Partes:
VARGAS, JOHN M V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201400678
Año:
2015
Fecha:
27 de enero de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra que denegó el privilegio de libertad bajo palabra a John M. Vargas. El recurrente solicitó la revisión tras la Junta reiterar su decisión inicial de marzo de 2014, negando la libertad condicional y posteriormente la reconsideración en mayo de 2014. La Junta fundamentó su denegatoria en varios factores. Entre ellos, se citó que el Sr. Vargas cumple sentencia por robo agravado y violación a la Ley de Sustancias Controladas, delitos de carácter violento. Una prueba de cernimiento lo identificó con máximo riesgo de reincidencia criminal. Además, se señaló la falta de una evaluación psicológica reciente y que el hogar propuesto no era viable por carecer de recursos familiares de apoyo y supervisión. También se consideraron antecedentes criminales y querellas disciplinarias recientes dentro de la institución penal. Tras evaluar el expediente, el Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE Y HUMACAO PANEL VII
Panel integrado por su presidente, el juez Piñero González, las juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de enero de 2015. Comparece ante nos John M. Vargas (Sr. Vargas o el recurrente), por derecho propio y en forma pauperis, solicitando la revisión de una Resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP), emitida el 28 de mayo de 2014 y notificada el 5 de junio de 2014. Mediante dicho dictamen la...
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