Partes:
In re: Yarimar Soto Rivera
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la notaría
Número de Caso:
TS-16,532
Año:
2016
Fecha:
29 de diciembre de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico inició un procedimiento disciplinario contra la Lcda. Yarimar Soto Rivera por incumplimientos en el ejercicio de la notaría, ordenando en 2015 mostrar causa para no ser suspendida y la incautación de su obra. Tras recibir su explicación y un informe de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), se le concedió un término final en abril de 2016 para corregir las deficiencias. La ODIN informó en junio de 2016 que la letrada no cumplió con la orden de subsanar. Ante el incumplimiento reiterado, el Tribunal la suspende inmediata e indefinidamente del ejercicio de la notaría. Adicionalmente, se le ordena mostrar causa en un término final de treinta días por la cual no deba ser suspendida del ejercicio de la abogacía. Se le advierte que el incumplimiento con esta nueva orden puede resultar en sanciones disciplinarias severas, incluyendo la suspensión inmediata e indefinida de la profesión legal. La suspensión de la notaría es efectiva a partir del 23 de enero de 2017, fecha de notificación.
| In re: | |
|---|---|
| 2016 TSPR 251 | |
| Yarimar Soto Rivera | 196 DPR |
Número del Caso: TS-16,532
Fecha: 29 de diciembre de 2016
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel Avila de Jesús Director
Materia: La suspensión de la notaría será efectiva el 23 de enero de 2017 fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.
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