2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500196
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, Panel VI, emitió una Sentencia el 16 de mayo de 2025 en el caso KLRA202500196. Este recurso de revisión fue presentado por Hernán Ramos y Andrea Rivera contra el Consejo de Titulares del Condominio Caminos Verdes, derivado de una querella del Departamento de Asuntos del Consumidor sobre la Ley de Condominios. La sentencia resuelve la Notificación de Desistimiento con Perjuicio presentada por la parte peticionaria el 14 de mayo de 2025. El Tribunal declaró Ha Lugar dicho desistimiento. Como resultado, se ordena el cierre y archivo del recurso de epígrafe, conforme a la Regla 83 (A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500300
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una resolución sobre peticiones de certiorari consolidadas (KLCE202500300 y KLCE202500320) presentadas por Trans-Oceanic Life Insurance Company, Universal Life Insurance Company y Touma & Taveras, Inc. Estas peticiones impugnaban un dictamen interlocutorio del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, que denegó una solicitud para excluir el testimonio y el informe pericial de Daniel E. Garavito Medina, propuesto por los demandantes en casos de incumplimiento de contrato, cobro de dinero y daños y perjuicios. Los peticionarios argumentaron que el foro primario erró al no excluir la prueba pericial, considerando que sus defectos constituían un problema de admisibilidad y no meramente de valor probatorio, y por no conceder una vista previa. El Tribunal de Primera Instancia había determinado que las objeciones se relacionaban con el posible defecto en el valor probatorio de la prueba, no con su admisibilidad. Tras deliberar sobre los méritos, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari. Concluyó que el foro primario justipreció correctamente la moción, al entender que las alegaciones de los peticionarios se dirigían al peso de la prueba y no a su inadmisibilidad, y por tanto, no erró en su decisión.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500239
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución denegando un recurso de Certiorari presentado por Pedro Amado Romero Rosa. El peticionario, confinado, impugnaba una Orden del Tribunal de Primera Instancia que declaró "No Ha Lugar" su moción de rebaja de sentencia del 25% bajo el Artículo 67 y la Ley 246, relacionada con un caso de escalamiento agravado. Romero Rosa alegó dos errores principales: la omisión del tribunal de aplicar la reducción de sentencia y la falta de orientación de su abogado. El Tribunal de Apelaciones explica que el certiorari es un vehículo procesal extraordinario y discrecional, regido por los criterios de la Regla 40 de su Reglamento. La denegatoria del recurso no implica una adjudicación sobre los méritos de los errores planteados ni la ausencia de error en el dictamen recurrido. El peticionario conserva la oportunidad de presentar sus argumentos ante el foro apelativo una vez se resuelva el pleito en la instancia primaria.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500259
Ponente:
—
Resumen:
Salil Ashok Zaveri apeló una Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia de Fajardo, la cual desestimó su demanda por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. La desestimación se basó en la insuficiencia en el diligenciamiento del emplazamiento a las entidades corporativas demandadas: Wyndham Carib, LLC, Troon Golf, Corp. y Troon Puerto Rico, LLP. Zaveri había demandado a estas entidades alegando que, como miembro de un club de golf, fue atacado por una perra realenga, lo que le obligó a defenderse con un arma de fuego, atribuyendo a las apeladas la omisión de medidas de seguridad. Las apeladas solicitaron la desestimación, argumentando que el emplazamiento se realizó a una persona que no era su empleado ni agente autorizado. Zaveri, por su parte, alegó que el agente residente no pudo ser localizado y que la persona emplazada se identificó como director y persona autorizada en el campo de golf, amparándose en la Ley General de Corporaciones. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda con perjuicio y denegó una moción de reconsideración. Tras revisar el caso, el Tribunal de Apelaciones revocó en parte la Sentencia Parcial apelada.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500486
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones, en un recurso de certiorari, revisa las determinaciones procesales del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un litigio sobre acción reivindicatoria y daños entre vecinos. Los demandantes, Efraín Acevedo Torres y Eva Hilda Negrón Pérez, alegaron que la demandada, Gladys Ruiz Cruz, alteró la colindancia y realizó construcciones ilegales, mientras que la demandada reconvino por alteraciones similares y daños. El TPI denegó a la demandada la utilización de dos testigos, Erick Mercado y Johana González Rivera, por haber sido anunciados de forma tardía en el Informe de Conferencia con Antelación a Juicio. La demandada argumentó que la información sobre estos testigos no era sorpresiva y surgía del descubrimiento de prueba. Por otro lado, el TPI permitió a los demandantes utilizar el testimonio de Natividad Soto Santiago para autenticar una declaración jurada previamente estipulada por las partes. Además, autorizó a los demandantes a usar una transcripción de una vista de la Ley 140 con el fin de impugnar a la demandada durante el contrainterrogatorio, si fuera necesario. La demandada objetó estas admisiones de prueba, alegando que la testigo Soto no estuvo disponible para descubrimiento y que la transcripción constituía nueva prueba no anunciada. El Tribunal de Apelaciones, en el ejercicio de su discreción, declinó intervenir con las determinaciones del Tribunal de Primera Instancia.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500452
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones atiende un recurso de certiorari presentado por el licenciado Eric Quetglas-Jordán. El peticionario solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, que denegó su solicitud de recusación contra la Juez Teresita M. Mercado Vizcarrondo. El caso subyacente es una demanda de cobro de dinero incoada por Espada Miñana & Pedrosa Law Offices (EMP) contra Juan Félix Trinidad, et al., y el propio Eric Quetglas Jordán. EMP reclamó honorarios de abogado y gastos, alegando que su renuncia a la representación legal fue motivada por Quetglas Jordán. Por su parte, Quetglas Jordán negó las alegaciones, sostuvo que la renuncia de EMP fue por justa causa debido a su conducta culposa, y presentó una reconvención y demanda contra terceros. En estas, acusó a EMP y a sus abogados de un esquema malicioso, perjurio y fraude al tribunal, buscando indemnización por daños y perjuicios. La solicitud de recusación surgió tras una Sentencia Sumaria Parcial emitida por la Juez Mercado Vizcarrondo en diciembre de 2024. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto solicitado, confirmando la decisión del foro primario de no recusar a la jueza.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRX202500013
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emite una sentencia en un recurso de Mandamus presentado por Elvin Francisco Castro Márquez contra la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico. El recurrente solicita que se ordene a la Junta ejecutar una sentencia previa del mismo Tribunal, emitida el 31 de marzo de 2022. Dicha sentencia anterior reconoció el derecho del señor Castro Márquez a una pensión por haber completado treinta años de servicio. No obstante, la concesión de la pensión estaba condicionada al pago de un período de servicio no cotizado. La Junta de Retiro informó al recurrente en mayo de 2023 que debía pagar $144,284.39 por 7.25 años no acreditados para recibir su pensión. El señor Castro Márquez alegó en marzo de 2024 que sus intentos de comunicarse con la Junta para gestionar el pago y obtener su pensión habían sido infructuosos, acusando a la agencia de incumplimiento. La Junta, por su parte, respondió en abril de 2024 que le había explicado el proceso de pago en varias ocasiones, pero que no podía otorgar préstamos para cubrir la suma adeudada debido a la insolvencia del sistema de retiro. El presente Mandamus busca obligar a la Junta a cumplir con el mandato judicial previo y conceder la pensión al recurrente.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500437
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición de un auto de certiorari solicitado por Alberto Corretjer Reyes, quien buscaba la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan. Dicha orden, emitida el 17 de marzo de 2025, declaró "nada que proveer" a una Moción Informativa del peticionario y le impuso una sanción de \$50.00. La controversia surge en el contexto de un caso de divorcio y se centra en decisiones médicas para la hija menor de las partes, ANCC. El señor Corretjer Reyes llevó a la menor a varios especialistas, incluyendo un quiropráctico y un otorrinolaringólogo, en ocasiones sin el consentimiento de la madre, Corey Rebecca Cruz Watson. La señora Cruz Watson alegó que estas acciones violaron sus derechos de patria potestad y un dictamen judicial previo que exigía consentimiento mutuo para citas médicas no urgentes. El TPI recordó a las partes la necesidad de coordinar las citas y sancionó al padre por actuar en contra de la voluntad de la madre. Corretjer Reyes apeló, argumentando que el TPI abusó de su discreción al no autorizarle a llevar a la menor a una cita de seguimiento con un especialista en cáncer de cabeza y cuello y al imponerle la sanción. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, decidió denegar la solicitud de revisión.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500422
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones, en resolución del 16 de mayo de 2025, denegó un recurso de Certiorari presentado por José Yamil Báez Meléndez. El peticionario buscaba la revisión de una Resolución Interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia de Caguas que declaró No Ha Lugar su Moción de Sentencia Sumaria. El caso subyacente se originó con una demanda de injunction y sentencia declaratoria presentada por María Angélica Pastor Escobar. Ella alegó ser la heredera universal de Paul Escobar Juárez, único dueño de Escotech, Inc., y que Báez Meléndez, un empleado, se apropió de las acciones y bienes de la corporación mediante una supuesta donación nula. Pastor Escobar solicitó ser declarada titular de las acciones y la devolución de los bienes. Báez Meléndez, por su parte, argumentó que la donación de las acciones fue válida y conforme a derecho, solicitando la desestimación de la demanda. La recurrida se opuso a la sentencia sumaria, alegando que se basaba en prueba de referencia inadmisible. El Tribunal de Apelaciones también declaró No Ha Lugar la Moción en Auxilio de Jurisdicción presentada por el peticionario.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500408
Ponente:
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Resumen:
La Resolución del Tribunal de Apelaciones atiende una Petición de Certiorari interpuesta por Presbyterian Community Hospital, Inc. (Hospital) el 15 de abril de 2025. El Hospital solicita la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan, dictada el 21 de marzo de 2025. Dicha orden denegó la Moción Solicitando Orden Protectora y Prórroga del Hospital y le requirió contestar el descubrimiento de prueba en diez días. El caso subyacente fue iniciado por Orlando Soto Pijuan por daños y perjuicios, alegando la divulgación no autorizada de su expediente médico. Previamente, el TPI había declarado no ha lugar una moción del Hospital para desestimar la demanda, que argumentaba la imposibilidad de una causa de acción bajo la Ley HIPAA en su contra. A pesar de ello, el señor Soto Pijuan cursó un pliego de interrogatorios y requerimiento de producción de documentos que incluía solicitudes de información específicamente relacionadas con la Ley HIPAA. El Hospital solicitó una orden protectora, alegando que el descubrimiento era atinente a una reclamación bajo HIPAA, lo cual ya había sido objeto de controversia. El Tribunal de Apelaciones concedió una Moción en Auxilio de Jurisdicción, paralizando los procedimientos en el foro inferior, y otorgó al señor Soto Pijuan un término para mostrar causa por la cual no se debía expedir el auto de certiorari y revocar la orden recurrida.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500255
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó un recurso de revisión judicial presentado por Emmanuel Fuentes Enríquez contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El recurrente, un miembro de la población correccional, solicitaba el pago de $1,400 adicionales de un incentivo federal por COVID-19. Previamente, había instado una solicitud de remedio administrativo y una solicitud de reconsideración ante el DCR. Esta última fue acogida por el DCR, que tenía un término de treinta días laborables para emitir una resolución final. Sin embargo, el señor Fuentes presentó su recurso de revisión judicial el 2 de mayo de 2025, antes de que dicho término transcurriera y la agencia emitiera su dictamen final. Por consiguiente, el Tribunal determinó que el recurso era prematuro y carecía de jurisdicción para atenderlo. La sentencia subraya la importancia de agotar los remedios administrativos antes de acudir a la vía judicial.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202401031
Ponente:
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Resumen:
La Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resuelve una apelación presentada por Diana Ayala Sierra. La apelante buscaba revocar una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, emitida el 12 de noviembre de 2024, que ordenaba su desalojo de una propiedad. Luis Armando Rosario Reyes, el apelado, había iniciado una demanda de desahucio en precario, alegando ser el dueño de la propiedad por herencia y que la señora Ayala Sierra la ocupaba ilegalmente sin justo título tras el fin de su relación de pareja de nueve años. La apelante, por su parte, sostuvo que residía en la propiedad con el consentimiento del apelado y cuestionó la prueba de titularidad presentada. Durante la conferencia inicial en el foro primario, el apelado no compareció, y su representación legal intentó presentar prueba, lo que generó una objeción. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los fundamentos, revocó la Sentencia apelada.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500347
Ponente:
—
Resumen:
Un panel judicial resuelve una Petición de Certiorari presentada por Edwin González Páez contra Pablo García Torres. El peticionario busca revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) del 12 de febrero de 2025, que impuso una orden protectora. Dicha orden impide que el señor García Torres entregue al señor González Páez las planillas de contribución sobre ingresos del año 2020 y las planillas de contribución sobre ingresos y propiedad mueble de la corporación LF Athletics, Inc. durante la fase de descubrimiento de prueba. El caso subyacente se originó en julio de 2023, cuando el señor García Torres demandó al señor González Páez por incumplimiento de un contrato de compraventa de "La Fabrica Fitness Center" por $90,000, reclamando una deuda de $57,100. Por su parte, el señor González Páez negó la deuda y reconvino, alegando la nulidad del contrato al no ser el señor García Torres el propietario legítimo del negocio, y solicitando la devolución de $32,900. El señor García Torres replicó que era dueño de LF Athletics y que la venta era del negocio, no del inmueble. Tras la presentación de la oposición del recurrido, el tribunal considera perfeccionado el recurso para su resolución.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500343
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resuelve una solicitud de certiorari presentada por el matrimonio Ortiz-Ferrer. Los peticionarios buscan la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) del 29 de enero de 2025, que denegó su moción cuestionando la jurisdicción del tribunal. Argumentan que el TPI carecía de jurisdicción desde que la sentencia original del 2 de octubre de 2018, en un caso de fraude de acreedores iniciado por Merck Sharp & Dohme, advino final y firme el 10 de octubre de 2018. El caso ha tenido un extenso y accidentado trámite procesal desde 2018, incluyendo múltiples mociones de reconsideración y recursos de apelación previos, algunos de los cuales fueron desestimados por prematuros. A pesar de que los peticionarios ya habían planteado su argumento jurisdiccional en instancias anteriores, el TPI lo denegó nuevamente. Tras analizar los fundamentos presentados, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500350
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emite una Resolución en el caso KLCE202500350, donde Lybia Grisselle Vientós Pacheco, heredera y ejecutora de la sucesión de Luis Báez Díaz, solicita revocar una decisión del Tribunal de Primera Instancia. Dicha decisión, emitida el 5 de marzo de 2025 por la Jueza Karem Álvarez Echeandía, declaró No Ha Lugar una moción de recusación presentada por Vientós Pacheco contra el Juez Orlando Durán Medero. La Peticionaria alegó prejuicio, parcialidad y vulneración de su debido proceso de ley como fundamentos para la recusación. El caso original fue iniciado por Jeannette Marie Báez Vallecillo y otros, quienes demandaron a Vientós Pacheco y sus hijas para obtener acceso a documentos con el fin de preparar el inventario, avalúo y partición del caudal relicto del causante. Vientós Pacheco, en su rol de ejecutora, solicitó la suspensión de los procedimientos hasta la rendición de un cuaderno particional, designando a un contador partidor, a lo que los demandantes se opusieron. A pesar de que la cuestión de la suspensión estaba pendiente de adjudicación, el tribunal primario accedió a una solicitud de los demandantes para extender el periodo de descubrimiento de prueba. Esta extensión se concedió sin resolver la controversia previa sobre la suspensión ni inquirir la postura de la parte demandada. La Peticionaria refutó esta acción, argumentando que la extensión se otorgó sin resolver su petición anterior, lo que fundamentó sus alegaciones de parcialidad y la base de su moción de recusación.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500282
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia el 16 de mayo de 2025 en el caso KLRA202500282. Este caso de revisión involucraba a Cannalytics, LLC como recurrente y a la Junta Reglamentadora del Cannabis Medicinal como recurrida. El litigio se centraba en la suspensión de la licencia de laboratorio de cannabis medicinal de Cannalytics, LLC. La sentencia responde a una Moción Conjunta presentada por ambas partes, la cual incluía un acuerdo entre ellas y una solicitud de desistimiento de la petición. En consecuencia, el Tribunal ordenó el cierre y archivo del caso por desistimiento, conforme a la Regla 83 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. Asimismo, se dispuso el desglose y la devolución del apéndice de la petición a la parte recurrente, según lo solicitado. Esta resolución pone fin al proceso judicial sin una determinación de fondo sobre la suspensión de la licencia.
2025 • 16 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500296
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico conoció de una apelación interpuesta por la Sra. Elesma Oliveras Sifre contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. La apelante buscaba la revocación de dicho dictamen, que desestimó su demanda y le impuso una sanción de $5,000 por temeridad. La controversia original se centró en una demanda por daños y vicios de construcción presentada por la Sra. Oliveras Sifre contra sus vecinos, Berthold Meltz Narváez y Betsilda Collazo Batista. La apelante alegó que un muro colindante, propiedad de los apelados, estaba en peligro de colapsar hacia su piscina, representando un riesgo de seguridad y causándole angustias mentales. Solicitó la reparación del muro y compensación por daños. Los apelados, por su parte, indicaron que los planos sugerían que el muro podría estar total o parcialmente en la propiedad de la apelante y que habían ofrecido dividir los gastos de reparación, lo cual fue rechazado. Tras evaluar la prueba testifical y documental, el Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda de la Sra. Oliveras Sifre. El Tribunal de Apelaciones, en su sentencia del 16 de mayo de 2025, confirmó el dictamen recurrido.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202401388
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución denegando la expedición de un Auto de Certiorari solicitado por Luis E. Rohena Nieves. Rohena Nieves fue acusado de infracciones a la Ley de Armas, y tras una vista preliminar donde se encontró causa probable, presentó una Moción de Desestimación ante el Tribunal de Primera Instancia. Alegó que no fue correctamente identificado durante la vista preliminar, pero su moción y una posterior solicitud de reconsideración fueron denegadas. Ante esto, Rohena Nieves recurrió al Tribunal de Apelaciones, planteando errores en la determinación de causa probable por la supuesta ausencia de identificación. El Ministerio Público, a través del Procurador General, solicitó la desestimación del recurso por incumplimiento procesal del peticionario y, en la alternativa, argumentó la validez de la identificación de Rohena Nieves. El Tribunal de Apelaciones, basándose en la Regla 64(p) de Procedimiento Criminal y la presunción de corrección de las vistas preliminares, concluye que no procede la expedición del auto.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500332
Ponente:
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Resumen:
Un recurso de certiorari ha sido presentado ante el Tribunal de Apelaciones por Yesmar Delgado García, buscando la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, emitida el 4 de marzo de 2025. Dicha Resolución declaró Con Lugar una moción de reconsideración presentada por Melisa Soto Montalvo, la recurrida en este caso. El litigio central gira en torno a la patria potestad y los alimentos de la menor procreada por las partes. Mediante la Resolución recurrida, el foro primario ordenó a la Examinadora de Pensiones Alimentarias incluir los gastos de educación de la menor en el Colegio Lourdes en el cómputo de la pensión alimentaria y autorizó su matrícula continua en dicho colegio. Esta decisión revirtió una determinación previa del mismo tribunal que había excluido los gastos escolares al considerar que el peticionario no había consentido la matrícula en la institución privada. La recurrida argumentó exitosamente en su moción de reconsideración que la educación privada era en el mejor interés de la menor. No obstante, la Resolución también impuso una sanción de $100.00 a la recurrida por haber matriculado a la menor sin la autorización del peticionario, en violación de sus facultades de patria potestad. El peticionario, quien previamente solicitó una rebaja de pensión por desempleo, objeta la inclusión de estos gastos educativos.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500197
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia el 15 de mayo de 2025 en el caso KLRA202500197, referente a un recurso de revisión judicial. Nathanael Arroyo Martínez, el recurrente, solicitó la revocación de una Resolución Sumaria emitida por la Oficina de Apelaciones del Sistema de Educación (OASE) el 4 de marzo de 2025. La OASE había declarado sin lugar la apelación del señor Arroyo, ordenando el cierre y archivo de su caso con perjuicio. El litigio se originó por la impugnación del señor Arroyo al proceso de reclutamiento y selección de un maestro transitorio de educación industrial (colisión automotriz) para el año escolar 2017-2018. A pesar de su participación, el puesto fue otorgado a Elvin Medina Pérez, lo que motivó una querella inicial ante el Comité de Impugnaciones del Departamento de Educación. Tras ser denegada su querella, el señor Arroyo apeló ante la OASE, argumentando errores en la valoración de la evidencia y los criterios de selección. Posteriormente, solicitó una Resolución Sumaria a la OASE para revocar el nombramiento y obtener salarios dejados de percibir. Tras examinar los argumentos de ambas partes, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución Sumaria recurrida, ratificando la decisión de la OASE.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500164
Ponente:
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Resumen:
Pablo Toro Matos, un recluso, solicitó la revisión judicial de una respuesta del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) ante el Tribunal de Apelaciones. El señor Toro Matos había instado un remedio administrativo para conocer el estatus de su referido al Proyecto para la Pre-Reinserción a la Libre Comunidad. Inicialmente, el DCR respondió que su referido aún estaba siendo evaluado. Inconforme con la demora, el recurrente solicitó una reconsideración. El DCR confirmó su dictamen previo, indicando que no había espacios disponibles en el programa, pero que una contestación oficial le sería notificada. Toro Matos alegó que la agencia erró al no emitir una respuesta adecuada y al usar la falta de espacios como fundamento, especialmente después de que el propio DCR lo refiriera. El Tribunal de Apelaciones, aplicando la doctrina de deferencia judicial a las agencias administrativas, confirmó la decisión impugnada del DCR.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500145
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Sentencia en el caso de Carmelo Adorno Castro contra la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP). El recurrente solicitó la revisión judicial de una Resolución de la JLBP del 10 de diciembre de 2024, en la cual esta se declaró sin jurisdicción para atender su caso de libertad bajo palabra. La JLBP fundamentó su decisión en la Ley Núm. 85-2024, que excluye de la consideración de libertad bajo palabra a personas confinadas por ciertos delitos, incluyendo los actos lascivos. El señor Adorno Castro fue declarado culpable en 2013, con una sentencia enmendada en 2018, por múltiples infracciones, entre ellas actos lascivos, y cumplía una pena total de dieciocho años. Tras la remisión de su caso por el Departamento de Corrección y Rehabilitación, la JLBP determinó que, conforme a la nueva ley, carecía de competencia. El Tribunal de Apelaciones consolidó dos recursos de revisión presentados por el señor Adorno Castro. Finalmente, el tribunal confirmó la determinación de la JLBP de no tener jurisdicción en uno de los recursos y desestimó el otro por la misma razón.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500118
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emitió una sentencia sobre dos recursos de revisión judicial consolidados presentados por Carmelo Adorno Castro contra la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP). El recurrente impugnó la Resolución de la JLBP del 10 de diciembre de 2024, que se declaró sin jurisdicción para atender su caso de libertad bajo palabra y ordenó su cierre y archivo administrativo. La JLBP fundamentó su decisión en la Ley Núm. 85-2024, la cual excluye de su competencia a personas confinadas por la comisión de ciertos delitos, incluyendo los actos lascivos. Adorno Castro fue declarado culpable en 2013 de infracciones como actos lascivos, maltrato y tentativa de violencia doméstica, recibiendo una sentencia enmendada de dieciocho años de cárcel. En noviembre de 2024, el Departamento de Corrección y Rehabilitación refirió su caso a la JLBP para consideración de libertad bajo palabra. Tras verificar la liquidación de sentencia, la JLBP determinó que el recurrente cumplía pena por actos lascivos hasta marzo de 2028, lo que lo hacía inelegible bajo la nueva ley. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de la JLBP de carecer de jurisdicción en el recurso principal y desestimó el segundo recurso por la misma razón.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500084
Ponente:
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Resumen:
La Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, emitida el 15 de mayo de 2025, resuelve un recurso de revisión administrativa presentado por Antonio L. Vázquez contra la Administración de Corrección. El recurrente, un miembro de la población correccional, alegó no haber recibido varias correspondencias legales enviadas por el Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. Inicialmente, la agencia administrativa respondió que no existía registro de la entrada de dicha correspondencia en la institución. Ante esta negativa, el señor Vázquez solicitó una reconsideración, argumentando la importancia de la correspondencia y la posible devolución o reenvío si fue dirigida a una institución incorrecta. La Administración de Corrección denegó la reconsideración, reiterando la falta de registro y señalando que el asunto legal en cuestión había sido desestimado. Inconforme, el recurrente acudió al Tribunal de Apelaciones solicitando la revocación de la decisión administrativa y una investigación sobre la desaparición de los documentos. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de la agencia administrativa.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500260
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Sentencia en el caso KLCE202500260, revocando una Resolución previa del Tribunal de Primera Instancia de Ponce. Banco Popular de Puerto Rico (BPPR) había solicitado la revocación de la decisión del foro primario que declaró prescrita su Solicitud de Ejecución de Sentencia. La controversia se originó en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca iniciado por BPPR en 2005 contra Mark Electrical Contractors Inc. y otros. En 2006, el Tribunal de Primera Instancia dictó Sentencia Sumaria a favor de BPPR, condenando a los recurridos al pago de una deuda sustancial. Años después, en 2020 y 2022, BPPR presentó mociones para tasar propiedades y una Solicitud de Ejecución Final de Sentencia, informando que se habían resuelto asuntos registrales pendientes sobre las fincas hipotecadas. A pesar de que el foro primario emitió una Orden de Ejecución en marzo de 2023, posteriormente declaró que la acción de ejecución de sentencia de BPPR estaba prescrita. El Tribunal de Apelaciones, al expedir el auto de certiorari, revocó esta última Resolución, permitiendo así que el proceso de ejecución de la sentencia original continúe.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500258
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emitió una sentencia en el caso KLRA202500258, donde Empresas KLK, Inc. recurrió una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). La empresa buscaba revocar la determinación del DACo que declaró ha lugar una querella presentada por Ricardo García Vilá. Dicha resolución ordenaba a Empresas KLK la devolución de $6,327.63 al señor García Vilá por el incumplimiento defectuoso en la instalación de gabinetes de cocina. El señor García Vilá había presentado la querella ante el DACo alegando vicios de construcción e instalación de gabinetes defectuosos. Tras una vista administrativa y la emisión de la resolución a favor del querellante, Empresas KLK solicitó una reconsideración, la cual fue denegada. Posteriormente, la empresa interpuso un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones, señalando varios errores del foro administrativo, como la falta de inspección técnica y el uso de prueba sin contrainterrogatorio. No obstante, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción para atender el caso, priorizando este asunto por encima de cualquier otro señalamiento de las partes.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500473
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones atiende una Petición de Certiorari presentada por Azure Development, Inc. contra resoluciones del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El litigio original fue iniciado por Fabiana Guimaraes Espindola, quien demandó a Azure Development y otras entidades para revocar un permiso de construcción, alegando que fue concedido con información falsa y afectaba adversamente su propiedad. La señora Guimaraes Espindola solicitó un interdicto provisional, preliminar y permanente para paralizar las obras. Las partes demandadas, incluyendo Azure Development, presentaron mociones de desestimación, las cuales fueron denegadas por el TPI. Posteriormente, la peticionaria solicitó al TPI que ordenara a las partes la notificación de prueba documental, testifical y pericial. Azure Development se opuso a esta solicitud, argumentando que el Artículo 14.1 de la Ley Núm. 161-2009, que rige este tipo de interdictos, no contempla el descubrimiento de prueba dada la naturaleza extraordinaria del recurso. El TPI declaró ha lugar la moción de la señora Guimaraes Espindola y denegó la oposición de Azure Development. Inconforme con esta determinación, Azure Development acude al Tribunal de Apelaciones mediante Certiorari, planteando como error la decisión del TPI de permitir el intercambio de prueba en un interdicto bajo la Ley 161-2009.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500459
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones, Panel I, emitió una Resolución en respuesta a un recurso de certiorari presentado por José A. Rivera Quiñoñez. El peticionario solicitaba que se acreditara a su sentencia la bonificación por detención preventiva, conforme a la Regla 182 de Procedimiento Criminal. Sin embargo, el Tribunal advirtió que ningún foro primario había adjudicado previamente este planteamiento, y el recurso no buscaba la revisión de una orden judicial existente. Basándose en el precedente de *Pueblo v. Contreras Severino*, el Tribunal determinó que las reclamaciones de esta naturaleza deben ser atendidas inicialmente por la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Se enfatizó que esta agencia está en una mejor posición para manejar tales solicitudes de la población correccional. Por lo tanto, se instruyó al peticionario a presentar una Solicitud de Remedios Administrativos ante la institución correccional. Solo si resultara inconforme con la decisión final de la agencia, podría entonces presentar un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. En consecuencia, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500448
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones desestimó un recurso de certiorari presentado por Eduardo L. Guzmán Cardec contra una Orden de Protección para el Adulto Mayor (Ex Parte). Dicha orden, emitida el 3 de marzo de 2025 por el Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, prohibía a Guzmán molestar, acercarse o comunicarse con Juan Jiménez Jiménez, quien alegó haber sido insultado, amenazado y agredido con piedras. Guzmán impugnó la orden, argumentando que se basó en "testimonio de oídas" no corroborado y que la determinación de causa probable careció de verificación objetiva, violando sus derechos constitucionales. Solicitó la revocación de la orden, la anulación de procedimientos subsiguientes, una investigación judicial y compensación por daños. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones resolvió desestimar el recurso sin entrar en sus méritos. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción, priorizando la verificación de su autoridad para actuar antes de considerar los argumentos presentados.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500445
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en el caso de certiorari KLCE202500445, presentado por Kristopher González León. El Peticionario solicitó una reducción del 25% o modificación de una sentencia impuesta por el Tribunal de Primera Instancia. Tras examinar el recurso, el Tribunal de Apelaciones decidió desestimarlo. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción para atender la solicitud. El tribunal reitera su deber ineludible de determinar si posee jurisdicción antes de considerar los méritos de cualquier recurso, destacando que la ausencia de esta conlleva la nulidad de dictámenes y no puede ser subsanada. Se subraya que un recurso prematuro o tardío priva de jurisdicción al tribunal. Además, la resolución explica que el certiorari es un mecanismo procesal discrecional para revisar resoluciones u órdenes interlocutorias, no sentencias, y su propósito es evitar dilaciones indebidas. Se mencionan los criterios de la Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones para la expedición de un auto de certiorari. En este caso, la naturaleza de la petición de modificar una sentencia final a través de un certiorari no se alinea con la jurisdicción o el propósito de dicho recurso.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500228
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones conoció de una revisión administrativa interpuesta por ECo PSC contra el Municipio Autónomo de Mayagüez, impugnando una determinación de su Junta de Subastas. El recurso se relacionaba con el RFP Núm. 2025-009, sobre el control y prevención de inundaciones en la Comunidad El Seco, un proyecto financiado con fondos FEMA. ECo PSC solicitó la revisión de una decisión notificada el 8 de abril de 2025. Posteriormente, el Municipio de Mayagüez presentó una moción de desestimación por falta de jurisdicción debido a academicidad, informando que la Junta de Subastas había cancelado la adjudicación en controversia y procedería a reevaluar las ofertas. Ante esto, el Tribunal solicitó a ECo PSC que mostrara causa por la cual el recurso no debía ser desestimado. En respuesta, ECo PSC solicitó el desistimiento voluntario de su recurso sin perjuicio ni imposición de costas. Finalmente, el Tribunal acogió la solicitud de desistimiento de ECo PSC y ordenó el archivo del recurso, de conformidad con la Regla 83(B) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500234
Ponente:
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Resumen:
Carlos E. Rodríguez Fantauzzi presentó un recurso de Revisión Administrativa ante el Tribunal de Apelaciones para revocar una Resolución de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) emitida el 17 de marzo de 2025. Dicha resolución dejó sin efecto una pensión alimentaria mensual de $334.06 y restituyó una orden de alimentos semi-mensual de $239.55. La ASUME había tomado esta determinación luego de que el señor Rodríguez, quien inicialmente solicitó una rebaja de pensión, incumpliera con una orden de mostrar causa por su incomparecencia a una vista administrativa y por no responder a un interrogatorio. Previamente, la ASUME había ordenado una pensión de $334.04 mensual, la cual fue objeto de una solicitud de reconsideración por parte de Katiria Tolentino Serrano, alegando ocultamiento de ingresos. El recurrente imputó a la ASUME errores relacionados con la notificación de la vista administrativa y la admisión de nueva prueba en la etapa de reconsideración. Tras examinar el recurso, el Tribunal de Apelaciones desestimó la solicitud por falta de jurisdicción.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500417
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de Certiorari presentada por Adcon Corp. en un caso de cobro de dinero contra la Asociación de Condominios de Carolina Court Apartments. La peticionaria impugnaba la denegación del Tribunal de Primera Instancia (TPI) a su solicitud de dar por admitidas ciertas alegaciones de la demanda. Adcon Corp. argumentó que la contestación original del Condominio no negó específicamente los párrafos 5, 8, 9 y 10 de la demanda. El Condominio, por su parte, sostuvo que sus defensas afirmativas rebatían dichas alegaciones, atribuyendo la falta de numeración específica a un error tipográfico. El TPI denegó la moción de Adcon y permitió al Condominio enmendar su contestación, lo cual hizo. El Tribunal de Apelaciones, en el ejercicio de su discreción, declinó intervenir con lo actuado por el TPI. Concluyó que la contestación original del Condominio sí negó las alegaciones en controversia, validando la decisión del TPI de no darlas por admitidas.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500267
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Sentencia el 15 de mayo de 2025, resolviendo un recurso de apelación presentado por Virgenmina Berrocales Lugo. La apelante solicitó la revisión de una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, que había declarado "Ha Lugar" una solicitud de desestimación de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe). La controversia original se originó por una demanda de mandamus, sentencia declaratoria y daños y perjuicios interpuesta por la señora Berrocales Lugo contra la OGPe, la Autoridad de Tierras y otros. Berrocales Lugo alegó ser la única usufructuaria de la Finca Familiar del Proyecto Maravista Núm. 24, tras la cesión de derechos de su co-usufructuario, Asdrúbal Cruz Caraballo. Sostuvo que la Autoridad de Tierras se negó a otorgarle la titularidad y, en su lugar, procedió con la segregación de un predio de la finca a favor de José Cruz Caraballo y Sara Berrocales Lugo. La apelante argumentó que este proceso de segregación, aprobado por la OGPe, se realizó sin su conocimiento ni autorización, violando el debido proceso de ley y sus derechos como usufructuaria. Alegó que no fue notificada como colindante ni como titular del usufructo durante el proceso. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, confirmó el dictamen apelado, manteniendo la desestimación de la OGPe.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202400658
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones conoce un recurso de Certiorari instado por Amaris Urbina Echevarría, solicitando la revisión de una Orden emitida el 13 de mayo de 2024 por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Caguas. Dicha Orden accedió a la petición de Alejandro Antonio Orizondo Álvarez-Mena para que la Secretaría realizara la notificación por edicto de la Sentencia Parcial Enmendada del 6 de septiembre de 2023, mediante el formulario OAT-686. El caso original, iniciado en 2020, versa sobre una acción de reivindicación y división y liquidación de comunidad de bienes. Previamente, el TPI había dictado una Sentencia Parcial el 6 de abril de 2022, desestimando la reconvención de la señora Urbina Echevarría y la demanda de intervención del señor Eric Resto León. La Sentencia Parcial Enmendada de 2023 fue objeto de un recurso anterior ante este Tribunal de Apelaciones, el cual fue desestimado por prematuro al no haberse notificado debidamente por edicto. La señora Urbina Echevarría impugna la Orden recurrida, alegando que el TPI erró al dictar órdenes a solicitud de parte, incluso cuando el propio tribunal pudiera considerar que no procedía.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500307
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revocó una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que había desestimado sin perjuicio una demanda por daños y perjuicios. El apelante, Alvin Hermina Venes, un confinado, había demandado a Xavier González Legarreta, un funcionario del Departamento de Corrección y Rehabilitación, por alegada negligencia al mentirle sobre el proceso de aplicación para un programa, causándole angustias mentales y solicitando una compensación económica. El foro primario desestimó la causa de acción al considerar que el apelante no había cumplido con la Regla 4.3(c) de las Reglas de Procedimiento Civil, referente a la presentación y diligenciamiento de emplazamientos. El apelante, quien comparecía por derecho propio y en forma pauperis, había intentado emplazar al demandado por sus propios medios. Tras intentos infructuosos, solicitó la intervención del tribunal para que un alguacil realizara el diligenciamiento. El tribunal de instancia le ordenó completar los proyectos de emplazamiento para que fueran diligenciados por un alguacil, lo cual el apelante hizo. No obstante, el foro primario procedió con la desestimación. La decisión del Tribunal de Apelaciones implica que el foro primario erró al aplicar la referida regla o al evaluar los esfuerzos del apelante para cumplir con el proceso de emplazamiento.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202401093
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirmó una Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Esta sentencia desestimó con perjuicio la causa de acción instada por Mónica Longo Marrero y su madre contra Dorado Beach East Homeowners Association, Inc. y José Velázquez. La controversia se originó con una demanda de injunction presentada por las Sras. Longo Marrero y Marrero, alegando que PR Alpha Investments, LLC y Rick Shrotri construyeron una pared de concreto sobre una servidumbre pluvial y de mantenimiento en su propiedad, causando daños. Las demandantes solicitaron la reparación del desagüe y una indemnización por daños y perjuicios. PR Alpha Investments, LLC y Rick Shrotri, quienes apelaron la Sentencia Parcial, argumentaron que la Sra. Longo Marrero había aprobado la construcción del muro o que ellos habían recibido autorización verbal de la Asociación para realizar obras de emergencia. Sin embargo, la Asociación y el señor Velázquez solicitaron sentencia sumaria, afirmando que no aprobaron ni participaron en la construcción del muro y que los apelantes no siguieron los procedimientos de autorización establecidos. El Tribunal de Primera Instancia encontró que no existía controversia en cuanto a la falta de aprobación o participación de la Asociación y el señor Velázquez. Consecuentemente, el Tribunal de Apelaciones ratificó la decisión de primera instancia, confirmando la desestimación de la demanda contra la Asociación y el señor Velázquez.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202401132
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Sentencia en el caso de Nimia María Ramos Beauchamp contra sus hermanas, Noemí Hebe Ramos Beauchamp y Nicole Antoinette Ramos Beauchamp. La apelación se centra en la administración y partición de las herencias de sus padres, fallecidos intestados en Nueva York. Nimia Ramos solicitó la revocación de una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda sin perjuicio, alegando falta de emplazamiento y de parte indispensable. Su demanda original buscaba la partición de los bienes gananciales, su nombramiento como administradora y contadora partidora, y la exclusión de Nicole de una parte de la herencia de su madre. Nimia también presentó una moción de sentencia sumaria, la cual fue denegada por el foro primario por incumplimiento de requisitos procesales y la ausencia de un proyecto de cuaderno particional. La hermana Noemí Ramos se opuso a dicha moción, señalando deficiencias en la prueba, la necesidad de un exequátur para una decisión de Nueva York y la falta de rendición de cuentas por parte de Nimia. El Tribunal de Primera Instancia finalmente desestimó la causa de acción de Nimia Ramos el 22 de octubre de 2024. Por los fundamentos que se expondrán, el Tribunal de Apelaciones revoca la Sentencia apelada, indicando que la desestimación inicial es revertida.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500363
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición de un auto de certiorari solicitado por Roberto J. López Román, candidato a la Alcaldía de Caguas. López Román buscaba la revisión y revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que descalificó a su representación legal, el Lcdo. Christian J. Francis Martínez y su bufete. El Municipio Autónomo de Caguas había solicitado la descalificación alegando un conflicto de interés bajo el Canon 21 del Código de Ética Profesional, debido a que el abogado había representado previamente al Municipio y promovía otros pleitos en su contra. El peticionario argumentó que los procedimientos anteriores no estaban relacionados con su Recurso Especial de Revisión Judicial para el Acceso a Información Pública y que no se revelaron confidencias. Además, señaló que el TPI erró al descalificar sin celebrar una vista probatoria. El TPI había declarado "Ha Lugar" la solicitud de descalificación y denegado una reconsideración. Tras la oposición del Municipio y la revisión de los señalamientos de error, el Tribunal de Apelaciones concluyó denegar la solicitud de certiorari.
2025 • 15 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500116
Ponente:
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Resumen:
Una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico examina la apelación interpuesta por Ferdinand Zayas Burgos contra el Municipio Autónomo de Santa Isabel. El señor Zayas Burgos había presentado una querella alegando discrimen político, por condición de salud, represalias, acoso laboral y daños y perjuicios. El Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, desestimó la querella inicial del demandante. Esta desestimación se fundamentó en una moción del Municipio, que argumentaba la falta de fechas específicas para los hechos denunciados en la querella enmendada, lo cual afectaba la defensa de prescripción. Zayas Burgos se opuso a la desestimación, indicando que la querella sí delimitaba un periodo temporal para los eventos. Posteriormente, el demandante solicitó reconsideración y autorización para enmendar la querella, pero ambas peticiones fueron denegadas por el foro primario. La apelación actual busca la revisión de la Sentencia de desestimación y las resoluciones subsiguientes emitidas por el Tribunal de Primera Instancia.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500177
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, mediante un Panel Especial, emitió una Resolución el 14 de mayo de 2025 en el caso KLCE202500177. Este recurso de Certiorari se originó en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, bajo el caso SJ2024CV04185, y versaba sobre Daños y Perjuicios. Las partes involucradas eran Victoria A. Colón McFarland y Carlos M. Colón Negrón como recurridos, y Uber Technologies, et. al. como peticionarios. La resolución responde a un Aviso de Desistimiento presentado por la parte peticionaria el 13 de mayo de 2025. Conforme a la Regla 83(A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, la solicitud de desistimiento fue declarada con lugar. Consecuentemente, el Tribunal ordenó el archivo definitivo de esta causa. La decisión fue acordada y mandada por el Tribunal, y certificada por la Secretaria del Tribunal de Apelaciones.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500200
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones desestimó un recurso de revisión administrativa presentado por Jesús Moreno Pérez contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). Moreno Pérez buscaba la revisión de una "Resolución" del DCR del 17 de enero de 2025, que lo sancionó por violar el Reglamento Número 9221. La sanción se originó de una querella disciplinaria del 18 de septiembre de 2024, alegando que el confinado obstaculizó la visibilidad de su celda con una sábana. Tras una vista administrativa y la confirmación de la sanción por el DCR, Moreno Pérez acudió al Tribunal de Apelaciones. En su recurso, argumentó fallas en el debido proceso y discrepancias en el informe disciplinario. Sin embargo, el Tribunal ordenó en dos ocasiones a Moreno Pérez evidenciar el cumplimiento con la Regla 58(B) de su Reglamento. Ante el incumplimiento reiterado del recurrente con estas órdenes, el Tribunal procedió a desestimar el recurso.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500234
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una sentencia en el caso de Inocencia Casiano Díaz y otros contra Grimaldi Maldonado Maldonado, referente a una apelación sobre la nulidad de un testamento abierto. Los apelantes impugnaron el testamento otorgado por Silvia Casiano Díaz en 2019, alegando incumplimiento del notario en la lectura del documento, la obtención de aprobación y las advertencias legales, así como la falta de unidad de acto. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda original porque los apelantes no incluyeron a la Sucesión de Héctor José Figueroa Casiano, considerada una parte indispensable en el pleito. El apelado solicitó la confirmación de dicha desestimación. Argumentó que la demanda constituía cosa juzgada, ya que los apelantes habían presentado demandas similares sobre el mismo testamento en dos ocasiones anteriores. Ambas demandas previas fueron desestimadas por no haber emplazado a la Sucesión Figueroa Casiano, una de ellas con perjuicio. La presente apelación busca revocar la sentencia de desestimación del foro primario.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500214
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emitió una resolución denegando un auto de certiorari solicitado por el Procurador General en el caso de El Pueblo de Puerto Rico contra Bryan Jobby Vázquez Alvarado. El Procurador General buscaba revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que desestimó las acusaciones contra Vázquez Alvarado, imputado bajo el Artículo 3.3 de la Ley 54 y el Artículo 53-A de la Ley 57. La desestimación por el foro primario, fundamentada en la Regla 64(n)(4) de Procedimiento Criminal, se originó en una disputa sobre el descubrimiento de prueba. La defensa había solicitado acceso a la nube (iCloud) del teléfono móvil de la perjudicada, Crystal Crouch Figueroa, alegando que contenía videos exculpatorios que mostraban a la perjudicada agrediendo al acusado, según su testimonio en vista preliminar. A pesar de la oposición del Ministerio Público, que argumentó intromisión a la intimidad y la falta de posesión del teléfono por la perjudicada, el tribunal de primera instancia inicialmente declaró "ha lugar" la solicitud de la defensa. El Ministerio Público no facilitó la información requerida, lo que llevó a la desestimación de los cargos. Tras examinar la solicitud y el expediente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión del foro primario al denegar el auto de certiorari.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLRA202500210
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones confirmó una determinación administrativa del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) en un recurso de revisión judicial presentado por Juan C. Delgado Merced. El recurrente, un miembro de la población correccional, solicitó inicialmente un remedio administrativo para que se "arreglara la confección del café", alegando que era "agua y sin azúcar" y no podía consumirlo. El DCR respondió que el café se preparaba según las especificaciones de la nutricionista para evitar complicaciones de salud. Inconforme, el señor Delgado Merced solicitó una reconsideración, argumentando que la respuesta no abordaba el problema de la preparación. La División de Remedios Administrativos del DCR denegó la reconsideración, reiterando que el café se ajustaba a los estándares nutricionales y señalando que solo se habían recibido dos quejas similares. Posteriormente, el señor Delgado Merced acudió al Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de revisión judicial, alegando que las respuestas del DCR eran arbitrarias y caprichosas, y solicitando una orden para asegurar una buena confección de los alimentos. El Tribunal, aplicando el principio de amplia deferencia a las decisiones de las agencias administrativas por su experiencia y pericia, confirmó la determinación recurrida.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500254
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una sentencia confirmando la desestimación de una demanda interpuesta por Ángel Pizarro Ramos contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). Pizarro apeló la decisión del Tribunal de Primera Instancia que desestimó, por falta de jurisdicción, su reclamación de mandamus y daños y perjuicios. Su demanda original alegaba que el DCR actuó incorrectamente al sancionarlo por contrabando (un billete de $20) encontrado en su correspondencia, argumentando violación de sus derechos y reglamentos, y solicitando una indemnización de $100,000. El DCR había solicitado la desestimación por no haber Pizarro agotado los remedios administrativos disponibles tras una resolución que validó la sanción. Pizarro, por su parte, sostuvo que la doctrina de agotamiento no aplicaba y que la notificación de la resolución administrativa fue defectuosa al no advertirle sobre su derecho a recurrir ante el Tribunal de Apelaciones. Sin embargo, el Tribunal de Primera Instancia concluyó que Pizarro no tenía derecho a remedio y que el planteamiento sobre la notificación no le otorgaba jurisdicción. Consecuentemente, el Tribunal de Apelaciones ratifica la sentencia apelada, manteniendo la desestimación de la demanda.
2025 • 14 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLAN202500152
Ponente:
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Resumen:
Una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirma el dictamen del Tribunal de Primera Instancia que desestimó una reclamación por incumplimiento de contrato y declaró ha lugar una reconvención. Los apelantes, Eliam J. Fernández Huertas y Héctor Fernández López, buscaban la revocación de la Sentencia Sumaria enmendada emitida por el TPI, la cual les fue adversa. Su demanda original, presentada en 2015 contra Puerto Rico Packers, Inc. y Alcides Algarín Santiago, alegaba un contrato de compraventa de un solar en Loíza desde 2001, con pagos aplazados. Argumentaron que en 2012, el señor Fernández López fue coaccionado a firmar un nuevo contrato de arrendamiento que contradecía el acuerdo original de compraventa. Los apelantes sostenían haber cumplido con los pagos por años, que excedieron el precio de venta acordado, y que la propiedad fue gravada fraudulentamente por los apelados. Solicitaron ser declarados dueños del solar, la transferencia de la propiedad libre de gravámenes y compensación por daños. Por su parte, los apelados afirmaron que el acuerdo inicial era un contrato de arrendamiento con opción a compraventa, con un plazo definido para ejercer la opción, y que un contrato de arrendamiento posterior de 2012 suprimió cualquier acuerdo previo. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, confirmó la sentencia apelada, manteniendo la desestimación de la demanda de los apelantes y la validez de la reconvención de los apelados.
2025 • 13 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500326
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisó, mediante un recurso de Certiorari acogido como apelación, una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, emitida el 27 de febrero de 2025. Dicha Resolución ordenaba al Sr. Jorge Enrique Class Gago (apelante) reembolsar a la Sra. Niury Miras Esteva (apelada) la cantidad de $6,919.25 por concepto de "gastos suplementarios" de pensión alimenticia para el menor J.I.C.M. El Tribunal de Apelaciones modificó y, así modificada, confirmó la Resolución recurrida. El caso se originó en 2016 con estipulaciones que fijaban una pensión alimentaria de $1,350 mensuales, además de que el apelante sufragara el 100% de gastos escolares específicos y el 50% de gastos médicos extraordinarios mayores de $100 no relacionados con la diabetes del menor. En 2020, la apelada solicitó el reembolso de gastos suplementarios por $6,919.25, incluyendo gastos médicos, de laboratorio y escolares, alegando incumplimiento de las estipulaciones. El apelante se opuso, argumentando que la prueba no fue remitida, que no aceptaba el cálculo de ciertos gastos médicos y que los gastos de matrícula escolar ya estaban incluidos en la pensión fija. En agosto de 2022, el Tribunal de Primera Instancia resolvió que el padre aportaría el 100% de todos los gastos extraordinarios del menor y los relacionados con su condición de diabetes. Además, las partes aportarían el 50% de los gastos mayores de $100 no relacionados con la diabetes, considerando cada recibo individualmente. Los reembolsos de gastos escolares no incluirían la matrícula, ya cubierta por la mensualidad de la pensión. Esta determinación fue la que el Tribunal de Apelaciones revisó, modificó y confirmó.
2025 • 13 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500339
Ponente:
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Resumen:
Joel Villanueva Morales presentó un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, impugnando una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud para eliminar fotos y huellas dactilares de sus antecedentes penales. El peticionario fue convicto en 2006 por infracciones al Código Penal y la Ley de Armas, recibiendo multas y una sentencia suspendida. En 2023, logró que sus convicciones fueran eliminadas del récord de antecedentes penales y del sistema judicial. Posteriormente, en 2025, solicitó la eliminación de sus fotos y huellas, argumentando que las condenas eran por delitos menos graves y que sus convicciones ya habían sido expurgadas. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar esta moción, indicando que la solicitud era ajena a la resolución previa y que la devolución de huellas y fotos solo procede en casos de absolución o indulto. Tras una reconsideración denegada, Villanueva Morales acudió al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari, pero confirmó la resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2025 • 13 de mayo de 2025
Número de Caso:
KLCE202500330
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución denegando expedir un recurso de certiorari solicitado por William Guzmán Colón. El peticionario buscaba la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, notificada el 12 de marzo de 2025, que declaró "No Ha Lugar" su solicitud para reanudar la custodia compartida de su hija menor, I.G.R., con Maraliz Rivera Ortiz. Este caso de divorcio ha involucrado múltiples controversias judiciales sobre la custodia de la menor. Previamente, un informe social forense de septiembre de 2023 había recomendado la custodia compartida, recomendación que fue sostenida por el Tribunal de Primera Instancia en julio de 2024. No obstante, en enero de 2025, la recurrida se negó a entregar a la menor, alegando que esta no deseaba ir con el peticionario. Tras una vista evidenciaria y una entrevista con la menor en febrero de 2025, el Tribunal de Primera Instancia interrumpió la custodia compartida. La moción urgente de Guzmán Colón para reinstaurar dicha custodia fue denegada en marzo de 2025, remitiendo el caso a la Unidad Social para recomendaciones provisionales. El Tribunal de Apelaciones, tras analizar los fundamentos, decide no expedir el recurso solicitado.