2024 • 23 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400369
Ponente:
—
Resumen:
Jorge Pérez Colón solicitó la revisión administrativa de una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El recurrente pidió una cita con un fisiatra tras alegar que un estudio médico le causó daños adicionales en la espalda. El DCR denegó la solicitud de cita, fundamentando su decisión en que el recurrente ya había rechazado una cita previa ofrecida mediante telemedicina. Inconforme con esta resolución final del DCR, el recurrente presentó una moción de revisión ante el Tribunal de Apelaciones. Argumentó que el DCR incidió al afirmar que él se había rehusado a asistir a una cita por telemedicina. El Tribunal de Apelaciones acogió la revisión. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal revocó la determinación recurrida del DCR.
2024 • 23 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400333
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Revisión Judicial presentado por Calixto Rivera Colón. El recurrente solicita la revocación de una decisión de la Junta de Apelaciones de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE). Dicha decisión declaró No Ha Lugar su Solicitud de Reconsideración. El caso se centra en un asunto de "Descuento / Cobro Ilegal", aparentemente relacionado con la concesión de "pasos por mérito" al recurrente durante su empleo en la CFSE desde 1974. El documento detalla el historial laboral del recurrente y las ocasiones en que le fueron otorgados pasos por mérito. Tras revisar el expediente, el Tribunal de Apelaciones determinó confirmar el dictamen administrativo recurrido. La sentencia fue emitida en San Juan, Puerto Rico, el 23 de septiembre de 2024.
2024 • 23 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400975
Ponente:
—
Resumen:
Roberto Quiñones López presentó un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. El peticionario había solicitado en instancia que se ordenara el cumplimiento concurrente de sus penas o la aplicación de la Ley 85-2022. Esta ley, según su interpretación, permite cualificar para libertad bajo palabra cumpliendo el término de la pena mayor, aun con sentencias consecutivas. El Tribunal de Primera Instancia resolvió que correspondía a la Administración de Corrección determinar si cualificaba para ser referido a la Junta de Libertad Bajo Palabra, exigiendo el agotamiento de remedios administrativos. Quiñones López recurrió, alegando que el foro primario erró al no entrar en los méritos del asunto de derecho y requerir el agotamiento administrativo. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, desestima el mismo. La desestimación se basa en la falta de jurisdicción del tribunal apelativo en este momento procesal.
2024 • 23 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400912
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones resolvió un recurso de Certiorari presentado por Bella Auto Group y Universal Insurance Company. El recurso se originó en un caso de incumplimiento de contrato y daños en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Los peticionarios buscaban revocar una Orden del foro primario que denegó su solicitud para que el perito psiquiátrico de la parte demandante compareciera de manera presencial al juicio. La parte demandante había anunciado como perito a un doctor de Uruguay. Los peticionarios argumentaron que la comparecencia remota sería onerosa y afectaría su derecho a confrontación. El Tribunal de Primera Instancia previamente había permitido el testimonio del perito, sujeto a *voir dire*. Mediante esta Resolución, el Tribunal de Apelaciones denegó expedir el auto de certiorari solicitado. Se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos. La decisión del foro primario sobre la comparecencia del perito se mantiene.
2024 • 23 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400907
Ponente:
—
Resumen:
La Unión Independiente de Empleados de la Autoridad de Edificios Públicos demandó a la Autoridad de Edificios Públicos para exigir el cumplimiento de un laudo arbitral de 2019. Dicho laudo ordenó el pago de salarios y haberes dejados de percibir por un empleado despedido injustificadamente. La Autoridad alegó haber realizado pagos, pero sostuvo que los beneficios por incapacidad del Seguro Social recibidos por el empleado debían descontarse del pago retroactivo. La Unión argumentó que, según la doctrina del Tribunal Supremo en *Silva Soto*, los beneficios del Seguro Social son de fuente colateral y no deben deducirse. La Autoridad presentó una moción de sentencia sumaria en el Tribunal de Primera Instancia, argumentando cumplimiento y la inaplicabilidad de *Silva Soto*. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de sentencia sumaria de la Autoridad. La Autoridad recurrió al Tribunal de Apelaciones mediante *certiorari* para revocar esa decisión. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta resolución, denegó la expedición del auto solicitado.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400762
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en la apelación presentada por Los Compadres Corp. contra el Municipio Autónomo de Bayamón. La controversia surge de un injunction estatutario concedido por el Tribunal de Primera Instancia. El Municipio solicitó el injunction debido a la construcción de una terraza de madera sin el permiso de construcción correspondiente. El foro primario declaró Ha Lugar la petición, ordenando el cese del uso de la estructura y la acreditación del permiso en sesenta días. Los Compadres Corp. apeló, argumentando que el TPI utilizó indebidamente el mecanismo del injunction para revocar un permiso de uso y atacar una decisión administrativa supuestamente final. Tras revisar el expediente y los alegatos, el Tribunal de Apelaciones confirma la Sentencia apelada. Esta decisión valida la orden del Tribunal de Primera Instancia respecto al cese del uso y la necesidad del permiso de construcción para la estructura.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400630
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cabo Rojo. El apelante, Yamil Walid Toro Toro, solicitó la revocación de la Sentencia que desestimó su demanda por la vía sumaria. La demanda original contra Battelle Memorial Institute (BMI) alegaba despido injustificado bajo la Ley 80 y represalias bajo la Ley 115. BMI argumentó que el despido fue justificado, basado en violaciones a políticas internas descubiertas tras una investigación por una querella de otro empleado. El apelado también sostuvo que la presunción de despido injustificado bajo la Ley 80 no aplicaba al caso conforme a la Ley 4 de 2017 y jurisprudencia reciente. Tras revisar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia apelada. Esto valida la desestimación sumaria del caso por el foro primario.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400532
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de apelación sobre daños y perjuicios. La apelante, Amalia Toro Pérez, impugna la Sentencia Sumaria del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda contra HR Properties, Inc. La controversia principal giró en torno a la fecha de una caída alegada y la posible prescripción de la acción. Mientras la demanda original indicaba el 5 de mayo de 2022, la parte apelada sostuvo que el incidente ocurrió el 27 de abril de 2022. La apelada argumentó que, de ser el 27 de abril, la demanda presentada el 4 de mayo de 2023 estaba prescrita. La apelante alegó que el término prescriptivo fue interrumpido por una carta de notificación enviada a la apelada el 6 de diciembre de 2022. El Tribunal de Primera Instancia desestimó sumariamente el caso. El Tribunal de Apelaciones, tras examinar las posiciones, determinó revocar la Sentencia Sumaria apelada.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400513
Ponente:
—
Resumen:
El documento es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Se origina en un recurso de apelación presentado por David Jomayfry Chaulizant Mercado. El apelante impugna una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que confirmó la denegatoria del Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR) a expedirle una licencia de armas. El NPPR denegó la solicitud basándose en una convicción previa por delito grave del señor Chaulizant Mercado. El TPI sostuvo la denegatoria, argumentando que la Ley de Armas prohíbe la expedición a personas con convicciones por delito grave, a pesar de que los antecedentes penales del recurrente habían sido eliminados. El apelante argumenta que el TPI erró al considerar antecedentes eliminados y al imponer requisitos adicionales no establecidos por la ley. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el caso, ha determinado Revocar la sentencia emitida por el TPI.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400448
Ponente:
—
Resumen:
William Rivera Martínez recurrió ante el Tribunal de Apelaciones contra una decisión del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El DCR pospuso la evaluación de su solicitud para el Programa de Pre-reinserción a la Libre Comunidad. La posposición se basó en la necesidad de cumplir con artículos sobre derechos de las víctimas y la evaluación del Comité de Víctimas. Rivera Martínez alegó que dichos artículos no aplican al programa de pre-reinserción, que no es un programa de desvío, y que el Comité de Víctimas no está constituido. Tras solicitar sin éxito la reconsideración al DCR, presentó una solicitud de revisión judicial. El Tribunal de Apelaciones, con el beneficio de los escritos de ambas partes, desestimó el recurso presentado por Rivera Martínez.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202300954
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en la apelación presentada por Luis O. Cruz Ramos contra H.J. Gas Station. El Sr. Cruz apeló la decisión del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su querella por alegado despido injustificado bajo la Ley 80-1976. El documento detalla el historial de empleo del Sr. Cruz, sus funciones y cambios de horario entre 2012 y 2017. Se mencionan incidentes como una orden de protección contra un compañero y el impacto del Huracán María en las operaciones y horas de trabajo. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar a la querella de despido injustificado. Tras revisar la prueba y los argumentos, el Tribunal de Apelaciones confirma la sentencia del Tribunal de Primera Instancia. La apelación del Sr. Cruz no prosperó, validando la determinación previa.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202300610
Ponente:
—
Resumen:
Este documento es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Atiende la apelación presentada por Guillermo Antonio Serracante Gierbolini y Ana María Cadilla Arribas. Los apelantes solicitaron la revocación de una Sentencia Parcial en Rebeldía dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito. Dicha sentencia parcial declaró Ha Lugar una demanda de cobro de dinero y ejecución de prenda e hipoteca. La demanda original fue incoada por Condado 3, LLC contra varios codemandados, incluyendo a los apelantes y otros con interés en la propiedad hipotecada. La acción se basó en el alegado incumplimiento de un préstamo hipotecario de \$350,000.00, garantizado por pagarés hipotecarios sobre la Finca Número 9,820. Los apelantes y otros codemandados presentaron contestaciones a la demanda. La sentencia en rebeldía apelada fue dictada específicamente contra los codemandados John Doe y Richard Doe. Tras revisar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones determinó revocar el dictamen apelado.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202300922
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. La apelación proviene de una Sentencia Parcial en Rebeldía dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito. La demanda original fue incoada por Condado 3, LLC (sucesora Luna Commercial II, LLC) contra Guillermo Antonio Serracante Gierbolini, Ana María Cadilla Arribas y otros. Se reclamaba el pago de un préstamo hipotecario de $350,000, alegando incumplimiento. Dicho préstamo estaba garantizado por pagarés hipotecarios sobre la Finca Número 9,820. La sentencia apelada declaró en rebeldía a los codemandados John Doe y Richard Doe, posibles herederos desconocidos. Los apelantes, Serracante Gierbolini y Cadilla Arribas, solicitaron la revocación de este dictamen. Tras revisar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones resuelve revocar la Sentencia Parcial en Rebeldía apelada.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400812
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró un recurso de Certiorari presentado por José A. Marcano Villalongo. El peticionario solicitó la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de corregir sentencias. Marcano Villalongo había argumentado en el foro primario que el agravante del Artículo 7.03 de la Ley de Armas de 2000, aplicado a sus sentencias de 2007, era inconstitucional. Alegó que dicha disposición constituía un castigo cruel e inusitado, doble exposición y una ley ex post facto. Buscaba eliminar el efecto de este agravante en sus penas bajo las Reglas 185 y 192.1 de Procedimiento Criminal. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar su petición. Inconforme, Marcano Villalongo acudió al Tribunal de Apelaciones mediante Certiorari. Tras considerar el recurso, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del Certiorari. La decisión se basa en los fundamentos que rigen la discreción para conceder este recurso extraordinario.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400831
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que revisa una apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo. El recurso fue presentado por Luis Yamil Hevia Cabán y Yamira Cabán Figueroa contra Noraida Román Concepción, en un caso sobre impugnación de filiación. Los apelantes buscaban la revisión de una Sentencia del foro primario que desestimó su causa de acción para impugnar la paternidad de un menor. El Tribunal de Primera Instancia fundamentó su desestimación en la falta de legitimación activa de una de las demandantes y en que las alegaciones del otro no justificaban el remedio solicitado. Tras denegarse una moción de reconsideración, los apelantes acudieron en revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. La Sentencia del Tribunal de Apelaciones resuelve desestimar el recurso de apelación. La desestimación se basa en la determinación de que el Tribunal de Apelaciones carece de jurisdicción para conocer del recurso presentado.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400866
Ponente:
—
Resumen:
Jennifer Cintrón González presentó una Petición de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Solicita la revocación de una Resolución y Orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Dicha orden realizó determinaciones sobre las relaciones maternofiliales provisionales, la escuela de la menor hija de las partes y denegó un estudio social sobre relocalización. Este caso de custodia civil involucra a la Peticionaria y a Christian Nieves Arreaga, el Recurrido. La disputa surge en el contexto de una decisión previa del Tribunal de Apelaciones que revocó una orden de protección y la privación de custodia contra la madre. El panel anterior había remitido el caso al foro primario para que evaluara las circunstancias y adoptara medidas para el bienestar de la menor. Tras la remisión, la madre solicitó la restitución inmediata de la custodia y el cese de un plan de servicios. El foro primario celebró vistas y emitió la orden ahora impugnada. Por los fundamentos expuestos en esta Resolución, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por la Peticionaria.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400502
Ponente:
—
Resumen:
Procede la desestimación del recurso de revisión presentado por un miembro de la población correccional contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente impugnó una respuesta inicial de un Evaluador de la agencia sobre errores en su hoja de cómputo. Sin embargo, la jurisdicción del Tribunal de Apelaciones se limita a revisar decisiones finales de las agencias, una vez agotados los remedios administrativos. El Reglamento de Corrección establece un proceso de dos etapas: una respuesta inicial del Evaluador y una revisión posterior por un Coordinador, cuya resolución constituye la decisión final. La respuesta del Evaluador no es una decisión final revisable, ya que no contiene determinaciones de hecho ni conclusiones de derecho y permite una etapa de revisión interna adicional. Dado que el recurrente admitió que la agencia no había emitido la decisión final del Coordinador, no agotó los remedios administrativos. Por tanto, el Tribunal carece de jurisdicción para atender el recurso en esta etapa.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400401
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones atendió una revisión judicial presentada por Harold Constantino/Omar Constantino h/n/c HJ Construction y Benjamín Vázquez Sandoval. El recurso buscaba anular una determinación del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). DACo había ordenado a los recurrentes pagar \$11,220.00 a Ernesto González Dávila e Ivonne González Cuascut por deficiencias en una obra de construcción. Los recurrentes presentaron una moción de reconsideración ante DACo y luego una solicitud de revisión judicial ante el Tribunal. El Tribunal procedió a evaluar su jurisdicción para revisar la decisión administrativa. La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme establece un término de 30 días para solicitar revisión judicial, contados desde la notificación de la orden final. Este término se interrumpe si se presenta una moción de reconsideración oportuna dentro de 20 días. La resolución de DACo fue notificada el 9 de mayo de 2024. La moción de reconsideración fue presentada fuera del término de 20 días, y la revisión judicial se presentó el 29 de julio de 2024, excediendo el término de 30 días. Consecuentemente, el Tribunal desestimó el recurso por falta de jurisdicción debido a su presentación tardía.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400383
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una decisión administrativa del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El recurrente, un miembro de la población correccional, impugnó la forma en que el DCR aplicó la Ley Núm. 85-2022 a su liquidación de sentencia. Alegó que la aplicación de dicha ley le obligaba a cumplir nuevamente una sentencia por Ley de Armas que, según él, ya había cumplido en 2015. El DCR, a través de su técnico de récord penal, explicó que la Ley 85 resultó en la selección de la sentencia más alta, pasando la de Ley de Armas a secundaria en el cálculo. Tras agotar los remedios administrativos internos, donde el DCR confirmó su postura, el recurrente acudió al Tribunal de Apelaciones. Mediante una revisión judicial, solicitó que se corrigiera lo que consideraba un error en su hoja de control de sentencia. El Tribunal de Apelaciones evaluó el recurso presentado. Finalmente, el panel judicial confirmó el dictamen administrativo recurrido.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400969
Ponente:
—
Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones un recurso de Certiorari presentado por Aixa M. Olabarrieta Archilla y José Villanueva. Solicitan la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Guaynabo que denegó su Moción de Desestimación. El caso original es una demanda de cobro de dinero y cumplimiento de contrato presentada por Moisés Laracuente Santiago por trabajos de fabricación e instalación de puertas y ventanas. Los peticionarios argumentaron que la demanda debía desestimarse porque la cuantía reclamada no era líquida ni exigible. Alegaron que el asunto estaba pendiente ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) y que se debían agotar los remedios administrativos. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación, entendiendo que la demanda exponía una causa de acción y que la cuestión era de estricto derecho. Inconformes, los peticionarios acudieron al foro apelativo intermedio. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, expide el auto de Certiorari. Finalmente, confirma la Resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400968
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones resuelve un recurso de Certiorari presentado por el Sr. Francisco Gómez Paulino contra una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El peticionario impugna la decisión del TPI que declaró No Ha Lugar su solicitud de remedios relacionada con un referido a la Unidad Social. El TPI aclaró que la demanda original solo buscaba establecer relaciones filiales, no custodia compartida. Asimismo, señaló que la Minuta del 17 de abril de 2024 refirió el caso a la Unidad Social únicamente para un informe complementario basado en un plan de seguridad del Departamento de la Familia, sin hacer referencia a custodia compartida. El caso se inició en diciembre de 2022 con la solicitud del padre para establecer relaciones con su hija. En junio de 2023, el TPI había establecido relaciones filiales provisionales, custodia provisional con la madre y patria potestad compartida, ordenando un estudio social. El Tribunal de Apelaciones deniega el recurso de Certiorari presentado por el padre.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400949
Ponente:
—
Resumen:
Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari presentada por Carlos A. Soto Rivera. El peticionario impugna una sentencia de 40 años de reclusión impuesta tras un preacuerdo con el Ministerio Público. El Tribunal desestima el recurso por falta de jurisdicción. La resolución detalla los mecanismos legales para atacar sentencias dictadas a raíz de alegaciones de culpabilidad. Estos incluyen un recurso directo de certiorari dentro de 30 días o un ataque colateral mediante procedimientos posteriores a la sentencia. Se destaca la moción bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal, que se presenta ante el tribunal sentenciador para anular o corregir sentencias viciadas por errores fundamentales. El Tribunal señala que el peticionario presentó un escrito directamente ante este foro sin anejar la documentación pertinente. La desestimación implica que el peticionario no siguió el procedimiento adecuado para impugnar colateralmente su sentencia.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400945
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de incumplimiento de contrato. José Aponte Rodríguez demandó a Patricio Antonio Peña Cabrera, Flérida Medina Guerrero y otros por alegado incumplimiento de un contrato de sociedad para operar un restaurante. El demandante sostuvo que los demandados cerraron el negocio unilateralmente, violando cláusulas contractuales y causándole daños. Los demandados negaron las imputaciones, alegando que el contrato no se perfeccionó y que el cierre se debió a incapacidad financiera. Los demandados recurrieron en Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Buscaban la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que les denegó la presentación de una Reconvención. Dicha Orden también les impuso una sanción económica. El Tribunal de Apelaciones revisó el dictamen del foro primario. Tras la revisión, el Tribunal de Apelaciones expidió el recurso y revocó la Orden apelada.
2024 • 20 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400928
Ponente:
—
Resumen:
Se presenta una Sentencia de un panel judicial sobre una Petición de Certiorari. La parte peticionaria es Platinum Advisors Corporation y la parte recurrida es la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF). Platinum solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que declaró No Ha Lugar una Moción de Sentencia Sumaria presentada por Platinum. Con esa moción, Platinum buscaba la desestimación de una Demanda de cobro de dinero interpuesta por ADSEF en su contra. ADSEF demandó a Platinum reclamando \$75,997.00 por alegados pagos indebidos. Estos pagos se relacionan con un contrato de manejo de participantes del programa TANF entre 2010 y 2011. ADSEF sostiene que Platinum facturó en exceso al no restar participantes con cierto estatus e incluir otros no registrados. El TPI previamente desestimó la demanda contra el presidente de Platinum. El tribunal superior considera ahora la Petición de Certiorari tras recibir la posición de ADSEF.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400753
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el caso KLAN202400753. Valverde de Lucerna, LLC apeló una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. Dicha sentencia parcial había declarado Ha lugar una moción desestimatoria presentada por los apelados, los hermanos Daniela y Andrés Papadakis Bared. El litigio original iniciado por Valverde alega incumplimiento de contrato, negociación de mala fe y daños y perjuicios relacionados con la compra de una propiedad. Valverde contrató inicialmente con quienes no eran los únicos dueños, descubriendo luego que la propiedad había sido donada a los hijos y estaba hipotecada. Un contrato enmendado incluyó a los verdaderos propietarios, quienes supuestamente incumplieron sus obligaciones de liberar gravámenes y obtener autorización judicial para una menor co-propietaria. Valverde reclamó que los apelados actuaron con mala fe y falsas representaciones. Tras la falta de presentación del alegato de la parte apelada, el Tribunal de Apelaciones procedió a resolver. El panel judicial, tras examinar el expediente y el derecho aplicable, decidió revocar la Sentencia Parcial apelada.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400754
Ponente:
—
Resumen:
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400693
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió sentencia en el caso KLAN202400693. Se trata de una apelación contra una decisión del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. Los apelantes impugnaron la desestimación con perjuicio de su demanda sobre filiación, impugnación de testamento y daños. En su demanda original, los apelantes buscaban declarar a su tío fallecido como hijo de su abuelo. También solicitaban la nulidad del testamento de su tío, alegando vicios en el consentimiento. La parte apelada solicitó la desestimación argumentando que la acción de filiación estaba caducada. Además, sostuvieron que los apelantes, como herederos colaterales, carecían de legitimación activa para la filiación póstuma de un adulto. El Tribunal de Primera Instancia acogió la moción de desestimación e impuso honorarios por temeridad. Tras revisar el expediente y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones confirmó el dictamen del foro primario.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400676
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLAN202400676. El apelante, José F. Valle Morales, impugna la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda contra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y ORANF. La demanda original buscaba un injunction por la desconexión del servicio de agua y disputaba cargos elevados. Tras una desestimación inicial por el foro primario, el Tribunal de Apelaciones revocó esa decisión y ordenó la continuación del caso. El Tribunal de Primera Instancia concedió un entredicho provisional para reconectar el servicio. La AAA alegó no haber sido emplazada y posteriormente solicitó la desestimación. La AAA argumentó que el demandante había fallecido antes del emplazamiento efectivo y que este se realizó fuera del término de 120 días. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda sin perjuicio. El Tribunal de Apelaciones confirma la Sentencia apelada que desestimó la demanda.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400489
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo. La apelación fue presentada por Universal Insurance Company y FirstBank, quienes impugnan la desestimación de su demanda contra la confiscación de un vehículo. El foro primario concluyó que FirstBank carecía de legitimación activa para presentar la demanda porque su gravamen sobre el vehículo no estaba inscrito antes de la incautación policial. FirstBank había financiado la adquisición del vehículo, el cual fue confiscado por alegadas infracciones a la Ley de Armas. Los apelantes argumentan que FirstBank posee un interés propietario como acreedor, independientemente de la inscripción previa del gravamen, y señalan fallos en la notificación de la confiscación. La parte apelada sostiene que la falta de inscripción del gravamen antes de la ocupación justifica la denegación de legitimación activa. El Tribunal de Apelaciones examina si la inscripción registral del gravamen es un requisito indispensable para que una entidad financiera tenga standing para impugnar una confiscación. Se presenta el marco legal de la confiscación en Puerto Rico, regida por la Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400275
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirmó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó una demanda presentada por el Partido Popular Democrático. Dicha demanda se presentó contra el Estado Libre Asociado, el Gobernador y otros funcionarios. El Partido Popular Democrático alegó que los apelados gastaron más de $3 millones de fondos públicos en una campaña publicitaria. Sostuvo que esta campaña tenía un fin exclusivamente político para promover la reelección del Gobernador. Argumentó que el uso de fondos públicos para este propósito violaba la Constitución y la Ley de Contabilidad del Gobierno. La demanda solicitaba una sentencia declaratoria de inconstitucionalidad y órdenes de interdicto para detener la campaña y ordenar el reembolso de los fondos. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la acción civil tras una moción de los apelados. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta sentencia, valida la determinación del foro primario.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202300902
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. La apelante, Stephanie Ríos Vélez, impugna la desestimación de su reclamación contra CC1 Companies Corp. por parte del Tribunal de Primera Instancia. La señora Ríos Vélez alegó haber sufrido quemaduras graves en 2017 debido a la supuesta negligencia de CC1 en un evento. CC1 negó responsabilidad e intentó sin éxito incluir a Stylus Promo Group, Inc. como tercero responsable. Los esfuerzos de CC1 para litigar contra Stylus fracasaron por razones procesales y prescripción. La propia apelante también intentó unir a Stylus al caso, pero su reclamación contra esta entidad ya había prescrito. El Tribunal de Apelaciones anticipa confirmar la sentencia recurrida que desestimó la demanda contra CC1.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400729
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE202400729. El caso principal involucra reclamaciones por daños, difamación, conducta sexual inapropiada e interferencia contractual torticera. Los peticionarios, Medtronic y Elvin Vélez Santiago, solicitaron al Tribunal de Apelaciones dejar sin efecto una Resolución del Tribunal de Primera Instancia. Mediante dicha Resolución, el foro primario declaró Ha Lugar, de manera parcial, una solicitud de desestimación presentada por los peticionarios. La demanda original fue presentada por Ibeth Colón y Ricky Pérez Santos, alegando hostigamiento sexual y difamación por parte de Vélez mientras Colón trabajaba en Medtronic a través de un contratista. Tras desistir de una demanda inicial basada en leyes laborales, se presentó una segunda demanda bajo el Código Civil. Los peticionarios argumentaron la prescripción de ciertas reclamaciones y la improcedencia de la interferencia torticera, señalando la ausencia de una parte indispensable. El Tribunal de Primera Instancia, tras reconsideración, concedió parcialmente la desestimación solicitada por los peticionarios. El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por los peticionarios. Con esta denegatoria, se mantiene la determinación del foro primario de conceder una desestimación parcial.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400845
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Banco Popular de Puerto Rico. La petición busca revocar una orden del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El foro primario había dejado sin efecto una sentencia previa dictada en rebeldía a favor de Banco Popular. La razón fue un "grave defecto" procesal: la escritura de hipoteca presentada no concordaba con el pagaré que se pretendía ejecutar. Tras revisar el recurso, el Tribunal de Apelaciones expide el auto de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revoca la orden del foro primario que había anulado la sentencia original.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400403
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisó la resolución de archivo por falta de jurisdicción emitida por la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA) en el caso de Guillermo De Jesús Pérez contra el Municipio de San Juan. De Jesús Pérez apeló ante la CIPA su expulsión del puesto en la Policía Municipal, una medida disciplinaria impuesta por el Comisionado. La resolución final del Comisionado le informó erróneamente que podía apelar ante la CIPA. Sin embargo, la CIPA determinó que carecía de jurisdicción para atender la apelación. La CIPA concluyó que, conforme al Código Municipal de Puerto Rico, la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP) posee jurisdicción primaria exclusiva sobre apelaciones de decisiones de personal municipal, incluyendo acciones disciplinarias. Por tanto, la CIPA ordenó el archivo del caso. De Jesús Pérez recurrió ante el Tribunal de Apelaciones para revisar esta determinación. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar los fundamentos, confirmó la resolución de la CIPA. La sentencia valida que la CASP es el organismo apelativo competente para este tipo de casos bajo la ley municipal vigente.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202401015
Ponente:
—
Resumen:
El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) presentó una Petición de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. El recurso busca la revisión de una Orden de Mostrar Causa emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un caso relacionado con servicios de Educación Especial. Dicha orden requirió a la Secretaria de Educación comparecer para mostrar causa por la cual no debía ser encontrada en desacato. La orden del TPI se basó en la alegada falta de asignación de fondos que afectaría los servicios y violaría una sentencia por estipulación. El DEPR argumentó que el TPI erró al ordenar la comparecencia de la Secretaria sin justificar la necesidad de su testimonio. Junto al certiorari, el DEPR solicitó una Orden de Auxilio de Jurisdicción para dejar sin efecto la orden del TPI. El Tribunal de Apelaciones declaró No Ha Lugar la solicitud de auxilio de jurisdicción. No obstante, el Tribunal decidió examinar el recurso de certiorari, prescindiendo de trámites adicionales para su pronta resolución.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400927
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un recurso de certiorari. La controversia principal surge de un litigio sucesorio sobre nulidad parcial de testamento, liquidación y partición de herencias, y otros asuntos. La parte peticionaria, Sucesión de Pedro Remberto Fagot Bigas, solicitó el recurso para impugnar tres resoluciones del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Estas resoluciones denegaron la solicitud de traslado del caso a Ponce, atendieron una solicitud de contestación de interrogatorio y una petición de prórroga para contestar la demanda. La solicitud de traslado se fundamentó en la ubicación de la mayoría de los bienes inmuebles y los lazos familiares en Ponce. El foro primario denegó el traslado basándose en el principio de jurisdicción general y la existencia de propiedades en ambas regiones. Tras examinar la petición de certiorari y la oposición, el Tribunal de Apelaciones resuelve denegar la expedición del auto. Esto implica que las determinaciones del Tribunal de Primera Instancia sobre estos asuntos no serán revisadas en esta instancia apelativa.
2024 • 19 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400902
Ponente:
—
Resumen:
José Luis Pacheco Acevedo solicitó al Tribunal de Primera Instancia la devolución de sus fotos y huellas dactilares y la eliminación de información relacionada con sus convicciones de bases de datos estatales, tras cumplir su sentencia. Fundamentó su petición en la Ley Núm. 143-2014 y la Ley Núm. 45-1983. El foro primario denegó la solicitud, interpretando que la Ley Núm. 45 y la jurisprudencia solo permiten la devolución tras absolución o indulto total, no después de una convicción. También consideró improcedente la eliminación de las bases de datos. El Estado se opuso al recurso de certiorari presentado por el peticionario, argumentando la corrección de la decisión del tribunal inferior y la validez de retener la información de personas convictas. El peticionario alegó errores del TPI al denegar su solicitud basada en las leyes citadas y al no ordenar la eliminación del portal judicial. Tras examinar los escritos y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari.
2024 • 18 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202300334
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite Sentencia en el caso KLAN202300334, una apelación presentada por Don Rifa, LLC contra el Departamento de Hacienda. Don Rifa, LLC recurre la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró Ha Lugar la acción incoada por Hacienda. Dicha Sentencia ordenó a Don Rifa a cesar de inmediato la operación de su aplicación móvil, al considerarla una modalidad de lotería clandestina. El Departamento de Hacienda había demandado a Don Rifa tras una consulta inicial de esta última al DACO y la posterior falta de respuesta a los requerimientos de información. Hacienda envió una comunicación a Don Rifa advirtiendo que su operación era una lotería ilegal y requiriendo un cese y desista. Don Rifa presentó una Moción de Desestimación, alegando falta de jurisdicción primaria del tribunal y no agotamiento de remedios administrativos. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, confirma el dictamen apelado. La Sentencia ratifica la orden para que Don Rifa detenga la operación de su plataforma digital.
2024 • 18 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400827
Ponente:
—
Resumen:
Se presenta un recurso de certiorari por el señor Santana contra una decisión de un tribunal primario. La controversia principal gira en torno a la notificación de una sentencia. El recurrente alegó que la sentencia final no le fue notificada personalmente, a diferencia de otras órdenes. El foro primario rechazó su moción presentada por derecho propio, indicando que debía actuar a través de su representación legal. El señor Santana impugnó esta determinación, argumentando que el tribunal erró al no notificarle la sentencia personalmente por tener abogado, aun cuando él pretendía representarse en apelación. El tribunal de certiorari concedió un término a la parte recurrida para oponerse, pero esta no compareció. Ante la falta de oposición, el recurso fue declarado perfeccionado para su disposición. El documento procede a explicar la naturaleza discrecional y extraordinaria del auto de certiorari como mecanismo de revisión de decisiones de foros inferiores, mencionando los criterios reglamentarios que guían su expedición.
2024 • 18 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400429
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió sentencia en un recurso de revisión administrativa. Christian M. Bello Colón apeló una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El recurrente solicitó la aplicación de la Ley Núm. 66-2022 para obtener bonificaciones a su sentencia. El DCR denegó la solicitud, argumentando que dicha ley aplica a personas sentenciadas antes del Código Penal de 2012 que estén en programas de rehabilitación o libertad bajo palabra. El DCR indicó que las bonificaciones del recurrente se rigen por otras leyes (Ley Núm. 87-2020 y Ley Núm. 142-2013). Tras una solicitud de reconsideración que fue denegada, Bello Colón acudió al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal revisó la determinación administrativa. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal confirmó la decisión del DCR.
2024 • 18 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLRA202400420
Ponente:
—
Resumen:
Ángel M. Rivera y Teresita Otero Cortés recurren ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico para revocar una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). La controversia se origina en un contrato con Star Roofing Corporation para el sellado del techo de su residencia, el cual resultó defectuoso. Los recurrentes alegan que, poco después de completada la obra, comenzaron a experimentar severas filtraciones, desprendimiento de pintura y empañetado, y un deterioro progresivo. A pesar de sus reclamos, la compañía no solucionó los problemas, que afectaron la habitabilidad y salud de los recurrentes. Una inspección del DACo confirmó los graves daños por infiltración y humedad en múltiples áreas de la vivienda, así como el mal estado del techo con membrana despegada y empozamiento de agua. El técnico recomendó corregir las deficiencias bajo garantía, señalando que el deterioro era incompatible con el tiempo de instalación. Se estimó el costo de las reparaciones necesarias en más de ocho mil dólares. El DACo determinó como hechos probados el contrato, el pago de $6,862.00, la garantía ofrecida y las deficiencias observadas desde el inicio de los trabajos.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400683
Ponente:
—
Resumen:
La Sucesión José Santiago Álvarez apeló la sentencia sumaria emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao. Dicha sentencia validó un contrato de compraventa sobre una finca rústica en Yabucoa a favor del matrimonio Arroyo-Sánchez. El caso se originó con una demanda de sentencia declaratoria presentada por la sucesión apelante, buscando la nulidad de dos escrituras relacionadas con la propiedad por incumplimiento de requisitos notariales. La parte apelada se allanó a la nulidad de las escrituras, lo que resultó en una sentencia parcial declarándolas nulas. Posteriormente, la parte apelada solicitó sentencia sumaria, argumentando que el negocio jurídico subyacente de compraventa era válido a pesar de la nulidad formal de las escrituras. El foro primario acogió esta solicitud, validando el contrato de compraventa. La Sucesión José Santiago recurrió esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Panel Especial del Tribunal de Apelaciones revisó el recurso. Por los fundamentos expuestos, el tribunal apelativo confirmó la sentencia apelada.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400406
Ponente:
—
Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones el Hospital Español Auxilio Mutuo para revisar una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Sentencia desestimó una Demanda de Sentencia Declaratoria presentada por el Hospital contra First Medical Health Plan e International Medical Card. El Hospital buscaba que se declarara ilegal la denegación de pago de servicios hospitalarios por \$3.9 millones y se ordenara su desembolso. La denegación de pago se fundamentaba en señalamientos al criterio médico. First Medical solicitó la desestimación argumentando, entre otras cosas, la falta de jurisdicción del tribunal judicial. Alegó que la Oficina del Comisionado de Seguros tenía jurisdicción primaria exclusiva sobre controversias de pago de reclamaciones. También sostuvo que el Hospital no siguió los procedimientos contractuales ni administrativos y que una sentencia declaratoria no era el mecanismo adecuado para cobrar múltiples reclamaciones disputadas. El Tribunal de Primera Instancia acogió la moción de desestimación por falta de jurisdicción sobre la materia y por no exponer una reclamación justificable. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el caso, confirma la Sentencia apelada que desestimó la demanda.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400813
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. El apelante, José D. Santiago Torres, recurre una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Ponce. Dicha resolución denegó su solicitud de representación legal de oficio, alegando falta de recursos económicos. El foro primario había suspendido previamente su derecho a la autorrepresentación y le ordenó contratar un abogado. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como un certiorari para revisar la orden interlocutoria. Se reseña el historial del caso, iniciado por una demanda de daños por supuesta aplicación indebida de la Ley 408. El panel revisó los trámites procesales, incluyendo la orden previa de contratar abogado. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari. Finalmente, revocó la resolución recurrida, dejando sin efecto la denegatoria de abogado de oficio.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202300556
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el caso de Oriental Bank contra Alvin Yamir Díaz Pagán. Oriental Bank apeló la desestimación de su demanda de ejecución de hipoteca (IN REM) por parte del Tribunal de Primera Instancia. La demanda se basaba en un pagaré hipotecario en incumplimiento de pago. El demandado, Díaz Pagán, se opuso argumentando la falta de inscripción válida de la hipoteca y el descargo de su deuda personal en un proceso de quiebra. Tras intentos de mediación y mociones de ambas partes, el Tribunal de Primera Instancia desestimó la acción de ejecución hipotecaria. Oriental Bank recurrió esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El panel revisó los fundamentos expuestos por las partes. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia apelada. Esto significa que se mantiene la desestimación de la demanda de ejecución de hipoteca presentada por Oriental Bank.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400856
Ponente:
—
Resumen:
Este documento es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que consolida dos recursos de certiorari (KLCE202400823 y KLCE202400856). Ambos recursos impugnan una Resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y desahucio. Las peticionarias alegan que el foro primario abusó de su discreción al no dar por admitidos automáticamente unos requerimientos de admisiones. Argumentan que la parte recurrida contestó dichos requerimientos fuera del término legal de 20 días. Según las peticionarias, la Regla 33 de Procedimiento Civil exige la admisión automática en tal caso. El Tribunal de Apelaciones examinó los recursos bajo la Regla 52.1, que establece los criterios para la revisión mediante certiorari de resoluciones interlocutorias. Determinó que la controversia, relacionada con el descubrimiento de prueba y el manejo del caso, no cumple con los supuestos excepcionales que justifican la expedición de un auto de certiorari. En consecuencia, el Tribunal denegó la expedición del auto solicitado.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400821
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución sobre un recurso de Certiorari. Los peticionarios solicitan la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia de Guaynabo. Dicha Orden, emitida el 3 de junio de 2024, instruyó a UBS Financial Services y al fiduciario del Fideicomiso de Dora Ramírez de Arellano a abstenerse de distribuir fondos o ingresos del fideicomiso. Esta prohibición se mantendría hasta la liquidación del fideicomiso o nueva orden judicial, aunque se permitieron desembolsos para mantenimiento de propiedades. El caso se relaciona con el caudal hereditario de Dora Ramírez de Arellano Bartoli, donde previamente se designó un Contador Partidor. La controversia sobre el fideicomiso surgió en el proceso de liquidación y distribución de la herencia. Tras considerar los fundamentos presentados, el Panel XI-Especial del Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de Certiorari solicitado por los peticionarios.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400823
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones consolida dos recursos de certiorari instados por Wency Ann Baerga Mercado y Chantal Delgado Baerga. Ambos recursos impugnan una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón en un pleito de cobro de dinero y desahucio. Las peticionarias argumentan que el foro primario abusó de su discreción al no dar por admitidos automáticamente unos requerimientos de admisiones. Sostienen que la parte recurrida contestó dichos requerimientos fuera del término de 20 días establecido por la Regla 33. Examinados los recursos y la oposición, el Tribunal de Apelaciones consideró la aplicabilidad de la Regla 52.1 de Procedimiento Civil. Esta regla delimita las instancias en que se puede revisar una resolución interlocutoria mediante certiorari. El Tribunal concluyó que la controversia, centrada en el manejo del descubrimiento de prueba, no se ajusta a los criterios de revisión discrecional. En consecuencia, se deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.
2024 • 17 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLCE202400933
Ponente:
—
Resumen:
Harry Anduze Montaño, d/b/a Bufete Harry Anduze Montaño, comparece ante el Tribunal de Apelaciones mediante Certiorari impugnando una orden del foro primario. Dicha orden, emitida por el Tribunal de Primera Instancia el 21 de junio de 2024, trataba sobre la distribución de fondos obtenidos mediante embargo. Anduze Montaño había demandado previamente a Investigación y Programas, S.A. (IPSA) por cobro de dinero, obteniendo una sentencia en rebeldía y una orden de embargo contra los activos de IPSA. Este embargo afectó fondos en posesión del Alguacil en un caso separado (KAC2009-1257) que involucraba a Gómez Holdings, Inc. Anduze Montaño solicitó el pago de estos fondos embargados. El Tribunal de Primera Instancia autorizó el pago a Anduze Montaño, pero solo después de que se le pagara a Gómez Holdings, Inc. de los mismos fondos. Anduze Montaño argumentó que su embargo tenía prioridad y solicitó reconsideración, la cual fue denegada. Mediante este Certiorari, Anduze Montaño pidió al Tribunal de Apelaciones revocar la orden del foro primario, alegando error al no reconocer la prioridad de su embargo. La resolución del Tribunal de Apelaciones deja sin efecto la paralización de los procedimientos y deniega la expedición del auto solicitado.
2024 • 16 de septiembre de 2024
Número de Caso:
KLAN202400743
Ponente:
—
Resumen:
Resolución de un panel judicial sobre un recurso de apelación presentado por IGC Group LLC. IGC solicita la revisión de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró Ha Lugar una solicitud de sentencia sumaria de Transporte Rodríguez Asfalto, Inc. El caso se originó por una disputa de pago entre el contratista Rodríguez Asfalto y el subcontratista IGC en un proyecto de la Autoridad de Carreteras. La Autoridad de Carreteras consignó \$26,329.65 debido a la reclamación de IGC contra Rodríguez Asfalto. IGC reclamó sumas adicionales y solicitó la liberación de los fondos consignados a su favor. Rodríguez Asfalto se opuso, alegando que los trabajos estaban incluidos en el subcontrato original, y presentó una demanda contra IGC por falta de entrega de documentos. El foro primario dictaminó a favor de Rodríguez Asfalto, ordenando la liberación de los fondos consignados a su beneficio. IGC apeló esta decisión, y su solicitud de reconsideración fue denegada. El panel acoge el recurso como un Certiorari pero deniega su expedición.