Partes:
In re: Antonio J. Géigel Ginorio
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional Suspensión de la Abogacía y la Notaría por Falta de Pago Prima Notarial y por incumplimiento con requerimientos del Tribunal
Número de Caso:
TS-000002335
Año:
2008
Fecha:
13 de mayo de 2008
El caso concierne al licenciado Antonio J. Géigel Ginorio, abogado y notario admitido en 1964. El Colegio de Abogados de Puerto Rico informó al Tribunal Supremo que el licenciado no había pagado su fianza notarial desde abril de 2007. Ante esta falta, el Tribunal emitió una resolución concediéndole veinte días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido del ejercicio de la notaría. Se le apercibió que el incumplimiento conllevaría la suspensión y posibles sanciones adicionales. Al no responder, se le otorgó un término final de diez días, notificado personalmente, bajo apercibimiento de suspensión. El licenciado Géigel Ginorio tampoco compareció ni pagó la deuda dentro de este segundo plazo. Debido a su reiterado incumplimiento con las órdenes del Tribunal, se procede a resolver el asunto sin más trámite. La fianza notarial es un requisito legal esencial para ejercer la profesión, garantizando el buen desempeño y cubriendo posibles daños.
| In re: | 2008 TSPR 80 |
|---|---|
| Antonio J. Géigel Ginorio | 174 DPR |
Número del Caso: TS-2335
Fecha: 13 de mayo de 2008
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcda. Celina Romaní Siaca Directora Ejecutiva
Materia: Suspensión por Falta de Pago de Fianza Notarial
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