2017 • 7 de febrero de 2017
Número de Caso:
CC-2014-304 cons. CC-2014-742
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Resumen:
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que consolida los casos CC-2014-304 y CC-2014-742. La decisión aborda controversias surgidas bajo la Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011 (Ley Núm. 119-2011). Examina los requisitos necesarios para autorizar la retención de propiedad incautada con fines investigativos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 13 de dicha ley. Asimismo, analiza las consecuencias legales de no emplazar al Secretario de Justicia con una demanda de impugnación dentro del término jurisdiccional establecido. La opinión, emitida por el Juez Asociado Feliberti Cintrón, clarifica aspectos cruciales del procedimiento de confiscación en Puerto Rico.
2017 • 6 de febrero de 2017
Número de Caso:
TS-9708
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en resolución de 6 de febrero de 2017, atendió la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el señor Gerardo Fernández Amy. El Tribunal proveyó ha lugar a la moción, concediendo la reinstalación solicitada. Sin embargo, impuso varias condiciones al abogado Fernández Amy. Se le apercibe que debe continuar corrigiendo las deficiencias señaladas por la Oficina de Inspección de Notarías a sus expensas. Además, se le requiere presentar en un término de noventa días una certificación que acredite el cumplimiento con los requisitos de educación jurídica continua. Se ordena al Secretario del Tribunal registrar el cambio de estatus a abogado activo en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico. Finalmente, se le ordena al abogado actualizar su información de contacto en dicho registro. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez disintió, proveyendo no ha lugar a la solicitud.
2017 • 2 de febrero de 2017
Número de Caso:
EC-2017-01
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 2 de febrero de 2017. Mediante este documento, se reconstituye el Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Criminal. La decisión responde a la necesidad de actualizar el informe de reglas presentado en 2008, considerando las enmiendas posteriores y el desarrollo jurisprudencial. El objetivo principal es revisar y proponer un proyecto moderno de Reglas de Procedimiento Criminal. Este proyecto deberá propender a agilizar los procedimientos judiciales. Asimismo, deberá incorporar la normativa jurisprudencial sobre los derechos constitucionales de las personas sujetas a proceso penal. La resolución detalla la composición del comité, que incluye jueces, abogados y representantes de entidades relevantes. El comité cuenta con un plazo de un año para cumplir su encomienda, recibiendo apoyo del Secretariado y pudiendo crear subcomités.
2017 • 31 de enero de 2017
Número de Caso:
TS-11,288
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió de manera inmediata e indefinida al Lcdo. Edwin Montañez Melecio del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se fundamenta en el incumplimiento del letrado con los requisitos de educación jurídica continua correspondientes a los periodos de septiembre de 2007 a agosto de 2013. A pesar de múltiples notificaciones y oportunidades, el licenciado no completó los cursos requeridos ni pagó la cuota por cumplimiento tardío. Tampoco compareció a una vista informal programada por el Programa de Educación Jurídica Continua. Adicionalmente, el letrado no respondió a una Resolución del Tribunal Supremo que le requería mostrar causa por su incumplimiento. La suspensión fue dictada el 31 de enero de 2017 y se hizo efectiva el 17 de febrero de 2017, fecha de notificación.
2017 • 27 de enero de 2017
Número de Caso:
AB-2002-232
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó informes relacionados con la conducta profesional del Lcdo. Osvaldo Ortiz Medina. Como resultado, el Tribunal instruyó a la Procuradora General a presentar la querella correspondiente. Además, se ordenó como medida cautelar la suspensión inmediata del licenciado del ejercicio de la notaría. El Alguacil del Tribunal fue instruido para incautar la obra y el sello notarial del licenciado Ortiz Medina. Estos materiales serán entregados a la Oficina de Inspección de Notarías para su examen e informe al Tribunal. Esta resolución fue emitida el 27 de enero de 2017.
2017 • 27 de enero de 2017
Número de Caso:
AB-2014-407
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución en el caso In re Rogelio Canales Pacheco, expediente AB-2014-407, con fecha 27 de enero de 2017. La Resolución surge tras examinar informes de la Oficina de Inspección de Notarías y la Procuradora General, así como un escrito del licenciado Canales Pacheco. Se señala que el licenciado no cumplió con una Resolución previa del Tribunal de 5 de febrero de 2016. Ante dicho incumplimiento, el Tribunal ordena a la Procuradora General presentar la correspondiente querella. Adicionalmente, se dispone la suspensión preventiva del licenciado Rogelio Canales Pacheco del ejercicio de la notaría. Esta suspensión se mantendrá vigente hasta que el Tribunal Supremo emita una determinación final sobre el asunto.
2017 • 26 de enero de 2017
Número de Caso:
TS-7909
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad inherente para suspender a un letrado del ejercicio de la abogacía. La decisión afecta al Lcdo. Ramón A. Cacho Pérez por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua correspondientes al periodo 2007-2008. Se le imputa también desatender los requerimientos emitidos por el Tribunal y la Oficina de Inspección de Notarías. En 2011, tras ser requerido para mostrar causa, el abogado solicitó su baja voluntaria, aduciendo su deseo de retirarse y que no practicaba la profesión. A pesar de su solicitud de baja voluntaria, el Tribunal procede con la suspensión. La suspensión del ejercicio de la abogacía es inmediata e indefinida. La efectividad de la suspensión se estableció el 22 de enero de 2017.
2017 • 25 de enero de 2017
Número de Caso:
EM-2017-01
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 25 de enero de 2017. Autoriza la baja voluntaria de un grupo de abogados y abogadas. La resolución cubre el periodo comprendido entre septiembre de 2015 y octubre de 2016. Se detallan los nombres y números de colegiado de los profesionales cuya solicitud de baja fue aprobada. La lista incluye a 32 abogados distribuidos por mes dentro del periodo especificado. Este documento sirve como registro oficial de las autorizaciones concedidas por el Tribunal.
2017 • 25 de enero de 2017
Número de Caso:
EM-2017-02
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Autoriza el cambio a estatus de Abogado(a) Inactivo(a) en el Registro Único de Abogados (RUA). La aprobación cubre el periodo de septiembre de 2015 a septiembre de 2016. El documento lista los nombres de los abogados y abogadas cuyo cambio de estatus fue autorizado durante dicho periodo. Se incluyen sus números de registro profesional. La lista está organizada por el mes en que se concedió la autorización. Constituye un documento oficial del Tribunal.
2017 • 20 de enero de 2017
Número de Caso:
CC-2014-122
Ponente:
Sentencia con Opinión de Conformidad
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una sentencia en el caso CC-2014-122, resultado de un auto de certiorari expedido el 27 de junio de 2014. Los peticionarios, José Lorenzo Hernández, Carmen L. Lorenzo Nieves y su sociedad de gananciales, impugnaron la desestimación de su causa de acción de retracto por los foros inferiores. Tras examinar los alegatos, el Tribunal Supremo resolvió revocar las sentencias del Tribunal de Apelaciones y del Tribunal de Primera Instancia. La decisión ordena devolver el caso al Tribunal de Primera Instancia. El propósito es permitir la continuación de los procedimientos relacionados con la acción de retracto instada por los peticionarios. La sentencia contó con una Opinión de Conformidad de la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez, a la que se unieron otros jueces. Otro juez emitió una expresión de conformidad basada en jurisprudencia previa.
2017 • 20 de enero de 2017
Número de Caso:
TS-11,576
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión *Per Curiam* el 20 de enero de 2017 sobre la conducta profesional del Lcdo. Federico Ducoudray Acevedo. El licenciado, admitido a la abogacía y notaría en 1996, fue declarado culpable en el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico. Los cargos incluyeron intervenir con un testigo, víctima o informante y dos cargos por obstrucción a la debida administración de la justicia. Por estos delitos, fue sentenciado a 18 meses de prisión. La decisión del Tribunal Supremo, motivada por estas graves convicciones federales, resulta en la suspensión del licenciado Ducoudray Acevedo del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se hizo efectiva el 31 de enero de 2017.
2017 • 19 de enero de 2017
Número de Caso:
CP-2014-11
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la conducta profesional del Lcdo. Michaelangelo Rosario Vázquez. Se le imputó haber infringido los Cánones 18 y 19 del Código de Ética Profesional. La querella fue presentada por un cliente que lo contrató para representarlo ante la Junta Apelativa de Inmigración. El abogado debía notificar un recurso de apelación y presentar un escrito legal. El Tribunal concluyó que el licenciado Rosario Vázquez se apartó de los mencionados Cánones. Por ello, procedió a imponerle sanciones disciplinarias. La suspensión del ejercicio de la abogacía fue efectiva a partir del 23 de enero de 2017.
2017 • 18 de enero de 2017
Número de Caso:
CC-2015-138
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Resumen:
Esta opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, de 18 de enero de 2017, aborda un asunto de procedimiento criminal sobre el efecto de desestimar una vista preliminar en alzada. La desestimación ocurrió debido a que la fiscalía no cumplió con los términos de enjuiciamiento rápido para dicha vista. Esta situación se presenta cuando la vista preliminar inicial no encontró causa probable para el delito imputado originalmente, pero sí para uno inferior. El Tribunal reitera y aplica su decisión previa en *Pueblo v. Cruz Justiniano*, 116 DPR 28 (1984). En *Cruz Justiniano*, el Tribunal sostuvo que si la fiscalía recurre una determinación inicial de no causa para el delito original mediante una vista en alzada, y esa vista en alzada es subsiguientemente desestimada por violación a los términos de enjuiciamiento rápido, la determinación inicial de no causa para el delito original prevalece. La fiscalía no puede entonces presentar una nueva denuncia por el mismo delito para el cual inicialmente no se encontró causa. Este caso presenta un patrón fáctico similar. La decisión confirma que la desestimación de la vista en alzada por dilación impide a la fiscalía perseguir el delito que fue desestimado inicialmente. La sentencia refuerza la importancia de cumplir con los requisitos de enjuiciamiento rápido en el proceso de vista preliminar.
2017 • 10 de enero de 2017
Número de Caso:
CC-2015-462
Ponente:
Hon. Oronoz Rodríguez
Resumen:
Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico (CC-2015-0462, 10 de enero de 2017) aborda una controversia bajo la Ley de Condominios. La cuestión principal es la cantidad de votos requerida para aprobar obras de mejora cuando se impone una derrama para costearlas. El caso surge en el Condominio Marymar Condado, donde se propusieron varias mejoras (como cambio de piso de gimnasio, paisajismo, cámaras, iluminación LED, control de acceso y mejoras al salón de actividades) a ser financiadas mediante derramas especiales. El Tribunal analizó los principios del régimen de propiedad horizontal y el historial legislativo de la Ley de Condominios. Se determinó que la aprobación de obras de mejora que impliquen la imposición de una derrama requiere un acuerdo unánime de los titulares. La decisión establece un requisito estricto para este tipo de decisiones en los condominios. Esto contrasta con gastos necesarios o reparaciones ordinarias. La sentencia clarifica un aspecto importante de la gobernanza y toma de decisiones en la propiedad horizontal en Puerto Rico.
2017 • 10 de enero de 2017
Número de Caso:
TS-7583
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso de Gilberto Rodríguez Zayas. La materia principal es la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía. El Tribunal evaluó la Segunda Moción Solicitando Reconsideración presentada por el Sr. Rodríguez Zayas. Se determinó proveer ha lugar a dicha moción. En consecuencia, se ordena la reinstalación del Sr. Gilberto Rodríguez Zayas al ejercicio de la abogacía. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez expresó que hubiese reinstalado al peticionario desde su primera solicitud. El Juez Asociado Rivera García, por su parte, hubiese denegado la moción.
2017 • 9 de enero de 2017
Número de Caso:
TS-5411
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 9 de enero de 2017 en el caso Ex parte Lemuel Velilla Reyes. La Resolución ordena la suspensión provisional del Lcdo. Velilla Reyes del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida se toma tras evaluar una moción presentada por él en cumplimiento de una orden previa. Se le requiere mantener informado al Tribunal sobre el estado del procesamiento penal federal en su contra (U.S. vs. Velilla Reyes, Criminal No. 14-556 (DRD), 15-410 (DRD)). La Resolución advierte que, de confirmarse la condena en dicho caso, procederá su suspensión indefinida de la profesión legal. La suspensión provisional será efectiva una vez la Sentencia advenga final y firme conforme a la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo.
2017 • 4 de enero de 2017
Número de Caso:
CT-2016-19 CT-2016-20
Ponente:
Sentencia con opiniones de conformidad, opiniones concurrentes y opiniones disidentes en parte y concurrentes en parte.
Resumen:
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico presenta la carátula y los detalles iniciales de una sentencia emitida el 4 de enero de 2016. Se refiere a casos consolidados o relacionados identificados como CT-2016-19 y CC-2016-20. Las partes involucradas incluyen a Ángel M. Rodríguez Otero, el Comisionado Electoral del Partido Popular Democrático, Juan Pablo Hernández, Ramón Ruiz Nieves, y los Peticionarios en Certificación Hon. Thomas Rivera Schatz y Norma Burgos Andújar. Todos los casos se dirigen contra la Comisión Estatal de Elecciones y otros recurridos. La materia principal es una sentencia que incluye opiniones de conformidad, concurrentes y disidentes en parte. El documento es un registro oficial de la decisión del Tribunal en estos asuntos electorales.
2017 • 12 de diciembre de 2016
Número de Caso:
TS-10,325 TS-7,552 TS-12,353 TS-4,658
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión indefinida de cuatro miembros de la profesión legal: Maressa Abadía Muñoz, Salvador Ribas Dominicci, Norman Velázquez Torres y Reinaldo Ramos Valentín. La sanción se impone por el incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Los abogados hicieron caso omiso a los requerimientos del PEJC y del propio Tribunal. A pesar de recibir avisos de incumplimiento y oportunidades para corregir su situación, no tomaron los cursos adeudados ni pagaron las cuotas correspondientes. Se les concedieron términos adicionales e incluso se les citó a vistas, a las cuales algunos no comparecieron. Ante la actitud pasiva y la falta de cumplimiento, el Tribunal procede a ordenar la suspensión. La suspensión será efectiva en fechas específicas para cada abogado, tras la notificación de la decisión.
2016 • 29 de diciembre de 2016
Número de Caso:
TS-16,532
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico inició un procedimiento disciplinario contra la Lcda. Yarimar Soto Rivera por incumplimientos en el ejercicio de la notaría, ordenando en 2015 mostrar causa para no ser suspendida y la incautación de su obra. Tras recibir su explicación y un informe de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), se le concedió un término final en abril de 2016 para corregir las deficiencias. La ODIN informó en junio de 2016 que la letrada no cumplió con la orden de subsanar. Ante el incumplimiento reiterado, el Tribunal la suspende inmediata e indefinidamente del ejercicio de la notaría. Adicionalmente, se le ordena mostrar causa en un término final de treinta días por la cual no deba ser suspendida del ejercicio de la abogacía. Se le advierte que el incumplimiento con esta nueva orden puede resultar en sanciones disciplinarias severas, incluyendo la suspensión inmediata e indefinida de la profesión legal. La suspensión de la notaría es efectiva a partir del 23 de enero de 2017, fecha de notificación.
2016 • 27 de diciembre de 2016
Número de Caso:
TS-10,202 (CP-2013-2)
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución sobre la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por Miguel A. Montalvo Delgado. La "Moción urgente solicitando reinstalación" fue declarada con lugar por el Tribunal. No obstante, la reinstalación está sujeta a condiciones específicas. Se le concedió un término de sesenta días para que acredite el cumplimiento con los créditos del Programa de Educación Jurídica Continua para los periodos de 2011-2013 y 2013-2015. Se advierte que el incumplimiento con este requisito conllevará su suspensión inmediata. Adicionalmente, se ordenó a la Oficina de Inspección de Notarías informar en treinta días sobre el estado de la obra notarial incautada del señor Montalvo Delgado. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco no intervino en la decisión. El Juez Asociado señor Rivera García disintió, indicando que denegaría la solicitud hasta que se certificara el cumplimiento con la educación continua.
2016 • 23 de diciembre de 2016
Número de Caso:
TS-17,200
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en resolución del 23 de diciembre de 2016 (TS-17,200), examinó informes de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y mociones del Lcdo. Felipe Soto Ortiz. Se declaró no ha lugar a la solicitud del licenciado Soto Ortiz. Ante su incumplimiento con órdenes previas del Tribunal, se le suspendió inmediata e indefinidamente del ejercicio de la notaría. La suspensión fue efectiva a partir del 10 de enero de 2017. Se ordenó al Alguacil del Tribunal incautar inmediatamente el sello y la obra notarial bajo su custodia. Estos materiales deben ser entregados al Director de la ODIN para investigación.
2016 • 19 de diciembre de 2016
Número de Caso:
EM-2016-5
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante Resolución de 19 de diciembre de 2016, aborda las medidas de control de gastos de la Rama Judicial. En cumplimiento de la Orden Administrativa OAJP-2016-011, se designan el 13 de abril, 24 de julio, 24 de noviembre y 26 de diciembre de 2017 como días de cierre total. Durante estos cierres, los Centros Judiciales y salas de los Tribunales de Primera Instancia, Apelaciones y Supremo permanecerán cerrados, salvo excepciones limitadas. Como consecuencia de estos cierres totales, y al amparo de su facultad reglamentaria, el Tribunal determina que dichas fechas serán consideradas feriados. Para el cómputo de términos en procedimientos judiciales, cualquier término que expire en alguno de estos días se extenderá al siguiente día laborable. Esta disposición se aplica a todos los casos y asuntos en todas las Regiones Judiciales, conforme a lo dispuesto en el Código Político de 1902. La Resolución ordena su inmediata difusión pública.
2016 • 19 de diciembre de 2016
Número de Caso:
CC-2015-325
Ponente:
Hon. Colón Pérez
Resumen:
Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico examina la validez de una ordenanza municipal del Municipio de Peñuelas. La ordenanza prohíbe el uso de cenizas procedentes de la quema de carbón como material de relleno o construcción dentro de sus límites territoriales. La controversia surgió luego de que Ecosystems, Inc. obtuviera un permiso para construir un sistema de relleno sanitario, el cual no especificaba los materiales de relleno a utilizar. La Legislatura Municipal de Peñuelas aprobó la Ordenanza Núm. 13, Serie 2012-2013, prohibiendo específicamente el uso de cenizas de carbón. La cuestión legal principal giró en torno a la facultad del municipio para regular esta materia y la posible aplicación de la doctrina del campo ocupado. El Tribunal Supremo determinó que el Municipio de Peñuelas puede prohibir válidamente el uso de dicho material mediante ordenanza. La Corte concluyó que, al no existir una disposición estatal en contrario que ocupe el campo, la ordenanza municipal prevalece. La decisión afirma la autoridad municipal para regular el manejo de agregado manufacturado a base de cenizas en ausencia de preeminencia estatal.
2016 • 14 de diciembre de 2016
Número de Caso:
EC-2016-1
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico constituyó en 2004 la Comisión para el Estudio y Evaluación de la Función Notarial con el fin de analizar la práctica y recomendar cambios a la legislación y reglamentación. Dicha Comisión rindió un informe exhaustivo en agosto de 2010, detallando hallazgos sobre el notariado puertorriqueño y proponiendo enmiendas a la Ley y Reglamento Notarial, así como cambios en la formación, admisión y desarrollo profesional. En atención a la relevancia del informe de 2010, el Tribunal convocó en 2015 la Segunda Sesión Ordinaria de la Conferencia Notarial para su presentación y discusión. Durante la Conferencia, se realizaron talleres grupales para recopilar comentarios y sugerencias de los participantes. El Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial se encuentra en la etapa final de compilar esta información. La presente Resolución, titulada "Reconstitución de la Comisión", probablemente busca reactivar o reconfigurar la Comisión para continuar el estudio y análisis basado en el informe de 2010 y los comentarios recibidos en la Conferencia Notarial.
2016 • 14 de diciembre de 2016
Número de Caso:
TS-12,077
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la solicitud urgente de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por el Sr. Carlos J. Nazario Díaz. Mediante resolución de 14 de diciembre de 2016, el Tribunal acordó reinstalarlo al ejercicio de la profesión legal. Adicionalmente, se instruyó al Secretario del Tribunal a activar la Querella Núm. CP-2013-019. Esta acción se tomó conforme a lo dispuesto en una resolución previa de 20 de julio de 2016. La decisión fue certificada por el Secretario del Tribunal Supremo.
2016 • 12 de diciembre de 2016
Número de Caso:
RG-2014-1
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisa el alcance de la facultad calificadora del Registrador de la Propiedad. El caso se origina con la presentación para inscripción de una escritura de venta judicial. Dicha escritura documenta la adquisición de una propiedad por Luz Delia Pedragón Ferrer en segunda subasta. El Registrador denegó la inscripción, citando varias faltas. Entre las deficiencias señaladas se encontraba la falta de acreditación de la notificación del aviso de subasta al demandado por correo certificado. El Registrador también requirió la presentación de documentos complementarios como el aviso de subasta, el acta de primera subasta y la certificación de publicación de edictos. Adicionalmente, se mencionó la necesidad de cancelar el título negociable si la hipoteca garantizaba uno. La parte peticionaria solicitó la recalificación, abordando algunas de las objeciones. La decisión del Tribunal definirá los límites de la autoridad del Registrador al evaluar este tipo de documentos.
2016 • 9 de diciembre de 2016
Número de Caso:
CC-2014-200
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Resumen:
Este es un caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico (CC-2014-200, 2016 TSPR 242) entre José Julio Cardona Caraballo y otros empleados/UTAC contra la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT). La cuestión central a determinar es si el pago de gastos por concepto de dietas y millaje constituye un beneficio económico. Esta determinación es crucial para la aplicación del Artículo 11(a) de la Ley Núm. 180-1998 (Ley de salario mínimo, vacaciones y licencia por enfermedad de Puerto Rico). Los empleados demandaron a la ACT reclamando el reembolso de gastos impagos adeudados desde el 1 de julio de 2010. Basaron su reclamo en el convenio colectivo, la Ley Núm. 74-1965 y reglamentos pertinentes. Adicionalmente, solicitaron la imposición de la penalidad dispuesta en el Artículo 11(a) de la Ley Núm. 180. Dicha penalidad incluye una cantidad igual a la suma impaga, más intereses y honorarios de abogado. La opinión del Tribunal, emitida por el Juez Asociado Estrella Martínez, aborda esta específica cuestión legal.
2016 • 8 de diciembre de 2016
Número de Caso:
CC-2015-801
Ponente:
Sentencia con Opinión de Conformidad y Opinión Disidente
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió mediante certiorari el caso de Hayrinés Calderón Fradera contra el Departamento de la Familia. La controversia principal giraba en torno a si la empleada presentó dentro del término de 30 días la evidencia de antigüedad requerida por la Ley Núm. 7-2009 para ser excluida de un plan de cesantías. El Tribunal, al encontrarse igualmente dividido, confirmó la sentencia emitida previamente por el Tribunal de Apelaciones. La decisión incluyó una Sentencia, una Opinión de Conformidad, una Expresión de Conformidad y una Opinión Disidente. La Expresión de Conformidad señaló que la responsabilidad de producir las certificaciones de antigüedad recaía en las agencias, no en la empleada, y que imponerle esa carga resultaba irrazonable ante la dilación agencial. Se hizo constar que la empleada recibió certificaciones de antigüedad contradictorias del Departamento de la Familia y presentó evidencia de servicio en otra agencia. La sentencia fue emitida el 8 de diciembre de 2016.
2016 • 7 de diciembre de 2016
Número de Caso:
CT-2016-6 CC-2016-347
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Resumen:
Este documento constituye una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, emitida el 7 de diciembre de 2016, que consolida los casos CT-2016-6 y CC-2016-347. La controversia principal que atiende el Tribunal es una pugna jurisdiccional entre un organismo administrativo y el foro judicial. Específicamente, se dilucida cuál es el foro competente para revisar las determinaciones de la Junta de Subastas de Mejoras Permanentes de la Universidad de Puerto Rico (UPR). Las partes involucradas incluyen a empresas de construcción como CIC Construction Group, Aireko Construction y F&R Construction Group, así como la Junta de Subastas de la UPR, la propia Universidad y la Junta Revisora de Subastas de la Administración de Servicios Generales. La opinión, emitida por el Juez Asociado Feliberti Cintrón, busca resolver este conflicto sobre el foro adecuado para impugnar las decisiones de subastas de la UPR.
2016 • 7 de diciembre de 2016
Número de Caso:
AB-2014-483 AB-2015-352
Ponente:
Per Curiam y Resolución Nunc pro tunc
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una decisión *Per Curiam* en los casos consolidados AB-2014-483 y AB-2015-352. La decisión concierne al licenciado William López Méndez, quien enfrenta quejas por alegada negligencia profesional. Se le acusa de abandonar responsabilidades, no representar adecuadamente a un cliente y no devolver honorarios pagados. Específicamente, una queja detalla el incumplimiento en gestiones relacionadas con una herencia y tutela, a pesar de haber recibido $1,000. El Tribunal señala que la suspensión se debe a que el abogado ha incumplido reiteradamente con órdenes judiciales en ocasiones separadas. Como resultado, se le suspende del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es efectiva a partir del 13 de diciembre de 2016. Este documento oficial está sujeto a correcciones del proceso de publicación.
2016 • 30 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-9,107
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución en el caso de Luis M. Polanco Ortiz. La Resolución atiende la Moción Solicitando Reinstalación presentada por el Sr. Polanco Ortiz. Tras examinar la solicitud, el Tribunal decidió reinstalarlo al ejercicio de la abogacía. Sin embargo, se le apercibe que cualquier inobservancia futura estará sujeta a medidas disciplinarias más severas. Adicionalmente, el Tribunal reactivó la Queja Núm. AB-2010-159. Dicha queja había sido archivada administrativamente tras su suspensión previa. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria Interina.
2016 • 30 de noviembre de 2016
Número de Caso:
CC-2014-783
Ponente:
Hon. Rodríguez Rodríguez
Resumen:
La Opinión del Tribunal Supremo, con número de caso CC-2014-783 y fecha 30 de noviembre de 2016, aborda la intervención de los Procuradores de Asuntos de Familia en procedimientos de consignación judicial. La controversia principal gira en torno a si es necesaria la autorización judicial y la intervención de la Procuradora de Asuntos de Familia cuando la consignación se realiza a favor de un menor de edad. Tras un cambio en el trasfondo fáctico, el Tribunal también considera si estos requisitos aplican a consignaciones a favor de una persona mayor de edad declarada judicialmente incapaz. El Tribunal anticipa que la respuesta a esta cuestión será la misma para ambos supuestos. El caso concreto surge de la consignación de beneficios de retiro de un empleado fallecido (AEELA) a favor de su hija menor de edad. La menor no podía recibir directamente la suma de $34,291.41 por carecer de capacidad legal, lo que motivó la petición de consignación judicial por parte de la Administración. La opinión resolverá si la intervención de los procuradores es obligatoria en este tipo de procedimientos.
2016 • 29 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-8,816
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó la Solicitud de Readmisión al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría presentada por el Sr. Carlos A. Oliver Rivera. La Corte autorizó la reinstalación del señor Oliver Rivera al ejercicio de la abogacía. En cuanto a la solicitud de readmisión a la notaría, el Tribunal concedió un término de 15 días a la Oficina de Inspección de Notarías. Dicha oficina deberá expresarse sobre la solicitud y reportar el estado de la obra notarial del señor Oliver Rivera. Esta decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaría.
2016 • 23 de noviembre de 2016
Número de Caso:
CC-2014-1003
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examina por primera vez si las obras de arte creadas por un artista durante la vigencia de una Sociedad Legal de Gananciales son de carácter privativo o ganancial. La controversia surge en el caso de la Sucesión de Julio Rosado del Valle contra Sonia Acevedo Marrero. Se destaca la naturaleza singular de la propiedad intelectual, distinta de otros bienes, y su protección por su contribución social y valor cultural/estético. El caso requiere reevaluar los derechos de autor y el régimen legal de gananciales. Ni las leyes de propiedad intelectual ni las disposiciones del Código Civil abordan expresamente la relación entre propiedad intelectual y el régimen de gananciales. La jurisprudencia previa solo ha declarado el carácter personalísimo del derecho moral de autor. La decisión busca armonizar los intereses en conflicto, como la presunción de ganancialidad del resultado del trabajo conyugal y la naturaleza única de los derechos de propiedad intelectual.
2016 • 22 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-10971 CP-2013-16
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó una moción de la abogada Leida Pagán Torres. Dicha moción solicitaba su reinstalación al ejercicio de la abogacía. Tras considerar la solicitud, el Tribunal decidió concederla. Por consiguiente, se reinstala a Leida Pagán Torres al ejercicio activo de la profesión legal. La decisión fue emitida el 22 de noviembre de 2016. Se ordena al Secretario del Tribunal que actualice el estatus de la abogada en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (RÚA). Asimismo, se instruye a la abogada Pagán Torres a actualizar su información de contacto en el RÚA.
2016 • 16 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-6484 CP-2016-9
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo denegó una moción para paralizar los procedimientos disciplinarios contra el Lcdo. Manuel Díaz Collazo. Ante su craso incumplimiento con órdenes previas, el Tribunal lo suspendió inmediata e indefinidamente del ejercicio de la notaría. Se concedió al Lcdo. Manuel A. Díaz Rivera, abogado del querellado, un término final de treinta días para mostrar causa por la cual el Lcdo. Díaz Collazo no deba ser suspendido de la abogacía. Dentro de ese mismo plazo, se ordenó contestar la querella CP-2016-9 y subsanar las deficiencias de la obra notarial. Se advirtió que el incumplimiento con estas órdenes resultará en la suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía. La suspensión de la notaría fue efectiva el 22 de noviembre de 2016, fecha de notificación.
2016 • 15 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-11,724
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 15 de noviembre de 2016. El caso, identificado como TS-11,724, trata sobre la solicitud de readmisión al ejercicio de la abogacía presentada por Aida Barrios Castellanos. El Tribunal evaluó las mociones radicadas por la abogada peticionaria. Tras la evaluación, el Tribunal determinó proveer ha lugar a la solicitud. Como resultado, se ordena el cambio de estatus de la abogada en el Registro de Abogados y Abogadas. Su estatus será modificado a "abogada activa".
2016 • 15 de noviembre de 2016
Número de Caso:
CC-2014-588
Ponente:
Hon. Oronoz Rodríguez
Resumen:
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 15 de noviembre de 2016 en el caso CC-2016-588. El documento aborda la responsabilidad civil extracontractual del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Se enfoca en el deber general del Estado de velar por la seguridad pública y evitar la criminalidad. El Tribunal busca establecer si la Policía de Puerto Rico, y por ende el Estado, es civilmente responsable por daños causados por terceros durante la comisión de un acto delictivo. El caso se origina de un trágico accidente ocurrido en 1998 durante carreras clandestinas de vehículos en Morovis. Estas carreras se celebraban semanalmente desde 1990 en la Carretera 567, con una asistencia considerable. Eran de conocimiento general y contaban con el apoyo indirecto del Alcalde, quien instruyó a la policía municipal a no intervenir. La Policía de Puerto Rico también estaba al tanto del problema. La opinión examina la responsabilidad del Estado bajo estas circunstancias.
2016 • 14 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-10,218
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera el caso del Lcdo. Ramón M. Negrón Colón, quien fue convicto en el foro federal. El abogado se declaró culpable del delito de conspiración para cometer lavado de dinero, en violación a la Sección 1956 del 18 USC. Como resultado, fue sentenciado a setenta y un meses de reclusión y tres años de libertad supervisada. Al recibir notificación de la sentencia federal, el Tribunal Supremo ordenó a la Procuradora General rendir un informe y al letrado mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. El licenciado Negrón Colón no compareció ni respondió a la orden del Tribunal. Ejerciendo su facultad inherente para reglamentar la profesión legal, el Tribunal procede a suspender sumariamente al abogado. La suspensión se basa en la convicción federal y la falta de respuesta del letrado. La suspensión es efectiva a partir del 15 de noviembre de 2016, fecha de su notificación.
2016 • 14 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-14,965
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión del Lcdo. José L. Amiama Laguardia del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se basa en el incumplimiento del letrado con las órdenes del Tribunal y los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarias (ODIN). La ODIN identificó múltiples deficiencias sustantivas y arancelarias en los protocolos notariales del licenciado correspondientes a los años 2007 y 2011-2014. A pesar de varias comunicaciones y términos otorgados, el notario no subsanó las deficiencias pendientes ni respondió a los informes de la ODIN. Esta conducta persistente de incumplimiento y falta de respuesta llevó al Director de la ODIN a presentar un informe ante el Tribunal. El Tribunal considera que el incumplimiento con los requerimientos de la ODIN constituye una falta a sus órdenes. Por consiguiente, se impone la sanción de suspensión. La suspensión será efectiva a partir de la fecha en que se le notifique al abogado.
2016 • 9 de noviembre de 2016
Número de Caso:
CP-2011-12
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico impone una censura enérgica al Lcdo. Juan Maldonado Torres por infringir los Cánones 18 y 19 del Código de Ética Profesional. La acción disciplinaria surge de una queja presentada por una cliente a quien el abogado representaba en un caso de daños contra el Municipio de Cayey. El letrado no cumplió adecuadamente con sus deberes profesionales al notificar erróneamente al Municipio de Camuy en lugar del Municipio de Cayey. Además, omitió notificar al Estado Libre Asociado de Puerto Rico a través del Secretario de Justicia, según lo exige la Ley Núm. 104. Esta falta de diligencia y competencia profesional llevó al Tribunal a determinar la violación de los cánones éticos. La decisión subraya la importancia del cumplimiento estricto de los procedimientos legales y la debida representación de los intereses del cliente. La censura enérgica constituye la sanción impuesta por el Tribunal ante esta conducta.
2016 • 1 de noviembre de 2016
Número de Caso:
TS-12,766
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la conducta profesional del Lcdo. Neville Ortiz Soto. El letrado incumplió con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el periodo 2007-2009. A pesar de ser notificado, comparecer a una vista y recibir múltiples prórrogas, no completó los cursos requeridos ni pagó la cuota por cumplimiento tardío. El asunto fue referido al Tribunal tras su continua falta de cumplimiento. El Tribunal emitió una orden para que el abogado mostrara causa por la cual no debía ser suspendido, pero este no respondió. Previamente, el Tribunal le impuso una suspensión temporal y le ordenó cumplir, lo cual tampoco hizo. En consecuencia, el Tribunal lo suspende del ejercicio de la abogacía y la notaría. Dicha suspensión es efectiva inmediatamente tras su notificación al abogado.
2016 • 31 de octubre de 2016
Número de Caso:
CC-2015-914
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Resumen:
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico trata sobre la solicitud de traslado de un proceso criminal. La causa penal es contra Joseph Esparra Álvarez, imputado de varios delitos bajo la Ley de Ética Gubernamental y el Código Penal. La Oficina del Fiscal Especial Independiente (FEI) solicitó el traslado del caso a otra Región Judicial. Dicha solicitud se fundamentó en la Regla 81 de Procedimiento Criminal y jurisprudencia aplicable. El FEI argumentó que existían factores que requerían el traslado para garantizar la imparcialidad. La opinión del Tribunal, emitida por el Juez Estrella Martínez, subraya la importancia de velar por la pureza e imparcialidad de los procesos judiciales. Se afirma que el traslado es un recurso adecuado bajo circunstancias particulares para proteger los derechos de todas las partes. Este caso establece criterios sobre los requisitos para que proceda el traslado de un proceso criminal.
2016 • 31 de octubre de 2016
Número de Caso:
CC-2016-458
Ponente:
Resolución con Voto de Conformidad
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió la petición de certiorari en el caso El Pueblo v. Aneudy E. Delgado Torres el 31 de octubre de 2016. El Tribunal denegó la petición presentada por el peticionario. Este caso se origina de una sentencia dictada en 2005 tras una alegación de culpabilidad. La sentencia original contenía un cómputo ilegal respecto a las penas por violaciones a la Ley de Armas. El peticionario impugnó la corrección de este aspecto ilegal de su sentencia. Un voto de conformidad indicó que la petición era improcedente y a destiempo. Subrayó que el peticionario no tenía un interés legítimo en perpetuar un cómputo ilegal en la sentencia. También se emitió un voto particular disidente. La resolución implica la negativa del Tribunal a revisar el manejo de la corrección de la sentencia por el tribunal inferior.
2016 • 28 de octubre de 2016
Número de Caso:
CC-2014-863
Ponente:
Hon. Rivera García
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró si una parte correctamente notificada en un proceso de confiscación puede impugnar su validez basándose en la falta de notificación a otra parte que la ley exige notificar. El Tribunal resolvió afirmativamente, determinando que tal planteamiento es válido. Sostuvo que la notificación a todas las partes requeridas por el Artículo 13 de la Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011 es un requisito intrínseco para la validez inicial de la confiscación. El incumplimiento de este requisito de notificación a todas las partes acarrea la nulidad del proceso confiscatorio. Por lo tanto, cualquier parte con legitimación activa para impugnar la confiscación puede reclamar la nulidad por la falta de notificación a otra parte requerida. El caso específico involucró la confiscación de un vehículo propiedad del Sr. Freddy A. Sepúlveda Ruiz. Los peticionarios, Cooperativa de Seguros Múltiples y Cooperativa de Ahorro y Crédito de Yauco, impugnaron el proceso. Esta decisión clarifica que la notificación completa es un requisito fundamental cuya omisión puede ser planteada por cualquier parte con interés.
2016 • 28 de octubre de 2016
Número de Caso:
TS-5677
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 28 de octubre de 2016 en el caso TS-5677. La materia principal abordada fue la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía. El peticionario, Sr. Raúl J. Escudero Villeta, presentó un escrito informando sobre el cumplimiento con los cursos requeridos y solicitando su readmisión a la profesión legal. Tras examinar el escrito presentado, el Tribunal Supremo autorizó la reinstalación del Sr. Escudero Villeta. Esta determinación permite al Sr. Raúl J. Escudero Villeta retomar el ejercicio de la abogacía.
2016 • 28 de octubre de 2016
Número de Caso:
CT-2016-15
Ponente:
Resolución con Voto Particular de Conformidad
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió un recurso presentado por el Comisionado Electoral del PNP contra la CEE y otras partes. El caso se relacionaba con el proceso de votación para electores cuyas solicitudes de voto adelantado o accesible fueron denegadas. El Tribunal declaró con lugar el Recurso de Certificación Intrajurisdiccional y una Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción. Designó a una jueza como comisionada especial para celebrar una vista evidenciaria de forma inmediata. La comisionada debía rendir un informe con sus determinaciones de hecho y conclusiones de derecho en pocos días. De manera crucial, el Tribunal ordenó a la Comisión Estatal de Elecciones permitir a los electores afectados emitir su voto de forma provisional. Estos votos deben ser recogidos en un sobre de objeción, conforme a los procedimientos establecidos. Esta medida provisional garantiza que estos ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto mientras se resuelve el asunto legal. Una opinión concurrente enfatizó la importancia de asegurar el derecho al voto y la confianza en los mecanismos para evitar fraude con estas papeletas. La resolución establece un calendario expedito dada la urgencia del contexto electoral.
2016 • 27 de octubre de 2016
Número de Caso:
TS-14,530
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso de Roberto J.J. Buono Colón. La resolución atiende su moción en cumplimiento de orden e informativa. Se le reinstala a la práctica de la abogacía y la notaría, sujeto a la presentación de evidencia de fianza vigente. Conforme a un caso previo, se ordena al Secretario del Tribunal activar la Queja Núm. AB-2011-111 en su contra. Se le instruye al señor Buono Colón a contestar dicha queja en un término final e improrrogable de diez días. Se le apercibe que la falta de contestación puede acarrear sanciones disciplinarias severas, incluyendo la suspensión inmediata e indefinida. Su solicitud de baja voluntaria se considerará únicamente tras la culminación del proceso disciplinario. Dos Jueces Asociados emitieron un voto particular disidente.
2016 • 25 de octubre de 2016
Número de Caso:
TS-14,017
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 25 de octubre de 2016 en el caso In re: Javier Torres Sobá. Tras examinar las mociones presentadas, el Tribunal decidió reinstalar al señor Torres Sobá al ejercicio de la abogacía. En cuanto a su solicitud de reinstalación al ejercicio de la notaría, se concedió un término de treinta días al Director de la Oficina de Inspección de Notarías. Este funcionario deberá informar sobre el estado de la obra notarial incautada y expresar su opinión sobre la solicitud de reinstalación a la notaría. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez concurrió con la reinstalación a la abogacía, pero consideró que el término de treinta días para el informe notarial era excesivo, sugiriendo quince días en su lugar. La resolución ordena la notificación inmediata y publicación del dictamen.
2016 • 24 de octubre de 2016
Número de Caso:
TS-7532
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución con fecha de 24 de octubre de 2016 en el caso identificado como TS-7532, In re: John Ward Llambías. La materia principal abordada en este documento oficial del Tribunal es la reinstalación al ejercicio de la abogacía. La decisión se tomó tras examinar la Moción en Cumplimiento de Orden presentada por el Director Ejecutivo del Programa de Educación Jurídica Continua. También se consideró la Moción Remitiendo Pago Adicional y Solicitando Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía presentada por el propio Sr. John Ward Llambías. Como resultado de la evaluación de estas presentaciones, el Tribunal autorizó la reinstalación de John Ward Llambías al ejercicio de la profesión legal.