Partes:
Vendrell López v. Autoridad de Energía Eléctrica
Ponente:
Sentencia con Opinión Disidente
Materia:
Sentencia con Opinión Disidente
Número de Caso:
CC-2016-900
Año:
2017
Fecha:
1 de diciembre de 2017
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió si una notificación administrativa devuelta por correo postal como "no reclamada" puede considerarse válida. Dictaminó que dicha notificación puede ser válida, pero solo bajo condiciones específicas. La parte remitente debe demostrar que realizó esfuerzos razonables para notificar el documento. Además, debe acreditar que el envío se hizo a la "dirección correcta", es decir, aquella donde el destinatario usualmente recibe comunicaciones. El caso surgió de una querella de la Autoridad de Energía Eléctrica contra un abonado, José Vendrell López. La AEE le notificó una reclamación por uso indebido de energía y una deuda considerable. La controversia se centró en la validez de la notificación de esta querella. La sentencia establece el estándar para la efectividad de las notificaciones postales no reclamadas en el ámbito administrativo.
| José Vendrell López | |
|---|---|
| Recurrida | Certiorari |
| v. | 2017 TSPR 192 |
| Autoridad de Energía Eléctrica | 198 DPR |
| Peticionario |
Número del Caso: CC-2016-900
Fecha: 1 de diciembre de 2017
Región Judicial de San Juan - Caguas
Abogada de la parte peticionaria: Lcda. Rebecca Torres Ondina
Abogado de la parte recurrida: Lcdo. Juan Piza Ramos
Materia: Sentencia del Tribunal con Opinión Disidente
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