Partes:
In re: Víctor A. Ramírez de Arellano
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Reinstalación al ejercicio de la abogacía
Número de Caso:
TS-00009179
Año:
2008
Fecha:
20 de mayo de 2008
Víctor A. Ramírez de Arellano, admitido a la abogacía en 1989, solicita su reinstalación al ejercicio de la profesión en Puerto Rico. Fue separado definitivamente de la práctica el 23 de diciembre de 1996. Esta separación se debió a su convicción en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos por posesión de cocaína con intención de distribuirla, delito al que se declaró culpable. Cooperó con las autoridades federales y recibió una sentencia de cuatro años de libertad supervisada. Cumplió con los términos de la sentencia, lo cual fue certificado en septiembre de 2000. Aunque inicialmente solicitó la renuncia voluntaria, el Tribunal dejó sin efecto esa solicitud y ordenó su separación definitiva basada en la convicción por delito grave que implicaba depravación moral. Cinco años después de completar su sentencia, en noviembre de 2005, presentó la petición de reinstalación. El Tribunal Supremo refirió la solicitud al Procurador General y a la Comisión de Reputación de Aspirantes para sus informes. Este documento es la decisión Per Curiam del Tribunal Supremo sobre su solicitud.
| In re: | 2008 TSPR 91 |
|---|---|
| Víctor A. Ramírez de Arellano | 174 DPR |
Número del Caso: TS-9179
Fecha: 20 de mayo de 2008
Abogado de la Parte Peticionaria: Por Derecho Propio
Oficina del Procurador General: Lcda. Noemí Rivera De León Procuradora General Auxiliar
Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Lourdes I. Quintana Lloréns Directora
Materia: Reinstalación al ejercicio de la abogacía
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tri...
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