2008 • 30 de junio de 2008
Número de Caso:
CP-2006-0020
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
2008 • 30 de junio de 2008
Número de Caso:
TS-000008923
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera el caso disciplinario del Lcdo. Nelson Rochet Santoro. Este procedimiento se origina tras su desaforo por la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico en 2006, confirmado por el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito. En septiembre de 2007, el Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó a Rochet Santoro mostrar causa por la cual no debía ser sancionado disciplinariamente por los hechos que motivaron su desaforo federal. Rochet Santoro solicitó prórrogas y la paralización de los procedimientos ante el Tribunal Supremo, argumentando gestiones apelativas pendientes en la jurisdicción federal. A pesar de sus solicitudes, el Tribunal Supremo procedió a evaluar la imposición de una sanción. La decisión del Tribunal Supremo impone una sanción disciplinaria al Lcdo. Nelson Rochet Santoro. Dicha sanción consiste en la suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión será efectiva a partir del 22 de julio de 2008.
2008 • 30 de junio de 2008
Número de Caso:
AC-2007-0069
Ponente:
Hon. Rebollo López
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió esta opinión el 30 de junio de 2008 en el caso AC-2007-0069. La apelante, Eva García Pérez, demandó a la Corporación de Servicios Especializados para la Mujer y la Familia. La materia principal del litigio es discrimen por embarazo y sexo, y reclamación de daños y perjuicios. García Pérez alegó que fue despedida sin justa causa del Proyecto Amanecer en 1999 debido a su estado de embarazo. Sostuvo que fue objeto de actos discriminatorios desde que la presidenta de la Corporación conoció su condición. La demanda se fundamentó en leyes de Puerto Rico sobre protección a madres obreras, discrimen por sexo y empleo, y despido injustificado. Posteriormente, solicitó enmendar la demanda para incluir a la presidenta de la Corporación en su carácter personal y al Estado Libre Asociado como codemandados. Alegó que estos respondían solidariamente y que procedía descorrer el velo corporativo. La demandante reclamó salarios dejados de percibir, mesada, restitución en el empleo y una indemnización sustancial por daños y penalidad. La Corporación demandada negó las alegaciones en su respuesta.
2008 • 27 de junio de 2008
Número de Caso:
TS-000003455
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 27 de junio de 2008 en el caso de Walter Vivaldi Olivieri. La materia principal tratada fue la solicitud de baja voluntaria del Lcdo. Walter Vivaldi Olivieri como miembro del Colegio de Abogados de Puerto Rico. Se consideraron tanto la solicitud presentada por el propio Lcdo. Vivaldi Olivieri como una moción solicitando autorización para dicha baja presentada por el Colegio de Abogados. Tras atender ambas peticiones, el Tribunal autorizó la baja voluntaria del Lcdo. Walter Vivaldi Olivieri. Esta decisión fue certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2008 • 26 de junio de 2008
Número de Caso:
RG-2006-0001
Ponente:
Hon. Rivera Pérez
Resumen:
Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en un Recurso Gubernativo (RG-2006-0001) relacionado con la Sucesión de Wilfrid Caragol Rabel. La controversia surge de la solicitud de la Sucesión para inscribir derechos hereditarios sobre una propiedad del causante, basada en un testamento abierto otorgado en 1990. La Registradora de la Propiedad de San Juan, Sección III, inicialmente señaló un defecto subsanado por la Sucesión. Sin embargo, el Tribunal Supremo aborda cuestiones legales fundamentales sobre los requisitos notariales para los testamentos abiertos. Específicamente, se plantea si el Código Civil y la Ley Notarial exigen que el notario conozca a los testigos instrumentales. La decisión busca determinar si los testigos instrumentales actúan como comparecientes en el otorgamiento del testamento. Finalmente, el Tribunal debe resolver si la omisión del notario de dar fe del conocimiento de los testigos instrumentales invalida el testamento. La opinión es emitida por el Juez Asociado Señor Rivera Pérez.
2008 • 24 de junio de 2008
Número de Caso:
CC-2006-0778
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 24 de junio de 2008 en el caso CC-2006-778, Trans Ad de Puerto Rico, Inc. contra la Junta de Subastas de la Autoridad Metropolitana de Autobuses. Este caso se originó a partir de una solicitud de reconsideración de una adjudicación de propuesta relacionada con un Requerimiento de Propuestas (RFP) de la AMA. La controversia principal que el Tribunal abordó fue determinar si el expediente administrativo de un procedimiento de subasta llevado a cabo por una entidad gubernamental constituye un documento público. La pregunta clave era si dicho expediente está sujeto a la inspección por parte de la ciudadanía. El Tribunal resolvió esta cuestión de manera afirmativa. La opinión, emitida por la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez, establece que los expedientes de subastas gubernamentales son documentos públicos. Esta decisión clarifica el acceso a la información relacionada con los procesos de contratación pública en Puerto Rico.
2008 • 20 de junio de 2008
Número de Caso:
CP-2005-0023
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2008 TSPR 111) en el caso disciplinario CP-2005-23 contra la abogada María del Carmen Mulero Fernández. El procedimiento se inició tras una queja juramentada de una cliente, Isabel Pérez Fernández. La cliente alegó que la licenciada Mulero Fernández no presentó una demanda civil por daños en su representación. Como resultado de esta omisión, la causa de acción de la cliente prescribió. El Procurador General investigó la queja y presentó cargos formales contra la abogada. Los cargos imputan violaciones a los Cánones 18, 19, 21 y 38 de Ética Profesional. El Tribunal Supremo debe determinar si la conducta de la abogada constituyó una infracción a dichos cánones. El documento detalla los antecedentes de la queja y los fundamentos de los cargos presentados.
2008 • 20 de junio de 2008
Número de Caso:
CC-2006-0985
Ponente:
Hon. Rivera Pérez
Resumen:
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso El Pueblo v. Freddy Vázquez Carrasquillo (CC-2006-0985). Se revisa una sentencia del Tribunal de Apelaciones que revocó la concesión de sentencia suspendida a Vázquez Carrasquillo por parte del Tribunal de Primera Instancia. Vázquez Carrasquillo se declaró culpable de agresión grave según el Artículo 122 del Código Penal. El Tribunal de Apelaciones concluyó que la Ley de Sentencia Suspendida impedía dicho beneficio debido a que el acusado tenía una deuda por concepto de pensión alimentaria. La controversia central es si la existencia de una deuda de pensión alimentaria descalifica automáticamente a un convicto para recibir el beneficio de sentencia suspendida bajo la ley aplicable. El Tribunal Supremo examina la interpretación y aplicación de la Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba en relación con las deudas de pensión alimentaria. La opinión busca determinar si el foro apelativo intermedio erró al revocar la sentencia suspendida basándose únicamente en la existencia de dicha deuda.
2008 • 20 de junio de 2008
Número de Caso:
ES-2008-0001
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico que establece las Salas de Verano para el receso judicial de 2008. Las salas funcionarán desde el 16 de julio hasta el 30 de septiembre de 2008. Se constituyen cuatro paneles distintos con diferentes composiciones de jueces para períodos específicos dentro de ese receso. Los jueces designados incluyen a los Hon. Efraín E. Rivera Pérez, Liana Fiol Matta, Anabelle Rodríguez Rodríguez y Federico Hernández Denton. Los Presidentes de Sala están facultados para sustituir jueces y convocar al Pleno si es necesario. El Tribunal continuará emitiendo Opiniones y Sentencias durante todo el receso de verano.
2008 • 19 de junio de 2008
Número de Caso:
TS-000011452
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 19 de junio de 2008. La resolución atiende la moción presentada por Rosario M. Méndez Figueroa. Dicha moción se tituló "Moción Mostrando Causa y Solicitud de Reinstalación". Tras examinar la solicitud, el Tribunal decidió acogerla. Por consiguiente, se ordena la reinstalación de Rosario M. Méndez Figueroa al ejercicio de la abogacía. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria. La Juez Asociada señora Fiol Matta no intervino en este caso.
2008 • 12 de junio de 2008
Número de Caso:
AB-2006-0205
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Este caso trata sobre la conducta profesional del Lcdo. Héctor L. Ortiz Hernández. Se originó por una remisión del Tribunal de Primera Instancia debido a su manejo de un acuerdo transaccional en un caso con un menor, donde se realizaron pagos sin la debida autorización judicial. El Tribunal Supremo ordenó al Procurador General investigar la conducta del abogado. Posteriormente, el Tribunal Supremo emitió una resolución requiriendo al licenciado comparecer ante el Procurador General y ante el propio Tribunal en quince días para responder a la investigación y acreditar cumplimiento. Se le apercibió que el incumplimiento conllevaría sanciones severas, incluyendo la suspensión. Dado que el licenciado Ortiz Hernández no compareció ante el Procurador General ni ante el Tribunal Supremo según lo ordenado, el Tribunal decreta su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía.
2008 • 11 de junio de 2008
Número de Caso:
TS-000009837
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 11 de junio de 2008 en el caso TS-9837. La materia tratada fue la solicitud de reinstalación al ejercicio de la notaría por parte del Lcdo. Francisco J. Amundaray Rodríguez. Tras examinar una moción de la Oficina de Inspección de Notarías, el Tribunal autorizó la reinstalación inmediata del licenciado Amundaray Rodríguez. Se le apercibió que en el futuro deberá cumplir estrictamente con las normas del derecho notarial. Finalmente, se ordenó el archivo de la causa.
2008 • 4 de junio de 2008
Número de Caso:
CC-2005-0096
Ponente:
Hon. Fiol Mattal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera en este caso si una persona o entidad con interés legítimo, que intenta participar activamente en un proceso adjudicativo ante una agencia pero es arbitrariamente denegada, debe ser reconocida como "parte" en dicho proceso. El Tribunal resuelve que, bajo estas circunstancias, la persona o entidad sí es parte. El caso se origina en una demanda de injunction preliminar y permanente presentada por la Comisión de Ciudadanos al Rescate de Caimito, Inc. contra G.P. Real Property S.E. y agencias gubernamentales. La Comisión buscaba detener el proyecto residencial Paseo del Monte, cuya consulta de ubicación fue aprobada por la Junta de Planificación. La Comisión, notificada como parte interesada, solicitó una vista pública que fue denegada por la agencia. La aprobación de la consulta advino final al no solicitar la Comisión revisión judicial en ese momento. El Tribunal de Primera Instancia denegó el remedio de injunction. El Tribunal de Apelaciones confirmó esa decisión. La Comisión de Ciudadanos solicita ahora la revocación de la sentencia apelativa ante el Tribunal Supremo.
2008 • 4 de junio de 2008
Número de Caso:
CC-2007-0813
Ponente:
Sentencia
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió sentencia en el caso CC-2007-813, una reclamación de salarios entre la Unión General de Trabajadores y el Hospital Inter-americano de Medicina Avanzada. Al encontrarse igualmente dividido, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia del Tribunal de Apelaciones. Dicha sentencia del foro apelativo había resuelto que la Unión General de Trabajadores carecía de legitimación activa para instar la reclamación salarial en representación de sus miembros. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones también determinó que procedía conceder un término de treinta días a la unión para unir a los empleados unionados al pleito. Esta concesión se fundamentó en las disposiciones de la Regla 15.1 de Procedimiento Civil. La sentencia del Tribunal Supremo confirma esta decisión que, aunque niega la legitimación inicial de la unión, permite la corrección del pleito mediante la inclusión de los empleados afectados. Jueces asociados emitieron opiniones de conformidad y disidencia.
2008 • 30 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2008-0092
Ponente:
Resolución
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atiende el caso CC-2008-92, una controversia entre la Cámara de Representantes y el Director Ejecutivo de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura (AFI). El asunto principal es si la Asamblea Legislativa, bajo sus poderes de investigación, puede exigir el descubrimiento de una opinión legal utilizada por AFI. Dicha opinión legal fue empleada por la agencia para reasignar fondos sobrantes de una emisión de bonos autorizada por la Resolución Conjunta 156. Esta acción de AFI, que concierne el manejo de fondos públicos, es el foco de la investigación legislativa. El Tribunal emitió una Resolución concediendo a la parte recurrida, representada por líderes de la Cámara, un plazo de quince días para responder al recurso presentado por AFI. La decisión fue acordada por el Tribunal, aunque el Juez Asociado Rebollo López disintió con opinión escrita. Su disidencia subraya la pregunta legal fundamental sobre el alcance de los poderes investigativos legislativos frente a la confidencialidad de asesoramiento legal a agencias ejecutivas sobre el uso de fondos públicos.
2008 • 29 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2007-0371
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico analizó un caso sobre infracciones a la Ley de Sustancias Controladas y Ley de Armas. La cuestión central fue determinar si la Regla 23(c) de Procedimiento Criminal otorga un derecho automático a excluir al público de una vista preliminar. El Ministerio Público solicitó la exclusión para proteger a un agente encubierto activo que testificaría, citando preocupaciones de seguridad. La defensa se opuso a esta petición. El Tribunal concluyó que, si bien la Regla 23(c) contempla la posibilidad de limitar el acceso público en tales circunstancias, esta limitación no es automática. La decisión establece que la exclusión del público en vistas preliminares bajo esta regla requiere una determinación judicial específica, no siendo un derecho absoluto.
2008 • 28 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00003784
Ponente:
Sentencia
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una sentencia nunc pro tunc el 28 de mayo de 2008 en el caso In re: Ciro Ángel Betancourt, referente a conducta profesional. Esta decisión enmienda la sentencia previa del 7 de mayo de 2008. La enmienda principal consiste en referir el asunto a la Oficina de Inspección de Notaría para los trámites correspondientes. Además, la sentencia elimina una parte dispositiva específica de la decisión anterior. La parte eliminada ordenaba referir el asunto al Procurador General para demandar del fiador notarial, el Colegio de Abogados, el reembolso de \$24,636. Dicha suma estaba destinada a ser distribuida entre el Secretario de Hacienda, Asistencia Legal y para la adquisición de sellos de rentas internas e impuesto notarial. La eliminación de esta disposición cambia el curso procesal y financiero previamente establecido en la sentencia original.
2008 • 28 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2008-0063
Ponente:
Resolución
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso CC-2008-63, con fecha 28 de mayo de 2008. Este caso involucra a César Rivera González como recurrido y a PR Retail Stores, Inc. como peticionarios. La materia principal del litigio es un despido injustificado. La resolución atiende una solicitud de certiorari presentada por la parte peticionaria, PR Retail Stores, Inc. El Tribunal determinó declarar "no ha lugar" dicha solicitud. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria Interina. El Juez Asociado señor Rebollo López emitió una opinión disidente respecto a la resolución. El Juez Asociado señor Rivera Pérez también expediría.
2008 • 27 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00012,898
Ponente:
Resolución
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su decisión del 27 de mayo de 2008, examinó la moción de reinstalación presentada por el Lcdo. Segismundo López Montalvo. La Corte ordenó la reinstalación inmediata del licenciado al ejercicio de la abogacía. Esta decisión se emitió en el caso número TS-12,898, citado como 2008 TSPR 103. El documento certifica la acción del Tribunal y está firmado por la Secretaria Interina. Un juez asociado se inhibió del caso.
2008 • 27 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2004-0633 CC-2004-0637
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Resumen:
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2008 TSPR 97) en un caso de Certiorari. El litigio enfrenta a Hatillo Cash & Carry, Isidro Rosa y Pueblo Internacional, LLC contra la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). La controversia central gira en torno a la relación y facultades de la Junta de Planificación (JP) y ARPE. El Tribunal busca clarificar cómo ARPE debe asegurar que los permisos de desarrollo se ajusten a la política pública y parámetros establecidos por la JP en la consulta de ubicación. Se examina un caso particular de Hatillo donde una consulta de ubicación para un proyecto comercial fue sometida a la JP en 1987. La JP aprobó el uso bajo parámetros C-4 pero condicionó la aprobación final a la presentación de un informe de viabilidad con criterios específicos. La decisión reitera la primacía de la consulta de ubicación aprobada por la JP en el proceso de otorgamiento de permisos.
2008 • 22 de mayo de 2008
Número de Caso:
AC-2007-0014 AC-2007-0017 AC-2007-0018
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 22 de mayo de 2008. Consolida los casos AC-2007-14, AC-2007-17 y AC-2007-18, debido a que presentan una controversia legal idéntica. Las partes involucradas incluyen a la Oficina del Comisionado de Seguros, Integrand Assurance Company y los interventores Carpets \& Rugs Warehouse Inc. y Carpet Mart, Inc. La materia principal es la revisión administrativa de actuaciones del Comisionado de Seguros de Puerto Rico. El objetivo central de la decisión es interpretar el alcance del Artículo 2.220 del Código de Seguros. Específicamente, se busca determinar si la Oficina del Comisionado de Seguros tiene la obligación de celebrar una vista. Esta obligación se activa cuando una parte afectada por una orden previamente emitida por el Comisionado solicita formalmente dicha vista. La opinión del Tribunal fue redactada por la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez.
2008 • 22 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00009606
Ponente:
Resolución
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 22 de mayo de 2008. Se trata de una Resolución Nunc Pro Tunc en el caso Ex Parte de Rafael H. Román Jiménez, relacionado con una solicitud de Reinstalación. El propósito de esta resolución es enmendar una resolución anterior emitida por el Tribunal. La resolución que se enmienda es la de 15 de mayo de 2007. La enmienda consiste específicamente en corregir una fecha mencionada dentro del texto de la resolución anterior. Se dispone que donde decía "15 de mayo de 2007" ahora debe leerse "15 de mayo de 2008". Este ajuste técnico corrige la fecha de la resolución previa.
2008 • 21 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2006-0515
Ponente:
Hon. Rivera Pérez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisa una sentencia del Tribunal de Apelaciones en el caso entre Ivette García Reyes y Cruz Auto Corp. y Scotiabank de Puerto Rico. El recurso solicita la revisión de la decisión apelativa que revocó un dictamen previo del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). DACO había ordenado la resolución de un contrato de compraventa de un vehículo de motor. La decisión de DACO se basó en la determinación de la existencia de dolo en el consentimiento de la compradora. El caso se origina con la adquisición de un vehículo por la señora García Reyes a Cruz Auto en septiembre de 2002. Existe una controversia sobre el pronto pago, con la compradora alegando un pago en efectivo de $4,000 y la vendedora sosteniendo un crédito por reparaciones. El Tribunal Supremo examina si el Tribunal de Apelaciones actuó correctamente al revocar la decisión administrativa que encontró dolo y ordenó la rescisión del contrato.
2008 • 20 de mayo de 2008
Número de Caso:
RG-2007-0001
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa un recurso gubernativo sobre la negativa de un Registrador de la Propiedad a inscribir una escritura de venta judicial. La negativa se basó en que, a juicio del Registrador, no se acreditó adecuadamente el cumplimiento con el requisito de notificación de la venta judicial. La Ley núm. 172 de 2000, que enmendó la Regla 51.8 de Procedimiento Civil, exige notificar la venta judicial por correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida, especialmente si el demandado no compareció. En este caso, el notario presentó la escritura junto con copias de los sobres certificados con acuse de recibo utilizados para notificar a los deudores hipotecarios demandados. Los sobres fueron devueltos por el servicio postal. El Registrador consideró esta prueba insuficiente y exigió una declaración jurada certificando el contenido del sobre para proceder con la inscripción. El caso surge de una venta judicial tras una sentencia en rebeldía en un pleito de ejecución de hipoteca. La controversia central es si la presentación de los sobres devueltos es suficiente para acreditar la notificación requerida por ley para la inscripción registral.
2008 • 20 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00006017
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó la conducta profesional del licenciado Neddie Feliciano Jiménez. Se le requirió mostrar causa por tener al descubierto el pago de su fianza notarial desde noviembre de 2006. A pesar de múltiples Resoluciones y apercibimientos de suspensión, el licenciado Feliciano Jiménez no cumplió con la orden de pagar la fianza notarial. También se le requirió pagar su cuota anual de colegiación, la cual eventualmente pagó después de una Resolución del Tribunal. Sin embargo, persistió en su incumplimiento respecto a la fianza notarial. Una Resolución final le concedió un término de 10 días para cumplir, con apercibimiento de suspensión automática de la abogacía si no lo hacía. Esta última Resolución le fue notificada personalmente, pero el licenciado Feliciano Jiménez no compareció ni solicitó prórroga. El caso aborda la falta de cumplimiento del abogado con requisitos esenciales para el ejercicio de la notaría y la abogacía.
2008 • 20 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2006-0940
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 20 de mayo de 2008 (2008 TSPR 90). Trata el caso CC-2006-940, Juan Flores Berger et al. v. Lillybeth Colberg et al. La materia principal es una acción de estorbo público. Los peticionarios, Juan Flores Berger y Miriam Jiménez Román, solicitaron un injunction permanente contra su vecina, Lillybeth Colberg. Alegan que la señora Colberg mantiene un gran número de animales (58 perros y 30 gatos) en su propiedad. Sostienen que la presencia de estos animales constituye un estorbo público bajo el artículo 277 del Código de Enjuiciamiento Civil. Previamente, los peticionarios habían presentado querellas ante el Departamento de Salud, resultando en inspecciones y notificaciones a la señora Colberg por alegadas violaciones al Reglamento general de salud ambiental. La opinión aborda la aplicación de la ley de estorbo público en el contexto de la tenencia de múltiples animales. El Tribunal Supremo revisa la decisión de los foros inferiores en esta disputa.
2008 • 20 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00009179
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Víctor A. Ramírez de Arellano, admitido a la abogacía en 1989, solicita su reinstalación al ejercicio de la profesión en Puerto Rico. Fue separado definitivamente de la práctica el 23 de diciembre de 1996. Esta separación se debió a su convicción en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos por posesión de cocaína con intención de distribuirla, delito al que se declaró culpable. Cooperó con las autoridades federales y recibió una sentencia de cuatro años de libertad supervisada. Cumplió con los términos de la sentencia, lo cual fue certificado en septiembre de 2000. Aunque inicialmente solicitó la renuncia voluntaria, el Tribunal dejó sin efecto esa solicitud y ordenó su separación definitiva basada en la convicción por delito grave que implicaba depravación moral. Cinco años después de completar su sentencia, en noviembre de 2005, presentó la petición de reinstalación. El Tribunal Supremo refirió la solicitud al Procurador General y a la Comisión de Reputación de Aspirantes para sus informes. Este documento es la decisión Per Curiam del Tribunal Supremo sobre su solicitud.
2008 • 16 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00004753
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera el caso del notario Rafael Carrasquillo Martínez. La Oficina de Inspección de Notarías informó que el notario no ha rendido los índices notariales correspondientes a julio de 2001 y julio de 2007, ni los Informes de Actividad Notarial Anual de 2006 y 2007. Esta situación, considerada de gran importancia y seriedad, se complica porque el notario se encuentra confinado desde marzo de 2008 por desacato civil. Dicho confinamiento le ha impedido cumplir con la entrega de los índices de marzo a junio de 2008. La directora de ODIN destaca la obligación del notario de custodiar su obra y designar un sustituto en caso de ausencia. El Tribunal evalúa la conducta profesional del notario ante estos incumplimientos a la Ley y Reglamento Notarial.
2008 • 16 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2007-0622
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2007-622 examinó si una opinión emitida por la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) era susceptible de revisión judicial. La cuestión central era determinar si dicha opinión fue producto de un proceso adjudicativo, calificándola como una orden o resolución final bajo la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. El Director Ejecutivo de la Asociación de Empleados del ELA había cuestionado la autoridad de la OEG para exigir informes financieros a funcionarios de la entidad que no son empleados públicos. En respuesta a una comunicación del Director, la OEG emitió una opinión sobre el asunto. El Tribunal concluyó que el proceso que llevó a la emisión de la opinión de la OEG no constituyó un procedimiento adjudicativo. Por consiguiente, la opinión no podía ser considerada una "orden o resolución final" revisable judicialmente. El Tribunal determinó que, al no ser una decisión final de un proceso adjudicativo, el foro apelativo carecía de jurisdicción para revisar su corrección.
2008 • 16 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00013,761
Ponente:
Resolución
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 16 de mayo de 2008. El documento aborda la solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. Dicha solicitud fue presentada por la Licenciada Marina Rodríguez Clinchard. El Tribunal Supremo, mediante esta resolución, autoriza expresamente la petición. La decisión permite a la Licenciada Rodríguez Clinchard retirarse voluntariamente de la práctica legal en Puerto Rico.
2008 • 16 de mayo de 2008
Número de Caso:
CP-20005-0013
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Manuel Santiago Tirado. La querella se relaciona con la declaratoria de herederos de Don Aniceto Tirado, quien fuera el viudo de la madre del licenciado. En abril de 1992, el Lcdo. Santiago Tirado suscribió y juramentó una petición ante notario. En dicha petición, declaró bajo juramento que Don Aniceto Tirado falleció sin dejar descendientes, ascendientes ni herederos colaterales hasta el sexto grado. Afirmó que esta declaración le constaba de propio y personal conocimiento. La petición solicitaba al tribunal que declarara que el causante no dejó herederos conforme a la ley. También pedía que la participación de Don Aniceto Tirado en bienes fuera consignada y, de no ser reclamada, asignada a la Universidad de Puerto Rico. Los hechos descritos constituyen la base de la querella por conducta profesional contra el abogado.
2008 • 15 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-000009606
Ponente:
Resolución
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 15 de mayo de 2008. La resolución examinó una moción de reinstalación presentada por el Lcdo. Rafael Román Jiménez. El asunto principal era su regreso al ejercicio de la notaría. El Tribunal autorizó la reinstalación solicitada. No obstante, impuso una condición al licenciado Román Jiménez. Se le concedió un plazo de 60 días para subsanar las deficiencias señaladas por la Oficina de Inspección de Notarías. Además, debe informar al Tribunal sobre el cumplimiento de esta corrección. La decisión fue acordada por la mayoría del Tribunal, con el Juez Presidente y un Juez Asociado disintiendo.
2008 • 15 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-000006621
Ponente:
Resolución
Resumen:
Lcdo. Rafael Rivera Rosa, quien renunció voluntariamente al ejercicio de la abogacía en 2001 por razones de salud, solicitó su reinstalación en septiembre de 2006. Alegó estar totalmente capacitado para reanudar su práctica profesional. El Tribunal Supremo designó una Comisionada Especial para evaluar su capacidad mental y recibir prueba pericial. El informe de la Comisionada Especial concluyó que la condición de salud mental que afectó al peticionario ya no está presente. Además, determinó que no existe impedimento médico actual para que ejerza la abogacía. En consecuencia, el Tribunal Supremo ordenó la reinstalación del Lcdo. Rivera Rosa. Dicha reinstalación está condicionada a que, por un período no menor de dos años, presente evidencia anual de que su condición de salud se mantiene en remisión. Esta evidencia debe ser un informe pericial de los médicos que lo atienden en el Hospital de Veteranos.
2008 • 14 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2008-0036
Ponente:
Resolución con Opinión Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso CC-2008-36, con fecha de 14 de mayo de 2008. La resolución atiende una solicitud de certiorari presentada por los peticionarios Hon. José F. Aponte Hernández, Hon. Pedro J. Cintrón Rodríguez y Hon. Héctor A. Torres Calderón contra el recurrido Hon. Roberto Sánchez Ramos. La materia del caso es una Solicitud de Documentos. El Tribunal resolvió declarar "no ha lugar" la petición de certiorari. La decisión fue acordada por el Tribunal. El Juez Asociado señor Rebollo López emitió una opinión disidente. El Juez Asociado señor Rivera Pérez indicó que expediría el auto. La opinión disidente reflexiona sobre la naturaleza y el impacto futuro de las decisiones judiciales.
2008 • 13 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-000002335
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El caso concierne al licenciado Antonio J. Géigel Ginorio, abogado y notario admitido en 1964. El Colegio de Abogados de Puerto Rico informó al Tribunal Supremo que el licenciado no había pagado su fianza notarial desde abril de 2007. Ante esta falta, el Tribunal emitió una resolución concediéndole veinte días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido del ejercicio de la notaría. Se le apercibió que el incumplimiento conllevaría la suspensión y posibles sanciones adicionales. Al no responder, se le otorgó un término final de diez días, notificado personalmente, bajo apercibimiento de suspensión. El licenciado Géigel Ginorio tampoco compareció ni pagó la deuda dentro de este segundo plazo. Debido a su reiterado incumplimiento con las órdenes del Tribunal, se procede a resolver el asunto sin más trámite. La fianza notarial es un requisito legal esencial para ejercer la profesión, garantizando el buen desempeño y cubriendo posibles daños.
2008 • 9 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00006483
Ponente:
Resolución
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 9 de mayo de 2008 en el caso In re Ferdinand Ramos Faure (TS-10,255). La materia tratada fue la baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. El Lcdo. Ferdinand Ramos Faure había presentado una moción solicitando su renuncia voluntaria. El Colegio de Abogados de Puerto Rico, al ser consultado, expresó no tener objeción a dicha solicitud. En respuesta a estas presentaciones, el Tribunal Supremo autorizó al Lcdo. Ferdinand Ramos Faure a darse de baja voluntaria de la institución. Esta resolución oficial del Tribunal Supremo se identifica como 2008 TSPR 76.
2008 • 9 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00010255
Ponente:
Resolución
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 9 de mayo de 2008. La Resolución atiende la solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. Manuel A. Hernández García. Dicha solicitud fue sometida mediante misiva el 26 de noviembre de 2007. El Colegio de Abogados de Puerto Rico, consultado al respecto, informó el 14 de febrero de 2008 que no tenía objeción a la renuncia. En consecuencia, el Tribunal autorizó al Lcdo. Manuel A. Hernández García a darse de baja voluntaria de la institución. Esta decisión formaliza su retiro de la práctica legal en Puerto Rico.
2008 • 7 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-0003784
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Ciro Ángel Betancourt. Se le había requerido responder a un informe de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) que señalaba deficiencias, incluyendo una deuda arancelaria de \$24,636. A pesar de ser apercibido de posibles sanciones severas, el licenciado no compareció ni se expresó sobre el informe. El Tribunal determinó que el incumplimiento con sus requerimientos y la indiferencia ante los apercibimientos justifican la imposición de sanciones disciplinarias. Desatender las órdenes judiciales constituye un serio agravio a la autoridad de los tribunales y viola el Canon 9 del Código de Ética Profesional. Por tanto, se ordenó la suspensión indefinida e inmediata del Lcdo. Ciro Ángel Betancourt del ejercicio de la abogacía. Además, se refirió el asunto al Procurador General para que demande del fiador notarial, el Colegio de Abogados de Puerto Rico, el reembolso de la deuda de \$24,636. Se detalló la forma en que debía realizarse dicho reembolso mediante cheques certificados.
2008 • 7 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2006-0232
Ponente:
Sentencia
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2006-232, sobre despido ilegal y daños y perjuicios. El recurso solicita la revisión de una decisión del Tribunal de Apelaciones. Dicho foro revocó una sentencia previa del Tribunal de Primera Instancia. La sentencia de instancia había declarado con lugar una acción de despido ilegal y daños y perjuicios. La acción fue presentada por Heberto Morales Bengochea contra Banco Popular de Puerto Rico. El señor Morales alegó despido ilegal bajo la Ley 80, Ley 44, ADA, Ley 45 y daños bajo el Código Civil. Su reclamo se basa en problemas de salud, como asfixia y ansiedad, surgidos tras presenciar un asalto en su lugar de trabajo en 1985. Estos síntomas lo llevaron a buscar atención médica, incluyendo tratamiento psiquiátrico. El Tribunal Supremo evaluará si procedía el despido a la luz de estos hechos y las leyes aplicables.
2008 • 7 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2006-0205
Ponente:
Sentencia
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico que revisa una decisión del Tribunal de Apelaciones. El caso surge de una reclamación de salarios presentada por Juan Arroyo Camacho y Aleja del Valle Trinidad contra la Sucesión de Ángel Joglar Suárez. El peticionario, José Antonio Joglar Suárez, impugna la negativa del Tribunal de Apelaciones a expedir un auto de certiorari. El Tribunal de Apelaciones denegó el auto argumentando que su intervención desvirtuaría la naturaleza sumaria del procedimiento laboral en el Tribunal de Primera Instancia. La reclamación de salarios se relaciona con el trabajo en el establecimiento Parking Santa Rita, parte del caudal hereditario. Los hechos de fondo incluyen el testamento del causante, la exclusión del peticionario de ciertos legados y la venta posterior de su participación hereditaria. El Tribunal Supremo evalúa si la denegatoria del certiorari por parte del Tribunal de Apelaciones fue correcta.
2008 • 6 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-000003138
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera la conducta profesional del licenciado Lorenzo Muñoz Franco. El proceso se inició tras notificarse su convicción en la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico. Inicialmente, se ordenó al Procurador General informar sobre el resultado de mociones pendientes. Posteriormente, el Procurador General presentó una querella detallando la convicción. Muñoz Franco fue hallado culpable de conspiración para cometer una ofensa o defraudar a los Estados Unidos. También fue convicto por ayudar e incitar al fraude bancario y al uso ilegal de fondos bancarios. La sentencia incluyó penas de reclusión concurrentes de 46 y 60 meses. Adicionalmente, se le impusieron tres años de libertad supervisada, una pena especial de \$400 y una multa de \$50,000. Este documento *Per Curiam* aborda estos hechos en el contexto de su ejercicio profesional.
2008 • 6 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2004-0118
Ponente:
Hon. Fiol Matta
Resumen:
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2004-0118, presentado por Daniel Suárez Figueroa y Maribel Velázquez Rosa contra Sabanera Real, Inc., y otros. La controversia principal gira en torno a un incumplimiento de contrato relacionado con deficiencias en la construcción de una propiedad. El Tribunal debe determinar si un urbanizador se libera de responsabilidad por prácticas de construcción indeseables, según la Ley 130 de 1967, si la escritura de compraventa se firma antes de que se resuelva una querella pendiente en el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). Asimismo, se examina si los compradores renuncian a una reclamación previamente presentada y pendiente de adjudicación al firmar una escritura que acepta el inmueble "sin reservas". El caso se originó por una queja de los compradores sobre un cambio en el acabado del plafón de la unidad que habían opcionado. La opinión es emitida por la Jueza Asociada señora Fiol Matta.
2008 • 5 de mayo de 2008
Número de Caso:
CC-2005-1139
Ponente:
Sentencia
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve un caso de custodia entre Milagros Patricia Rivera Ríos y Arturo José Rivera Molina. Tras su divorcio en 2002, acordaron patria potestad compartida y custodia para la madre. Surgieron dificultades con el régimen de visitas del padre, lo que motivó su solicitud de intervención judicial. El tribunal refirió el caso al Programa de Relaciones de Familia, cuyo informe señaló la falta de comunicación entre los padres. En 2004, el tribunal ordenó terapia para los padres y adoptó un plan de visitas. Posteriormente, en 2005, el padre solicitó que se le concediera la custodia compartida. El caso llegó al Supremo mediante certiorari, evidenciando la persistencia del conflicto sobre la custodia y las relaciones paterno-filiales. La sentencia aborda la disputa sobre la modificación del acuerdo inicial de custodia y la necesidad de mejorar la comunicación parental en beneficio del menor.
2008 • 2 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-0013040
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 2 de mayo de 2008. La Resolución examinó la Moción presentada por la Lcda. Luz E. Méndez Rivera solicitando su renuncia voluntaria al ejercicio de la abogacía. También consideró la Moción en Contestación presentada por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. El Tribunal autorizó a la licenciada Méndez Rivera a darse de baja voluntariamente de esa Institución. Este documento oficial del Tribunal Supremo certifica la decisión.
2008 • 2 de mayo de 2008
Número de Caso:
TS-00003735
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la conducta profesional de la Lcda. Stella Caballero Bastard. La Comisión de Ética del Colegio de Abogados informó su incumplimiento al no responder a una queja en su contra. El Tribunal le ordenó responder, bajo apercibimiento de sanciones, pero ella no cumplió. Posteriormente, la Oficina de Inspección de Notarías reportó serias deficiencias en su obra notarial, algunas afectando la validez de los instrumentos. El Tribunal le concedió un término para expresarse sobre estas deficiencias, pero tampoco compareció. La licenciada ya se encontraba suspendida del ejercicio de la notaría desde 2005. El caso aborda sus repetidos incumplimientos con los requerimientos del Colegio de Abogados y las órdenes del Tribunal Supremo. Estos incumplimientos se refieren tanto a una queja de conducta como a graves fallas en su práctica notarial.
2008 • 1 de mayo de 2008
Número de Caso:
ER-2008-0002
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aprobó un procedimiento para acciones disciplinarias contra jueces y juezas del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal de Apelaciones. Este procedimiento se enfoca en atender quejas por hostigamiento sexual. La aprobación se basa en la prohibición constitucional del discrimen por sexo, mandatos legislativos y la política pública de la Rama Judicial contra el hostigamiento sexual. Las reglas establecen un mecanismo justo, rápido e imparcial para ventilar estas quejas. El procedimiento busca imponer responsabilidad por esta conducta ilegal y discriminatoria. Asimismo, salvaguarda los intereses de la parte querellante y los derechos de la parte querellada. Faculta al Juez Presidente y al Director Administrativo a tomar medidas cautelares durante la investigación. Este procedimiento entrará en vigor sesenta días después de la certificación de la resolución.
2008 • 1 de mayo de 2008
Número de Caso:
ER-2008-0003
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aprueba un nuevo Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio en Procedimientos de Naturaleza Penal. Este reglamento actualiza el sistema establecido en 1998 para proveer representación legal a personas indigentes en casos criminales. La Ley de la Judicatura del 2003 reconoce la autoridad del Tribunal para regular la asignación de abogados de oficio y establecer criterios de indigencia. Tras evaluar un informe de un comité y un estudio, el Tribunal adopta la nueva normativa. El nuevo reglamento reduce las horas de servicio gratuito que un abogado debe donar anualmente de cincuenta a treinta antes de ser compensado. Por primera vez, los abogados pueden solicitar crédito de educación jurídica continua por las horas de servicio de oficio. Esto reconoce la labor de quienes representan a imputados que carecen de recursos económicos. El reglamento busca mejorar la eficiencia y equidad en la asignación de defensa legal de oficio.
2008 • 30 de abril de 2008
Número de Caso:
TS-000006541
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
2008 • 25 de abril de 2008
Número de Caso:
AB-2007-0112
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
2008 • 25 de abril de 2008
Número de Caso:
TS-00002609
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 25 de abril de 2008. La Resolución atiende la solicitud del Lcdo. Víctor M. Fusté Conde. El Lcdo. Fusté solicitó la baja voluntaria del ejercicio de la profesión de abogado. El Colegio de Abogados de Puerto Rico presentó una moción indicando no tener objeción a dicha solicitud. En respuesta a estas mociones, el Tribunal Supremo autorizó al Lcdo. Víctor M. Fusté Conde a darse de baja voluntariamente de esa institución.