Partes:
PASTOR ESCOBAR, MARIA ANGELICA V. BAEZ MELENDEZ, JOSE YAMIL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202500422
Año:
2025
Fecha:
16 de mayo de 2025
El Tribunal de Apelaciones, en resolución del 16 de mayo de 2025, denegó un recurso de Certiorari presentado por José Yamil Báez Meléndez. El peticionario buscaba la revisión de una Resolución Interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia de Caguas que declaró No Ha Lugar su Moción de Sentencia Sumaria. El caso subyacente se originó con una demanda de injunction y sentencia declaratoria presentada por María Angélica Pastor Escobar. Ella alegó ser la heredera universal de Paul Escobar Juárez, único dueño de Escotech, Inc., y que Báez Meléndez, un empleado, se apropió de las acciones y bienes de la corporación mediante una supuesta donación nula. Pastor Escobar solicitó ser declarada titular de las acciones y la devolución de los bienes. Báez Meléndez, por su parte, argumentó que la donación de las acciones fue válida y conforme a derecho, solicitando la desestimación de la demanda. La recurrida se opuso a la sentencia sumaria, alegando que se basaba en prueba de referencia inadmisible. El Tribunal de Apelaciones también declaró No Ha Lugar la Moción en Auxilio de Jurisdicción presentada por el peticionario.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL ¹ | ||
|---|---|---|
| María Angélica Pastor ESCOBAR Recurrida | KLCE202500422 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas |
| v. | Caso Núm.: CG2022CV00120 (801) | |
| José Yamil Báez Meléndez y otros Peticionario | Sobre: Injunction (Entredicho Provisional, Injunction Preliminar y Permanente) y otros |
Panel integrado por su presidenta; la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Santiago Cal...
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