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Casos del Tribunal de Apelaciones (Página 363)

QUIÑONES RIVERA, ROBERTO P V. ADMINISTRACION DE CORRECCION

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401295

Ponente:

—

Resumen:

Roberto Quiñones Rivera apeló una Resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) ante el Tribunal de Apelaciones. El caso se originó con una solicitud de remedio administrativo presentada por Quiñones Rivera, alegando conducta impropia de un sargento tras un incidente relacionado con sus pertenencias. La División de Remedios Administrativos inicialmente dio una respuesta que Quiñones Rivera consideró insatisfactoria. Tras solicitar reconsideración, el Coordinador Regional del DCR emitió una Resolución modificada. Esta Resolución refirió el reclamo de Quiñones Rivera para que fuera investigado por el Comandante de la Guardia, entendiendo que el asunto ameritaba una investigación formal. Inconforme con esta determinación de referir a investigación, Quiñones Rivera acudió al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el caso, resolvió confirmar la Resolución emitida por el DCR. El proceso se enmarca en el Reglamento del DCR para atender solicitudes de remedios administrativos de la población correccional.

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F.G. AUTO RETAIL, INC. VS RAMOS NIEVES, JOSE L

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201402049

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones revisa mediante certiorari una Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia en un caso de daños y perjuicios. La Sentencia Parcial recurrida desestimó con perjuicio las reclamaciones contra varios codemandados, incluyendo a Colón Motors Auto Sale y el Departamento de Transportación y Obras Públicas. El Tribunal de Apelaciones determina que dicha Sentencia Parcial no cumplió con los requisitos formales de la Regla 42.3 de Procedimiento Civil. Por tanto, no constituía una sentencia final apelable. Acogiendo el recurso como certiorari, el Tribunal de Apelaciones revoca el dictamen recurrido. Se ordena la devolución del caso al Tribunal de Primera Instancia. El propósito es que el foro primario emita una nueva sentencia parcial que cumpla con las formalidades exigidas por la Regla 42.3.

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SCOTIABANK OF PUERTO RICO VS SUAREZ SOTO, RAMON ANTONIO

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201402032

Ponente:

—

Resumen:

Scotiabank apeló una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó sin perjuicio una demanda de ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. La sentencia inicial fue dictada el 17 de noviembre de 2014 y notificada con un formulario que advertía del derecho a apelar. Scotiabank presentó una solicitud de reconsideración, la cual fue declarada no ha lugar por el TPI el 3 de diciembre de 2014. La resolución denegando la reconsideración se notificó con un formulario distinto que no advertía del derecho a apelar. Inconforme, Scotiabank presentó esta apelación, alegando error en la desestimación y la negativa a aceptar diligencias juramentadas y trámite de emplazamiento por edictos. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso. El tribunal concluyó que carecía de jurisdicción para atender la apelación. Se desestimó el recurso por considerarlo prematuro. La corte reitera que un recurso prematuro, al igual que uno tardío, priva de jurisdicción al tribunal y carece de eficacia jurídica. La notificación de los dictámenes judiciales con el formulario administrativo correcto es crucial para la determinación de la jurisdicción apelativa.

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CRUZ DIAZ, BRANDA V. PRATS VEGA, MANUEL R

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401659

Ponente:

—

Resumen:

Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de alimentos. El peticionario, Manuel R. Prats Vega, solicitó la revisión de una pensión alimentaria previamente acordada en 2010. Dicho acuerdo fijaba una pensión mensual sustancial, más gastos de vivienda y vacaciones para los dos hijos menores de las partes. En diciembre de 2013, el peticionario pidió la modificación alegando cambio en su capacidad económica. El proceso incluyó descubrimiento de prueba sobre los gastos de los menores. El peticionario impugnó una orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que adoptó las recomendaciones de la Examinadora de Pensiones. Estas recomendaciones limitaban el periodo de revisión de gastos y establecían una fecha límite para el descubrimiento. El peticionario solicitó al Tribunal de Apelaciones revocar la orden del TPI. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta resolución, denegó la expedición del auto de Certiorari solicitado.

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D A C O VS NEW ENERGY CONSULTANTS AND CONTRACTORS

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401793

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión del Tribunal de Primera Instancia. El caso involucra a New Energy Consultants and Contractors, Inc. y Luis M. Cabrera, quien adquirió un sistema fotovoltaico. New Energy se comprometió a gestionar créditos contributivos gubernamentales para Cabrera. Tras una querella de Cabrera por incumplimiento, el D.A.Co. ordenó a New Energy realizar gestiones para que la A.E.E. reembolsara el 60% del costo. New Energy no apeló la resolución del D.A.Co., la cual advino final y firme. Posteriormente, el D.A.Co. solicitó la ejecución de la resolución en el Tribunal de Primera Instancia. Este tribunal, en rebeldía, ordenó a New Energy pagar directamente a Cabrera el 60% del costo, lo cual difería de la orden original del D.A.Co. New Energy apeló esta sentencia, alegando haber sometido la solicitud inicial y que la potestad de reembolso recaía en la A.E.E., no en ellos. La sentencia del Tribunal de Apelaciones aborda la validez de la orden del Tribunal de Primera Instancia y la discrepancia con la resolución administrativa firme.

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EAC GENERAL CONTRACTORS, INC. V. A DE EDIFICIOS PUBLICOS

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401308

Ponente:

—

Resumen:

ECA General Contractors, el postor más bajo, impugnó la adjudicación de la Subasta AEP-2022 por la Autoridad de Edificios Públicos a Karimar Construction. La Junta de Subastas inicialmente justificó no adjudicar a ECA por supuesta falta de experiencia en proyectos similares y pobre desempeño previo. ECA apeló ante la Junta de Revisión, alegando tener la experiencia requerida y que la evaluación de su desempeño fue arbitraria. La Junta de Subastas emitió una notificación enmendada, manteniendo la falta de experiencia y añadiendo que los costos de ECA estaban significativamente por debajo de las estimaciones, considerándolo no responsivo y un riesgo. ECA solicitó reconsideración ante la Junta de Revisión, impugnando estas nuevas justificaciones. La Junta de Revisión declaró No Ha Lugar la solicitud de ECA. Inconforme, ECA presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal examinó los escritos y el derecho aplicable. Acordó revocar la Resolución emitida por la Junta de Revisión, favoreciendo la posición de ECA en esta etapa del proceso.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. TOLEDO ROJAS, ULISES

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500013

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró un recurso de certiorari presentado por Ulises Toledo Rojas. Toledo Rojas solicitaba la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su petición para suprimir evidencia. La evidencia fue obtenida mediante un registro y allanamiento realizado con una orden judicial. El peticionario argumentó que la Declaración Jurada que sirvió de base para la orden carecía de detalles suficientes. El Ministerio Público se opuso, sosteniendo la presunción de corrección de la orden. El Tribunal de Apelaciones examinó la Declaración Jurada del agente Edgardo Díaz Soto. La declaración describía observaciones del agente sobre Toledo Rojas manejando sustancias que parecían ser cocaína y marihuana y realizando transacciones fuera de su residencia. Tras estudiar el expediente y la transcripción de la prueba, el Tribunal de Apelaciones acordó denegar la expedición del auto de certiorari. Esta decisión confirma la determinación del Tribunal de Primera Instancia de no suprimir la evidencia cuestionada.

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BECHARA FAGUNDO, MELISA VS WESTERN SHOPPING CENTER NORTE INC

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401711

Ponente:

—

Resumen:

Resuelve los recursos de apelación KLAN201401711 y KLAN20141933 presentados por José Antonio y Carlos Bechara Fagundo. Los apelantes buscaban revocar una Sentencia Sumaria Enmendada dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez. Dicha sentencia sumaria había declarado ha lugar una moción de los codemandados Dennis y Eileen Bechara Bravo y corporaciones relacionadas. El caso original se inició con una demanda para anular escrituras de permuta de propiedades de una comunidad hereditaria por acciones corporativas. Los codemandados contestaron la demanda y presentaron una reconvención. El Tribunal de Apelaciones ordenó la consolidación de los dos recursos de apelación por tratarse de la misma sentencia y partes. Finalmente, el Tribunal desestimó los recursos. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción por considerarlos prematuros.

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ADM DE TERRENOS DE PUERTO RICO V. CORP PESQUERA HENARES INC

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401595

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de expropiación. La Administración de Terrenos (AT) solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha Resolución denegó una moción de sentencia sumaria presentada por la AT. La moción buscaba desestimar una reclamación de daños de Corp. Pesquera Henares (CPH). CPH alegó que la expropiación de su estacionamiento por parte de la AT en 2002 causó daños a su edificio remanente. Argumentó que ambos predios funcionaban como una unidad económica y la pérdida del estacionamiento afectó el valor del edificio. La AT sostuvo que CPH no tenía derecho a los daños reclamados y que el edificio no era un remanente legal. El TPI denegó la sentencia sumaria, pero no identificó los hechos controvertidos que impedían la disposición sumaria. El Tribunal de Apelaciones resuelve expedir el auto de certiorari solicitado por la AT. Se revoca la Resolución del TPI por no cumplir con los requisitos procesales al denegar la sentencia sumaria.

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D DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS V. CRIMINAL TASK FORCE INTERNATIONAL INC

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401594

Ponente:

—

Resumen:

Se trata de una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico denegando una petición de certiorari. La parte peticionaria, Criminal Task Force International, Inc., solicitó la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de reclamación de salarios bajo la Ley Núm. 2. La controversia se centró en que los escritos iniciales de la corporación peticionaria fueron presentados por su presidente, quien no es abogado. El foro primario dictó sentencia sumaria contra la peticionaria por no presentar contestación adecuada. Tras una moción de reconsideración, el Tribunal de Primera Instancia dejó sin efecto la sentencia, mantuvo la anotación de rebeldía y ordenó una vista evidenciaria. La peticionaria recurrió en certiorari, alegando que el tribunal erró al anotar la rebeldía y anular sus actuaciones por no estar representada por abogado, sin haberla apercibido previamente. El Tribunal de Apelaciones evaluó los fundamentos presentados. Por los fundamentos expuestos, se deniega la expedición del auto de certiorari.

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DIAZ ROSARIO, JOSE I V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLEM201400044

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Sentencia en respuesta a un escrito presentado por José I. Díaz Rosario contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El escrito, titulado "Moción sobre Solicitud de Prórroga", no formulaba señalamientos de error ni discutía asuntos sujetos a revisión judicial. Tampoco incluía una resolución para revisar ni reclamaba un remedio específico. En cambio, se limitaba a solicitar una prórroga para presentar un presunto "escrito de revisión". El Tribunal determinó que el escrito presentaba defectos que impedían su revisión, concluyendo que carecía de jurisdicción. Consideró que el recurso no se presentó con diligencia y no planteaba una controversia sustancial. Por tanto, el Tribunal desestimó el escrito *motu proprio* por incumplir con las disposiciones de la Regla 83 (C) (1), (3) y (4) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. La Sentencia ordena notificar a las partes, incluyendo la entrega de una copia al confinado Díaz Rosario.

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REYNOSO, JONATHAN V. DAVILA RIVERA, AIDA

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401581

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en un recurso de certiorari relacionado con un caso de desahucio. El peticionario, Jonathan Reynoso, solicita la revisión de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que decretó su desalojo. El Tribunal de Apelaciones deniega la petición de certiorari presentada. La denegación se basa en el craso incumplimiento del peticionario con las disposiciones del Reglamento de Apelaciones. Este incumplimiento procesal impide al tribunal acreditar su jurisdicción para entender en el recurso. La resolución enfatiza la importancia de observar rigurosamente las normas reglamentarias para la presentación de recursos apelativos. Se detallan requisitos específicos de la Regla 34 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones sobre el contenido y apéndice de la solicitud de certiorari, los cuales no fueron cumplidos por el peticionario.

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COOPERATIVA DE SEGUROS MULTIPLES DE PR VS HERNANDEZ PEDRAZA, JOSE A

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401855

Ponente:

—

Resumen:

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SOCIAL HOUSING FOR ALL, INC. V. JUNTA DE PLANIFICACION DE PR

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400576

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones revisa la denegatoria de una consulta de ubicación solicitada por Social Housing For All, Inc. para un proyecto residencial en Guánica. La Junta de Planificación había denegado la solicitud, lo cual Social Housing recurrió. Los terrenos en cuestión fueron adquiridos por Social Housing cuando su calificación era UR (urbanizable). No obstante, previo a la presentación de la consulta de ubicación, la Junta de Planificación adoptó el Plan Territorial de Guánica. Este nuevo plan cambió la calificación de los predios a AP (Agrícola Productivo) y los clasificó como SREP (Suelo Rústico Especialmente Protegido). La Oficina de Gerencia de Permisos recomendó no aprobar la consulta. El fundamento fue que el uso residencial propuesto no se permite en el distrito con la nueva calificación. Tras revisar los hechos, el Tribunal de Apelaciones confirma la Resolución recurrida de la Junta de Planificación.

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MARTINEZ FERNANDEZ, LUIS V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401423

Ponente:

—

Resumen:

Comparece ante el Tribunal de Apelaciones Luis A. Martínez Fernández, confinado del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Solicita la revisión de una determinación administrativa que ratificó su nivel de custodia mediana. Aunque una evaluación de clasificación arrojó una puntuación para custodia mínima, el Comité de Clasificación mantuvo la custodia mediana considerando la gravedad de los delitos y la pena impuesta, a pesar de reconocer su buen comportamiento. El recurrente apeló esta decisión administrativamente, siendo denegada su apelación. Posteriormente, presentó una solicitud de reconsideración ante el foro administrativo. Sin embargo, el recurrente acudió al Tribunal de Apelaciones mientras su petición de reconsideración aún estaba pendiente de resolución. El Tribunal determina que el recurso fue presentado prematuramente, impidiendo el ejercicio de su función revisora. Por tanto, se desestima el recurso por falta de jurisdicción, al no existir una determinación administrativa final y firme.

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CANCEL MONTES, ALEJANDRO V. ADMINISTRACION DE CORRECCION

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401428

Ponente:

—

Resumen:

Alejandro Cancel Montes solicitó un recurso de mandamus contra el Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente pedía que se ordenara al Secretario emitir una certificación acreditando el tiempo que estuvo bajo custodia de la agencia. Cancel Montes necesitaba esta certificación para probar que se encontraba confinado en Puerto Rico en una fecha en que, según documentos de Florida, fue arrestado por DUI en North Carolina, lo que sugiere un posible robo de identidad. Alegó haber solicitado la certificación y sus huellas dactilares al Departamento en octubre de 2014 sin obtener respuesta, enfrentando un peligro inminente de ser detenido. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso. La corte desestimó la solicitud de mandamus. La desestimación se fundamentó en que la petición no cumplió con los requisitos establecidos para la expedición de dicho recurso extraordinario. El documento explica que el mandamus procede solo para deberes ministeriales claros y cuando no existe otro remedio legal adecuado.

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MONTALVO POLLOCK, JORGE L V. NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401436

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión administrativa del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. La decisión denegó beneficios de desempleo a Jorge L. Montalvo Pollock. El Negociado de Seguridad de Empleo y las instancias administrativas confirmaron la denegatoria. Esto se basó en el despido del recurrente por Suiza Dairy Corporation debido a ausencias y tardanzas injustificadas. Las autoridades administrativas determinaron que el recurrente violó reglamentos del patrono y había recibido amonestaciones previas. Ante el tribunal, el recurrente alegó que sus condiciones de salud (apnea del sueño, presión alta, diabetes) afectaron su asistencia. También argumentó que el convenio colectivo no contemplaba el despido por tardanzas. El tribunal concedió al recurrente litigar como indigente. La sentencia procede a discutir el estándar de revisión judicial de decisiones administrativas bajo la LPAU.

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FELICIANO, MICHAEL V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400931

Ponente:

—

Resumen:

Michael Feliciano solicitó la revisión judicial de una resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra. La Junta había denegado su petición de libertad bajo palabra y ordenado el cierre y archivo de su caso. La Junta fundamentó su decisión en que carecía de jurisdicción para atender la solicitud. Explicó que el Artículo 522(a) de la Ley de Sustancias Controladas excluye del beneficio de libertad bajo palabra a personas convictas por infracción al Artículo 411(a) en ciertas modalidades. El señor Feliciano cumple una sentencia de veinte años por violación a dicho Artículo 411(a). Tras una solicitud de reconsideración denegada por la Junta, acudió al Tribunal de Apelaciones. El recurrente alegó que la Junta erró y violó el debido proceso de ley al no concederle el privilegio. El Tribunal de Apelaciones, mediante sentencia, confirmó la Resolución emitida por la Junta de Libertad Bajo Palabra.

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SCOTIABANK DE PUERTO RICO VS MENDEZ LOPEZ, IRVING

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201402065

Ponente:

—

Resumen:

Este documento es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Scotiabank de Puerto Rico apeló una decisión del Tribunal de Primera Instancia que desestimó sin perjuicio su demanda de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Tras la desestimación inicial, Scotiabank presentó una moción de reconsideración, la cual fue denegada por el tribunal de instancia. Inconforme con esta denegatoria, Scotiabank interpuso el presente recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, resuelve desestimar la apelación. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción por considerar que el recurso fue presentado de manera prematura. La prematuridad del recurso está vinculada al proceso de notificación de la resolución que denegó la moción de reconsideración.

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CRUZ PADILLA, JAIME V. OPERATING PARTNERS CO., INC..

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401086

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de Operating Partners Co. contra una resolución sumaria del DACO. El DACO ordenó a Operating Partners eliminar un gravamen de vehículo desaparecido impuesto sobre un automóvil de Jaime Cruz Padilla y pagarle daños y honorarios de abogado. Cruz Padilla se querelló ante el DACO alegando que el gravamen se anotó sin notificación ni orden judicial, impidiéndole renovar el marbete y usar su vehículo desde 2013. La resolución sumaria del DACO se basó, en parte, en la falta de respuesta de Operating Partners a un requerimiento de admisiones. Mediante las admisiones tácitas, se estableció la titularidad de Cruz Padilla, la ausencia de relación contractual o deuda con Operating Partners, y la imposición indebida del gravamen que causó la privación del uso del vehículo y daños. Operating Partners solicitó la revocación de esta resolución ante el Tribunal de Apelaciones.

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MENDEZ GONZALEZ, RAUL VS KELLER-CRESCENT CO. INC.

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201400865

Ponente:

—

Resumen:

Este documento presenta una apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un caso de despido injustificado. El apelante, Raúl Méndez González, impugna una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su reclamación contra Keller-Crecent Co., Inc. Méndez González alegó haber sido despedido sin justa causa en julio de 2011, tras años de servicio, habiendo retirado previamente una reclamación por discrimen por edad. Keller-Crecent justificó el despido como resultado de una reorganización empresarial que eliminó una plaza de técnico mecánico. La empresa sostuvo que seleccionó a Méndez González para el despido por ser el empleado de menor antigüedad en dicha clasificación, conforme a los criterios de la Ley 80. En el juicio, Keller-Crecent presentó prueba sobre la reorganización y la aplicación del criterio de antigüedad. Méndez González testificó que realizaba otras funciones, estaba cualificado para otros puestos y cuestionó la necesidad de la reorganización basándose en la situación financiera de la empresa, principalmente mediante testimonio oral. El Tribunal de Primera Instancia evaluó la prueba y desestimó la reclamación de despido injustificado. Méndez González solicita ahora la revocación de esa sentencia mediante esta apelación.

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BECHARA FAGUNDO, MELISA VS WESTERN SHOPPING CENTER NORTE INC

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401933

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en los recursos KLAN201401711 y KLAN20141933, presentados por José Antonio y Carlos Bechara Fagundo. Los apelantes solicitan la revocación de una Sentencia Sumaria Enmendada dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez. Dicha sentencia declaró ha lugar una moción de sentencia sumaria presentada por los codemandados Dennis y Eileen Bechara Bravo, Western Shopping Center Norte, Inc. e Inmobiliaria Bechara Bravo, Inc. El caso original es una demanda que busca la nulidad de escrituras de permuta de propiedades de una comunidad hereditaria por acciones corporativas. El Tribunal de Apelaciones ordena la consolidación de ambos recursos por tratarse de la misma sentencia y partes. Finalmente, el Tribunal desestima los recursos de apelación. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción por ser los recursos prematuros.

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MEDINA RIVERA, ASNEL VS ADMINISTRACION DE CORRECCION

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401236

Ponente:

—

Resumen:

Recurso de apelación presentado por Asnel Medina Rivera ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El apelante solicitó la revocación de una Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un caso de daños y perjuicios. La demanda original fue instada contra el Estado Libre Asociado (ELA) y el Departamento de Corrección por daños sufridos tras una agresión mientras el apelante estaba confinado. Alegó negligencia por haber sido ubicado en la población general en lugar de seguridad protectiva. El TPI desestimó la reclamación del apelante mediante sentencia sumaria, al determinar que no cumplió con el requisito de notificación de la Ley Núm. 104. El apelante presentó una moción de reconsideración que fue denegada. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos en la resolución, revoca el dictamen apelado del TPI.

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RODRIGUEZ RUIZ, CARLOS V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401345

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una sentencia administrativa del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, Carlos Rodríguez Ruiz, impugna la denegatoria de su solicitud de reconsideración sobre resultados de pruebas de laboratorio de Hepatitis C. Rodríguez Ruiz alegó daños emocionales por un resultado inicial que sugería posible contagio, el cual fue posteriormente determinado como no detectable por una prueba especializada. Solicitó identificar al responsable de los laboratorios iniciales. La administración respondió que la prueba inicial no era categórica y que se realizó seguimiento médico adecuado, incluyendo la prueba definitiva negativa. La División de Remedios Administrativos denegó la reconsideración, concluyendo que el área médica cumplió con el seguimiento necesario. Rodríguez Ruiz presentó entonces este recurso de revisión judicial. La función del tribunal es asegurar que la actuación de la agencia esté dentro de su poder delegado y sea consistente con la política legislativa, otorgando deferencia a las decisiones administrativas.

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WALKER ISAAC, OSVALDO V. ADMINISTRACION DE CORRECCION

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401482

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa administrativamente una decisión del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, Osvaldo Walker Isaac, confinado, impugna la ratificación de su nivel de custodia en máxima. La decisión fue tomada inicialmente por el Comité de Clasificación y Tratamiento y confirmada por la Oficina del Director de Clasificación de Confinados. El recurrente alegó que se le denegó la custodia mediana a pesar de su participación en terapias y ajuste institucional, y que la decisión se basó indebidamente en la gravedad de sus delitos originales. El Comité había considerado la naturaleza extrema de los delitos y la necesidad de observar su ajuste en una institución de máxima seguridad. El Tribunal, aplicando la norma de deferencia a las decisiones administrativas, evaluó el recurso. Se confirmó la Resolución recurrida. La clasificación de custodia máxima del confinado fue ratificada por el Tribunal.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO VS LEVITTOWN MRI & CT CENTER, PSC

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401202

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo un recurso de apelación presentado por la Sra. Julia Teresita Malavet Pantoja. La apelante solicitó la revocación de una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Bayamón. Dicha sentencia del TPI acogió una Solicitud de Sentencia Sumaria de Banco Popular de Puerto Rico. El TPI declaró Con Lugar la Demanda de cobro de dinero y ejecución de hipoteca presentada por el banco. En consecuencia, impuso a la apelante y otros codemandados el pago solidario de varios préstamos garantizados con hipoteca. La suma total adeudada ascendía a \$1,920,969.55 de principal, más intereses, costas, gastos y honorarios de abogado. Estos préstamos, adquiridos por Banco Popular de Westernbank, estaban garantizados con pagarés hipotecarios sobre inmuebles y una garantía ilimitada y continua. El Banco Popular había demandado por incumplimiento y falta de pago. Los codemandados habían presentado contestaciones y defensas. El Tribunal de Apelaciones confirma la Sentencia apelada del TPI.

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HERNANDEZ RAMOS, MIGUEL V. E L A DE PR

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401710

Ponente:

—

Resumen:

Esta Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari. Los peticionarios buscaban revocar una Resolución del Tribunal Superior que denegó su solicitud de inhibición de la jueza que presidía el caso. La parte opositora solicitó la desestimación por falta de jurisdicción, argumentando que la Regla 52.1 de Procedimiento Civil no incluye la inhibición de un magistrado entre los asuntos interlocutorios revisables por certiorari. El Tribunal de Apelaciones explica que el certiorari es un remedio discrecional para corregir errores del foro inferior. Señala que la Regla 52.1 establece taxativamente las instancias en las que se puede expedir este recurso para revisar resoluciones u órdenes interlocutorias. Tras examinar el recurso y la oposición, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari. La decisión se fundamenta en que el asunto planteado no se encuentra entre las materias susceptibles de revisión mediante certiorari bajo la Regla 52.1. El Tribunal confirmó que sí tenía jurisdicción en cuanto al término de presentación del recurso.

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DORAL BANK VS BENITEZ RODRIGUEZ, DIONISIO

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500091

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones consideró un recurso de apelación presentado por Dionisio Benítez Rodríguez contra una Sentencia Sumaria emitida por el Tribunal de Primera Instancia a favor de Doral Bank. Dicha sentencia resolvió una acción de cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. El foro primario ordenó al apelante el pago de la deuda o, en su defecto, autorizó la ejecución hipotecaria. La Sentencia Sumaria fue emitida el 12 de noviembre de 2014 y notificada el 23 de diciembre de 2014. El apelante presentó su recurso de apelación el 23 de enero de 2015. El Tribunal de Apelaciones determinó desestimar el recurso por falta de jurisdicción. La desestimación se fundamenta en que el recurso fue presentado fuera del término jurisdiccional de treinta (30) días establecido por las reglas de procedimiento. Un recurso tardío adolece de un defecto insubsanable de jurisdicción y carece de eficacia jurídica.

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RIVERA RIVERA, LUIS V. SUIZA DAIRY, INC.

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401482

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones emite una Resolución sobre una petición de *certiorari* presentada por Suiza Dairy. Suiza Dairy solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de desestimación de una reclamación de salarios y beneficios marginales. La reclamación fue presentada por Luis Rivera Rivera y otros bajo el procedimiento sumario laboral. Los demandantes habían presentado una querella similar en 2009, la cual fue desestimada sin perjuicio en 2012 mediante sentencia sumaria. Dicha desestimación se fundamentó en que los demandantes eran agentes de la leche, no empleados de Suiza Dairy, sin resolver sobre la existencia de una deuda. Los demandantes presentaron una nueva querella idéntica en 2013. Suiza Dairy solicitó la desestimación de esta nueva querella alegando cosa juzgada en su modalidad de impedimento colateral por sentencia. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la solicitud de desestimación. El Tribunal de Apelaciones deniega expedir el auto de *certiorari* solicitado por Suiza Dairy.

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COOPERATIVA AHORRO Y CREDITO DE AGUADA VS LOPEZ VARELA, RAMON

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500057

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una apelación. El recurso fue presentado por Ramón López Varela y su esposa contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Aguada. El caso original en el Tribunal de Primera Instancia trató sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia sumaria a favor de la Cooperativa. Dicha sentencia condenó a los apelantes al pago de sumas significativas por principal, intereses, costas y honorarios de abogado. También ordenó la venta en pública subasta de las fincas hipotecadas si no se realizaba el pago. Los apelantes solicitaron la revisión de esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. Tras examinar el recurso y el expediente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. GUEVARA ORTIZ, JOSE A

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401469

Ponente:

—

Resumen:

José A. Guevara Ortiz, confinado, presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones impugnando una decisión del Tribunal de Primera Instancia por supuesta violación de derechos. El recurso inicial carecía de detalles específicos sobre la decisión recurrida. El Tribunal de Apelaciones solicitó los autos originales del caso para su revisión. Posteriormente a la presentación del certiorari, el Tribunal de Primera Instancia emitió una resolución señalando una vista especial para atender las distintas mociones radicadas por el señor Guevara Ortiz. El Tribunal de Apelaciones determinó que esta acción del foro primario tornó académico el recurso de certiorari. La doctrina de academicidad aplica cuando eventos subsiguientes eliminan el carácter adversativo del caso y el remedio solicitado carece de efectos prácticos. Al conceder el Tribunal de Primera Instancia la oportunidad de exponer sus reclamos en la vista señalada, la insatisfacción objeto del recurso de apelación quedó atendida por el foro de instancia. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones concluyó que el caso había perdido su justiciabilidad.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. PACHECO GONZALEZ, LUIS

2015 • 28 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401736

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia en respuesta a una moción presentada por Luis Pacheco González. El peticionario, miembro de la población correccional, solicitó la enmienda de una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado. Alegó haber sido sentenciado bajo el Código Penal de 2004, cuando el Código Penal de 2012 estaba vigente al momento de su sentencia. La moción fue enviada directamente al Tribunal de Apelaciones. El tribunal determinó que carecía de jurisdicción para atender el recurso, ya que este debió ser presentado y adjudicado primero por el Tribunal de Primera Instancia. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso por falta de jurisdicción. Se ordenó a la Secretaría devolver la moción al Departamento de Corrección y Rehabilitación. Esto permitirá que el peticionario la presente ante el foro primario correspondiente.

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VARGAS, JOHN M V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400678

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra que denegó el privilegio de libertad bajo palabra a John M. Vargas. El recurrente solicitó la revisión tras la Junta reiterar su decisión inicial de marzo de 2014, negando la libertad condicional y posteriormente la reconsideración en mayo de 2014. La Junta fundamentó su denegatoria en varios factores. Entre ellos, se citó que el Sr. Vargas cumple sentencia por robo agravado y violación a la Ley de Sustancias Controladas, delitos de carácter violento. Una prueba de cernimiento lo identificó con máximo riesgo de reincidencia criminal. Además, se señaló la falta de una evaluación psicológica reciente y que el hogar propuesto no era viable por carecer de recursos familiares de apoyo y supervisión. También se consideraron antecedentes criminales y querellas disciplinarias recientes dentro de la institución penal. Tras evaluar el expediente, el Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra.

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RAMOS MIRANDA, ZULMA V. VAZQUEZ, DIOMEDES

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401700

Ponente:

—

Resumen:

Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari presentado por VMF Design Group, P.S.C. La peticionaria impugnó una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de desestimación. La acción original fue una demanda por daños y perjuicios presentada por arrendatarios de locales comerciales que alegaron exposición a fibras tóxicas de asbesto debido a trabajos de construcción. Los demandantes incluyeron a VMF Design Group en una demanda enmendada. VMF argumentó que la reclamación en su contra estaba prescrita, ya que fue incluida más de dos años después de los hechos y una demanda previa no interrumpió el término. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado por VMF Design Group. Con esta decisión, se confirma la determinación del foro primario de continuar el pleito contra la peticionaria.

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BONILLA MELENDEZ, KENNETH VS A DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401637

Ponente:

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Resumen:

Se presenta una apelación por Kenneth Bonilla Meléndez contra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA). El apelante solicita la revocación de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó con perjuicio su demanda de daños y perjuicios. La demanda se basa en alegados daños morales sufridos por publicaciones periodísticas en 2010. Dichas publicaciones cubrieron una acusación criminal contra Bonilla Meléndez, empleado de la AAA, por apropiación ilegal. A raíz de la acusación, la AAA lo despidió, aunque posteriormente un laudo arbitral ordenó su reinstalación. La acusación criminal también fue desestimada en una vista preliminar. La AAA solicitó la desestimación de la demanda de daños argumentando que la acción estaba prescrita. Alegó que el término prescriptivo de un año comenzó en 2010 con las publicaciones periodísticas. El apelante se opuso, cuestionando la fecha de inicio del término prescriptivo. El Tribunal de Apelaciones revisa si la desestimación por prescripción fue correcta.

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TORRES SANCHEZ, JUAN R V. NEW ENERGY CONSULTANTS & CONTRACTORS INC

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400730

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) en un caso entre Juan R. Torres Sánchez y New Energy Consultant, Inc. New Energy apeló la decisión del DACo que le ordenó reembolsar \$22,477.25 más intereses al Sr. Torres Sánchez. La controversia se originó por la compra de un sistema de energía solar, motivada por la publicidad de New Energy que prometía significativos créditos contributivos estatales y federales. Aunque el contrato indicaba que New Energy no era responsable de la aprobación de los créditos, el DACo encontró que la publicidad hizo de estos un beneficio clave del sistema. El consumidor no recibió los créditos anticipados y confrontó problemas con el equipo. El DACo ordenó la resolución del contrato y el reembolso solidario por parte de New Energy y sus oficiales. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el recurso, confirmó la resolución recurrida del DACo.

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RIVERA COLON, DANIEL V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401473

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una solicitud de revisión judicial presentada por el confinado Daniel Rivera Colón. El señor Rivera Colón solicitó al tribunal que ordenara al Departamento de Corrección y Rehabilitación responder a su solicitud de reconsideración. Previamente, había presentado una queja pidiendo grabaciones de video de una agresión sufrida por otro confinado, necesitando la prueba para un proceso disciplinario. La División de Remedios Administrativos del Departamento denegó la solicitud inicial, indicando que los videos eran solo para uso de seguridad. Inconforme, el recurrente presentó una solicitud de reconsideración, la cual alegó que el Departamento no atendió. Acudió entonces al Tribunal de Apelaciones para que se ordenara al Departamento emitir una resolución sobre dicha reconsideración. El tribunal procede a examinar el recurso, comenzando por las cuestiones jurisdiccionales.

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GRIFFITH, RICARDO V. A DE EDIFICIOS PUBLICOS

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401699

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución sobre un recurso de certiorari presentado por VMF Design Group, P.S.C. La peticionaria buscaba revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su moción de desestimación. El caso subyacente es una demanda por daños y perjuicios incoada por varios individuos. Los demandantes alegan haber sido expuestos a asbesto en sus lugares de trabajo debido a trabajos de construcción y remodelación. Acusan a VMF Design Group, entre otros, de incumplir su deber de supervisión. VMF Design Group solicitó la desestimación argumentando que la acción estaba prescrita. Alegaron que habían transcurrido más de dos años desde los hechos y que pleitos anteriores no interrumpieron el término en su contra. Los demandantes se opusieron, sosteniendo que el término prescriptivo comenzó cuando conocieron la identidad y responsabilidad de VMF. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los fundamentos, deniega la expedición del auto de certiorari. Esta decisión mantiene vigente la determinación del TPI de no desestimar la demanda contra VMF Design Group.

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LEBRON GUADALUPE, WANDA VS BONILLA COLON, KARILYN

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401921

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. Wanda Lebrón Guadalupe apeló la desestimación de su demanda contra el Municipio de Salinas e Integrand Assurance Co. La demanda se originó por un accidente el 10 de julio de 2010, donde un poste le cayó encima en un muelle municipal, causándole múltiples daños. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda contra el Municipio por considerar que la causa de acción estaba prescrita. El Municipio argumentó que la demanda se presentó más de tres años después del accidente y que no se cumplió con la notificación requerida. Integrand solicitó la desestimación alegando que solo administraba fondos públicos para municipios y no era aseguradora. La apelante se opuso a estas mociones, defendiendo la suficiencia de sus gestiones para interrumpir la prescripción y la notificación. El Tribunal de Apelaciones revisa la sentencia apelada. El tribunal resuelve confirmar la desestimación de la demanda. Sin embargo, fundamenta su decisión en razones distintas a las del foro primario.

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CARLO MONTALVO, JORGE I VS STRUCTURAL STEEL MANUFACTURING INC

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401125

Ponente:

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Resumen:

Se refiere a una apelación presentada por Jorge I. Carlo Montalvo y Yolanda Mendoza Santiago contra Structural Steel Manufacturing, Inc. Los apelantes buscan revocar una sentencia sumaria del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda. La demanda original alegaba despido injustificado y discrimen por edad contra el señor Carlo Montalvo. Los apelantes sostenían que el despido fue sin justa causa y motivado por su edad, mientras que la empresa mantuvo empleados más jóvenes. Structural Steel Manufacturing, Inc. argumentó que la terminación fue justificada por razones económicas, específicamente la eliminación de la posición de Supervisor de Taller debido a una reducción significativa de contratos. La empresa presentó una solicitud de sentencia sumaria con evidencia para demostrar que el despido fue por motivos económicos y no discriminatorios. El Tribunal de Primera Instancia concedió la sentencia sumaria a favor de la empresa, desestimando el caso. Esta sentencia del Tribunal de Apelaciones revisa esa decisión.

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LPCD INC V. DYWIDAG SYSTEMS INTERNATIONAL USA INC

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201401505

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por Dywidag-Systems International. Dywidag solicitó la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El TPI había denegado la solicitud de Dywidag para enmendar su demanda contra tercero. La demanda original fue presentada por LPC\&D contra Dywidag por incumplimiento de contrato y cobro de dinero. Dywidag había demandado a terceros como Aluma Systems International. Durante el descubrimiento de prueba, Dywidag identificó afiliadas/sucesoras de Aluma que participaron en el proyecto. Dywidag pidió incluir a estas nuevas entidades como terceros demandados. El TPI denegó esta solicitud de enmienda. El Tribunal de Apelaciones expidió el recurso de certiorari. La decisión del TPI fue revocada por el Tribunal de Apelaciones.

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TAPIA RIVERA, FELIX D V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401460

Ponente:

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Resumen:

Félix D. Tapia Rivera, un confinado, solicitó revisión administrativa tras ser sancionado por dar positivo a opiáceos en una prueba de dopaje. El Departamento de Corrección y Rehabilitación le impuso una sanción disciplinaria. Tapia Rivera argumentó que la vista disciplinaria se celebró fuera del término de 30 días laborables establecido por el Reglamento 7748. Según el reglamento, la vista debe realizarse no más tarde de 30 días laborables contados desde el día siguiente a la presentación del Reporte de Cargos. El Reporte de Cargos fue presentado el 28 de agosto de 2014, y la vista se celebró el 1 de octubre de 2014. El Tribunal de Apelaciones calculó que el término reglamentario de 30 días laborables vencía el 10 de octubre de 2014. Concluyó que la vista disciplinaria se celebró dentro del término establecido. Por consiguiente, la alegación del recurrente sobre la extemporaneidad de la vista carece de fundamento.

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RODRIGUEZ BOCACHICA, JULIO CESAR VS SUPERINTENDENTE DE LA POLICIA DE PR

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401962

Ponente:

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Resumen:

Se presenta una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una impugnación de confiscación. Los bienes del apelante fueron ocupados tras un arresto por supuesta posesión de drogas. El apelante demandó al Estado para impugnar la confiscación, alegando no haber recibido notificación oficial. No obstante, emplazó al Estado fuera del término de quince días dispuesto por la Ley Uniforme de Confiscaciones para impugnaciones notificadas. El Estado solicitó la desestimación de la demanda por el emplazamiento tardío. El apelante pidió un desistimiento sin perjuicio, basándose en la falta de notificación. El Tribunal de Primera Instancia inicialmente concedió el desistimiento sin perjuicio. Sin embargo, tras reconsideración, enmendó su decisión para desestimar el caso con perjuicio. Determinó que, al presentar la demanda bajo la ley, el apelante estaba obligado a cumplir con el término jurisdiccional de emplazamiento, el cual incumplió. El apelante recurre ante este foro impugnando la desestimación con perjuicio.

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CARTAGENA SANTIAGO, ABRAHAM V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401487

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de revisión administrativa. El recurrente, Abraham Cartagena Santiago, miembro de la población correccional, impugna una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Dicha resolución determinó que el recurrente violó el Código 121 del Reglamento Disciplinario (amenaza o su tentativa). La violación se fundamentó en una declaración escrita del recurrente sobre un técnico socio penal. Como resultado, se le impuso una sanción de pérdida de privilegios por treinta y cinco días. El recurrente solicitó reconsideración, la cual fue denegada por el Departamento. Inconforme, acudió al Tribunal de Apelaciones solicitando la revisión judicial. El Tribunal examinó el caso y los argumentos presentados por el recurrente. Tras la revisión, el Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación.

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ALEMAN DEL VALLE, ALFONSO VS ALEMAN RIVERA, HECTOR ALFONSO

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401940

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo un recurso de certiorari. El recurso fue presentado por la parte demandada en un litigio sobre división de bienes hereditarios. Impugnaban decisiones del Tribunal de Primera Instancia de Caguas. El foro primario había anotado la rebeldía a los peticionarios. También aumentó una sanción económica previa de \$800 a \$1,000. Adicionalmente, les ordenó mostrar causa por la cual no debían ser encontrados en desacato. Estas determinaciones se emitieron tras la incomparecencia del abogado de los peticionarios a una vista, quien alegó una condición de salud. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso. Tras revisar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones revocó el dictamen recurrido del Tribunal de Primera Instancia.

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AYALA HERNANDEZ, ELIOT V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401331

Ponente:

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Resumen:

Eliot Ayala Hernández, un confinado, solicitó la revisión judicial de una decisión del Departamento de Corrección ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El caso versa sobre el procedimiento y la alegada demora en la entrega de correspondencia legal al recurrente. Ayala Hernández planteó que dos cartas legales no le fueron entregadas de inmediato a su regreso a la institución penal. Alegó que un sargento le indicó que la entrega se realizaría al día siguiente. El Departamento de Corrección sostuvo que la correspondencia legal requiere un manejo seguro y entrega personal por el oficial designado. La agencia determinó que el sargento actuó conforme a las instrucciones y procedimientos establecidos en el Reglamento de Correspondencia. La decisión administrativa confirmó que no hubo incumplimiento en el manejo de la correspondencia. El recurrente impugnó esta determinación administrativa ante el tribunal. La sentencia del Tribunal de Apelaciones confirma la decisión del Departamento de Corrección.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS DIAZ RIVERA, AXEL

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401899

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Axel Díaz Rivera, acusado bajo la Ley de Sustancias Controladas. El apelante recurre la determinación del Tribunal de Primera Instancia de Fajardo que denegó su solicitud de un abogado de oficio. Díaz Rivera alega indigencia y falta de recursos para contratar representación legal privada. Presentó evidencia de su situación económica, incluyendo elegibilidad para Medicaid y asistencia del Departamento de la Familia. El tribunal de instancia le había ordenado contratar un abogado privado. La Sociedad para Asistencia Legal lo consideró indigente tras una entrevista, pero no pudo asumir su representación por conflicto. El Tribunal de Apelaciones acoge el recurso como certiorari para revisar si procedía la denegatoria de abogado de oficio. La sentencia evalúa la prueba de indigencia sometida por el apelante en apoyo de su pedido. El caso penal se encuentra en la etapa de vista preliminar.

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RT INTERNATIONAL ROOFER´S INC V. JUNTA DE APELACIONES SUBASTA D AGRICULTU

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401476

Ponente:

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Resumen:

Este recurso de revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico surge de una subasta del Departamento de Agricultura para impermeabilización de techo. RT International Roofers, Inc., a quien se le adjudicó inicialmente la subasta, impugna una resolución de la Junta de Apelaciones de Subastas. Dicha Junta acogió una moción de reconsideración de Tropitech, Inc., tratándola como apelación, y dejó sin efecto la adjudicación original. La Junta de Apelaciones determinó que la descalificación de Tropitech no estaba fundamentada en el pliego de la subasta. RT International argumentó que la Junta de Apelaciones carecía de jurisdicción para atender la solicitud de Tropitech por haber transcurrido el término. El Tribunal de Apelaciones desestima el recurso de revisión presentado por RT International por falta de jurisdicción. Con esta decisión, también se deja sin efecto la paralización que había sido decretada previamente.

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QUIÑONES PAGAN, RENATO V. ADMINISTRACION DE CORRECCION

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401297

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de revisión administrativa. Renato Quiñonez Pagán, confinado, impugna una resolución de la División de Remedios Administrativos de la Administración de Corrección. Dicha resolución desestimó una queja de Quiñonez Pagán relacionada con un reclamo de pertenencias. La desestimación se fundamentó en el incumplimiento de la Regla XII (4) del Reglamento para Atender las Solicitudes de Remedios Administrativos de la Población Correccional. El reclamo original de Quiñonez Pagán data de 2013 por daños a su televisor. El documento narra las solicitudes de remedio administrativo subsiguientes y un recurso de apelación previo que fue desestimado. La sentencia actual se centra en la desestimación de su queja por no seguir el procedimiento reglamentario.

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J.M.B.T. V. DEPARTAMENTO DE EDUCACION

2015 • 27 de enero de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401417

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones revisa una determinación del Departamento de Educación sobre la elegibilidad de un estudiante para educación especial. El recurrente solicitó la revisión de una resolución emitida en mayo de 2014, luego de que su solicitud de reconsideración fuera denegada en noviembre de 2014. El Tribunal declara que carece de jurisdicción para atender el recurso presentado. Esta falta de jurisdicción se fundamenta en el incumplimiento de los términos jurisdiccionales establecidos por ley para solicitar la revisión judicial. Se citan las secciones 3.15 y 4.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). La sección 4.2 de la LPAU fija un término de treinta días para solicitar revisión judicial de una orden administrativa final. La sección 3.15 de la LPAU regula cómo una moción de reconsideración interrumpe y afecta el cómputo de este término, incluyendo los plazos que tiene la agencia para resolverla. El Tribunal subraya que las normas procesales que rigen los recursos apelativos deben observarse rigurosamente. El incumplimiento de estos plazos, que son de naturaleza jurisdiccional, impide al Tribunal entrar a considerar los méritos del caso.

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