Partes:
El Pueblo v. Torres Irizarry
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Materia:
Procedimiento Penal: Una persona no renuncia a plantear en apelación la defensa de doble exposición por el hecho de haber realizado una alegación de culpabilidad y un preacuerdo. Procede la aplicación retroactiva de lo resuelto en Pueblo v. Sánchez Valle, 192 DPR 594 (2015), en los casos en que no hay una sentencia condenatoria final y firme.
Número de Caso:
CC-2014-1030
Año:
2017
Fecha:
15 de septiembre de 2017
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico examina si una alegación de culpabilidad y un preacuerdo renuncian a la defensa de doble exposición. La cuestión se plantea en el contexto de procesamientos previos en la esfera federal, a la luz de la norma establecida en Pueblo v. Sánchez Valle. El Tribunal determina que una persona no renuncia a plantear esta defensa en apelación por haber realizado una alegación de culpabilidad y un preacuerdo. Asimismo, resuelve la aplicación retroactiva de la norma pautada en Pueblo v. Sánchez Valle. Se concluye que dicha norma es de aplicación retroactiva en los casos en que no hay una sentencia condenatoria final y firme. La retroactividad se fundamenta en que Sánchez Valle estableció una defensa de carácter constitucional a favor del acusado. La decisión resuelve estas interrogantes en el caso de Richard Torres Irizarry.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Recurrido | |
| v. | |
| Richard Torres Irizarry | |
| Peticionario |
Número del Caso: CC-2014-1030
Fecha: 15 de septiembre de 2017
Región Judicial de Mayagüez - Aguadilla
Abogada del Peticionario: Lcda. Wanda Tamara Castro Alemán Sociedad para Asistencia Legal
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. Mónica Cordero Vázquez Procuradora General Auxiliar
Materia: Procedimiento Penal: Una persona no renuncia a plantear en apelación la defensa de doble exposición por el hecho de haber ...
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