Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CENTENO RAMOS, JULIA I
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900214
Año:
2019
Fecha:
29 de marzo de 2019
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una petición de certiorari presentada por Julia I. Centeno Ramos. La peticionaria buscaba la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una moción de desestimación. El Procurador General solicitó la desestimación del recurso por incumplimiento de la peticionaria al no notificarle copia de la petición de certiorari ni de la moción urgente en auxilio de jurisdicción. La peticionaria alegó un error involuntario y que el Procurador General tuvo conocimiento a través de la Fiscalía de Distrito. El Tribunal de Apelaciones examinó el expediente y determinó que no existía justificación para la falta de notificación al Procurador General. Citó las Reglas 33(B) y 79 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones y la Ley Orgánica del Departamento de Justicia que exigen dicha notificación en casos criminales apelativos. Concluyó que la peticionaria incumplió con un requisito de cumplimiento estricto. Por tanto, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, la Juez Nieves Figueroa y el Juez Salgado Schwarz.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de marzo de 2019. -I- La peticionaria Julia I. Centeno Ramos presentó ante nos una petición de certiorari solicitando la revisión de una resolución interlocutoria dictada el 29 de enero de 2019 por la Sala Superior de Morovis del Tribunal de Primera Instancia, que declaró No Ha Lugar una moción de desestimación al amparo ...
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