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Casos del Tribunal Supremo (Página 27)

Comité de Revisión del Manual de Instrucciones al Jurado

2018 • 5 de febrero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2018-03

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha 5 de febrero de 2018. Trata sobre el Comité para la Revisión del Manual de Instrucciones al Jurado, reactivado en 2017 para actualizar el proyecto de libro de instrucciones conforme al ordenamiento penal vigente. Se le había concedido una extensión de plazo hasta marzo de 2019 para completar su encomienda. Varios miembros del Comité solicitaron una exoneración de los requisitos de educación jurídica continua. Fundamentaron su petición en la naturaleza exigente de su labor, que implica un estudio minucioso del derecho penal y probatorio, elaboración de apuntes y propuestas, y servicios ad honorem. El Tribunal examinó la solicitud y, en reconocimiento a su compromiso y dedicación, concedió la exoneración del requisito de educación jurídica continua a los miembros del Comité mientras dure su designación. Se instruyó notificar al Programa de Educación Jurídica Continua cuando cesen las funciones del Comité.

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Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Criminal

2018 • 5 de febrero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2018-02

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico relativa al Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Criminal. Este comité fue reconstituido con la encomienda de revisar y actualizar el Informe de Reglas de Procedimiento Penal de 2008. El plazo para completar dicha tarea fue extendido hasta junio de 2018. Los miembros del comité solicitaron una exoneración de los requisitos de educación jurídica continua. Argumentaron que la naturaleza de su trabajo exige un estudio detallado de la normativa penal y la celebración de múltiples reuniones ad honorem. El Tribunal examinó la petición. En reconocimiento a su compromiso y dedicación, el Tribunal concedió la exoneración del requisito de educación jurídica a los miembros del comité. Esta exoneración se extiende por el tiempo que dure su designación. Se instruye notificar el cese de funciones a las partes pertinentes.

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Estado Libre Asociado de Puerto Rico v. El Ojo de Agua Development, Inc.; John Doe y Richard Doe

2018 • 2 de febrero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-662

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso CC-2016-662, resolvió sobre un recurso de certiorari relacionado con un caso de expropiación forzosa. El Estado Libre Asociado había expropiado propiedad de El Ojo de Agua Development, Inc., y un tribunal inferior determinó una compensación justa significativamente mayor a la inicialmente consignada por el Estado. Tras la presentación de la petición de quiebra del gobierno bajo el Título III de PROMESA, el Estado solicitó la paralización del caso. La mayoría del Tribunal Supremo declaró Ha Lugar la moción del Estado. Ordenó el archivo administrativo del recurso y la paralización de los procedimientos. Esta paralización se basa en la paralización automática impuesta por la ley federal de quiebras aplicable a Puerto Rico. El caso permanecerá paralizado hasta que se certifique el levantamiento de dicha paralización automática. El Juez Asociado Martínez Torres, en voto concurrente, enfatizó que la paralización es obligatoria por ley federal para acciones monetarias contra el territorio. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, en voto disidente, argumentó que no se trata de una reclamación monetaria convencional sino de un derecho fundamental en expropiación, y que la paralización tendría repercusiones nefastas.

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In re: Wilfredo Cruz Liciaga

2018 • 25 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-17808

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 25 de enero de 2018 en el caso In re: Wilfredo Cruz Liciaga, identificado como TS-17808. La materia tratada fue la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el Sr. Cruz Liciaga. Tras examinar la moción correspondiente, el Tribunal acordó autorizar su reinstalación. La autorización se limita específicamente al ejercicio de la abogacía. Este documento oficial certifica la decisión del Tribunal Supremo respecto a este caso particular.

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PV Properties, Inc. v. Central Produce El Jibarito, Inc. y otros

2018 • 24 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-1156

Ponente:

Sentencia con Opinión de Conformidad y Opinión Disidente

Resumen:

La Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2016-1156 resuelve un recurso de certiorari. El recurso fue presentado por Puerto Rico Supplies y Agro Produce contra PV Properties, Inc. La controversia principal giró en torno a la sustitución de un perito solicitada por PV Properties. El Tribunal de Primera Instancia había denegado la solicitud, pero el Tribunal de Apelaciones revocó esa decisión. Los peticionarios alegaron que el foro apelativo intermedio evaluó erradamente la determinación discrecional del juez de instancia y no consideró la falta de justa causa ni la tardanza de la solicitud. PV Properties argumentó que la sustitución era necesaria por la complejidad del caso y que el descubrimiento no había finalizado. El Tribunal Supremo evaluó los argumentos y el expediente. Concluyó que el Tribunal de Apelaciones no debió modificar la determinación discrecional del foro primario, revocando su decisión y reinstalando el dictamen del Tribunal de Primera Instancia.

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In re: Marisol Ramos Fernández

2018 • 19 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11,910

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la Moción en Cumplimiento de Orden presentada por la Sra. Marisol Ramos Fernández. La materia principal del caso es la readmisión al ejercicio de la abogacía. El Tribunal se dio por enterado del cumplimiento de su Sentencia previa emitida el 17 de junio de 2016. En consecuencia, ordenó a la Secretaría registrar el cambio de estatus de la Sra. Ramos Fernández. Dicho cambio la registra como abogada activa en el Registro Único de Abogados y Abogadas. Esta decisión oficial del Tribunal Supremo fue emitida en San Juan, Puerto Rico, el 19 de enero de 2018.

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In re: Alejandro Delgado Vigier

2018 • 18 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-14,913

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó una moción informativa y en solicitud de reconsideración presentada por el Sr. Alejandro Delgado Vigier. Mediante esta resolución, el Tribunal decidió reinstalar al Sr. Delgado Vigier a la práctica de la abogacía y la notaría. Dicha reinstalación está condicionada a que presente evidencia de una fianza vigente. Adicionalmente, el Tribunal instruyó al Secretario a activar la Queja Núm. AB-2013-440. Se le ordenó al Sr. Delgado Vigier contestar esta queja en un término final e improrrogable de diez días. Este término comienza a contar a partir de la notificación de la resolución. Se le apercibe que la falta de contestación podría acarrear sanciones disciplinarias severas. Estas sanciones incluyen la suspensión inmediata e indefinida de la abogacía. La resolución fue emitida en San Juan, Puerto Rico, el 18 de enero de 2018.

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In re: Aprobación de enmiendas al Reglamento de Subastas Formales de la Rama Judicial

2018 • 17 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ER-2018-1

Ponente:

Resolución del Tribunal Supremo

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una resolución para enmendar el Reglamento de Subastas Formales de la Rama Judicial. Ante el alto inventario de propiedades reposeídas a bajo costo y las necesidades de infraestructura física de la Rama Judicial, especialmente tras el huracán María, se busca agilizar la adquisición de inmuebles. La enmienda añade un nuevo inciso al Artículo X(c) del Reglamento. Este inciso establece una excepción a la necesidad de subasta formal o compra negociada. Permite a la Rama Judicial comprar directamente propiedades inmuebles reposeídas a instituciones financieras. El objetivo es asegurar infraestructura adecuada con la menor erogación posible de fondos públicos y las debidas salvaguardas. La enmienda entra en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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In re: Christine M. Pratts Barbarossa

2018 • 11 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-10,508

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió a la Lcda. Christine M. Pratts Barbarossa del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se debió a su reiterado incumplimiento con los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). Específicamente, no presentó los informes mensuales y anuales de actividad notarial correspondientes a varios años. Además, incumplió con órdenes del Tribunal y no mantuvo actualizada su información de contacto en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RUA). La ODIN intervino tras recibir una queja de una ciudadana. La ciudadana no pudo contactar a la letrada para obtener una copia certificada de una escritura de cancelación de hipoteca de 2007 que no fue presentada en el Registro de la Propiedad. La decisión subraya la obligación de los profesionales del derecho de cumplir con sus deberes notariales y mantener información de contacto vigente. La suspensión fue efectiva a partir de la notificación.

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In re: Shirley Vélez Rivera

2018 • 8 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-15,273

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su poder disciplinario ante el incumplimiento de una abogada con los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías y órdenes judiciales. La Lcda. Shirley Vélez Rivera no presentó informes de actividad notarial mensual ni respondió a los requerimientos de la ODIN. El Director de la ODIN informó al Tribunal sobre estas faltas. El Tribunal ordenó la incautación preventiva de su obra notarial y sello, y le requirió mostrar causa para no ser suspendida indefinidamente de la notaría y multada. La abogada presentó una moción reconociendo sus faltas y ofreciendo explicaciones personales. A pesar de ello, el Tribunal determinó imponer una sanción. Se ordena la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Vélez Rivera del ejercicio de la abogacía. Esta suspensión es efectiva a partir del 10 de enero de 2018, fecha de su notificación.

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In re: Enrique G. Banuchi Ríos

2018 • 8 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-7906

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso de Enrique G. Banuchi Ríos. La materia tratada es la readmisión al ejercicio de la abogacía. El Sr. Banuchi Ríos presentó una moción informando sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas en una resolución previa del 8 de enero de 2018. El Tribunal examinó la moción y se dio por enterado del fiel cumplimiento con su Sentencia del 10 de junio de 2016. Como resultado, el Tribunal ordenó a la Secretaría registrar el cambio de estatus del Sr. Banuchi Ríos a abogado activo en el Registro Único de Abogados y Abogadas.

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In re: Justo Méndez Molina

2018 • 5 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-13,522

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió indefinidamente al Lcdo. Justo Méndez Molina del ejercicio de la abogacía. La suspensión se fundamenta en el incumplimiento del abogado con las órdenes del Tribunal y los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). El historial de incumplimiento se remonta al periodo 2007-2009, extendiéndose a periodos subsiguientes (2009-2011, 2011-2013). A pesar de múltiples avisos, citaciones a vistas informales y términos concedidos para cumplir, el letrado no atendió los requerimientos ni compareció ante el PEJC. Aunque el abogado alegó no practicar en Puerto Rico y cumplir con requisitos de otra jurisdicción, no siguió el procedimiento para solicitar acreditación o relevo. Ante la persistencia en el incumplimiento, el asunto fue referido al Tribunal Supremo. La suspensión, dictada mediante opinión *Per Curiam* el 5 de enero de 2018, es efectiva a partir del 8 de enero de 2018.

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El Pueblo v. Aponte Ruperto

2018 • 4 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2017-876

Ponente:

Sentencia con Opiniones de Conformidad y Opiniones Disidentes

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió su sentencia en el caso CC-2017-0876, El Pueblo de Puerto Rico v. Alexander Aponte Ruperto. El caso llegó al Supremo mediante una Petición de Certiorari tras un dictamen del Tribunal de Apelaciones. La controversia principal giraba en torno al límite constitucional de seis meses para la detención preventiva. Se cuestionaba si este término podía extenderse debido al cierre temporal de los tribunales causado por un fenómeno atmosférico. El Tribunal Supremo, actuando al amparo de la Regla 50, confirmó el dictamen emitido por el Tribunal de Apelaciones. Ordenó la devolución del caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos. La decisión contó con la emisión de varias opiniones de conformidad y opiniones disidentes por parte de los jueces. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, en su opinión concurrente, enfatizó la importancia del derecho constitucional a no exceder los seis meses en detención preventiva.

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Rodríguez Quiñones v. Municipio Autónomo de Guayama y otros

2018 • 3 de enero de 2018

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-103

Ponente:

Sentencia con Opinión Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una sentencia el 3 de enero de 2018 en el caso CC-2016-0103. La controversia principal gira en torno a la anotación de rebeldía a varios codemandados en un pleito de daños y perjuicios. Los peticionarios demandaron a varias corporaciones y a los miembros de sus juntas directivas. Algunos codemandados comparecieron inicialmente y pagaron el arancel correspondiente. Sin embargo, otros miembros de las juntas directivas fueron incluidos posteriormente como codemandados mediante enmiendas a la contestación a la demanda. Estos nuevos codemandados comparecieron por primera vez a través de dichos escritos enmendados. No pagaron el arancel judicial requerido al momento de su comparecencia inicial mediante la contestación enmendada. La cuestión central a resolver es si procede declararles la rebeldía por no haber pagado el arancel al comparecer por primera vez en el pleito, aunque fuera mediante una enmienda a un escrito ya presentado. La sentencia aborda esta importante cuestión procesal sobre la obligación del pago de aranceles.

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In re Julio C. Blain León

2018 • 20 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2016-21

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Julio C. Blain León. El abogado fue contratado para representar a un cliente en una apelación criminal. El Tribunal de Apelaciones emitió varias órdenes relacionadas con la tramitación del recurso, incluyendo la elevación de autos y la presentación de una transcripción del juicio. Se señaló que el abogado no certificó la notificación al foro primario sobre el recurso apelativo y se le requirió cumplir con ello. A pesar de su historial y circunstancias atenuantes, el Tribunal determinó que el licenciado incurrió en conducta contraria a los postulados de la profesión. Por ello, se le impuso una sanción de sesenta (60) días de suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión se hizo efectiva en la fecha en que se le notificó al abogado.

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In re: Comisión para el Estudio y Evaluación de la Función Notarial en Puerto Rico

2017 • 29 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EC-2016-01

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha 29 de diciembre de 2017. El documento aborda la labor de la Comisión para el Estudio y Evaluación de la Función Notarial en Puerto Rico, reconstituida en diciembre de 2016. La Comisión tenía la encomienda de actualizar las recomendaciones de un informe previo sobre la función notarial. Originalmente se le concedió un término de seis meses para completar su trabajo. Sin embargo, la Comisión solicitó una extensión del plazo. La petición se fundamentó en la interrupción de los trabajos causada por los huracanes Irma y María, así como en la complejidad de los temas a estudiar. La Comisión detalló el progreso realizado y las tareas pendientes. Tras examinar la solicitud, el Tribunal Supremo otorgó una extensión, fijando el nuevo término para la entrega del informe hasta el 22 de junio de 2018.

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In re: Comité de Revisión del Manual de Instrucciones al Jurado

2017 • 29 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EC-2017-02

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo reactivó el Comité para la Revisión del Manual de Instrucciones al Jurado el 3 de marzo de 2017. La encomienda del Comité era actualizar el proyecto de 2008 conforme al ordenamiento penal vigente, con un plazo original de un año. El 1 de diciembre de 2017, el Comité solicitó una extensión del término. La petición se fundamentó en la interrupción de los trabajos por los huracanes Irma y María, así como la complejidad de los temas a discutir. El Comité presentó un recuento de sus avances y reafirmó su compromiso. Tras examinar la solicitud, el Tribunal concedió un plazo adicional. El nuevo término para completar la tarea vence el 4 de marzo de 2019.

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In re: Edgar A. Lee Navas

2017 • 28 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11,824

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una decisión sobre el licenciado Edgar A. Lee Navas. Se ordena la suspensión del abogado del ejercicio de la profesión legal. La medida se fundamenta en su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua. También se señala su falta de actualización de información en el Registro Único de Abogados y Abogadas. Adicionalmente, se menciona su desobediencia a órdenes del propio Tribunal. El abogado no cumplió con la educación continua requerida para el periodo 2007-2009. A pesar de recibir avisos de incumplimiento y citaciones, no subsanó las deficiencias ni atendió los requerimientos. La suspensión impuesta será efectiva a partir del 12 de enero de 2018. Esta decisión subraya la obligación de los letrados de cumplir con las normativas profesionales y las directrices del Tribunal.

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Torres Marrero v. Hon. María E. Meléndez Altieri

2017 • 27 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2016-106

Ponente:

Sentencia con Opinión Disidente

Resumen:

Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 27 de diciembre de 2017. El caso, AC-2016-106, enfrenta a Frances I. Torres Marrero contra el Municipio Autónomo de Ponce. La controversia surge a raíz de deslizamientos de terreno en la Comunidad Reparto Cerca del Cielo de Ponce en 2007. Estos eventos llevaron a la declaración de estado de emergencia, el desalojo de residentes y planes de expropiación de propiedades afectadas por el riesgo. La peticionaria fue una de las personas desalojadas de su residencia. La cuestión legal principal abordada por el Tribunal fue si una acción de expropiación forzosa a la inversa resulta prematura si se presenta luego de una incautación física y permanente de la propiedad, pero antes de que transcurra el período de ocho años de reserva de la Ley de Expropiación Forzosa. El Tribunal Supremo resolvió que, bajo estas circunstancias, la acción no es prematura. La decisión aclara el momento procesal adecuado para presentar demandas de expropiación inversa tras una toma física gubernamental.

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In re: Yolanda M. Stacholy Ramos

2017 • 22 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11,690

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso de Yolanda M. Stacholy Ramos, quien solicitó su reinstalación a la práctica de la abogacía. Inicialmente, el 21 de diciembre de 2017, el Tribunal autorizó su reinstalación de forma condicionada a que acreditara haber notificado su suspensión y devuelto honorarios por servicios no realizados. Al día siguiente, 22 de diciembre de 2017, el Tribunal emitió una resolución enmendada ordenando la reinstalación de la señora Stacholy Ramos al ejercicio de la abogacía sin mencionar las condiciones previas. La resolución enmendada también dispuso la reactivación de la Queja Núm. AB-2014-230 en su contra. Se ordenó al Secretario del Tribunal registrar el cambio de estatus a abogada activa en el Registro Único de Abogados y Abogadas. El Juez Asociado señor Martínez Torres disintió, favoreciendo la continuación y adjudicación de la queja antes de considerar la reinstalación. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez no intervino en la decisión.

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Torres Zayas et als. v. Montano Gómez, et als.

2017 • 21 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-621

Ponente:

Hon. Colón Pérez

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examina por primera vez los requisitos de emplazamiento a la Sociedad Legal de Bienes Gananciales y sus miembros bajo las Reglas de Procedimiento Civil de 2009. El caso surge de una demanda de cobro de dinero donde se demandó a un matrimonio y su sociedad de gananciales. La reclamación se basaba en un contrato de compraventa de derechos y acciones. A pesar de nombrar a ambos cónyuges y a la sociedad como demandados, solo se emplazó al esposo. La esposa y la sociedad de gananciales nunca fueron emplazadas. La materia principal del recurso es la nulidad parcial de una sentencia dictada contra la sociedad de gananciales. Esta nulidad se alega por no haberse emplazado a ambos cónyuges, conforme a la Regla 4.4 de Procedimiento Civil. La opinión busca clarificar la normativa vigente sobre el emplazamiento adecuado en estos casos.

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Martínez Kim v. PETCO, Inc. et al

2017 • 21 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-512

Ponente:

Sentencia con Opinión Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso Angeline C. Martínez Kim v. PETCO, Inc. et al. (CC-2016-512), emitió una sentencia el 21 de diciembre de 2017. El Tribunal se encontró igualmente dividido respecto al recurso de certiorari presentado. Como resultado, se confirmó el dictamen previamente emitido por el Tribunal de Apelaciones. Varios jueces emitieron opiniones disidentes. El Juez Asociado Estrella Martínez, con la concurrencia de la Jueza Asociada Pabón Charneco, redactó una opinión disidente. Esta disidencia argumentó que el Tribunal debió revocar la resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una solicitud de sentencia sumaria. Los jueces disidentes consideraron que esta acción habría evitado dilaciones procesales y proporcionado un remedio oportuno a la peticionaria. Otros jueces también disintieron sin opinión escrita o no intervinieron en la decisión.

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Ex parte: Francisco A. Besosa Stubbe

2017 • 20 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-6,444

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 20 de diciembre de 2017. La Resolución atendió la Solicitud de Reinstalación al ejercicio de la abogacía. Dicha solicitud fue presentada por el Hon. Francisco A. Besosa Stubbe. Tras evaluar la petición, el Tribunal determinó proveer Ha Lugar a la reinstalación. Como resultado, se ordenó al Secretario del Tribunal realizar el cambio correspondiente en el Registro Único de Abogados. Adicionalmente, se exhortó al honorable Besosa Stubbe a actualizar sus datos en dicho registro. Una Juez Asociada hizo constar su opinión de que el asunto debió ser manejado administrativamente.

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In re: Receso administrativo del Programa de Educación Jurídica Continua del 26 de diciembre de 2017 al 5 de enero de 2018, y extensión de los términos

2017 • 15 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2017-10

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, ante los retos fiscales, ha implementado medidas de control de gastos. Como parte de estas acciones, se autorizó el cierre administrativo del Programa de Educación Jurídica Continua. Este receso, considerado una medida de sana administración, se extenderá desde el 22 de diciembre de 2017 a las 5:00 p.m. hasta el 5 de enero de 2018. Las operaciones regulares del Programa se reanudarán el lunes, 8 de enero de 2018. Cualquier término establecido en el Reglamento del Programa que expire durante este periodo de receso quedará extendido. La nueva fecha de vencimiento para dichos términos será el lunes, 8 de enero de 2018. Esta resolución ordena la inmediata difusión pública de la decisión.

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Cajigas Morales v. Programa de Educación Jurídica Continua

2017 • 7 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-377

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución en el caso de Jorge Luis Cajigas Morales v. Programa de Educación Jurídica Continua. El peticionario impugnó la denegatoria de acreditación por servicios pro bono prestados en un caso civil. El Tribunal señaló que el reglamento vigente cuando se prestaron los servicios, el Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio en Procedimientos de Naturaleza Penal, solo permitía acreditar trabajo en casos penales. Aunque un nuevo Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua, efectivo el 2 de junio de 2017, permite la acreditación por servicios de oficio en asuntos civiles y penales, esta regla aplica únicamente a casos asignados después de esa fecha. Por consiguiente, la denegatoria de acreditación para el caso civil bajo el reglamento anterior fue consistente con las normas aplicables en ese momento. El Tribunal examinó los alegatos de las partes y el expediente del caso. Basado en su análisis, el Tribunal anuló el auto y denegó la Petición de certiorari presentada por el peticionario.

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Rosa Lydia Vélez y otros v. Departamento de Educación y otros

2017 • 6 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2017-570

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular de Conformidad y Voto Particular Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso de Rosa Lydia Vélez y otros contra el Departamento de Educación. Este caso involucra reclamaciones de larga data buscando compensación por daños sufridos por niños con necesidades especiales debido a acciones del Departamento de Educación. El Tribunal ordenó el archivo administrativo del caso. Esta decisión se fundamentó en la paralización automática dispuesta por la Sección 301(a) del Título III de PROMESA. Al ser una reclamación monetaria contra el gobierno, el caso está sujeto a la paralización por el proceso de quiebras. El caso permanecerá archivado hasta que la paralización sea levantada por el Tribunal de Distrito de Estados Unidos o concluya el proceso de quiebras. La Jueza Presidenta emitió un voto particular de conformidad destacando la naturaleza histórica y apremiante del caso, señalando que ambas partes solicitaron la paralización, y expresando esperanza de que el tribunal de quiebras considere estos factores al decidir sobre el levantamiento de la paralización. Varios otros jueces también emitieron votos particulares de conformidad o disidentes.

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In re: Lcdo. Israel Santiago Lugo

2017 • 4 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ER-2017-8

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 4 de diciembre de 2017. El documento trata sobre la renuncia de un miembro de la Junta de Educación Jurídica Continua. El Lcdo. Israel Santiago Lugo fue designado como miembro ad honorem de dicha Junta mediante Resolución de 2 de junio de 2017. El 14 de noviembre de 2017, el licenciado Santiago Lugo presentó una Moción de Renuncia a su puesto. El Tribunal Supremo acepta formalmente su renuncia a la designación. La resolución agradece la labor realizada por el licenciado Santiago Lugo para apoyar el Programa de Educación Jurídica Continua. Esta decisión del Tribunal tiene vigencia inmediata.

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Santini Casiano v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros

2017 • 4 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2015-941

Ponente:

Sentencia con Opinión Disidente

Resumen:

Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2015-941. La controversia principal gira en torno a la impugnación de la confiscación de un vehículo propiedad del peticionario, Luis B. Santini Casiano. La confiscación se originó por alegadas infracciones a leyes de sustancias controladas y propiedad vehicular. Posteriormente, se presentaron cargos criminales contra el peticionario por los mismos hechos. Una vista preliminar determinó que no existía causa probable para acusarlo. Tras esta determinación, el peticionario impugnó la confiscación del vehículo. El Tribunal de Primera Instancia declaró ha lugar la demanda de impugnación, invalidando la confiscación. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones revocó este dictamen. El Tribunal Supremo revisó si el Tribunal de Apelaciones erró al revocar la decisión inicial. Finalmente, el Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones y restableció la determinación del Tribunal de Primera Instancia, validando la impugnación de la confiscación.

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El Pueblo v. Plaza Plaza

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-710

Ponente:

Hon. Oronoz Rodríguez

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió un caso de certiorari para determinar si la eliminación de la clasificación de grados en el Código Penal de 2012 afectó la exclusión del homicidio negligente del beneficio de sentencia suspendida. La controversia surgió en el caso de David Plaza Plaza, convicto por homicidio negligente bajo el Código de 2012, a quien el Tribunal de Primera Instancia concedió libertad a prueba. El Ministerio Público argumentó que la Ley de Sentencia Suspendida prohíbe este beneficio para dicho delito. El recurrido sostuvo que la exclusión solo aplicaba al "homicidio negligente de tercer grado", clasificación eliminada en 2012. La opinión del Tribunal, emitida por la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, analizó los principios de legalidad y especialidad. El Tribunal concluyó que la supresión de los grados en el Código Penal de 2012 no alteró la disposición de la Ley de Sentencia Suspendida que excluye el delito de homicidio negligente de dicho beneficio.

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Gonzalez Cabán v. JR Seafood, et al

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2015-12

Ponente:

Hon. Oronoz Rodríguez

Resumen:

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Silva Barreto v. Tejada Martell

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-431

Ponente:

Hon. Feliberti Cintrón

Resumen:

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Reliable Financial Services y otros v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2017-228

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular de Conformidad y Voto Particular Disidente

Resumen:

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In re: Verónica D. Hernández Torres

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-17,418

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

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In re: Ángel L. Casiano Ruiz

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2015-338

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó el caso de conducta profesional contra el licenciado Ángel L. Casiano Ruiz, iniciado por una queja de la Sra. Jessica López. Tras considerar el informe del Procurador General y las mociones presentadas, el Tribunal impuso una censura enérgica al licenciado Casiano Ruiz por la conducta incurrida. Simultáneamente, se ordenó el archivo de la queja. El Tribunal apercibió al abogado sobre la necesidad de ser más cuidadoso y utilizar lenguaje apropiado al referirse a sus clientes en redes sociales. Adicionalmente, se le exhortó a acoger la recomendación del Canon 24 de Ética Profesional y formalizar por escrito los contratos de servicios profesionales. La decisión fue emitida el 1 de diciembre de 2017.

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Vendrell López v. Autoridad de Energía Eléctrica

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2016-900

Ponente:

Sentencia con Opinión Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió si una notificación administrativa devuelta por correo postal como "no reclamada" puede considerarse válida. Dictaminó que dicha notificación puede ser válida, pero solo bajo condiciones específicas. La parte remitente debe demostrar que realizó esfuerzos razonables para notificar el documento. Además, debe acreditar que el envío se hizo a la "dirección correcta", es decir, aquella donde el destinatario usualmente recibe comunicaciones. El caso surgió de una querella de la Autoridad de Energía Eléctrica contra un abonado, José Vendrell López. La AEE le notificó una reclamación por uso indebido de energía y una deuda considerable. La controversia se centró en la validez de la notificación de esta querella. La sentencia establece el estándar para la efectividad de las notificaciones postales no reclamadas en el ámbito administrativo.

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In re: Isis N. Ramírez Salcedo

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2016-14

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre un proceso disciplinario contra la Lcda. Isis N. Ramírez Salcedo. La querella ética se presentó al amparo de los Cánones 7 y 8 del Código de Ética Profesional. El proceso se originó a raíz de una reclamación de cobro de dinero instada por la abogada contra sus excientes, los hermanos Pedro y Gabriel Lasanta Umpierre. La abogada reclamaba el pago de honorarios por su representación en un pleito de partición de herencia. Dicho pleito involucraba la disputa sobre bienes que alegadamente formaban parte del caudal hereditario. El Tribunal debía determinar si la conducta de la licenciada infringió los cánones éticos imputados. Según la materia del caso, la querella fue desestimada y archivada. La razón principal fue que no se cumplió con el estándar de prueba requerido. Por tanto, el Tribunal concluyó que no se probó la infracción ética.

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Omnibus, Inc., y otros v. Federación de Porteadores Escolares de Puerto Rico y otros

2017 • 1 de diciembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2015-988CC-2015-1017AC-2016-3CC-2016-99CC-2016-107CC-2016-36CC-2016-37CC-2016-343CC-2016-366

Ponente:

Hon. Martínez Torres

Resumen:

Documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha 1 de diciembre de 2017. Consolida varios casos (CC-2015-0988 y otros) relacionados con asuntos monopolísticos. Las partes principales son la Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia y diversas empresas e individuos dedicados al transporte escolar. La materia principal abordada es el Derecho Administrativo. La decisión clave establece que el Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO) posee jurisdicción. Esta jurisdicción, conforme al Artículo 19 de la Ley de Monopolios, le permite atender querellas sobre prácticas monopolísticas. Dicha jurisdicción aplica incluso a empresas que ya están reglamentadas por la Comisión de Servicio Público (CSP). El documento lista los abogados representantes de las partes y de la Oficina del Procurador General.

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In re: Rafael Bermúdez Meléndez

2017 • 30 de noviembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-8317

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

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In re: Ernesto Lebrón González

2017 • 9 de noviembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-7273

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

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Enmienda a Resolución sobre extensión de términos por motivo de concesión de los días 13 de abril, 24 de julio, 24 de noviembre y 26 de diciembre de 2017

2017 • 3 de noviembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2017-09

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

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Integración de Salas de Despacho

2017 • 1 de noviembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ES-2017-03

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

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In re: Reina Davis Pérez

2017 • 24 de octubre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-5814

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

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In re: Extensión de Términos ante el paso del Huracán María

2017 • 16 de octubre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2017-8

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución para extender los términos judiciales tras el paso del huracán María. El ciclón causó graves estragos en la isla y afectó severamente la infraestructura y los servicios de la Rama Judicial. A pesar de los daños, se mantuvieron activas las operaciones para asuntos urgentes y se diseñó un plan para reanudar las labores regulares en el Tribunal de Primera Instancia a partir del 1 de noviembre de 2017. Considerando la situación, se determinó poner fin a la paralización de los términos. La extensión de términos, previamente indefinida, culminará el viernes, 1 de diciembre de 2017. Por tanto, todo término que haya vencido o venza entre el 19 de septiembre y el 30 de noviembre de 2017, inclusive, se extiende hasta esa fecha. Esta medida busca asegurar que las partes puedan presentar sus recursos y escritos a pesar de las dificultades causadas por la emergencia. Se insta a los abogados y partes a realizar los arreglos necesarios para cumplir con los plazos extendidos.

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Scotiabank de Puerto Rico v. Machargo Chardon

2017 • 10 de octubre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2017-702

Ponente:

Sentencia con Opinión Disidente

Resumen:

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In re: Javier O. Acevedo Luciano

2017 • 18 de septiembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2013-166

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

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In re: Extensión de Términos ante el paso del Huracán María

2017 • 18 de septiembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2017-7

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 18 de septiembre de 2017 ante la inminencia del Huracán María. Se decretó la suspensión de los trabajos en la Rama Judicial a partir del 19 de septiembre de 2017 hasta nuevo aviso. Esta medida responde a la vigilancia de huracán y el riesgo a la vida y propiedad. Conforme a su facultad reglamentaria, el Tribunal extendió todos los términos judiciales que vencieran a partir del 19 de septiembre de 2017. La extensión se mantendrá vigente mientras dure la emergencia. Los términos se reanudarán una vez que las condiciones permitan la reapertura de los tribunales y se anuncie oficialmente. La resolución busca proteger a la comunidad y asegurar la continuidad de los procesos judiciales tras el paso del huracán. Se ordenó la difusión inmediata del documento.

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Alonso Piñero v. UNDARE, Inc.

2017 • 15 de septiembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AC-2016-55

Ponente:

Hon. Rivera García

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisa una decisión del Tribunal de Apelaciones sobre la obligación de una propietaria de pagar cuotas de mantenimiento de un sistema de control de acceso. La propietaria no autorizó expresamente el establecimiento del régimen ni se obligó por escrito al pago. El Tribunal de Apelaciones había aplicado las doctrinas de incuria y actos propios para obligarla al pago, revocando la sentencia del Tribunal de Primera Instancia. El Tribunal Supremo resuelve que, para sujetar a un propietario que no autorizó el sistema, el compromiso de pago debe constar en un contrato escrito, considerándolo un requisito de sustancia esencial. Determina que las doctrinas de incuria o actos propios no proceden contra un propietario que no autorizó el sistema ni se obligó por escrito, aun si realizó pagos por varios años. En consecuencia, el Tribunal Supremo revoca la sentencia del Tribunal de Apelaciones que sujetó a la propietaria al pago sin su consentimiento escrito.

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El Pueblo v. Torres Irizarry

2017 • 15 de septiembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-1030

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico examina si una alegación de culpabilidad y un preacuerdo renuncian a la defensa de doble exposición. La cuestión se plantea en el contexto de procesamientos previos en la esfera federal, a la luz de la norma establecida en *Pueblo v. Sánchez Valle*. El Tribunal determina que una persona no renuncia a plantear esta defensa en apelación por haber realizado una alegación de culpabilidad y un preacuerdo. Asimismo, resuelve la aplicación retroactiva de la norma pautada en *Pueblo v. Sánchez Valle*. Se concluye que dicha norma es de aplicación retroactiva en los casos en que no hay una sentencia condenatoria final y firme. La retroactividad se fundamenta en que *Sánchez Valle* estableció una defensa de carácter constitucional a favor del acusado. La decisión resuelve estas interrogantes en el caso de Richard Torres Irizarry.

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Hon. Eduardo Bathia Gautier v. Hon. Ricardo Rosselló Nevárez

2017 • 15 de septiembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2017-668

Ponente:

Hon. Feliberti Cintrón

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite esta opinión en el caso CC-2017-668, de fecha 15 de septiembre de 2017. La controversia surge de una petición de mandamus presentada por el Senador Eduardo Bhatia contra el Gobernador Ricardo Rosselló Nevares. El Senador solicitó que se ordenara la publicación y entrega de la propuesta de presupuesto sometida por el Gobierno ante la Junta de Supervisión y Administración Financiera el 30 de abril de 2017. El Gobierno solicitó la desestimación del caso, alegando falta de legitimación activa del Senador y que la causa de acción se había tornado académica. El Tribunal Supremo procede a resolver si correspondía la desestimación solicitada por el Gobierno. De no ser así, determinará si fue oportuna la orden del foro primario para la inspección en cámara de la propuesta de presupuesto. La opinión es emitida por el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón.

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In re: Julio C. López Guzmán

2017 • 12 de septiembre de 2017

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-12,967

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico atiende el caso del notario Julio C. López Guzmán por incumplimiento con la corrección de deficiencias en su obra notarial y el pago de aranceles adeudados desde 2016. La Oficina de Inspección de Notarías reportó la subsistencia de una deuda de \$4,038 y deficiencias no corregidas. A pesar de múltiples términos concedidos por el Tribunal, incluyendo uno final de 60 días, el licenciado López Guzmán no logró cumplir plenamente, aunque realizó un pago parcial y solicitó otra prórroga. Ante el incumplimiento continuo con las órdenes del Tribunal, se decreta su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la notaría. Se ordena la incautación de su obra y sello notarial, y su fianza notarial queda cancelada. Adicionalmente, se le requiere mostrar causa en 60 días por la cual no deba ser suspendido indefinidamente del ejercicio de la abogacía por desobedecer las órdenes judiciales.

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