2019 • 4 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900310
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que denegó una moción de desestimación presentada por Firstbank PR. Firstbank PR, como tercero demandado, solicitó la desestimación de una demanda contra tercero incoada por Loida Selpa Torres. La base de la moción fue el alegado emplazamiento tardío por parte de la demandante contra tercero. La demanda contra tercero fue presentada en julio de 2016, pero el proyecto de emplazamiento se sometió en septiembre de 2016. El emplazamiento fue expedido en octubre de 2016 y diligenciado a Firstbank PR en noviembre de 2016. Firstbank argumentó que el emplazamiento ocurrió fuera del término procesal aplicable desde la presentación de la demanda. La parte recurrida sostuvo que el emplazamiento fue diligenciado dentro del plazo de 120 días desde su expedición. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación, lo que motivó el recurso de apelación de Firstbank PR. La sentencia del Tribunal de Apelaciones resolverá si el emplazamiento fue válido y oportuno conforme a las reglas de procedimiento civil.
2019 • 4 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900201
Ponente:
—
Resumen:
El Banco Popular de Puerto Rico presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. El recurso buscaba revocar una Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El Tribunal de Primera Instancia había determinado que Banco Popular carecía de legitimación activa para continuar con la demanda. Ordenó la sustitución de Banco Popular por Deutsche Mortgage Securities, Inc. (DMSI), identificada como la verdadera parte con interés y tenedora de la acreencia. El TPI requirió la comparecencia de un funcionario de DMSI para evaluar opciones de mitigación de pérdidas y cumplimiento con leyes federales. Banco Popular argumentó que, como "successor servicer", estaba autorizado por contrato y ley para representar al inversionista y proceder con el cobro. Consideró innecesaria y onerosa la comparecencia de un representante de DMSI. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revocó la resolución y orden recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2019 • 4 de abril de 2019
Número de Caso:
KLAN201800860
Ponente:
—
Resumen:
MAPFRE Praico Insurance Company apeló la sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de incumplimiento de contrato y cobro de dinero. MAPFRE demandó a Ramiro López Rivera, Nivia Roldán Santana y su sociedad de gananciales, alegando que eran garantizadores bajo un acuerdo de indemnización de 1988. Reclamaba el reembolso de pagos realizados por fianzas emitidas a favor de Pumps \& Parts, Inc. El señor López y la señora Roldán presentaron defensas, incluyendo la alegación de la señora Roldán de falta de consentimiento al acuerdo. El Tribunal de Primera Instancia declaró con lugar la demanda contra el señor López pero la desestimó respecto a la señora Roldán. MAPFRE apeló esta desestimación. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso, incluyendo los escritos, la prueba oral y los autos originales. Finalmente, el panel del Tribunal de Apelaciones acordó confirmar la Sentencia apelada.
2019 • 3 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900149
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atendiendo un recurso de certiorari. El peticionario, Henry Ríos Nogueras, solicita la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha resolución del TPI denegó su petición de re-sentencia. Ríos Nogueras fue sentenciado a reclusión perpetua en 1982 por un delito de 1978. Argumenta que la pena de reclusión perpetua fue erradicada en 1980 y que debe ser re-sentenciado a una pena fija de 99 años. Invoca los principios de legalidad y favorabilidad de la ley más benigna. El TPI denegó su solicitud inicial y una moción de reconsideración posterior. El Tribunal de Apelaciones evalúa si procede expedir el recurso discrecional de certiorari. Se discute la naturaleza del certiorari y los criterios reglamentarios para su expedición.
2019 • 3 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900174
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari. La Sucesión de Carlota Chardón Benítez solicitó la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El TPI había denegado la solicitud de la Sucesión para desestimar una demanda presentada por José Orlando Ortiz. La demanda de Ortiz busca la resolución de un contrato de opción de compra de 1994 y el cobro de un depósito pagado. El contrato original expiró en 1995 pero fue prorrogado debido a dificultades de la Sucesión para inscribir la propiedad. Ortiz demandó en 2010 tras no poder ejercer la opción. El TPI determinó que existían controversias sobre hechos materiales, negando tanto la sentencia sumaria solicitada por Ortiz como la desestimación pedida por la Sucesión. La Sucesión recurrió esta decisión del TPI. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por la Sucesión.
2019 • 3 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900324
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera una solicitud de certiorari presentada por Rafael Sierra Báez. El peticionario busca la revisión de una orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de corrección de sentencia. Sierra Báez alega que cumple una sentencia bajo el Artículo 5.04 de la Ley de Armas, el cual considera inconstitucional, citando jurisprudencia federal y local. Sin embargo, al evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones constata que la petición de certiorari no incluye documentos esenciales. Específicamente, falta la moción de corrección de sentencia original presentada ante el TPI y la sentencia o resolución del TPI cuya revisión se solicita. El Tribunal recuerda que el recurso de certiorari es discrecional y que la Regla 34 de su Reglamento exige la inclusión de todos los documentos relevantes para la revisión. El incumplimiento con estos requisitos reglamentarios puede resultar en la desestimación del recurso.
2019 • 3 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900430
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emite una Resolución en respuesta a un recurso de certiorari presentado por Jorge Joel Valentín Resto. El peticionario impugna una Minuta-Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que señaló el juicio en su fondo para el 5 de abril de 2019. Valentín Resto enfrenta cargos por infracciones a la Ley de Armas y al Código Penal (Art. 93(A)). La defensa solicitó la designación de un investigador forense pagado por el Estado, lo cual fue concedido por el TPI. Sin embargo, la defensa no logró contratar un perito porque los profesionales no aceptaban el método de pago del Departamento de Hacienda. A pesar de que la defensa alegó no estar preparada por falta del perito, el TPI decidió continuar con los procedimientos y fijó la fecha del juicio. El peticionario argumenta que el TPI erró al señalar el juicio sin que la defensa contara con el perito solicitado. Mediante esta Resolución, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.
2019 • 3 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900445
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por El Pueblo. El recurso impugna una orden del Tribunal de Primera Instancia en un juicio por jurado contra Alberto De Jesús Mercado. La orden denegó la solicitud del Ministerio Público para que espectadores cubrieran o retiraran camisas con un mensaje. Las camisas leían "DILE NO A LAS CENIZAS EN PEÑUELAS PUERTO RICO". El Ministerio Público argumentó que esta vestimenta podía influir indebidamente al jurado. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari. Procedió a revocar la orden del Tribunal de Primera Instancia. Consideró que el tribunal inferior erró al permitir la vestimenta. Subrayó la importancia del derecho fundamental a un jurado imparcial, libre de influencias externas.
2019 • 2 de abril de 2019
Número de Caso:
KLCE201900434
Ponente:
—
Resumen:
Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari presentada por Oscar Crespo Quiñones. El Sr. Crespo solicitó la revisión de órdenes del tribunal de primera instancia en un caso de cobro de dinero iniciado por Arlene E. Santiago Velázquez. El caso original se basó en una sentencia que ordenaba al Sr. Crespo pagar a la Sra. Santiago $5,000 mensuales de por vida según sus capitulaciones matrimoniales. Tras la quiebra del Sr. Crespo, la Sra. Santiago obtuvo relevo para continuar los esfuerzos de cobro por cantidades adeudadas. El tribunal primario ordenó al Sr. Crespo cumplir con un acuerdo bajo apercibimiento de desacato y posteriormente señaló una vista para verificar el cumplimiento. El Sr. Crespo argumentó que el tribunal primario erró al ordenar una vista de desacato, alegando que este remedio no estaba disponible bajo la sentencia final. Solicitó al Tribunal de Apelaciones paralizar los procedimientos del foro primario y expedir el auto de certiorari. Luego de examinar el expediente, el Tribunal de Apelaciones declaró No Ha Lugar la solicitud de paralización de los procedimientos. El Tribunal también denegó expedir el auto de certiorari.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900254
Ponente:
—
Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones Juan Ramón Ellín Lugo mediante recurso de certiorari. Solicita la revocación de una determinación del Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Dicha determinación denegó su moción para desestimar una demanda de cobro de dinero presentada por Aquabella Homeowners Association. El peticionario alegó que el emplazamiento fue nulo por haberse realizado fuera del término de 120 días establecido por la Regla 4.3(c), citando el caso Bernier González. El emplazamiento tardío ocurrió tras autorizarse nuevos emplazamientos debido a daños por el huracán María. El foro primario denegó la moción de desestimación argumentando que el asunto ya había sido adjudicado previamente por el Tribunal de Apelaciones en un certiorari anterior. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones decide denegar la expedición del certiorari solicitado.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900333
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró un recurso de certiorari presentado por Rolando L. Huertas Rivera. El peticionario solicitaba la aplicación del principio de favorabilidad a una sentencia de 26 años de reclusión impuesta por tentativa de asesinato en primer grado y portación de arma blanca. Huertas Rivera había sido sentenciado tras una alegación de culpabilidad en el Tribunal de Primera Instancia. Posteriormente, presentó una moción bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal argumentando que la ley vigente disponía una pena menor. El Tribunal de Primera Instancia denegó su solicitud de corrección de sentencia por falta de argumentos válidos. Inconforme, el peticionario acudió al foro apelativo reiterando sus planteamientos. El Tribunal de Apelaciones, ejerciendo su discreción, denegó la expedición del recurso de certiorari solicitado.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801604
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de protección vehicular. Joshua González Torres recurrió en certiorari la decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de desestimación de la acusación. Se le imputaba posesión de un vehículo hurtado, violando la Ley Núm. 8 de 1987. El peticionario alegó que la prueba solo demostraba que era un pasajero y no probaba posesión ni conocimiento del origen ilícito del auto. El Ministerio Público se opuso, argumentando que la ley permite inferir conocimiento por la fuga al ser detenido y las modificaciones al vehículo (conmutador forzado). El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso y los argumentos de las partes. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones resolvió expedir el auto de certiorari y confirmar la Resolución recurrida.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900425
Ponente:
—
Resumen:
Un panel del Tribunal de Apelaciones emitió una resolución sobre una solicitud del Procurador General. El Procurador General pidió la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia que ordenó la celebración separada de la vista preliminar para el coimputado Carlos A. Santiago Rodríguez. El TPI basó su decisión en el carácter dual del señor Santiago Rodríguez como imputado y testigo de cargo, atendiendo planteamientos de la defensa sobre posible perjuicio y violación al debido proceso si la vista se celebraba conjuntamente con los demás coacusados. El Procurador General argumentó que la defensa no demostró el perjuicio necesario para justificar la separación de las vistas. Tras considerar la solicitud, el Tribunal de Apelaciones denegó el auto de certiorari. Asimismo, declaró No Ha Lugar la solicitud de paralización de los procedimientos.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900050
Ponente:
—
Resumen:
Comparecen ante el Tribunal de Apelaciones los peticionarios mediante recurso de certiorari. Solicitan la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que declaró No Ha Lugar su solicitud de relevo de sentencia. El caso original fue incoado por Banco Popular de Puerto Rico, luego sustituido por Condado 3 LLC, por cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El foro primario dictó sentencia sumaria a favor del demandante en agosto de 2014. Los peticionarios apelaron dicha sentencia, la cual fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones. Posteriormente, el Tribunal Supremo denegó expedir el auto de certiorari solicitado por los peticionarios. Las partes suscribieron una estipulación sobre un plan de pago de sentencia para evitar la ejecución. El recurso actual se centra en la negativa del tribunal de instancia a conceder el relevo de la sentencia firme previamente dictada.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900287
Ponente:
—
Resumen:
Un panel de jueces resuelve una petición de certiorari presentada por Metales Antillanos S.A. y Metalex Recycling LLC. Los peticionarios buscan revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su solicitud de desestimación. La solicitud de desestimación se presentó en respuesta a una demanda por incumplimiento de contrato y cobro de dinero incoada por los recurridos. Los peticionarios argumentaron que la demanda debía desestimarse por cosa juzgada, alegando identidad entre el pleito actual y un caso anterior (JCD2013-0770). Alternativamente, sostuvieron que la reclamación debió presentarse como reconvención compulsoria en el caso previo. Los recurridos se opusieron, afirmando que el pleito actual versa sobre hechos posteriores al caso anterior, lo que impide la aplicación de la cosa juzgada y la reconvención compulsoria. El TPI declaró no ha lugar la solicitud de desestimación. Inconformes, los peticionarios recurrieron en certiorari. El Tribunal de Apelaciones, tras examinar los autos, deniega la expedición del auto de certiorari.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801614
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El recurrente, Hernán Ramón Pantoja Sánchez, apeló la denegatoria de su solicitud de relevo de sentencia en el Tribunal de Primera Instancia. FirstBank de Puerto Rico presentó la demanda antes del Huracán María. Tras el desastre, HUD impuso y extendió una moratoria para ejecuciones hipotecarias aseguradas por FHA en zonas de desastre. A pesar de que una extensión de la moratoria estaba vigente, el demandado fue emplazado y se le anotó sentencia en rebeldía. El tribunal de instancia denegó el remedio solicitado por el demandado. El Tribunal de Apelaciones concedió el recurso de certiorari. Revocó la orden recurrida, determinando que el emplazamiento y la sentencia ocurrieron en violación de la moratoria de HUD.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201701142
Ponente:
—
Resumen:
Esta es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de Certiorari presentado por Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico. La Cooperativa solicita revocar una Orden del Tribunal de Primera Instancia que le exige proveer representación legal y reembolsar gastos a los demandados en un caso de daños y perjuicios. La demanda original fue incoada por Judith M. Martínez Panelli contra el matrimonio Vivas-Rodríguez por una caída. Los demandados presentaron una demanda contra tercero contra su aseguradora, la Cooperativa, solicitando defensa legal. La Cooperativa negó la defensa, alegando inmunidad patronal y exclusión de accidentes laborales en la póliza. El Tribunal de Primera Instancia determinó que existía controversia sobre la relación patronal y ordenó a la Cooperativa proveer la defensa. La Cooperativa recurrió esta orden, argumentando que el tribunal erró al ordenar defensa para un presunto patrono inmune bajo una póliza con exclusiones. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el marco fáctico y normativo, procede a denegar el auto de certiorari solicitado.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900085
Ponente:
—
Resumen:
Supermercados Econo demandó al Municipio de Dorado y al CRIM para recuperar un adelanto de $1,000,000 pagado por arbitrios de construcción. El pago se realizó bajo un acuerdo que estipulaba la devolución mediante cesión de remesas del CRIM si el proyecto no se realizaba. Econo desistió del proyecto y solicitó el reintegro, el cual fue denegado por el Municipio. En la demanda, Econo incluyó al CRIM para hacer efectiva la devolución a través de las remesas. El CRIM y el Municipio presentaron una moción de desestimación, alegando la invalidez del acuerdo por falta de aprobación legislativa municipal y la improcedencia de ordenar la retención de fondos del CRIM. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) declaró sin lugar la moción de desestimación. El Municipio recurrió en Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, argumentando errores del TPI al validar el acuerdo y ordenar la retención de remesas. El Tribunal de Apelaciones expidió el recurso. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del TPI.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201601217
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900182
Ponente:
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Resumen:
Ante el Tribunal de Apelaciones, Oriental Bank presentó un recurso de certiorari solicitando la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Los recurridos solicitaron la desestimación del certiorari alegando falta de notificación conforme a derecho. La Regla 33(B) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones exige notificar el recurso a la dirección postal que surja del último escrito en el expediente o del RUA. La notificación adecuada es un requisito jurisdiccional; una notificación defectuosa priva al tribunal de jurisdicción y acarrea la desestimación del recurso. En este caso, Oriental Bank notificó el certiorari por correo certificado a una dirección postal distinta a la que constaba en el expediente y en el Registro Único de Abogados. Dicha notificación defectuosa, realizada únicamente por correo, plantea una cuestión de jurisdicción. Oriental Bank no presentó oposición a la solicitud de desestimación dentro del término. El Tribunal procede a resolver sobre la desestimación por alegada falta de jurisdicción.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900214
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una petición de certiorari presentada por Julia I. Centeno Ramos. La peticionaria buscaba la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una moción de desestimación. El Procurador General solicitó la desestimación del recurso por incumplimiento de la peticionaria al no notificarle copia de la petición de certiorari ni de la moción urgente en auxilio de jurisdicción. La peticionaria alegó un error involuntario y que el Procurador General tuvo conocimiento a través de la Fiscalía de Distrito. El Tribunal de Apelaciones examinó el expediente y determinó que no existía justificación para la falta de notificación al Procurador General. Citó las Reglas 33(B) y 79 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones y la Ley Orgánica del Departamento de Justicia que exigen dicha notificación en casos criminales apelativos. Concluyó que la peticionaria incumplió con un requisito de cumplimiento estricto. Por tanto, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900246
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa un recurso de certiorari presentado por Rafael Carrasquillo Martínez contra resoluciones del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. El peticionario solicita la revocación de tres dictámenes emitidos el 18 de enero de 2019. Estos dictámenes declararon No Ha Lugar su solicitud de costas y gastos, denegaron una solicitud de vista sobre el estado de los procedimientos y abordaron la designación de un perito contador. El caso principal involucra la sucesión del padre de las partes, donde la recurrida, Ivette Carrasquillo Martínez, fue nombrada albacea. Los procedimientos se originaron en dos casos separados, uno impugnando la albacea y otro solicitando cartas testamentarias, que fueron consolidados por orden previa del Tribunal de Apelaciones. El peticionario había solicitado costas tras una sentencia apelativa que ordenó la consolidación, y también pidió la designación de un contable para los negocios del caudal. La resolución del Tribunal de Apelaciones abordará la procedencia de las impugnaciones del peticionario sobre estas determinaciones del foro primario.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800104
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900176
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera una petición de certiorari presentada por Edgar José Serra Rodríguez y sus padres. La petición busca revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez emitida el 8 de enero de 2019. Dicha resolución determinó que el Sr. Serra Rodríguez y otro individuo incurrieron en actos culposos y son responsables solidariamente por los daños ocasionados a Manuel Morell Martínez. El caso original es una demanda por daños y perjuicios incoada en 2010, alegando que el Sr. Morell Martínez fue agredido en una discoteca en 2009 por el Sr. Serra Rodríguez y otros. El Tribunal de Primera Instancia, tras bifurcar el caso para dirimir la culpa, encontró responsables al Sr. Serra Rodríguez, William O. González Ramos y Roberto Ortiz García. También declaró a los padres del Sr. Serra Rodríguez solidariamente responsables por ser este menor de 21 años al momento de los hechos. Los peticionarios alegan que el Tribunal de Primera Instancia erró al determinar su responsabilidad conforme a la prueba, particularmente argumentando que un video estipulado los exonera. El Tribunal de Apelaciones procede a disponer del recurso tras examinar la comparecencia y el estado de derecho.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801703
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso entre el Municipio Autónomo de Carolina y CH Properties, Inc. El caso original, sobre cobro de dinero y daños, se tramitaba en el Tribunal de Primera Instancia. Las partes informaron al foro primario que habían alcanzado una estipulación para una sentencia por transacción judicial. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia el 13 de marzo de 2019, aprobando dicha estipulación e incorporando los acuerdos. Esta sentencia puso fin a todas las reclamaciones litigiosas en el caso original. El Tribunal de Apelaciones toma conocimiento judicial de esta sentencia. Dado que el caso subyacente ha sido resuelto por la estipulación y la sentencia del foro primario, el presente caso ante el Tribunal de Apelaciones se ha tornado académico. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones ordena el cierre y archivo del caso de certiorari.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900093
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de Certiorari. La peticionaria, DLJ Mortgage Capital, Inc., solicitó revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El foro primario había determinado que la parte recurrida, Rafael E. Boschetti Otero y otros, ejerció oportunamente el derecho a retracto de crédito litigioso. Consecuentemente, ordenó a DLJ Mortgage divulgar el precio pagado por la cesión del crédito. DLJ Mortgage se opuso al retracto, argumentando que el crédito no era litigioso y que la solicitud fue extemporánea, presentada fuera del término de nueve días. Alegó además que el precio no era determinable al ser parte de una compraventa a granel y que la Ley de Transacciones Comerciales desplazaba el retracto del Código Civil. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de Certiorari. Finalmente, revocó la determinación recurrida y devolvió el asunto al foro primario para la continuación de los procedimientos.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900166
Ponente:
—
Resumen:
Este caso ante el Tribunal de Apelaciones surge de una acción reivindicatoria presentada por Santiago Group, Inc. contra José Juan Disdier y su esposa sobre dos solares en Juncos. Santiago Group reclama ser dueño de los terrenos donde los demandados construyeron una residencia, alegando ocupación ilegal sin justo título. Los demandados se opusieron, reclamando haber adquirido la propiedad por prescripción adquisitiva y cuestionando la legitimación activa de Santiago Group. El litigio se origina en un contrato de compraventa de 1984 entre Disdier y Temple Inc., que fue cancelado, aunque Disdier construyó y residió en la propiedad desde 1988. Santiago Group adquirió la finca matriz, incluyendo los solares en disputa, mediante ejecución hipotecaria contra Temple Inc. en 1999. Un pleito reivindicatorio previo de 2002 fue anulado en 2008 por falta de parte indispensable. La demanda actual se presentó en 2009. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación, resolviendo que Santiago Group tenía legitimación activa al presentar la demanda antes de la cancelación de su registro corporativo en 2014. La resolución identifica como hecho en controversia las razones por las que no se otorgó la escritura de compraventa prometida.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900096
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones consideró un recurso de certiorari presentado por Wanda I. Fines Rodríguez. La peticionaria solicitó la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que autorizó el embargo de sus bienes. Esta orden de embargo buscaba ejecutar una Sentencia en rebeldía previa. Dicha Sentencia, emitida por incumplimiento y rebeldía, había declarado rescindido un contrato y condenado a la peticionaria al pago de $205,158.64 por daños y cobro de dinero, más honorarios de abogado. La peticionaria argumentó que el TPI erró al ordenar el embargo sin especificar los bienes inmuebles a embargar ni su valor, dado que la sentencia fue dictada en rebeldía. La parte recurrida no presentó oposición al recurso. Tras revisar la solicitud, el Tribunal de Apelaciones determinó denegar la expedición del recurso de certiorari.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801746
Ponente:
—
Resumen:
Este es un fallo del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de custodia. El peticionario, Yonathan Rivera Arroyo, solicitó la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución concedió la custodia provisional del menor a la madre, Coralis Rivera Pérez. Además, autorizó el traslado del menor a la jurisdicción de Pennsylvania. El padre inició el pleito alegando que la madre se llevó al menor fuera de Puerto Rico sin su autorización. Solicitó la custodia y la restitución del menor al amparo del Parental Kidnapping Prevention Act. El Tribunal de Primera Instancia había determinado previamente que la madre se trasladó con el menor sin consentimiento. A pesar de ello, le concedió la custodia provisional en la resolución recurrida. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones resolvió expedir el certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revocó la resolución impugnada del foro primario.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900242
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de certiorari presentado por Juan A. Bueno Rodríguez. El peticionario solicitó la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su petición de reducir su sentencia en un 25%. Dicha solicitud se basaba en la aplicación del Artículo 67 del Código Penal de 2012, alegando circunstancias atenuantes. El señor Bueno fue sentenciado a 12 años de prisión en 2013 por delitos de agresión grave y violaciones a la Ley de Armas. Tras la negativa del foro primario, acudió al Tribunal de Apelaciones buscando la aplicación de dicho artículo. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso presentado. Sin embargo, determinó que carecía de jurisdicción para entender en el asunto. Por consiguiente, el recurso de certiorari fue desestimado. La resolución enfatiza la obligación de los tribunales de verificar su propia jurisdicción.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900152
Ponente:
—
Resumen:
El Gobierno de Puerto Rico, en representación de ASUME, presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Solicitó la revocación de una Orden del Tribunal de Primera Instancia de San Juan que declaró Con Lugar una solicitud de producción de documentos presentada por EVERTEC Group, LLC y EVERTEC, Inc. El caso subyacente es una demanda de clase incoada por Glenda Colón Figueroa contra EVERTEC. La demanda reclama la devolución de cargos por retiros en efectivo de la Tarjeta Única, alegando que son ilegales y afectan las pensiones alimentarias. La señora Colón Figueroa representa a los tenedores de la Tarjeta Única y busca el reembolso de los cargos cobrados desde 2001. Durante el trámite, ASUME y el BGF fueron inicialmente considerados partes indispensables, aunque luego fueron excluidos por orden federal. El Tribunal de Apelaciones, tras examinar el recurso, decidió no expedir el auto de certiorari solicitado por el Gobierno/ASUME. Esta resolución aborda únicamente la solicitud de certiorari sobre la orden de producción de documentos.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900303
Ponente:
—
Resumen:
Un panel judicial consideró un recurso de *certiorari* presentado por Celso Romero Figueroa. El peticionario solicitó la revisión de dos dictámenes del Tribunal de Primera Instancia que denegaron su moción de corrección de sentencia bajo la Regla 185 de Procedimiento Criminal. Alegó que las penas adicionales por reincidencia en sus sentencias por Violación, Actos Lascivos y Escalamiento Agravado eran ilegales. El foro primario había denegado la corrección para la sentencia de Violación en enero de 2019. Respecto a las otras sentencias, inicialmente solicitó la posición del Ministerio Público en febrero de 2019. El peticionario presentó el *certiorari* el 4 de marzo de 2019, antes de que el foro primario emitiera una orden final sobre las sentencias restantes. El Tribunal de Primera Instancia denegó finalmente la corrección para las sentencias de Actos Lascivos y Escalamiento Agravado el 6 de marzo de 2019. El tribunal de apelaciones obtuvo esta última orden para disponer del recurso. Por los fundamentos expuestos, el tribunal resolvió desestimar el recurso de *certiorari* por falta de jurisdicción.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800601
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800664
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900380
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, Panel XII, emitió una Sentencia en el caso KLCE201900380. Este caso era un *Certiorari* proveniente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (Caso Núm.: BAY2019CV00243). Las partes principales eran Antonio Luis Rivera Guzmán (Parte Recurrida) y Sandra Viscal Rodríguez (Parte Peticionaria), con Riscal, Inc. como parte indispensable. El asunto original trataba sobre interdicto, remedios bajo la Ley de Corporaciones, acción directa y derivativa, y daños y perjuicios. La Sentencia fue dictada el 29 de marzo de 2019. Se atendió una "Moción Solicitando Desistimiento de Petición de Certiorari" presentada por la parte peticionaria. Dicha moción fue radicada el 26 de marzo de 2019. En respuesta a la moción, el Tribunal ordenó el archivo y cierre del caso. La decisión se basó en el desistimiento de la petición. El archivo se realizó conforme a la Regla 83(A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800675
Ponente:
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Resumen:
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900292
Ponente:
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Resumen:
El Departamento de la Familia (DF) fue ordenado por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) a pagar $15,000 al Hogar Rinconcito de Amor III por servicios prestados entre julio y diciembre de 2018. El DF solicitó reconsideración, argumentando la ausencia de un convenio o contrato directo que justificara dicho desembolso. Alegó que el único contrato existente era entre un familiar de la cliente y el Hogar, quien a su entender debía asumir el pago. El TPI declaró no ha lugar la solicitud de reconsideración del DF. Ante esta decisión, el DF presentó un recurso de Certiorari ante un tribunal superior. En su recurso, el DF sostiene que el TPI erró al ordenar el pago retroactivo al Hogar. Los recurridos no presentaron oposición al auto de certiorari. Por tanto, el tribunal revisor considera el recurso perfeccionado y listo para resolver. El documento también describe el auto de certiorari como un vehículo procesal extraordinario para corregir errores de derecho de tribunales inferiores.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800689
Ponente:
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Resumen:
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900116
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por el Pueblo de Puerto Rico. El recurso impugna una resolución del Tribunal de Primera Instancia que desestimó sin perjuicio las acusaciones contra Edwin Domínguez Torres. Los cargos se relacionan con violaciones a la Ley 54 (violencia doméstica) y la Ley 246 (menores), específicamente por incumplimiento de órdenes de protección. El foro primario ordenó que el caso regresara a la etapa de vista preliminar. La defensa argumentó que la renuncia del acusado a la vista preliminar fue inválida, alegando haber sido inducidos a error durante negociaciones de alegación preacordada. Específicamente, se mencionó que el Ministerio Público exigía desistir de un recurso de certiorari separado que impugnaba las órdenes de protección. El Tribunal de Apelaciones expide el recurso de certiorari. Mediante esta sentencia, el Tribunal de Apelaciones revoca la determinación del Tribunal de Primera Instancia.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900323
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de certiorari. El peticionario, Roberto A. Fernández Cuza, impugna una Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El caso original trata sobre una reclamación de alimentos presentada por su hija mayor de edad para sus estudios post-graduados en medicina. La determinación del TPI que se recurre denegó la reconsideración de una Orden que impuso una sanción al peticionario, eliminando alegaciones. El historial del caso en el TPI incluyó controversias sobre descubrimiento de prueba y prórrogas solicitadas por ambas partes. Las partes estipularon hechos y delimitaron las controversias pendientes, y se fijó una pensión provisional. El peticionario recurrió la sanción impuesta por el TPI ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones consideró la petición de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones expidió el auto solicitado y revocó la determinación recurrida del TPI.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900119
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa una orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un caso de despido injustificado. La peticionaria, Western Auto, impugna la orden del TPI que dejó sin efecto una sentencia previa. La sentencia original, dictada el 7 de marzo de 2018, había desestimado la querella presentada por el Departamento del Trabajo a favor del señor Luis E. Rodríguez Díaz. La desestimación ocurrió porque la parte querellante no replicó a una moción de desestimación presentada por Western Auto. Posteriormente, el Departamento del Trabajo solicitó al TPI dejar sin efecto la sentencia de desestimación. La moción se basó en cambios de abogados asignados al caso y el desconocimiento de la sentencia por parte de la nueva representación legal. El TPI acogió esta moción de relevo de sentencia mediante la orden del 23 de enero de 2019. Western Auto recurre ahora ante el Tribunal de Apelaciones para que revise la legalidad de esta última orden. El caso versa sobre la reclamación de indemnizaciones por despido supuestamente injustificado bajo la Ley 80.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900130
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por Centro de Desarrollo Académico, Inc. (CDA). CDA solicitó la revisión de resoluciones del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un caso por daños y perjuicios y cobro de dinero contra Great Educational Services, Inc. (GES) y otros. La controversia principal se centra en la decisión del TPI de dar por culminado el descubrimiento de prueba en el litigio. CDA alegó que el TPI erró al cerrar esta fase sin que los demandados produjeran prueba solicitada previamente. El TPI había emitido varias órdenes sobre el manejo del caso y el descubrimiento, declarándolo cerrado pero manteniendo un deber continuo de informar. El foro primario denegó las mociones de reconsideración presentadas por CDA sobre este particular. Tras evaluar el recurso y los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones deniega el auto de certiorari solicitado por la peticionaria.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900291
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones desestima un escrito presentado por una parte. El documento es considerado incomprensible y carece de los elementos esenciales requeridos por el Reglamento del Tribunal de Apelaciones. No incluye relación de hechos, señalamientos de error, discusión de los mismos ni súplica. Además, omite el apéndice con la determinación recurrida, impidiendo al Tribunal determinar su jurisdicción. Se reitera el deber de las partes de observar las disposiciones reglamentarias para perfeccionar los recursos. El incumplimiento de estas reglas, conforme a la Regla 83 (B)(3) y (C) del Reglamento, autoriza la desestimación. Por tanto, el escrito es desestimado por no haber sido perfeccionado con diligencia.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900283
Ponente:
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Resumen:
Esta es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Red Cannagrícola de Puerto Rico, Inc. contra el Departamento de Salud y otros. La apelación provenía de una desestimación de demanda en un caso sobre entredicho, injunction y daños relacionados con el cannabis medicinal. La parte apelante presentó el recurso de apelación sin los sellos de presentación requeridos, una deficiencia que fue notificada por la Secretaría del tribunal. Aunque la deficiencia fue corregida posteriormente, el tribunal procedió a examinar su jurisdicción. La Sentencia subraya que el pago de los derechos arancelarios y la debida presentación son requisitos jurisdiccionales conforme a la Ley Núm. 47-2009 y 32 LPRA sec. 1481. Los documentos presentados sin el pago correspondiente son nulos y sin valor, salvo excepciones específicas. El tribunal determinó que la deficiencia en la presentación inicial, atribuible a la parte apelante, constituía una falta de cumplimiento con un requisito jurisdiccional. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones concluyó que carecía de jurisdicción para atender el recurso y desestimó la apelación.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900219
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones consideró un recurso de certiorari presentado por Oscar Vega del Valle contra una determinación del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero. Vega solicitaba la desestimación de la demanda en su contra, alegando un régimen de separación de bienes. El foro primario denegó su moción de desestimación y, posteriormente, su moción de reconsideración. La parte recurrida solicitó la desestimación del certiorari, argumentando que la moción de reconsideración no interrumpió el término para recurrir. Esto se basó en que la notificación de dicha moción a la parte contraria se realizó fuera del término de quince días establecido por la Regla 47 de Procedimiento Civil. El Tribunal de Apelaciones determinó que la notificación tardía de la moción de reconsideración impide que esta tenga el efecto de interrumpir el término para apelar. Por lo tanto, el término de treinta días para presentar el certiorari comenzó a correr desde la notificación de la denegación inicial de la desestimación. Al presentarse el recurso fuera de este término, el Tribunal de Apelaciones desestimó el auto de certiorari por extemporáneo.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900297
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia sobre una petición de certiorari presentada por Sammy Báez Figueroa. El peticionario busca revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su moción bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. Báez alegó violaciones constitucionales en su sentencia de 211 años, incluyendo falta de notificación de penas consecutivas y agravantes, y que la sentencia era cruel. El TPI declaró no ha lugar la moción, indicando que los argumentos ya habían sido previamente juzgados. Inconforme, Báez apeló, señalando errores en la interpretación de su moción y la aplicación de leyes y agravantes. Tras examinar el recurso, el Tribunal de Apelaciones desestimó la petición de certiorari.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900278
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de cobro de dinero. La apelación proviene de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que ordenó el archivo de la demanda. El foro primario archivó el caso al entender que la parte demandante no emplazó a tiempo y no cumplió con una orden de explicar la demora en diez días. La demanda se presentó y el emplazamiento se expidió el 30 de agosto de 2018, siendo diligenciado el 7 de octubre de 2018, dentro del término de 120 días. El Tribunal de Primera Instancia emitió una orden el 16 de enero de 2019, notificada el 24 de enero, concediendo 10 días fatales para explicar el curso de acción. La parte demandante presentó una moción el 29 de enero de 2019, dentro del término de 10 días desde la notificación, anejando el emplazamiento diligenciado. A pesar de ello, el foro primario dictó sentencia archivando el caso el 8 de febrero de 2019, alegando incumplimiento de la orden. El Tribunal de Apelaciones concluye que el Tribunal de Primera Instancia erró al archivar el caso. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones revoca la sentencia apelada.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201800055
Ponente:
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Resumen:
Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones Carlos Asencio López et al. en apelación contra SMG II por una reclamación de salarios. El caso se originó en el Tribunal de Primera Instancia bajo la Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico. Los apelantes, empleados de banquete y barra, alegaron que el patrono redujo unilateralmente su salario por hora para eventos de banquete de \$25 a \$15. El litigio se desarrolló bajo un procedimiento sumario. Surgió una controversia sobre el descubrimiento de prueba solicitado por el patrono. El Tribunal de Primera Instancia ordenó a los querellantes contestar el descubrimiento bajo pena de sanción. Ante la falta de respuesta, el foro primario desestimó la querella para todos los coquerellantes, excepto una. Los apelantes recurrieron esta Sentencia Parcial ante el Tribunal de Apelaciones. Tras evaluar el recurso, este Tribunal resolvió revocar la determinación del Tribunal de Primera Instancia.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900165
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el caso KLAN201900165, una apelación presentada por el Municipio de Mayagüez. El recurso busca revocar una sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de daños y perjuicios. La demanda original fue incoada por Orlando Rodríguez Cruz y la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE). Los demandantes alegaron que el Sr. Rodríguez Cruz sufrió un accidente laboral en 2008 al caer por una alcantarilla rota en Mayagüez, imputando negligencia al Municipio por falta de mantenimiento. El foro primario encontró responsable al Municipio, condenándolo a pagar \$10,619.38 a la CFSE por subrogación y \$64,380.62 al Sr. Rodríguez Cruz por daños. El Municipio apeló, argumentando, entre otras cosas, la falta de notificación previa a la demanda según la ley. Esta defensa fue planteada en la contestación pero no se persiguió activamente por más de siete años. Tras revisar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia apelada.
2019 • 29 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900145
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en casos consolidados sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca. La apelante, Jean Marie Rivera González, recurre de una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 8 de enero de 2019. Dicha sentencia había declarado ha lugar una solicitud de sentencia sumaria presentada por DLJ Mortgage Capital, Inc. El trasfondo del caso involucra problemas con la inscripción de escrituras de compraventa e hipoteca sobre una propiedad adquirida por la apelante. La propiedad, identificada como el lote 15 de la urbanización Las Vistas, presenta discrepancias registrales y de cabida. El historial procesal en el Tribunal de Primera Instancia incluyó varias mociones de sentencia sumaria presentadas por ambas partes. Mociones previas de sentencia sumaria de DLJ habían sido declaradas no ha lugar. La apelante también presentó una solicitud de sentencia sumaria. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso presentado contra la sentencia de 8 de enero de 2019. Tras evaluar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones decidió desestimar el recurso. La desestimación se fundamenta en que el recurso fue presentado de manera prematura.