Partes:
Vázquez y otro v. Consejo de Titulares y Junta de Directores del Condominio Los Corales y otros
Ponente:
Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo
Materia:
Propiedad Horizontal y Derecho Administrativo – Figura del Agente Administrador de un condominio; deferencia que los foros judiciales le deben otorgar a las conclusiones de derecho provistas por las agencias administrativas.
Número de Caso:
CC-2024-0331 cons con. CC-2024-0335
Año:
2025
Fecha:
21 de mayo de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda en esta opinión la naturaleza jurídica del Agente Administrador en el régimen de propiedad horizontal y el grado de deferencia judicial hacia las agencias administrativas. La controversia surge a raíz de una determinación del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) relacionada con las funciones y responsabilidades de dicha figura en la administración de un condominio. El Tribunal reafirma el precedente establecido en Colón Ortiz v. Asoc. Cond. B.T. I, donde se define al Agente Administrador como un mandatario del Consejo de Titulares y de la Junta de Directores. Se analiza si las conclusiones de derecho emitidas por el DACo deben recibir deferencia por parte de los foros judiciales superiores al revisar sus decisiones. La decisión busca clarificar los límites de la autoridad administrativa y la interpretación de la Ley de Condominios en lo que respecta a la gestión de elementos comunes y la representación legal de la comunidad de titulares. El fallo subraya la importancia de la consistencia en la aplicación de las normas de propiedad horizontal para garantizar la seguridad jurídica de los titulares y administradores. Finalmente, la opinión establece criterios claros sobre la responsabilidad del mandatario frente a sus mandantes en el contexto de la administración de bienes inmuebles sujetos a este régimen especial.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: CC-2024-0331
cons. con CC-2024-0335
Fecha: 21 de mayo de 2025
Tribunal de Apelaciones:
Panel VIII
CC-2024-0331
Representante legal de la parte peticionaria:
Lcda. Mónica Figueroa Ramos
CC-2024-331 cons. con CC-2024-335
Representantes legales de los recurridos: Lcdo. José David Hernández Dávila Lcda. Liza Marie Rivera Figueroa Lcdo. José R. Reyes Hernández
Representante legal del Amicus Curiae: Lcda. Marimar Pérez Riera
CC-2024-0335
Representantes legales de la parte peticionaria: Lcdo. José ...
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