Partes:
TAPIA RIVERA, FELIX D V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201401460
Año:
2015
Fecha:
27 de enero de 2015
Félix D. Tapia Rivera, un confinado, solicitó revisión administrativa tras ser sancionado por dar positivo a opiáceos en una prueba de dopaje. El Departamento de Corrección y Rehabilitación le impuso una sanción disciplinaria. Tapia Rivera argumentó que la vista disciplinaria se celebró fuera del término de 30 días laborables establecido por el Reglamento 7748. Según el reglamento, la vista debe realizarse no más tarde de 30 días laborables contados desde el día siguiente a la presentación del Reporte de Cargos. El Reporte de Cargos fue presentado el 28 de agosto de 2014, y la vista se celebró el 1 de octubre de 2014. El Tribunal de Apelaciones calculó que el término reglamentario de 30 días laborables vencía el 10 de octubre de 2014. Concluyó que la vista disciplinaria se celebró dentro del término establecido. Por consiguiente, la alegación del recurrente sobre la extemporaneidad de la vista carece de fundamento.
| FÉLIX D. TAPIA RIVERA | REVISIÓN | |
|---|---|---|
| RECURRENTE | KLRA201401460 | procedente del Departamento de |
| v. | Corrección y Rehabilitación | |
| DEPARTAMENTO DE | Caso Núm.: | |
| CORRECCIÓN Y | $310-14-202$ | |
| REHABILITACIÓN | ||
| RECURRIDOS | Sobre: Revisión Administrativa |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres y el Juez Flores García.
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