2025 • 9 de octubre de 2025
Número de Caso:
TS-12,153
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría del señor Jorge L. Armenteros Chervoni. Esta determinación surge tras una sentencia condenatoria final y firme en el Tribunal de Distrito Federal para el Distrito de Puerto Rico por delitos que implican depravación moral. Específicamente, el señor Armenteros Chervoni fue hallado culpable de intentar introducir contrabando en una prisión federal y de proveer testimonios y representaciones falsas. Previamente, el Tribunal había ordenado una suspensión provisional mientras concluían los trámites apelativos en el foro federal, los cuales finalizaron en mayo de 2025 confirmando las condenas. La decisión se fundamenta en la Ley de 11 de marzo de 1909, la cual permite la separación de la profesión ante delitos que afecten la idoneidad moral del abogado. El Tribunal reafirmó su facultad inherente para reglamentar la práctica legal y asegurar que sus miembros mantengan una conducta ética compatible con la justicia y la honradez. Al confirmarse las condenas, se concluyó que el abogado no es apto para continuar ejerciendo la profesión en la jurisdicción. Por consiguiente, se formalizó su separación sumaria del foro tras haberle advertido previamente sobre las consecuencias de un fallo condenatorio firme.
2025 • 8 de octubre de 2025
Número de Caso:
TS-17,571
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 8 de octubre de 2025 relacionada con el caso número TS-17,571. Tras examinar la moción presentada por la licenciada Lourdes M. Santiago Rodríguez, el foro judicial determinó declarar ha lugar su solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía. Como consecuencia directa de esta decisión, la licenciada Santiago Rodríguez queda readmitida oficialmente a la práctica legal en la jurisdicción. El Tribunal ordenó al Secretario registrar el cambio de estatus de la peticionaria a abogada activa en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (RÚA). Esta resolución formaliza el cumplimiento de los requisitos necesarios para que la profesional retome sus funciones legales. El dictamen fue certificado por el Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez, para su debida publicación y notificación.
2025 • 8 de octubre de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0273
Ponente:
Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó que es obligatorio prestar una fianza en apelación en todos los casos de desahucio, independientemente de si el proceso se tramita por la vía sumaria o por la vía ordinaria. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez fundamentó que el propósito de esta fianza se sostiene e incluso se intensifica en los procedimientos ordinarios para garantizar los derechos de la parte arrendadora. El litigio se originó cuando la Sra. Ljubinka Markovic solicitó el desalojo de los inquilinos John J. Meldon y Diana B. Fitzgerald tras el vencimiento de un contrato de arrendamiento en el Viejo San Juan. Los arrendatarios se opusieron a la demanda alegando un incumplimiento de una opción de compraventa y solicitaron que el caso se tramitara de forma ordinaria. La controversia jurídica principal se centró en si las exigencias procesales de fianza debían aplicarse a desahucios que pierden su naturaleza sumaria debido a la complejidad de las defensas presentadas. Al revocar el dictamen del Tribunal de Apelaciones, el Tribunal Supremo estableció que la fianza es un requisito esencial para evitar que el proceso apelativo se utilice como una táctica dilatoria sin garantías económicas. Esta decisión pauta una regla general que busca proteger la propiedad y asegurar el cobro de cánones adeudados durante la pendencia de un recurso de apelación.
2025 • 7 de octubre de 2025
Número de Caso:
AC-2024-0067
Ponente:
Hon. Mildred G. Pabón Charneco
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró la inconstitucionalidad del requisito de colegiación compulsoria para los promotores de espectáculos públicos establecido en la Ley Núm. 182-1996 y la Ley Núm. 113-2005. La controversia se originó tras una demanda de Brutal, LLC y el Sr. Manuel Morales Lema, quienes sostuvieron que dicha obligación violenta el derecho fundamental a la libre asociación garantizado por la Constitución de Puerto Rico. Los demandantes argumentaron que la profesión ya está regulada de manera efectiva por la Oficina de Servicios al Promotor de Espectáculos Públicos (OSPEP) del Departamento de Hacienda. El Tribunal concluyó que el requisito de pertenecer obligatoriamente al Colegio de Productores de Espectáculos Públicos no supera el escrutinio constitucional aplicable. En su análisis, se determinó que el Estado no demostró un interés apremiante que justificara la restricción de la libertad de asociación de estos profesionales. Por su parte, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico no asumió una posición específica para defender la validez de la colegiación obligatoria en este proceso. Esta sentencia invalida las disposiciones legales que exigían la membresía para ejercer como promotor, permitiendo el libre ejercicio de la profesión sin este vínculo gremial forzoso.
2025 • 6 de octubre de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0466
Ponente:
Hon. Camille Rivera Pérez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve si los límites de responsabilidad civil otorgados a los Centros Médicos Académicos Regionales (CMAR) bajo la Ley Núm. 136-2006 son extensivos a sus compañías aseguradoras. La controversia surge de una demanda por impericia médica tras complicaciones quirúrgicas que resultaron en el fallecimiento del paciente Luis Samuel Negrón Castro. El Tribunal determina que las protecciones de responsabilidad limitada dispuestas en la referida ley no benefician a las aseguradoras de los profesionales e instituciones de salud. Asimismo, la opinión analiza la naturaleza de las cláusulas de las pólizas de seguro emitidas por SIMED y Beazley Group a favor de los codemandados. El foro de máxima jerarquía concluye que el Tribunal de Apelaciones erró al clasificar dichas disposiciones contractuales como cláusulas de exclusión. Mediante esta decisión, se reiteran las doctrinas de interpretación de contratos de seguros y se aclara que las aseguradoras deben responder según los términos de sus pólizas. De este modo, se establece que los beneficios estatutarios diseñados para proteger la facultad docente no se transfieren automáticamente a las entidades aseguradoras privadas.
2025 • 6 de octubre de 2025
Número de Caso:
EN-2025-0002
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de octubre de 2025 para designar nuevos integrantes de la Comisión de Disciplina Judicial. Esta acción se fundamenta en la Regla 12(b) de las Reglas de Disciplina Judicial, la cual faculta al Tribunal para nombrar a la presidencia y a siete comisionados asociados. La Lcda. Lourdes V. Velázquez Cajigas fue designada como Presidenta de dicho organismo, mientras que la Lcda. Nélida Jiménez Velázquez y el Lcdo. Reinaldo O. Catinchi Padilla fueron nombrados Comisionados Asociados. Según lo establecido en la normativa vigente, estos nombramientos tienen una vigencia de cuatro años o hasta que sus sucesores tomen posesión del cargo. La resolución dispone que estas designaciones entran en vigor de manera inmediata para asegurar la continuidad de las funciones de la Comisión. El documento aclara que la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez y los Jueces Asociados Estrella Martínez y Colón Pérez no intervinieron en esta decisión. Finalmente, la certificación oficial del acuerdo fue realizada por el Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez.
2025 • 3 de octubre de 2025
Número de Caso:
TS-12,160
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 3 de octubre de 2025 en relación con el caso número TS-12,160. El propósito principal de este dictamen es atender la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada a favor del señor Norberto Colón Alvarado. La petición fue gestionada por sus representantes legales, los licenciados Virgilio Mainardi Peralta y Luis Manuel García Tous. Para tomar su determinación, el Tribunal evaluó tanto la solicitud formal como la certificación correspondiente del Programa de Educación Jurídica Continua. Tras considerar los documentos presentados, el foro judicial proveyó ha lugar a la petición, autorizando formalmente al señor Colón Alvarado a retomar sus funciones profesionales. La resolución ordena la publicación del dictamen y cuenta con la certificación del Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez. Finalmente, se hace constar que el Juez Asociado señor Colón Pérez no intervino en la deliberación de este asunto.
2025 • 1 de octubre de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0486
Ponente:
Hon. Rafael L. Martínez Torres
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa si el Tribunal de Apelaciones erró al desestimar un recurso por falta de jurisdicción debido al pago insuficiente de aranceles en casos consolidados. La controversia surge cuando la parte peticionaria presentó un solo recurso apelativo para impugnar dos dictámenes distintos emitidos en pleitos que habían sido consolidados en el Tribunal de Primera Instancia. El foro apelativo intermedio determinó que la apelación era ineficaz porque se pagaron los aranceles correspondientes a un solo recurso, en lugar de dos. El Tribunal Supremo revoca dicha determinación, concluyendo que el foro de apelaciones erró al privarse de evaluar los méritos del caso por una cuestión técnica de aranceles. Los hechos originales se relacionan con una demanda tras un incidente de entrada ilegal en una propiedad privada por parte de un joven intoxicado en la urbanización Dorado Beach East. La opinión emitida por el Juez Asociado Candelario López busca aclarar la normativa procesal aplicable a la acumulación de sentencias parciales en un solo recurso apelativo. Esta decisión reafirma la importancia de no desestimar recursos oportunamente presentados basándose estrictamente en interpretaciones restrictivas sobre el pago de aranceles en procesos consolidados.
2025 • 1 de octubre de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0548
Ponente:
Hon. Rafael L. Martínez Torres
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa si el Tribunal de Apelaciones erró al determinar que carecía de jurisdicción para revisar una decisión del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). La controversia surge porque la parte peticionaria presentó una moción de reconsideración a través de la plataforma electrónica de la agencia, a pesar de que la resolución original solo mencionaba la presentación presencial o por correo postal. El foro apelativo intermedio concluyó que el trámite digital no interrumpió el término para recurrir, invalidando así el recurso de revisión judicial. No obstante, el Tribunal Supremo determinó que el DACo cuenta con directrices que facultan y promueven el uso de su portal en línea para procedimientos adjudicativos. La opinión enfatiza que la judicatura no debe sustituir con su propio criterio los mecanismos operacionales y las directrices no legislativas que las agencias establecen para orientar al público. Al validar la eficacia de la presentación electrónica, el Tribunal Supremo revocó la sentencia recurrida y reafirmó la importancia de las herramientas tecnológicas en el acceso a los procesos administrativos.
2025 • 15 de septiembre de 2025
Número de Caso:
EM-2025-0012
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 15 de septiembre de 2025 para formalizar los cambios de estatus de varios profesionales del derecho. La Sala de Verano, integrada por la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez y los Jueces Asociados Kolthoff Caraballo y Estrella Martínez, autorizó el paso a estatus inactivo de tres abogados durante el mes de agosto de 2025. Los licenciados identificados en esta determinación son Jenny Rodríguez Yejo, Hugo J. Quilichini Arbona y Cristina Otaño Alonso. Cada profesional aparece registrado con su respectivo número de identificación ante el foro judicial para fines de los récords oficiales. Esta acción administrativa responde a las solicitudes procesadas durante el periodo estival y asegura la actualización constante del registro de la abogacía en la jurisdicción. Finalmente, el Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez, certificó el acuerdo y ordenó su debida publicación.
2025 • 12 de septiembre de 2025
Número de Caso:
CP-2020-0015
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa la conducta profesional del abogado Javier Pérez Rojas por violaciones a los Cánones 9, 33 y 38 de Ética Profesional. El proceso disciplinario se originó tras una queja presentada por el señor Daniel A. Vélez Rivera, quien contrató al querellado en enero de 2018 para un caso de relaciones paternofiliales. Al momento de la contratación, el señor Pérez Rojas se encontraba suspendido del ejercicio de la abogacía, hecho que el cliente desconocía inicialmente. El promovente pagó por adelantado la suma de $1,100, pero al notar la falta de progreso en su trámite legal, investigó y descubrió el estatus disciplinario del abogado. Ante esta situación, el cliente solicitó la devolución de sus honorarios y denunció la práctica ilegal de la profesión. Aunque la queja fue archivada administrativamente de forma temporal, se reactivó una vez el querellado fue reinstalado brevemente en mayo de 2018. El documento destaca la reincidencia del abogado en conductas impropias y el incumplimiento de órdenes judiciales previas. Finalmente, el Tribunal impone una censura enérgica, considerando que el querellado actualmente se encuentra bajo una suspensión indefinida por otros hechos similares.
2025 • 9 de septiembre de 2025
Número de Caso:
RG-2024-0003
Ponente:
Hon. Camille Rivera Pérez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió una controversia jurídica centrada en la procedencia de la exención arancelaria registral para las cooperativas de ahorro y crédito. El caso se originó cuando el Registrador de la Propiedad denegó la inscripción de una escritura de cancelación de hipoteca presentada por Pentagon Federal Credit Union (PenFed) debido a la falta de pago de los aranceles correspondientes. La cooperativa reclamaba el beneficio de exención dispuesto en la Ley Núm. 114 de 1960 y la Ley Núm. 255-2002, argumentando que la operación le favorecía institucionalmente. Sin embargo, el Tribunal determinó que la cancelación de un pagaré hipotecario no constituye un negocio jurídico "a favor" de la cooperativa que justifique la dispensa del pago. Esta decisión reafirma la jurisprudencia establecida en los casos *Coop. Ahorro San Blas v. Registradora* y *Coop. Ahorro Isabela v. Registrador*, los cuales exigen que el beneficio para la entidad sea directo y real. El dictamen concluye que el Registrador actuó conforme a derecho, ya que las exenciones arancelarias deben interpretarse de forma restrictiva. Por consiguiente, se validó la denegación de la inscripción ante la ausencia del pago de los derechos registrales exigidos por ley.
2025 • 5 de septiembre de 2025
Número de Caso:
CP-2020-0001
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Luis E. Carbone Rosario del ejercicio de la abogacía y la notaría por infringir los Cánones 21 y 38 del Código de Ética Profesional. Esta acción disciplinaria surge a raíz de los hallazgos en el caso criminal Pueblo v. Fernández Rodríguez, donde se identificó que el abogado divulgó información privilegiada de su cliente sin autorización. Específicamente, el licenciado Carbone Rosario reveló a las autoridades la ubicación de un arma de fuego, un cargador y municiones relacionadas con los delitos imputados a su representado. Tras una investigación de la Oficina del Procurador General, el Tribunal concluyó que dicha conducta constituyó una violación grave al privilegio abogado-cliente y a los estándares éticos de la profesión. La decisión enfatiza la importancia de preservar la confidencialidad y la lealtad hacia el cliente en todo proceso judicial. El dictamen ordena el cese inmediato de sus funciones profesionales para proteger la integridad del sistema de justicia y la confianza pública en la profesión legal.
2025 • 2 de septiembre de 2025
Número de Caso:
CP-2020-0003CP-2020-0008
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Sharon M. Hernández López del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta determinación surge tras concluirse que la letrada infringió los Cánones 9, 18, 19, 20, 33, 35 y 38 del Código de Ética Profesional. El foro judicial fundamentó su decisión en la displicencia mostrada por la abogada hacia las órdenes del Tribunal y en una conducta reiterada que contraviene los postulados éticos de la profesión legal. Los casos consolidados, CP-2020-0003 y CP-2020-0008, exponen las faltas cometidas por la querellada en el desempeño de sus funciones y su falta de diligencia. Mediante esta opinión Per Curiam, el Tribunal ejerce su facultad disciplinaria para preservar la integridad de la práctica jurídica en la jurisdicción. La resolución enfatiza que el comportamiento de la licenciada resultó incompatible con los deberes de honestidad y respeto que todo abogado debe observar. Esta medida disciplinaria busca proteger al público y asegurar el cumplimiento estricto de las normas que rigen la conducta profesional en Puerto Rico.
2025 • 25 de agosto de 2025
Número de Caso:
AC-2024-0008
Ponente:
Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso AC-2024-0008, resolvió si una madre puede solicitar una pensión alimentaria a la abuela paterna de su hijo tras el fallecimiento del padre. La peticionaria, Yarilyn Ríos Figueroa, procreó un hijo con Jerry John Vázquez López, quien falleció en 2010. Ante la necesidad económica del menor, la madre presentó una petición de alimentos contra la abuela paterna, Irma López Maisonet, en 2022. La abuela reconoció su parentesco, pero alegó falta de capacidad económica y problemas de salud. El Tribunal Supremo revocó la determinación del foro apelativo intermedio. La decisión establece que la extinción de la obligación de alimentar por la muerte de un alimentante activa el derecho del alimentista a recibir alimentos subsidiariamente por parte de los abuelos. Por tanto, la abuela paterna puede ser obligada a proveer la pensión alimentaria en estas circunstancias.
2025 • 25 de agosto de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0650
Ponente:
Hon. Rafael L. Martínez Torres
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso CC-2024-0650, examinó la validez de la adjudicación de una subasta municipal para el arrendamiento de vehículos destinados al transporte colectivo. La controversia principal giró en torno al alcance de la Ley de Instituciones de Arrendamiento de Propiedad Mueble en los procesos de contratación gubernamental. Se analizó si la naturaleza del contrato subastado activaba el requisito de licenciamiento ante la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) para operar como arrendador de bienes muebles. La Corte también auscultó las implicaciones jurídicas de la ausencia de dicha licencia sobre la adjudicación de la subasta. Se determinó que el licitador favorecido en la Subasta Formal Núm. 21-AF-2023-2024 del Municipio Autónomo de Toa Baja tenía la obligación estatutaria de contar con la licencia de la OCIF. El Tribunal resolvió que la participación de un licitador no autorizado para ejecutar las prestaciones objeto del contrato constituye un vicio insubsanable. Por consiguiente, se declaró la nulidad de la adjudicación de la subasta y del eventual contrato.
2025 • 21 de agosto de 2025
Número de Caso:
TS-20,635
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, a través de su Sala de Verano, emitió una Resolución el 21 de agosto de 2025 en el caso Ex parte Elizabeth M. Gómez Aponte. La resolución aborda la solicitud de la Sra. Gómez Aponte para su reactivación y cambio de estatus a abogada activa en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (RÚA). El Tribunal proveyó ha lugar a la solicitud, concediendo la readmisión al ejercicio de la abogacía. Como resultado, se ordenó al Secretario del Tribunal registrar el cambio de estatus de la peticionaria a abogada activa. Adicionalmente, se instruyó a la licenciada Gómez Aponte a actualizar su información de contacto en el RÚA. Se le apercibió también que deberá completar seis horas de educación jurídica continua sobre las nuevas Reglas de Conducta Profesional de Puerto Rico antes del 31 de diciembre de 2026.
2025 • 21 de agosto de 2025
Número de Caso:
CC-2025-0093
Ponente:
Hon. Raúl A. Candelario López
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la normativa procesal sobre el pago de aranceles cuando se apelan múltiples sentencias parciales de casos consolidados mediante un solo recurso. La controversia surge de la desestimación por parte del Tribunal de Apelaciones de un recurso, alegando falta de jurisdicción. El foro intermedio consideró que la parte peticionaria debió pagar aranceles por dos recursos distintos, a pesar de que se apelaban dos dictámenes de casos consolidados en una única presentación. Esta decisión impidió la evaluación de los méritos de la controversia. El Tribunal Supremo busca aclarar si el Tribunal de Apelaciones erró al exigir el pago de aranceles por separado en estas circunstancias. Anticipa revocar la Sentencia recurrida, indicando que el foro apelativo intermedio se equivocó al desestimar el recurso. Los hechos subyacentes al caso original involucran un incidente donde un joven, tras una fiesta de cumpleaños, irrumpió ilegalmente en una propiedad ajena.
2025 • 15 de agosto de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0096
Ponente:
Hon. Roberto Feliberti Cintrón
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso CC-2024-0096, se pronunció sobre la admisibilidad del descubrimiento del expediente de suscripción de la póliza y de la reserva de pérdida de una aseguradora. La cuestión surgió en una reclamación por incumplimiento de contrato de seguro de propiedad, donde el asegurado alegó mala fe por parte de la aseguradora en el manejo y ajuste de la reclamación. Los recurridos, el Consejo de Titulares del Condominio Parques de Cupey, demandaron a Triple-S Propiedad, Inc. por no investigar ni ajustar adecuadamente los daños sufridos tras los huracanes Irma y María. Alegaron que la aseguradora actuó con dolo y mala fe, reclamando más de 14 millones de dólares. El Tribunal determinó que el descubrimiento de dicha prueba es improcedente. Consideró que es incompatible con la finalidad de un litigio sobre cobertura y afecta el postulado de una solución justa, rápida y económica de los procedimientos civiles. Por tanto, la interrogante sobre la admisibilidad de esta evidencia fue contestada en la negativa.
2025 • 13 de agosto de 2025
Número de Caso:
EM-2025-0011
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 13 de agosto de 2025, aprobando el cambio a estatus de Abogado(a) Inactivo(a) para un grupo de profesionales del derecho. Esta decisión, tomada por una Sala de Verano compuesta por los Jueces Asociados Colón Pérez, Rivera Pérez y Candelario López, corresponde a las solicitudes presentadas durante el periodo de julio de 2025. La resolución detalla los nombres y números de colegiación de quince abogados y abogadas a quienes se les concedió este estatus. Entre los letrados mencionados se encuentran Luis E. Dubón Otero, Eudaldo Báez Galib, Ángel R. Rodríguez Aja, Otto M. Bustelo Garriga, Rafael A. Vélez Candelario, Carlos J. Meléndez Collazo, Maria Isabel de Mier Pérez, Milagros Rodríguez De Jesús, Lizette Mejías Avilés, Manuel De Santiago Suárez, Virginia Santiago Tosado, Eduardo Vélez Torres, Rosie A. Carmona Rodríguez, Rebeca Figueroa Vega y Bettina I. Maestre Otero. El documento fue certificado por el Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez, y se distribuye como un servicio público, sujeto a las correcciones del proceso de publicación oficial.
2025 • 11 de agosto de 2025
Número de Caso:
TS-19,557
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, a través de su Sala de Verano II, emitió una Resolución el 11 de agosto de 2025 en el caso TS-19,557. La resolución aborda la solicitud de Agustín Aponte Vélez para cambiar su estatus a abogado activo en el Registro Único de Abogados y Abogadas. El Tribunal proveyó Ha Lugar a su petición de readmisión al ejercicio de la abogacía. Como condición, se le advierte al Sr. Aponte Vélez que debe cumplir con un mínimo de seis créditos de educación jurídica continua. Estos créditos deben versar sobre las nuevas Reglas de Conducta Profesional de Puerto Rico y deben completarse en o antes del 31 de diciembre de 2026, conforme a la Resolución ER-2025-02. Finalmente, se ordena al Secretario del Tribunal registrar el cambio de estatus del peticionario a abogado activo en el RUA.
2025 • 6 de agosto de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0571
Ponente:
Hon. Rafael L. Martínez Torres
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su decisión del 6 de agosto de 2025, resolvió el caso CC-2024-0571, El Pueblo de Puerto Rico v. Juan F. Torres Huertas. La controversia principal giraba en torno a la admisibilidad de declaraciones incriminatorias realizadas por el recurrido a un agente estatal. El foro primario había suprimido estas declaraciones, alegando que Torres Huertas no renunció válidamente a su derecho a la no autoincriminación antes del interrogatorio. El Tribunal de Apelaciones decidió no intervenir con ese dictamen. Juan F. Torres Huertas enfrenta cargos graves, incluyendo dos asesinatos en primer grado, tentativa de asesinato, conspiración y violaciones a la Ley de Armas, por sucesos ocurridos en diciembre de 2020. Las declaraciones en cuestión fueron obtenidas por el agente Anthony O. Egea Guardarrama tras el arresto del recurrido en enero de 2021. La opinión del Tribunal, emitida por el Juez Asociado señor Martínez Torres, revocó la decisión recurrida. En consecuencia, ordenó la admisión en evidencia de las declaraciones incriminatorias contenidas en las notas del agente.
2025 • 5 de agosto de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0570
Ponente:
Hon. Roberto Feliberti Cintrón
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el caso CC-2024-0570, abordó dos controversias centrales bajo la Ley Uniforme de Confiscaciones. Primero, examinó la aplicabilidad de la doctrina de impedimento colateral por sentencia en una acción impugnatoria de confiscación civil de un vehículo de motor, tras una determinación de no causa en una vista preliminar en alzada. Segundo, consideró si la doctrina del "tercero inocente" procedía a favor de la entidad financiera Popular Auto, LLC, en virtud de una cláusula de su contrato de venta a plazos del automóvil confiscado. El Tribunal reafirmó que la confiscación de un bien no se anula por impedimento colateral por sentencia en ausencia de una adjudicación expresa que establezca que el bien no fue utilizado en la comisión de un delito. En ese sentido, una determinación de no causa probable en una vista preliminar en alzada, por sí sola, no constituye una adjudicación expresa que exonere la propiedad en el proceso confiscatorio civil. Finalmente, se resolvió que la entidad financiera del vehículo confiscado no es merecedora de la defensa del "tercero inocente".
2025 • 31 de julio de 2025
Número de Caso:
TS-1,995
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha decretado la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Luis R. Cruz Jiménez del ejercicio de la notaría, según la Resolución del 31 de julio de 2025 en el caso TS-1,995. Esta determinación surge tras evaluar una moción de prórroga del licenciado y una moción de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) que notificaba el incumplimiento de una orden previa y solicitaba remedios. Como consecuencia de la suspensión, la fianza notarial de Cruz Jiménez queda automáticamente cancelada, aunque se mantiene vigente por tres años para actos realizados durante su validez. Se le ha ordenado notificar a sus clientes sobre su inhabilidad para atender trabajos pendientes y devolver los honorarios recibidos por servicios aún no rendidos. Adicionalmente, el asunto ha sido referido al Tribunal de Primera Instancia para un proceso de desacato civil. El licenciado Cruz Jiménez dispone de diez días para mostrar causa por la cual no deba ser suspendido de la abogacía y para informar si ha ejercido la notaría desde la incautación de su obra protocolar el 12 de mayo de 2025. Finalmente, se ha instruido al Alguacil del Tribunal incautar su sello notarial y cualquier obra notarial adicional para su entrega a la ODIN.
2025 • 29 de julio de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0490
Ponente:
Sentencia con Opiniones de Conformidad
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Sentencia el 29 de julio de 2025 en el caso CC-2024-0490, correspondiente al recurso de certiorari presentado por Omara Toledo Santana contra Dolores Reyes Santaella. El Tribunal Supremo revocó el dictamen del Tribunal de Apelaciones. En consecuencia, el caso fue devuelto al Tribunal de Primera Instancia con instrucciones específicas. La finalidad de esta devolución es que el Tribunal de Primera Instancia determine si las organizaciones sin fines de lucro que representan a la parte peticionaria están cubiertas por la Ley Núm. 81 de 1964 o la Ley Núm. 122 de 1967, las cuales eximen del pago de derechos y aranceles. En caso de que no apliquen dichas leyes, el Tribunal de Primera Instancia deberá reexaminar la capacidad económica de la peticionaria para considerar una exención de fianza en apelación. Esta determinación debe emitirse en un término no mayor de diez días a partir de la notificación de la Sentencia. El Tribunal de Primera Instancia debe actuar conforme a lo resuelto de inmediato, sin necesidad de esperar por un mandato. La Sentencia contó con opiniones de conformidad de varios jueces asociados.
2025 • 22 de julio de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0533 cons con CC-2024-0534
Ponente:
Hon. Luis F. Estrella Martínez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una opinión el 22 de julio de 2025 en los casos consolidados CC-2024-0533 y CC-2024-0534. Estos casos involucran a varias asociaciones de salud primaria, como la Asociación de Salud Primaria de Puerto Rico, Inc. y el Concilio Integral de Salud de Loiza, Inc., contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Municipio Autónomo de San Juan. La materia principal abordada es el Derecho Procesal Civil, específicamente el alcance y la distinción de los diferentes tipos de intereses que un Tribunal de Primera Instancia puede imponer a una parte perdidosa. La decisión busca precisar las funciones de estos intereses y los contextos específicos para su aplicación. Con esta determinación, el Tribunal pretende poner fin a una controversia longeva y altamente contenciosa, corrigiendo el uso y la aplicación incorrecta de este sistema de sanciones. El objetivo es asegurar la celeridad procesal y la justicia en la esfera civil.
2025 • 14 de julio de 2025
Número de Caso:
EM-2025-0010
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante la Resolución EM-2025-0010, con fecha del 14 de julio de 2025, aborda la aprobación de cambios de estatus a Abogado(a) Inactivo(a) para el periodo de junio de 2025. Esta decisión, emitida por la Sala de Verano del Tribunal, autoriza formalmente que un grupo de letrados pase a dicho estatus. El documento detalla una lista específica de catorce abogados y abogadas, identificados por su nombre y número de registro, a quienes se les concedió esta solicitud. La resolución subraya la facultad del Tribunal para gestionar el estatus profesional de los miembros de la abogacía. Finalmente, se ordena la publicación de esta determinación, certificada por el Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez.
2025 • 8 de julio de 2025
Número de Caso:
TS-13,035
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, Sala I, emitió una Resolución el 8 de julio de 2025, abordando la solicitud de readmisión al ejercicio de la abogacía presentada por la Sra. Laura M. Vélez Vélez. Tras examinar su petición, el Tribunal decidió readmitirla a la profesión legal. Como parte de esta decisión, se ordenó a la Secretaría registrar el cambio de estatus de la Sra. Vélez Vélez a abogada activa en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (RUA). Adicionalmente, se le instruyó a la licenciada Vélez Vélez actualizar su información de contacto en dicho registro. Asimismo, se le exhortó a cumplir con un requisito especial establecido en la Resolución ER-2025-0002. Este requisito exige tomar un mínimo de seis horas crédito en cursos de educación jurídica continua enfocados en las nuevas normas éticas, debiendo ser completado a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
2025 • 2 de julio de 2025
Número de Caso:
AB-2021-0045
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Janet Villanueva Sánchez del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta acción disciplinaria, con fecha del 2 de julio de 2025, se fundamenta en la violación al Canon 9 del Código de Ética Profesional y el reiterado desatender de las órdenes del Tribunal. El caso se originó a partir de una queja presentada el 17 de marzo de 2021 por el Sr. Roy Iván Rosado Pagán. Este alegó que en 1996, la licenciada Villanueva Sánchez autorizó una escritura de compraventa de dos inmuebles para Royaly Corporation. Sin embargo, incumplió con su compromiso de presentar los documentos ante el Registro de la Propiedad para su inscripción. La falta de diligencia de la letrada provocó la caducidad de los asientos de presentación en dos ocasiones y generó gastos adicionales. Además, el señor Rosado Pagán denunció la falta de comunicación y respuesta por parte de la licenciada, lo que frustró varios intentos de venta de las propiedades. La decisión del Tribunal subraya la seriedad con la que se aborda la conducta profesional que desatiende los mandatos judiciales y los deberes fiduciarios.
2025 • 30 de junio de 2025
Número de Caso:
EM-2025-0008
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 30 de junio de 2025, autorizando un receso administrativo para el Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Este receso se extenderá desde el lunes 28 de julio hasta el viernes 1 de agosto de 2025, ambos días inclusive. Las labores del Programa se reanudarán el lunes 4 de agosto de 2025. Como consecuencia de este receso, todo término dispuesto en el Reglamento del PEJC que venza durante dicho periodo se prorrogará hasta el lunes 11 de agosto de 2025. Sin embargo, la extensión de término concedida no aplicará a los periodos de cumplimiento de tres años que venzan entre estas fechas, según lo establecido en la Regla 29 del Reglamento del Programa. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez autorizó esta medida, siguiendo la recomendación de la Directora Ejecutiva del PEJC. Se ordenó la difusión pública de esta Resolución.
2025 • 30 de junio de 2025
Número de Caso:
CP-2017-0019
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en una decisión Per Curiam del 30 de junio de 2025, evaluó la conducta profesional del Lcdo. Sergio Rádinson Caraballo. La Corte determinó que el abogado infringió los Cánones 18, 20, 23, 35 y 38 del Código de Ética Profesional, así como los Artículos 2 y 56 de la Ley Notarial de Puerto Rico y la Regla 67 del Reglamento Notarial de Puerto Rico. Estas infracciones se originaron a partir de una queja presentada en 2015 por la Sra. Ann Marie Colón Cruzado. La promovente alegó que el licenciado Rádinson Caraballo no realizó adecuadamente trámites legales, incluyendo una declaratoria de herederos y la preparación de un testamento, para los cuales había recibido un depósito. Es relevante que el abogado ya había sido censurado enérgicamente en 2020 por una infracción previa al Canon 18. Como consecuencia de estas nuevas faltas, el Tribunal Supremo procedió a suspender de forma inmediata e indefinida al Lcdo. Sergio Rádinson Caraballo del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión reafirma la autoridad disciplinaria del Tribunal ante la conducta impropia de los profesionales del derecho.
2025 • 26 de junio de 2025
Número de Caso:
TS-12,861
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Edgardo Rivera Rodríguez del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida disciplinaria se impuso por su violación al Canon 9 del Código de Ética Profesional y por desatender las órdenes del Tribunal. La Oficina de Inspección de Notarias (ODIN) presentó un informe especial en abril de 2025, detallando el incumplimiento del letrado con el examen de su obra protocolar. A pesar de que el proceso de inspección ordinario se inició en agosto de 2023, la aprobación de su trabajo notarial no pudo completarse después de más de un año y medio, debido a razones exclusivamente atribuibles a él. La ODIN identificó serias deficiencias en los volúmenes segundo, tercero y cuarto de su Libro de Registro de Testimonios. Entre las irregularidades se encontraban la comparecencia de partes otorgantes sin identificar, la ausencia de mecanismos de identificación, el uso de tinta correctiva y la omisión de asientos registrados. Estas faltas graves justificaron la suspensión impuesta por el Tribunal.
2025 • 26 de junio de 2025
Número de Caso:
AC-2024-0023
Ponente:
Hon. Roberto Feliberti Cintrón
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su decisión AC-2024-0023 del 26 de junio de 2025, aborda la cuestión de si un obrero puede ser despedido por regresar a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) para recibir tratamiento médico adicional tras una recaída, después de haber sido reinstalado y trabajado activamente por varios años. La controversia surge cuando el patrono alega que el término de reserva de empleo ya había caducado. El Tribunal concluye enfáticamente que no, el regreso a la CFSE bajo estas circunstancias no constituye justa causa para un despido. El caso específico involucra a la Sra. Silmarie Méndez Ruiz, quien en 2018 desarrolló una condición ocupacional mientras trabajaba para Techno Plastics Industries, Inc. Recibió tratamiento médico en descanso y mientras trabajaba en múltiples ocasiones entre 2018 y 2021, lo que implicó su reincorporación y desempeño laboral durante esos años. La decisión establece un precedente crucial en Derecho Laboral, precisando que la necesidad de tratamiento médico adicional por una condición ocupacional preexistente, incluso después de transcurrido el término inicial de reserva de empleo y habiendo el empleado regresado a sus funciones, no justifica la terminación del contrato de trabajo. Este fallo subraya la protección del obrero frente a despidos injustificados relacionados con condiciones de salud ocupacional recurrentes.
2025 • 25 de junio de 2025
Número de Caso:
EM-2025-0007
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 25 de junio de 2025, identificada con el número de caso EM-2025-0007. El propósito central de esta resolución es la aprobación del cambio de estatus a Abogado(a) Inactivo(a) para un grupo de profesionales del derecho. Esta autorización específica corresponde al periodo de mayo de 2025. Durante dicho mes, el Tribunal concedió el estatus de inactivo a doce abogados y abogadas, cuyos nombres y números de colegiación se detallan en el documento. Entre los letrados se encuentran José Bolívar Aponte Colón, Héctor M. Miranda Hernández, Paulette Lavergne Cuyar, Alma Méndez Ríos, y otros. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por el Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez. Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal Supremo.
2025 • 20 de junio de 2025
Número de Caso:
AB-2025-0029
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Nolan Pérez Almeyda del ejercicio de la abogacía. Esta decisión, emitida el 20 de junio de 2025, se fundamenta en un patrón de incumplimiento con las órdenes del Tribunal y la violación del Canon 9 del Código de Ética Profesional. El caso se originó por una queja presentada el 28 de enero de 2025 por el Sr. Angel David Padilla García, quien estaba inconforme con la representación legal del licenciado Pérez Almeyda. A pesar de haber sido notificado el 20 de marzo de 2025 y de recibir una Resolución el 2 de mayo de 2025 que le otorgaba un término final e improrrogable de diez días para contestar la queja, el abogado no compareció. La inacción del letrado, incluso bajo apercibimiento de suspensión indefinida, llevó al Tribunal a ejercer su facultad disciplinaria. La medida busca asegurar la integridad de la profesión legal.
2025 • 20 de junio de 2025
Número de Caso:
TS-11,408
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 20 de junio de 2025 en el caso TS-11,408, referente a la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el Sr. Rolando López Rivera. Tras examinar la moción, el Tribunal proveyó ha lugar la petición y ordenó la reinstalación del licenciado López Rivera a la profesión legal. Se le apercibió que, en lo sucesivo, deberá cumplir estricta y fielmente con el Código de Ética Profesional y las futuras Reglas de Conducta Profesional. Asimismo, se le advirtió sobre su deber continuo de actualizar su información en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RUA) y de cumplir oportunamente con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua. Finalmente, se le apercibió que en el futuro deberá comunicar y obtener la autorización del Tribunal para cesar voluntariamente del ejercicio de la profesión.
2025 • 17 de junio de 2025
Número de Caso:
ER-2025-0002
Ponente:
Resolución del Tribunal con Voto particular de conformidad en parte y disidente en parte.
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha aprobado las nuevas Reglas de Conducta Profesional de Puerto Rico, reemplazando el Código de Ética Profesional de 1970. Esta resolución, fechada el 17 de junio de 2025, responde a la necesidad de actualizar la normativa ética de la abogacía ante los cambios en la práctica legal, los avances tecnológicos y la evolución jurisprudencial. El proceso de revisión comenzó en 2022 con la constitución de un Comité Especial, encargado de proponer un cuerpo normativo que considerara la tecnología y otros cambios socioeconómicos. El proyecto, que tomó como base las Reglas Modelo de la American Bar Association adaptadas a la realidad puertorriqueña, fue sometido a varias revisiones y enmiendas. Entre las modificaciones solicitadas por el Tribunal se incluyó la regulación de la competencia y diligencia tecnológica, así como el uso de la inteligencia artificial en la profesión. La aprobación de estas reglas es parte de la responsabilidad inherente del Tribunal de reglamentar la profesión legal y asegurar un alto estándar ético para quienes ejercen la abogacía y la notaría en Puerto Rico.
2025 • 29 de mayo de 2025
Número de Caso:
TS-4,544
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. José A. Saliceti Maldonado del ejercicio de la notaría por su incumplimiento craso con los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). La medida disciplinaria surge tras un informe especial que detalla un patrón de negligencia en la corrección de deficiencias notificadas durante procesos de inspección ordinarios y extraordinarios. Estos exámenes abarcaron la obra notarial autorizada por el abogado desde el año 2013 hasta el 2023. A pesar de múltiples reuniones y orientaciones brindadas por las inspectoras de protocolos, el notario no logró subsanar los señalamientos realizados a su práctica. El informe de la ODIN resaltó que el licenciado Saliceti Maldonado incluso manifestó desconocimiento sobre los trámites necesarios para cumplir con la subsanación de su obra. Ante esta situación, el Tribunal determinó que el comportamiento del profesional constituye una falta grave a sus deberes notariales y al ordenamiento legal vigente. Esta decisión reafirma la autoridad del foro judicial para supervisar la conducta profesional y garantizar la integridad de la fe pública notarial en la jurisdicción.
2025 • 28 de mayo de 2025
Número de Caso:
TS-9,354
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Adelaida Arroyo Brito del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta determinación responde al craso incumplimiento de la licenciada con los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y de la propia Curia. La ODIN presentó una moción urgente solicitando la incautación de la obra notarial tras identificar un patrón de desidia y falta de cooperación por parte de la notaria. Durante el proceso de inspección iniciado en abril de 2024, la licenciada no entregó la totalidad de los tomos del Protocolo ni los Libros de Registro de Testimonios que le fueron requeridos. El examen de la obra notarial abarcaba los años naturales de 2004 al 2017, periodo en el cual se detectaron deficiencias serias que no fueron subsanadas. La conducta de la licenciada Arroyo Brito constituye una violación a sus deberes profesionales y un desafío a la autoridad del Tribunal Supremo en su función reguladora. Como consecuencia, se ordenó la incautación inmediata de su obra notarial para garantizar la integridad de los documentos públicos bajo su custodia.
2025 • 27 de mayo de 2025
Número de Caso:
TS-17,907
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Manolo R. Santiago López del ejercicio de la abogacía. Esta determinación surge tras un patrón de desidia e incumplimiento reiterado por parte del letrado con las órdenes emitidas por el foro judicial y los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). Previamente, el Tribunal ya había suspendido al abogado del ejercicio de la notaría debido a deficiencias no corregidas y le había otorgado un término de diez días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido también de la práctica legal. El licenciado Santiago López no compareció ante el Tribunal para cumplir con dicha orden, lo que se consideró una violación al Canon 9 del Código de Ética Profesional. Este canon exige que los abogados mantengan una conducta de máximo respeto hacia los tribunales y respondan diligentemente a sus requerimientos. La omisión de responder a las órdenes judiciales constituye una falta grave que impide al Tribunal ejercer su función reguladora sobre la profesión legal de manera efectiva. Ante la contumacia del abogado, el Tribunal concluyó que la sanción disciplinaria es necesaria para preservar la integridad del sistema de justicia y la responsabilidad profesional. Como consecuencia, el suspendido debe cesar inmediatamente sus funciones y cumplir con los protocolos de notificación a sus clientes y entrega de expedientes.
2025 • 23 de mayo de 2025
Número de Caso:
EM-2025-0006
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 23 de mayo de 2025 bajo el número de caso EM-2025-0006. El propósito principal de esta determinación es oficializar el cambio de estatus a "Abogado(a) Inactivo(a)" para un grupo de profesionales del derecho. Esta acción administrativa corresponde a las solicitudes procesadas y autorizadas durante el periodo de abril de 2025. Entre los abogados incluidos en la lista se encuentran Luis F. Abreu Elías, José Matías Soto, Enrique Rodríguez Rodríguez y Daisy López Nunci. También se autorizó el cambio de estatus para Melba Lajara Martínez, Elizabeth Cabassa Rosario, Eugenio J. Hopgood Dávila, Cynthia M. González Aranguren y Carlos A. Martínez González. La resolución detalla el número de identificación profesional asociado a cada uno de los licenciados mencionados. El documento fue certificado por el Secretario del Tribunal Supremo, Javier O. Sepúlveda Rodríguez, y se ordenó su publicación oficial. Esta medida asegura que el registro de profesionales autorizados para la práctica legal se mantenga actualizado ante la comunidad jurídica.
2025 • 22 de mayo de 2025
Número de Caso:
TS-7,809
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Santos M. Rivera Estrella del ejercicio de la notaría. Esta medida disciplinaria responde al incumplimiento reiterado del notario con los requerimientos y órdenes de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). El proceso se originó tras una inspección de su obra protocolar correspondiente a los años 2017 al 2022, realizada durante el año 2023. A pesar de habérsele notificado múltiples deficiencias, el inspector de protocolos constató que el licenciado Rivera Estrella no realizó gestiones afirmativas para subsanar los señalamientos. Según el informe especial presentado por la ODIN, el propio notario admitió su inacción durante una fase de reinspección que ya había sido reprogramada a su solicitud. Ante la falta de diligencia y el desatendimiento de sus deberes ministeriales, el Tribunal ejerció su facultad disciplinaria para proteger la integridad de la fe pública. La resolución enfatiza que el cumplimiento con las inspecciones de la ODIN es una obligación ineludible para todos los notarios en la jurisdicción.
2025 • 22 de mayo de 2025
Número de Caso:
TS-15,695
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 22 de mayo de 2025 relacionada con la solicitud de readmisión al ejercicio de la abogacía de la Sra. Roxanna García González. La peticionaria, quien compareció por derecho propio, solicitó formalmente el cambio de su estatus profesional de abogada inactiva a activa. Tras examinar la petición presentada el 19 de mayo de 2025, el Tribunal autorizó su reincorporación inmediata a la práctica legal en la jurisdicción. Como parte de la disposición, se ordenó a la Secretaría del Tribunal registrar oficialmente el cambio de estatus en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (RUA). Asimismo, la licenciada García González tiene la obligación de actualizar toda su información de contacto en dicha plataforma registral. Esta determinación asegura que la profesional cumpla con los requisitos administrativos necesarios para ejercer nuevamente sus funciones legales. La resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por el Secretario, Javier O. Sepúlveda Rodríguez.
2025 • 21 de mayo de 2025
Número de Caso:
AC-2023-0109 cons con. AC-2024-0031
Ponente:
Hon. Rafael L. Martínez Torres
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa si los tribunales locales poseen jurisdicción para atender reclamaciones laborales presentadas al amparo de leyes estatales cuando los hechos sugieren una práctica ilícita de trabajo bajo la ley federal. La controversia surge en los casos consolidados de Nilda Rodríguez Vázquez y Alexander Santana Marrero contra el Hospital Español Auxilio Mutuo. El punto central de la disputa es determinar si las alegaciones de los obreros están sujetas a la competencia exclusiva de la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo según la National Labor Relations Act (NLRA). La doctrina de desplazamiento federal o "preemption" es el eje jurídico que define si el foro estatal debe abstenerse de intervenir para evitar conflictos con la política laboral de Estados Unidos. El Juez Asociado Martínez Torres fundamenta el análisis en la necesidad de auscultar la naturaleza de las reclamaciones para identificar posibles interferencias con la normativa federal. Esta decisión busca reafirmar los criterios de jurisdicción en disputas obrero-patronales donde convergen protecciones locales y mandatos federales. El documento concluye que la falta de jurisdicción estatal es imperativa cuando la conducta reclamada está protegida o prohibida por la legislación federal de relaciones del trabajo.
2025 • 21 de mayo de 2025
Número de Caso:
CC-2024-0331 cons con. CC-2024-0335
Ponente:
Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda en esta opinión la naturaleza jurídica del Agente Administrador en el régimen de propiedad horizontal y el grado de deferencia judicial hacia las agencias administrativas. La controversia surge a raíz de una determinación del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) relacionada con las funciones y responsabilidades de dicha figura en la administración de un condominio. El Tribunal reafirma el precedente establecido en Colón Ortiz v. Asoc. Cond. B.T. I, donde se define al Agente Administrador como un mandatario del Consejo de Titulares y de la Junta de Directores. Se analiza si las conclusiones de derecho emitidas por el DACo deben recibir deferencia por parte de los foros judiciales superiores al revisar sus decisiones. La decisión busca clarificar los límites de la autoridad administrativa y la interpretación de la Ley de Condominios en lo que respecta a la gestión de elementos comunes y la representación legal de la comunidad de titulares. El fallo subraya la importancia de la consistencia en la aplicación de las normas de propiedad horizontal para garantizar la seguridad jurídica de los titulares y administradores. Finalmente, la opinión establece criterios claros sobre la responsabilidad del mandatario frente a sus mandantes en el contexto de la administración de bienes inmuebles sujetos a este régimen especial.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
CC-2025-0094
Ponente:
Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa la constitucionalidad de los artículos 3.1 (2) (a) - (f) y 6.1 del Código Electoral de 2020 en el contexto de una petición de certiorari presentada por el Comisionado Electoral de Proyecto Dignidad. La controversia surge tras los procesos electorales de 2024 y cuestiona la validez de las disposiciones legales que regulan la estructura y participación de los partidos políticos en la Comisión Estatal de Elecciones. El peticionario alega que las normas impugnadas afectan los derechos constitucionales de asociación y participación política de las colectividades minoritarias. La opinión, emitida por el Juez Asociado Kolthoff Caraballo, analiza el balance entre la facultad legislativa para reglamentar los procesos electorales y las garantías fundamentales consagradas en la Constitución de Puerto Rico. El caso involucra a los comisionados electorales de los principales partidos políticos, incluyendo al Partido Nuevo Progresista, el Partido Popular Democrático, el Movimiento Victoria Ciudadana y el Partido Independentista Puertorriqueño. La decisión busca clarificar el alcance de la autoridad del Estado para imponer requisitos de permanencia y representación a los partidos políticos dentro del organismo electoral. Este fallo se suma a la jurisprudencia reciente que ha definido el panorama jurídico de las elecciones generales y las primarias en la isla. Finalmente, el Tribunal resuelve sobre la validez de las disposiciones del Código Electoral que han sido objeto de intenso debate público y legal.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
CP-2022-0001 (AB-2019-0191)
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión disciplinaria contra el Lcdo. Alejandro X. Sanfeliú Vera por conducta profesional impropia en el ejercicio de la abogacía. El foro judicial determinó que el abogado infringió los Cánones 9 y 38 del Código de Ética Profesional, los cuales rigen la conducta ante los tribunales y la preservación del honor de la profesión. La controversia surgió tras una queja presentada por un alguacil, quien intervino en un incidente ocurrido en las oficinas del Programa de Servicios con Antelación al Juicio. Según los hechos, el licenciado ejerció presión indebida y mantuvo una actitud combativa hacia una funcionaria para obtener un informe favorable para su cliente. Durante el altercado, el abogado utilizó un tono de voz elevado y cuestionó de forma grosera la autoridad del alguacil, llegando incluso a retarlo a que lo arrestara. Ante este comportamiento, el Tribunal Supremo impuso una censura enérgica y un apercibimiento al letrado para que ajuste su conducta futura a las normas éticas. Esta decisión reafirma la obligación de todo profesional del derecho de mantener el decoro y el respeto hacia los funcionarios del sistema de justicia.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
ES-2025-0002
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución para establecer la composición de las salas que funcionarán durante el receso de verano de 2025. Esta determinación se fundamenta en la Regla 4(c) del Reglamento del Tribunal, asegurando la continuidad de las labores judiciales tras culminar la sesión ordinaria. Para el mes de julio, la sala estará presidida por el Hon. Rafael L. Martínez Torres, acompañado por los jueces Pabón Charneco y Feliberti Cintrón. Durante agosto, el Hon. Ángel Colón Pérez asumirá la presidencia de la sala junto a los jueces Rivera Pérez y Candelario López. En septiembre, la Hon. Maite D. Oronoz Rodríguez presidirá la sala integrada además por los jueces Kolthoff Caraballo y Estrella Martínez. La resolución estipula que cada sala de despacho debe contar con un mínimo de tres integrantes para operar válidamente. En casos donde un juez no pueda intervenir, se procederá a constituir una sala especial conforme a las designaciones previas del Tribunal. A pesar del receso, el cuerpo judicial mantendrá su facultad de certificar opiniones y sentencias de manera regular.
2025 • 9 de mayo de 2025
Número de Caso:
TS-14,843
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 9 de mayo de 2025 para reinstalar al señor Luis Daniel Rosa Velázquez al ejercicio de la abogacía y la notaría. Tras evaluar la solicitud presentada por derecho propio, el foro judicial autorizó su regreso a la práctica legal y aprobó la fianza notarial correspondiente. Dicha fianza, otorgada por el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, tiene vigencia desde el 5 de mayo de 2025 para garantizar sus funciones notariales. El Tribunal ordenó remitir el documento original al Secretario de Hacienda para su archivo oficial y notificar al Secretario de Estado sobre esta determinación. Además, se dispuso que una copia de la fianza se integre al expediente personal del peticionario para fines administrativos. Finalmente, se le instruyó al licenciado Rosa Velázquez recoger su obra notarial en el Archivo Notarial del distrito correspondiente. Esta decisión restablece plenamente las facultades profesionales del peticionario en la jurisdicción de Puerto Rico.
2025 • 7 de mayo de 2025
Número de Caso:
TS-8,072
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 7 de mayo de 2025 en relación con el caso TS-8,072. La decisión responde a una moción presentada por Edmundo Ayala Oquendo, quien solicitó su reinstalación al ejercicio de la abogacía tras acreditar el cumplimiento de un término de suspensión. Tras examinar los méritos de la súplica, el Tribunal autorizó formalmente el regreso del peticionario a la práctica legal. Simultáneamente, el foro judicial ordenó la reactivación de la queja AB-2024-0023 para que continúe con su trámite administrativo y legal correspondiente. El Juez Asociado Martínez Torres hizo constar su postura particular, indicando que, en protección del interés público, se debió adjudicar la queja pendiente antes de considerar la reinstalación. La resolución fue certificada por el Secretario del Tribunal Supremo para su debida notificación y cumplimiento.