Partes:
SANTANA BAEZ, ELIEZER V. WAPA TV DE PUERTO RICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202400827
Año:
2024
Fecha:
18 de septiembre de 2024
Se presenta un recurso de certiorari por el señor Santana contra una decisión de un tribunal primario. La controversia principal gira en torno a la notificación de una sentencia. El recurrente alegó que la sentencia final no le fue notificada personalmente, a diferencia de otras órdenes. El foro primario rechazó su moción presentada por derecho propio, indicando que debía actuar a través de su representación legal. El señor Santana impugnó esta determinación, argumentando que el tribunal erró al no notificarle la sentencia personalmente por tener abogado, aun cuando él pretendía representarse en apelación. El tribunal de certiorari concedió un término a la parte recurrida para oponerse, pero esta no compareció. Ante la falta de oposición, el recurso fue declarado perfeccionado para su disposición. El documento procede a explicar la naturaleza discrecional y extraordinaria del auto de certiorari como mecanismo de revisión de decisiones de foros inferiores, mencionando los criterios reglamentarios que guían su expedición.
⁰ ⁰: Número Identificador SEN2024
de Corrección y Rehabilitación, presentó el 17 de junio de 2024, una Moción al Amparo de la Regla 65.3 de Procedimiento Civil. ³ Mediante la cual, alegó que todas las órdenes y resoluciones emitidas por el foro primario le habían sido notificadas personalmente. Sin embargo, sostuvo que la Sentencia dictada por el foro a quo en el caso de epígrafe, no le fue notificada.
El 1 de julio de 2024, el foro primario emitió una Orden, ⁴ en la cual dispuso lo siguiente:
Nada que proveer. Surge del expediente judicial que en el caso...
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