosana Rivera Ortiz del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir del 26 de agosto de 2008.

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In re. Rafael Carrasquillo Martínez

2008 • 11 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000004753

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 11 de agosto de 2008 en el caso In re: Rafael Carrasquillo Martínez. La materia principal del caso es la solicitud de reinstalación al ejercicio de la notaría por parte del peticionario. El Tribunal consideró una Moción Informativa y en Cumplimiento de Orden presentada por la Directora Auxiliar Interina de la Oficina de Inspección de Notarías. Dicha moción informaba sobre el estado de la obra notarial del señor Carrasquillo Martínez. Según el informe, el peticionario había subsanado las deficiencias previamente encontradas en su trabajo notarial. En vista de que las deficiencias fueron corregidas, el Tribunal Supremo autorizó la reinstalación de Rafael Carrasquillo Martínez al ejercicio de la notaría. La decisión fue tomada por la Sala de Verano del Tribunal.

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In re: Sergio De Hoyos Beauchamp

2008 • 11 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000013428

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso de Sergio De Hoyos Beauchamp. La materia principal del caso era la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía y de la notaría. Atendiendo las mociones presentadas por el querellado, el Tribunal decidió reinstalar al licenciado De Hoyos Beauchamp. La resolución le permite retomar sus funciones como abogado y notario público. Sin embargo, el Tribunal le apercibe que debe cumplir rigurosamente con las responsabilidades inherentes al ejercicio de la notaría en el futuro. La decisión fue tomada por la Sala de Verano del Tribunal Supremo el 11 de agosto de 2008.

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Ford Motor Credit, Puerto Rican American Insurance, Co. v. ELA

2008 • 11 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-1158

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su decisión del 11 de agosto de 2008 (CC-2007-1158), examinó si el archivo de una acusación criminal bajo un programa de desvío constituye impedimento colateral para impugnar civilmente la confiscación de propiedad. El caso involucra la confiscación del vehículo del Sr. José Jiménez Otero, quien fue acusado de posesión de sustancias controladas tras ser detenido comprando drogas desde su guagua. El Sr. Jiménez Otero se acogió a un programa de desvío y rehabilitación, lo que llevó al sobreseimiento de su caso criminal. El Tribunal determinó que, en las circunstancias de este caso, la confiscación del vehículo era una medida punitiva. Consideró que dicha confiscación contravenía la política pública de rehabilitación inherente a los programas de desvío para usuarios. Por tanto, concluyó que el sobreseimiento bajo desvío sí impide la confiscación. El dictamen recurrido, que permitía la impugnación de la confiscación, fue confirmado por el Tribunal Supremo.

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P.D.C.M. Associates, S.E. v. Elías Najul Baez, et al.

2008 • 7 de agosto de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0093

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó si la aceptación de pagos tardíos por prórrogas en un contrato de opción de compraventa constituyó una novación modificativa. La parte peticionaria, P.D.C.M. Associates, S.E., sostuvo que al aceptar los pagos, los dueños de la propiedad consintieron tácitamente a modificar las condiciones sobre notificación previa y la aprobación de la Junta de Planificación. Los tribunales inferiores habían rechazado la teoría de la novación y decretado la resolución del contrato de opción. El Tribunal Supremo determinó que la aceptación de los pagos para ejercer las prórrogas sí modificó los términos del acuerdo original. Esta acción liberó a la peticionaria de cumplir con las condiciones pactadas inicialmente. Concluyó que hubo una modificación tácita del contrato. Por ello, el Tribunal revocó la sentencia apelada y ordenó el cumplimiento de las disposiciones del contrato de opción.

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In re: Otto H. Curras Ortiz

2008 • 31 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2003-0001

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico trata sobre un procedimiento disciplinario por conducta profesional contra el Lcdo. Otto H. Curras Ortiz. El caso se originó por un referido judicial sobre su actuación en un pleito civil donde participó como parte. El Procurador General investigó y presentó una querella, imputando violaciones a varios Cánones de Ética Profesional, incluyendo faltas a la sinceridad y honradez ante los tribunales y foros disciplinarios. El licenciado Curras Ortiz aceptó haber violado el Canon 35. El Tribunal designó un comisionado especial para recibir prueba y rendir un informe. El encabezado del documento señala que se impuso una suspensión, efectiva a partir del 28 de agosto de 2008.

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San Gerónimo Caribe Project, Inc.; Firstbank Puerto Rico, Inc.

2008 • 31 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2008-0004

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

La opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CT-2008-4 aborda una controversia fundamental. Se trata de determinar la naturaleza jurídica de terrenos específicos en la entrada de la Isleta de San Juan. Estos terrenos fueron creados mediante rellenos realizados a mediados del siglo pasado. Sobre ellos se ubica actualmente parte del proyecto de desarrollo conocido como Paseo Caribe. La cuestión central es si dichos terrenos constituyen bienes privados o pertenecen al dominio público. Las partes principales en este litigio son San Gerónimo Caribe Project, Inc. y Firstbank Puerto Rico, Inc. frente al Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otras entidades. La decisión sobre esta materia trasciende las particularidades fácticas del caso. La opinión fue emitida el 31 de julio de 2008 por el Juez Presidente Hernández Denton. El caso llegó al Tribunal Supremo a través de una certificación.

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San Gerónimo Caribe Project, Inc. v. ARPE

2008 • 31 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2008-0132 CC-2008-0208

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

Este documento presenta una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso consolidado CC-2008-132 y CC-2008-208. La controversia legal involucra a San Gerónimo Caribe Project, Inc. y la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). La materia principal es una revisión administrativa de una orden emitida por ARPE. La opinión, fechada el 31 de julio de 2008, fue emitida por el Juez Presidente Hernández Denton. El caso surge de una decisión previa del Tribunal de Apelaciones. Una cuestión legal central que el Tribunal Supremo debe determinar es si ARPE podía invocar el procedimiento de acción inmediata. El Tribunal destaca el alto interés público de la controversia y la necesidad de un análisis jurídico ponderado. El objetivo es garantizar la seguridad jurídica, la estabilidad del ordenamiento y la confianza en las instituciones gubernamentales y judiciales.

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In re: Lcdo. Roberto J. Sánchez Ramos

2008 • 31 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2007-0055

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Queja presentada ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico contra el Secretario de Justicia, Lcdo. Roberto J. Sánchez Ramos. La queja surge a raíz de expresiones públicas del Secretario criticando la decisión de tribunales inferiores de no encontrar causa para arresto contra el ex Gobernador Pedro Rosselló González. El Secretario manifestó su desacuerdo con la determinación judicial, sugiriendo un trato desigual basado en la influencia del imputado. Un Representante presentó la queja ante el Tribunal Supremo por la conducta profesional del Secretario. Tras examinar el asunto, el Tribunal Supremo decidió declinar el ejercicio de su jurisdicción disciplinaria. Esta determinación se basa en la aplicación de criterios prudenciales establecidos en jurisprudencia previa del Tribunal.

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BPPR v. Sucn. Talavera

2008 • 31 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2004-0922

Ponente:

Hon. Fiol Matta

Resumen:

Esta opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda los límites de la exigibilidad de las obligaciones contractuales y el alcance de la buena fe en las relaciones contractuales. El caso surge de un contrato de arrendamiento con opción de compraventa de un solar, suscrito en 1968 y adquirido por Banco Popular en 1973. El contrato establecía un término de 25 años con un canon anual y una opción de compra al finalizar el plazo por un precio pactado, requiriendo un pago final para ejercerla. En 1983, la dueña original del solar solicitó al banco un adelanto de una suma considerable antes de la expiración del contrato en 1993, alegando su edad y necesidad de los fondos. Esta solicitud dio lugar a una controversia legal sobre el cumplimiento específico del contrato y la consignación de fondos. El Tribunal examina si la buena fe imponía al banco el deber de acceder a la petición de pago anticipado. La decisión analiza el comportamiento debido de las partes en todas las etapas de la relación contractual.

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In re: Ismael Cuevas Velázquez

2008 • 29 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-1999-0005

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico inició un procedimiento disciplinario contra el Lcdo. Ismael Cuevas Velázquez a raíz de una querella presentada por una clienta. La querella se basó en la incomparecencia del abogado a una conferencia judicial, lo que resultó en la desestimación de la demanda de daños y perjuicios que representaba. Se le imputaron violaciones a los Cánones 9 y 12 de Ética Profesional por no acatar órdenes judiciales y por falta de diligencia en el manejo del caso. A pesar de las órdenes del Tribunal para que contestara la querella, el abogado solicitó prórrogas y acceso al expediente del caso. El Tribunal denegó sus solicitudes y reiteró la orden de contestar la querella. Ante el incumplimiento continuo del abogado, el Tribunal ordenó la continuación de los procedimientos disciplinarios en su contra.

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Autoridad de Tierras v. Moreno Ruiz Developer Corp.

2008 • 24 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0405

Ponente:

Hon. Rebollo López

Resumen:

Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 24 de julio de 2008 en el caso CC-2007-405. Las partes son la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y Moreno Ruiz Developer Corp. y otros. La materia trata sobre una reclamación de daños y perjuicios. El caso se origina en la Ley de la Reserva Agrícola del Valle del Coloso de 2000, que protegía terrenos agrícolas y prohibía segregaciones menores de diez cuerdas. A pesar de la ley, ARPE aprobó en 2003 la segregación de una finca de aproximadamente 1.46 cuerdas dentro del área protegida. El Reglamento de Zonificación Especial entró en vigor en febrero de 2004. Poco después, el solar segregado fue adquirido por uno de los recurridos. Posteriormente, la Autoridad de Tierras inició un proceso de expropiación forzosa para adquirir terrenos para la reserva, incluyendo la propiedad segregada. La opinión aborda los hechos y el marco legal pertinente a la controversia.

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León Flores y otros v. Hospital Universitario

2008 • 23 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0689

Ponente:

Sentencia

Resumen:

Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 23 de julio de 2008. Consolida varios casos de daños y perjuicios presentados por Juan Ramón de León Flores, Dulce M. Hernández Ramos, Rosaura Hernández Morales, y Edward Rosa Santos, entre otros, como recurridos. Los peticionarios son el Hospital Universitario de Puerto Rico, la Universidad de Puerto Rico, y el Estado Libre Asociado. El Tribunal revisa la decisión del Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de Certiorari. La materia principal del litigio es la reclamación de daños y perjuicios. La cuestión central que el Tribunal Supremo debe resolver es si procede modificar las cuantías indemnizatorias concedidas previamente por el tribunal. La decisión fue adoptada por una Sala Especial Integrada del Tribunal.

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Echandi Otero y otros v. Stewart Title Guaranty Co.

2008 • 22 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2006-0049

Ponente:

Hon. Rebollo López

Resumen:

Efraín Echandi Otero y otros demandaron a Stewart Title Guaranty Co. por incumplimiento de contrato y daños. La controversia se centra en una póliza de seguro de título adquirida por los demandantes al comprar una propiedad. Alegaron que la aseguradora incumplió al denegarles representación legal y cubierta bajo los términos de la póliza. Esta denegación ocurrió tras ser advertidos de un pleito previo que cuestionaba permisos relacionados con el proyecto donde se ubicaba su solar. Los demandados argumentaron que las circunstancias del caso no estaban cubiertas por la póliza. Este documento contiene la opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, emitida el 22 de julio de 2008, resolviendo el recurso de certiorari. La demanda original fue presentada ante el Tribunal de Primera Instancia.

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Pueblo v. Martínez Acosta

2008 • 18 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0616

Ponente:

Hon. Rebollo López

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una opinión el 18 de julio de 2008 en el caso CC-2007-616, El Pueblo de Puerto Rico vs. Luis E. Martínez Acosta. La materia principal abordada es la aplicación del Artículo 209 del Código Penal, que tipifica el delito de fijación de carteles. El caso se origina con la citación a Luis E. Martínez Acosta, presidente del Comité Municipal del PIP en Sabana Grande y candidato a alcalde, por pintar un mensaje alusivo al PIP en la pared de un puente en la Carretera Número 2. El Artículo 209 prohíbe pintar o fijar avisos en propiedad pública, con ciertas excepciones. Durante la vista, el agente interventor testificó que los puentes en esa área también presentaban mensajes de otras colectividades políticas, como el PPD y el PNP, así como de instituciones comerciales. El agente admitió que, a pesar de la presencia de estos otros mensajes, nunca antes se había citado a simpatizantes de esas otras colectividades o representantes comerciales por acciones similares en los mismos puentes. Esta opinión del Tribunal Supremo examina los hechos y la interpretación de la ley en este contexto particular.

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Pueblo v. Velázquez Colón

2008 • 18 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2003-0218

Ponente:

Hon. Fiol Matta

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una opinión en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. Carmelo Velázquez Colón (CC-2003-218). La controversia principal aborda el derecho del acusado a preparar su defensa, específicamente el requisito de divulgación oportuna de prueba impugnatoria o exculpatoria. Se establecen los criterios aplicables a una solicitud de nuevo juicio fundamentada en el descubrimiento de nueva prueba que fue suprimida por la fiscalía. El peticionario, Carmelo Velázquez Colón, solicita la revocación de una resolución del Tribunal de Apelaciones que confirmó la denegatoria de su solicitud de nuevo juicio. Dicha solicitud se presentó al amparo de la Regla 192 de Procedimiento Criminal. El caso original imputa al peticionario delitos de asesinato en primer grado, conspiración y violaciones a la Ley de Armas por hechos ocurridos en 1995. La opinión detalla el complejo desarrollo procesal y fáctico del caso. La corte subraya la importancia de la transparencia en los métodos de enjuiciamiento para la respetabilidad de la ley y las cortes.

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Díaz Rodríguez Energy Tech Corporation v. Pep Boys Corporation y otros

2008 • 17 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0869

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó el procedimiento a seguir por el Tribunal de Primera Instancia al recibir un caso devuelto de la Corte de Distrito de los Estados Unidos por falta de jurisdicción federal. El caso, iniciado localmente por Tomás Díaz Rodríguez y Energy Tech Corporation contra Pep Boys Corporation, fue trasladado al foro federal por alegada diversidad de ciudadanía. Tras varios trámites en la Corte de Distrito, el caso fue retornado al tribunal local al concluirse la inexistencia de jurisdicción federal. El Tribunal Supremo encontró que el Tribunal de Primera Instancia erró al no permitir la presentación de una demanda enmendada por los demandantes. Asimismo, consideró que el foro de instancia abusó de su discreción al convalidar escritos y mociones presentadas por las partes durante el trámite federal sin jurisdicción. Por entender que el Tribunal de Primera Instancia actuó incorrectamente, el Tribunal Supremo revocó el dictamen recurrido.

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López Rivera v. Administración de Corrección

2008 • 15 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2007-0047

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó si la disposición de "acción inmediata" de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU) faculta a las agencias a establecer parámetros temporales para sus procesos adjudicativos que se desvíen de las garantías procesales mínimas de la ley. El caso se originó en un procedimiento disciplinario de la Administración de Corrección contra un confinado. La Regla 20 del Reglamento Disciplinario de Corrección establecía un término de cinco días calendario para solicitar la reconsideración de sanciones disciplinarias. El Tribunal analizó la validez de esta regla a la luz de las secciones 3.15 (reconsideración) y 3.17 (acción inmediata) de la LPAU. Concluyó que la facultad de "acción inmediata" no permite a las agencias apartarse de las garantías mínimas de la LPAU. Por consiguiente, el Tribunal determinó que la Regla 20 del Reglamento Disciplinario de la Administración de Corrección es nula. Esta nulidad se debe a que la regla contraviene la Sección 3.15 de la LPAU. La decisión clarifica que las agencias no pueden usar la figura de "acción inmediata" para limitar derechos procesales como el término de reconsideración en contravención a la ley.

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Centro de Recaudación de Ingresos Municipales vs. Juan Carlos Méndez en su capacidad oficial como Secretario de Departamento de Hacienda

2008 • 14 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2007-0008

Ponente:

Hon. Rebollo López

Resumen:

En el Tribunal Supremo de Puerto Rico, con fecha de 14 de julio de 2008, se emitió una Opinión en el caso CT-2007-8. Las partes principales son el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) como demandante-peticionario y el Secretario del Departamento de Hacienda y el Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto como demandados-recurridos. El CRIM presentó una demanda de Mandamus y Sentencia Declaratoria ante el Tribunal de Primera Instancia. La controversia central gira en torno al reclamo del CRIM sobre el pago de la Aportación para Ingreso al Fondo de Equiparación. El CRIM fundamenta su reclamo en la Ley Núm. 80 de 30 de agosto de 1991. Esta Opinión fue emitida por el Juez Asociado Señor Rebollo López. El documento es una certificación oficial del Tribunal Supremo.

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Rodríguez Díaz y otros vs. ELA y otros

2008 • 14 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0796

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó un caso sobre dinero en efectivo encontrado oculto en dos recipientes plásticos cerca de un manantial. La controversia requirió precisar el alcance de la Ley Uniforme de Confiscaciones y delimitar las figuras jurídicas de tesoro oculto y hallazgo de cosa mueble. Dos jóvenes encontraron una gran cantidad de dinero escondido entre la vegetación. El Tribunal de Apelaciones había aplicado la Ley Uniforme de Confiscaciones al dinero. Sin embargo, no existía prueba que vinculara el dinero con la comisión de delito alguno. El Tribunal Supremo resolvió que el dinero encontrado debía ser tratado como un hallazgo de cosa mueble. Por tanto, revocó la Sentencia del Tribunal de Apelaciones en cuanto a la aplicación de la Ley de Confiscaciones. La decisión clarifica el tratamiento legal para bienes encontrados en circunstancias similares.

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Santiago Torres vs. Pérez López

2008 • 14 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0848

Ponente:

Hon. Rebollo López

Resumen:

Este caso de divorcio llegó al Tribunal Supremo de Puerto Rico mediante certiorari. La peticionaria, Alinaluz Santiago Torres, solicitó el divorcio en el Tribunal de Primera Instancia. Había contraído matrimonio en Cuba con el recurrido, Roberto Pérez López. Al radicar la demanda, presentó una copia del certificado de matrimonio cubano. La secretaria del tribunal solicitó el original, el cual la peticionaria explicó que no podía obtener debido a la falta de relaciones diplomáticas y su imposibilidad de viajar a Cuba. El tribunal de instancia desestimó la demanda por no presentar el original. La peticionaria apeló ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal Supremo concedió el auto de certiorari y ordenó al recurrido mostrar causa para no revocar la sentencia. El recurrido no compareció ni mostró causa, por lo que el Tribunal Supremo resuelve el caso conforme a lo intimado en su orden.

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In re: Neddie Feliciano Jiménez

2008 • 11 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000006017

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 11 de julio de 2008 en el caso In re: Neddie Feliciano Jiménez, identificado con el número TS-6017. La materia principal abordada en este documento oficial del Tribunal es la reinstalación al ejercicio de la abogacía. El Tribunal examinó una "Moción en Cumplimiento de Orden" presentada por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. Tras evaluar dicha moción, el Tribunal Supremo determinó reinstalar al Lcdo. Neddie Feliciano Jiménez al ejercicio de la profesión legal. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.

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In re: Rosendo De Jesús Ortiz

2008 • 11 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000014831

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró el caso del licenciado Rosendo De Jesús Ortiz, admitido a la abogacía en 2004. El procedimiento se inició por su falta de pago de la cuota del Colegio de Abogados correspondiente al año 2006. El Tribunal le requirió mostrar causa y le apercibió de suspensión automática por incumplimiento. De Jesús Ortiz alegó dificultades económicas debido a un proceso de quiebra como razón para no pagar. El Tribunal le concedió múltiples prórrogas para cumplir con el pago de la cuota. A pesar de realizar un pago parcial, el abogado no satisfizo la deuda completa dentro de los plazos extendidos. Ante el incumplimiento reiterado de las órdenes del Tribunal, se procedió con la acción disciplinaria. La decisión resulta en la suspensión del licenciado Rosendo De Jesús Ortiz del ejercicio de la abogacía.

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Centro Unido de Detallistas, et. al vs. Comisión de Servicios Público et als

2008 • 11 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2007-0690

Ponente:

Hon. Hernández Denton

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 11 de julio de 2008 en el caso CC-2007-690. El recurso se originó por la impugnación del reglamento de multas administrativas de la Comisión de Servicio Público. La impugnación fue presentada por el Centro Unido de Detallistas y otras entidades al amparo de la Sec. 2.7 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (L.P.A.U.). Dicha sección permite solicitar la anulación de un reglamento por incumplimiento con el proceso de reglamentación de la L.P.A.U. La interrogante principal a resolver era si esta sección también permitía impugnar faltas no relacionadas con dicho proceso, como la inobservancia de la Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio (L.F.A.R.). El Tribunal analizó el proceso seguido por la Comisión, incluyendo la interacción con la Procuradora de Pequeños Negocios bajo la L.F.A.R. La opinión concluyó que la "acción de nulidad" de la L.P.A.U. solo puede usarse para remediar el incumplimiento con el proceso uniforme de reglamentación de ese estatuto. Por tanto, las impugnaciones basadas en el incumplimiento de otras leyes no pueden fundamentarse únicamente en la Sec. 2.7 de la L.P.A.U. El Tribunal revocó la sentencia recurrida.

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In re: César A. Rosado Ramos

2008 • 7 de julio de 2008

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-000012101

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 7 de julio de 2008 en el caso In re César A. Rosado Ramos. La materia principal abordada fue la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía. El Tribunal revisó la Moción Solicitando Reinstalación presentada por el Sr. Rosado Ramos. También se consideró la Contestación al Informe del Hon. Procurador General. Tras evaluar los documentos, el Tribunal ordenó la reinstalación de César A. Rosado Ramos al ejercicio de la abogacía. La decisión fue acordada por el Tribunal. La resolución fue certificada por la Secretaría del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rebollo López no intervino en este asunto. Este documento oficial está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial.

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