2020 • 6 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001014
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari presentado por Triple-S Propiedad. La aseguradora recurre la Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Solicitud de sentencia sumaria. El caso subyacente es una demanda del Consejo de Titulares de Condominio Puerta Real contra Triple-S por incumplimiento de contrato y daños. El Condominio alega que Triple-S denegó injustificadamente la cubierta por daños causados por el huracán María, reclamando \$2.5 millones. Triple-S sostiene que actuó conforme a la póliza y que el Condominio no proveyó la documentación requerida para ajustar la pérdida. La aseguradora solicitó sentencia sumaria argumentando que el Condominio no cumplió las condiciones de la póliza antes de demandar. El Condominio se opuso, alegando controversias de hechos sobre si se solicitó información, la mala fe de Triple-S y la fiabilidad de su evidencia. El TPI denegó la sentencia sumaria, identificando hechos materiales no controvertidos sobre el impacto del huracán y el contexto de las reclamaciones.
2020 • 6 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000613
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. Los apelantes son médicos demandados como terceros por Doctors' Center Hospital. Solicitan la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de julio de 2020. Dicha Resolución revocó una Sentencia Parcial previa de diciembre de 2019. La Sentencia Parcial había desestimado la demanda contra terceros contra los médicos apelantes. La desestimación se basó en la prescripción y la falta de una acción directa de los demandantes originales contra ellos. Los médicos habían planteado la prescripción previamente en 2013, siendo denegada. La controversia central gira en torno a la validez de la demanda contra terceros y si la acción contra los médicos está prescrita. El Tribunal de Apelaciones examina el recurso para resolver si procede revocar la Resolución que reinstaló la demanda contra los médicos.
2020 • 6 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLAN201901273
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones resolviendo una apelación en un caso de daños y perjuicios por accidente de tránsito. Los demandantes apelantes demandaron a la conductora responsable y a la Asociación de Suscripción Conjunta (ASC), aseguradora del vehículo. La acción se originó tras un accidente donde los apelantes, insatisfechos con la compensación otorgada por la ASC bajo el sistema de seguro obligatorio, reclamaron daños adicionales. Alegaron que la ASC no investigó ni ajustó su reclamación de manera justa, solicitando su responsabilidad solidaria. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda contra la ASC, razonando que los daños no cubiertos por la aseguradora debían reclamarse contra la parte responsable del accidente. La ASC solicitó la desestimación por falta de jurisdicción, argumentando incumplimiento de los requisitos del reglamento del seguro obligatorio y la inaplicabilidad de la responsabilidad solidaria. El Tribunal de Apelaciones evalúa si procedió la desestimación de la demanda contra la aseguradora obligatoria.
2020 • 5 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001073
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de declaración de incapacidad y nombramiento de tutor. La peticionaria, hija de la presunta incapaz, inició el proceso solicitando ser nombrada tutora, alegando que el recurrido, esposo de su madre, no la cuidaba adecuadamente. El recurrido, por su parte, solicitó ser él quien fuera nombrado tutor, generándose una controversia sobre la idoneidad de los candidatos. En el curso del proceso, y ante la situación de pandemia, el Tribunal de Primera Instancia pautó una vista mediante videoconferencia. La peticionaria solicitó que la vista se celebrara de forma presencial, petición a la que se opuso el recurrido. El foro primario denegó la solicitud de vista presencial y mantuvo la modalidad remota. La peticionaria acudió al Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de certiorari para impugnar esta determinación. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, deniega la expedición del auto de certiorari solicitado y declara No Ha Lugar la urgente moción en auxilio de jurisdicción.
2020 • 5 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000863
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Jean C. Muñoz Barriento contra El Pueblo de Puerto Rico. El peticionario presentó un recurso de certiorari solicitando la revocación de su sentencia condenatoria. Alegó que su condena fue producto de un veredicto no unánime y pidió la aplicación retroactiva de las normativas establecidas en *Ramos v. Louisiana* y *Pueblo v. Torres Rivera*. El Panel II del Tribunal de Apelaciones, en su mayoría, denegó la expedición del auto de certiorari. La mayoría concluyó que el peticionario no demostró que el foro primario hubiera cometido un error que justificara la intervención apelativa. La Juez Méndez Miró emitió un voto disidente. La disidencia argumentó que se debió declarar con lugar la petición y asignar un abogado de oficio para tramitar la solicitud de nuevo juicio al amparo de las decisiones sobre veredictos unánimes.
2020 • 5 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000628
Ponente:
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Resumen:
Recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico presentado por Camilo Arango Latorre. El peticionario solicitó la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su petición de nuevo juicio. Dicha petición se fundamentó en la normativa reciente de *Ramos v. Louisiana* y *Pueblo v. Torres Rivera*, que exige veredictos unánimes del jurado. El peticionario fue declarado culpable en 2010 mediante veredictos no unánimes, y su sentencia advino final y firme en 2015. El Pueblo de Puerto Rico argumentó que la decisión recurrida no contravenía la nueva normativa. El Tribunal de Apelaciones evaluó los escritos y concluyó que el foro primario no cometió error que justificara su intervención. En consecuencia, denegó la expedición del auto de certiorari. Una jueza emitió un voto disidente, argumentando que se debió conceder un nuevo juicio al amparo de la normativa sobre unanimidad, incluso para casos finales y firmes.
2020 • 5 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000585
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por Antonio De Jesús Gentilini Morales. El peticionario solicitó la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su Moción de Reconsideración y Solicitud de Paralización de Orden de Ejecución de Sentencia. El caso original fue un cobro de dinero y ejecución de hipoteca iniciado por Banco Popular, luego adquirido por Condado 2 CR, LLC. Tras la subasta de la propiedad hipotecada, quedó un balance adeudado. La parte recurrida solicitó la ejecución de la sentencia por dicho remanente. El peticionario se opuso a la ejecución y, tras ser denegada su oposición por el TPI, solicitó reconsideración y paralización. El TPI declaró No Ha Lugar esa solicitud, lo que motivó el presente certiorari. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, denegó la expedición del auto de certiorari. Esto implica que el Tribunal de Apelaciones no revisará la decisión del TPI sobre la reconsideración y paralización de la ejecución.
2020 • 5 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000886
Ponente:
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Resumen:
Las Sucesiones apelantes solicitaron la revisión de una sentencia parcial dictada por el Tribunal de Primera Instancia en un pleito de sentencia declaratoria contra Banco Popular de Puerto Rico. El foro primario denegó la moción de sentencia sumaria de los demandantes y concedió la del banco, desestimando la demanda enmendada. Inconformes, los apelantes presentaron su recurso de apelación el 30 de octubre de 2020. La sentencia apelada fue notificada el 29 de septiembre de 2020. Conforme a la Regla 52.2(a) de Procedimiento Civil, el término para apelar es de 30 días a partir de la notificación. La presentación del recurso ocurrió fuera de este término jurisdiccional. Los tribunales carecen de discreción para asumir jurisdicción cuando el recurso se presenta tardíamente. La falta de jurisdicción obliga a la desestimación del caso. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de apelación por falta de jurisdicción para atenderlo.
2020 • 5 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLAN201900220
Ponente:
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Resumen:
La Autoridad de Tierras de Puerto Rico apeló una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda de desahucio contra JG Racing Production, Inc. y José Gómez Román. La Autoridad de Tierras buscaba recuperar la posesión de una propiedad arrendada, alegando falta de pago de cánones y múltiples incumplimientos contractuales por parte de la corporación apelada. Entre los incumplimientos señalados se encontraban el uso de la propiedad para fines distintos a un autódromo y el subarrendamiento. La apelante también argumentó que la corporación tenía su certificado de incorporación revocado y que el señor Gómez Román ocupaba la propiedad sin un contrato válido. La deuda reclamada por la Autoridad de Tierras ascendía a \$72,561.14. Los apelados se defendieron indicando que existió un acuerdo de pago previo que fue cumplido. Además, negaron los incumplimientos, explicando que el uso temporal por terceros fue para labores de reconstrucción post-huracán María, con conocimiento de la apelante. El Tribunal de Primera Instancia declaró la demanda Sin Lugar. La Autoridad de Tierras solicitó la revocación de esta decisión, pero el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia apelada.
2020 • 4 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLRX202000019
Ponente:
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Resumen:
Yesmil A. Barreto Navarro solicitó un auto de mandamus al Tribunal de Apelaciones para ordenar a la Unidad Social del Tribunal de Primera Instancia que concluyera un estudio social. Dicho estudio era necesario para su petición de traslado de su hija menor a Oklahoma. La demandante alegó que la Unidad Social no había culminado el informe, retraso atribuido a la falta de resultados de evaluaciones psicológicas y psiquiátricas. El Tribunal de Primera Instancia ya había pospuesto una vista y concedido un nuevo plazo para un informe interagencial, refiriendo la moción de la señora Barreto a la Unidad Social. El Tribunal de Apelaciones declaró Ha Lugar la solicitud para litigar como indigente. No obstante, denegó la expedición del auto de mandamus. La decisión se fundamenta en la naturaleza privilegiada y discrecional del mandamus, que no procede si existen otros remedios ordinarios o si el deber no es claramente exigible en ese momento.
2020 • 2 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000427
Ponente:
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Resumen:
Proyecto Dignidad (PD) solicitó revisión judicial de una determinación del Contralor Electoral que denegó su solicitud para acogerse al Fondo de Transportación y Movilización de Electores. El Contralor rechazó la solicitud de PD por haber sido presentada tardíamente. PD argumentó que su solicitud, sometida el 16 de octubre de 2020, debía considerarse a tiempo porque los fondos no fueron autorizados por la Junta de Supervisión Fiscal hasta el 9 de octubre de 2020. Sin embargo, la Ley 58-2020 y determinaciones conjuntas posteriores del Contralor Electoral y la Comisión Estatal de Elecciones establecieron un término estricto de 15 días para solicitar el fondo. Para los candidatos certificados antes del 3 de julio de 2020, este término era de 15 días a partir de la notificación de la determinación conjunta de esa fecha. Este requisito fue reiterado en un reglamento adoptado el 28 de julio de 2020. La determinación del Contralor del 27 de octubre de 2020 confirmó el rechazo basado en el incumplimiento del término establecido. Dada la premura por la cercanía de las elecciones generales, el Tribunal de Apelaciones resuelve urgentemente la petición de auxilio de jurisdicción y el recurso de revisión judicial.
2020 • 2 de noviembre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000637
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de apelación. El apelante, Juan E. Santana Rivera, demandó a Cooperativa de Seguros Múltiples por incumplimiento de contrato y daños tras el Huracán María. Alegó que la aseguradora subvaloró los daños a su propiedad y actuó de mala fe al tramitar su reclamación. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda con perjuicio, aplicando la doctrina del pago en finiquito. Consideró que el apelante aceptó un pago final al cobrar los cheques emitidos por la aseguradora. El apelante argumentó que existía controversia sobre si el pago fue final y alegó vicio en el consentimiento. El Tribunal de Apelaciones revisó la determinación del foro primario. Encontró fundamentos para dejar sin efecto la desestimación. Por tanto, revocó la sentencia apelada y devolvió el caso al Tribunal de Primera Instancia para que continúen los procedimientos.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000362
Ponente:
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Resumen:
Este caso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico involucra a DCMC Partners como recurrente contra el Municipio de Yauco y su Junta de Subastas. El recurso se originó por una impugnación de confiscación relacionada con la Subasta Núm. 1 Serie 2020-21 del Municipio de Yauco. DCMC Partners presentó una Moción De Desistimiento ante el tribunal. El Tribunal de Apelaciones atendió dicha moción. En Sentencia emitida el 30 de octubre de 2020, el tribunal declaró Con Lugar la solicitud de desistimiento. Acogió la moción de conformidad con la Regla 83 (A) de su Reglamento. Consecuentemente, dictó Sentencia de Desistimiento Con Perjuicio. Esto resultó en la orden de cierre y archivo definitivo del presente recurso de revisión judicial.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000369
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de revisión administrativa. El recurrente, Héctor Padilla Cintrón, impugnó la determinación del Comité de Clasificación del Departamento de Corrección y Rehabilitación que ratificó su custodia máxima. Dicha determinación fue emitida el 20 de diciembre de 2019. El señor Padilla presentó su recurso ante el Tribunal de Apelaciones en septiembre de 2020. El Tribunal procedió a examinar su propia jurisdicción para entender en el asunto. Se recordó que la jurisdicción es un requisito indispensable y no puede ser conferida por las partes. La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme establece un término de treinta días para solicitar revisión judicial tras agotar remedios administrativos. Al presentar el recurso significativamente después de la notificación de la decisión recurrida, el recurrente no cumplió con los requisitos jurisdiccionales. Por consiguiente, el Tribunal determinó que carecía de jurisdicción y ordenó la desestimación del recurso de revisión administrativa.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000895
Ponente:
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Resumen:
El recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones fue presentado por Dr. Jaca Montijo, C.S.P. en un caso de despido injustificado y otras reclamaciones laborales iniciado por Yarilis M. Fontán Pérez. El Tribunal de Primera Instancia dictó una Sentencia Parcial a favor de la señora Fontán Pérez, ordenando el pago de mesada y salarios dejados de percibir. La parte peticionaria solicitó sin éxito dejar sin efecto la sentencia y órdenes previas, alegando justa causa relacionada con la emergencia del COVID-19. Tras denegarse su reconsideración, acudió en alzada mediante Certiorari. El Tribunal de Apelaciones procede a disponer del recurso ejerciendo su facultad discrecional. La resolución enfatiza el deber del tribunal de verificar su jurisdicción. Se subraya la necesidad de cumplir estrictamente con los términos para la presentación de recursos. El tribunal evaluará si posee la autoridad para atender los méritos del caso.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000765
Ponente:
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Resumen:
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA) acude en certiorari para impugnar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que concedió relevo de sentencia a Americas Leading Finance (ALF). La Resolución dejó sin efecto una sentencia parcial previa que había desestimado con perjuicio la causa de acción de ALF en un pleito sobre impugnación de confiscación. ALF solicitó el relevo al amparo de la Regla 49.2, argumentando que una sentencia anterior del Tribunal de Apelaciones, que revocó una resolución separada sobre la legitimación activa de la codemandante Cooperativa, lo dejó sin un demandante activo en el caso. El ELA se opuso a la moción de relevo, entendiendo que no debía usarse como sustituto de recursos apelativos o de reconsideración ya expirados. El foro primario declaró Ha Lugar la moción de ALF, ordenando el relevo de la sentencia parcial desestimatoria. Este recurso del ELA busca revocar esa determinación que reinstaló la causa de acción de ALF.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001007
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari presentado por el Municipio de Arecibo. El Municipio solicitó la intervención del tribunal apelativo para dejar sin efecto una Orden del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero iniciado por F & R Construction Group, Inc. F & R reclamaba al Municipio una deuda de más de \$1.3 millones por trabajos de construcción. El caso había sido señalado para juicio, pero se suspendió para negociar una transacción. Posteriormente, F & R presentó una Moción de Sentencia Sumaria. El Tribunal de Primera Instancia ordenó al Municipio presentar su oposición a dicha moción, concediéndole un término de veinte días, citando el estatus procesal afectado por el COVID-19. El Municipio recurrió, alegando que la moción de sentencia sumaria era extemporánea. El Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de Certiorari. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción, al no cumplir el recurso con los criterios establecidos en la Regla 52.1 de Procedimiento Civil.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000746
Ponente:
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Resumen:
El Consejo de Titulares del Condominio Laguna Gardens III demandó a Mapfre Praico Insurance Company por incumplimiento de contrato y daños tras los huracanes Irma y María. Alegaron que Mapfre realizó un pago parcial insuficiente y actuó de mala fe, reclamando daños adicionales bajo la Ley 247-2018. Mapfre solicitó la desestimación parcial de la demanda, argumentando que la Ley 247-2018 no era retroactiva y no aplicaba a los hechos. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de Mapfre, interpretando que dicha ley creaba una causa de acción adicional por daños en casos de mala fe de la aseguradora. Inconforme, Mapfre apeló esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. El recurso cuestionó si el foro primario erró al no desestimar las reclamaciones basadas en la Ley 247-2018 por su carácter no retroactivo. El Tribunal de Apelaciones revisó la determinación del Tribunal de Primera Instancia. Tras el análisis, el Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari y revocó la Resolución recurrida.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000894
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Insurance Claims Solutions (ICS). El caso original es una demanda por daños y perjuicios contractuales incoada por Ricky K. Patel contra Real Legacy Assurance Company e ICS, relacionada con una reclamación de seguro por huracán. ICS solicitó la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó una moción de ICS y ordenó el inicio de un procedimiento de valorización ("appraisal") de la reclamación. ICS impugnó la orden de appraisal, alegando falta de legitimación activa, inapropiedad del procedimiento y violación al debido proceso. El Tribunal de Apelaciones revisó la solicitud de certiorari. La sentencia determina que el recurso de certiorari solicitado por ICS debe ser desestimado. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción. El Tribunal concluye que la petición no satisface los criterios establecidos en la Regla 52.1 de Procedimiento Civil.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000357
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación de mantener a Billy Andino De Jesús en custodia mediana. El Recurrente, un miembro de la población correccional, impugna esta decisión administrativa. El Comité de Clasificación y Tratamiento evaluó su caso y decidió no reclasificarlo a custodia mínima. Las razones citadas por la agencia incluyeron la severidad de su condena de 123 años, su reciente reclasificación de máxima a mediana, su historial de conducta desordenada y la existencia de un detainer federal. Corrección argumentó que necesitaba más tiempo en custodia mediana para beneficiarse de programas. El Recurrente sostiene que su puntuación en el formulario y el tiempo transcurrido justifican la reclasificación a mínima, y que el detainer es irrelevante. El tribunal, aplicando el estándar de deferencia a las agencias administrativas, examina si la decisión fue arbitraria o careció de base probatoria sustancial. Concluye que procede confirmar la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000388
Ponente:
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Resumen:
Melvin Santiago Torres, un confinado, presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. Impugnaba una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación sobre su clasificación de custodia. Se le autorizó a litigar en forma pauperis. Sin embargo, el recurrente no incluyó en el apéndice de su recurso los documentos esenciales. Faltaban copias completas de la decisión del DCR impugnada y de la solicitud o decisión de reconsideración. Solo anejó la última página de una decisión de reconsideración y otros documentos parciales. Las reglas procesales del Tribunal de Apelaciones exigen la inclusión de estos documentos para perfeccionar el recurso. El incumplimiento de estos requisitos puede llevar a la desestimación del caso. La sentencia evalúa el recurso a la luz de estas deficiencias en la documentación requerida.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000993
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de El Pueblo de Puerto Rico v. David Ortiz Torres. El Sr. Ortiz Torres, miembro de la población correccional, presentó una moción solicitando la modificación de su sentencia. La moción, tanto en su epígrafe como en su contenido, estaba claramente dirigida al Tribunal de Primera Instancia (TPI). Sin embargo, el sobre utilizado para enviarla contenía por error la dirección postal del Tribunal de Apelaciones. Al recibir la moción, el Tribunal de Apelaciones determinó que el foro competente para atenderla era el TPI. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones ordena el traslado del caso y la moción al Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Asimismo, dispone el archivo del recurso presentado ante este foro.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000728
Ponente:
—
Resumen:
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico solicitó al Tribunal de Apelaciones intervenir para dejar sin efecto una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución declaró No Ha Lugar una solicitud de desestimación presentada por el Estado en una demanda de daños. La demanda fue incoada por Juan M. Domenech Encarnación, quien alegó negligencia de funcionarios estatales en relación con la ocupación y manejo de su vehículo. El Estado argumentó que el demandante incumplió con el requisito de notificar su intención de demandar dentro de los 90 días, según la Ley Núm. 104, y que la acción estaba prescrita. El demandante replicó que el conocimiento del daño atribuible al Estado surgió posteriormente, específicamente cuando se enteró de que las autoridades revirtieron el traspaso de titularidad del vehículo sin su participación. El Tribunal de Primera Instancia acogió los argumentos del demandante y denegó la desestimación. Ante la inconformidad del Estado, este acudió en Certiorari. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, deniega la expedición del auto solicitado.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000305
Ponente:
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Resumen:
Este caso ante el Tribunal de Apelaciones involucra a Gabriel Reyes Cruz, quien impugna la decisión del Departamento de Corrección y Rehabilitación de mantenerlo en custodia máxima. El Comité de Clasificación y Tratamiento revisó su nivel de custodia, en parte debido a la pandemia de COVID-19, y ratificó la custodia máxima basándose en actos de indisciplina y una puntuación en la escala de clasificación. El señor Reyes Cruz presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. Sin embargo, el tribunal determinó que el recurso presentado era ilegible y de difícil comprensión. A pesar de los esfuerzos por obtener una copia legible, no fue posible evaluar los méritos del reclamo. Consecuentemente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso presentado por el recurrente.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000860
Ponente:
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Resumen:
Universal Insurance Company solicita al Tribunal de Apelaciones la revocación de una resolución del foro de primera instancia. El caso subyacente fue presentado por WTT, SE, Inc., reclamando incumplimiento de contrato y daños por un ajuste de seguro tras el huracán María. WTT alegó que Universal realizó un ajuste incompleto y arbitrario. Universal pidió la desestimación de la causa de acción de daños, argumentando que WTT no cumplió con la notificación previa requerida por la Ley Núm. 247-2018 para reclamaciones bajo el Artículo 27.164 del Código de Seguros. Universal también sostuvo que WTT no podía reclamar daños bajo el Código Civil. WTT replicó que su reclamación se basaba en el Código Civil y que la Ley Núm. 247-2018 ofrecía remedios adicionales, no sustitutivos. El foro de primera instancia denegó la desestimación. Concluyó que el caso incluía incumplimiento contractual y una acción de daños bajo el Código de Seguros. El tribunal primario dictaminó que las enmiendas de la Ley Núm. 247-2018 tienen efecto retroactivo. La petición de certiorari busca revisar esta determinación sobre la retroactividad y la base legal de la reclamación de daños.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001001
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Ángel Ginés Montes contra el Municipio de Vega Baja. El peticionario impugnó una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Sentencia Sumaria en un caso sobre restitución de fondos públicos. El Municipio de Vega Baja solicitó la desestimación del recurso alegando falta de jurisdicción por haber sido presentado fuera del término legal de treinta días. El Tribunal de Apelaciones determina que el recurso fue presentado tardíamente. Conforme a la jurisprudencia y normativa aplicable, la presentación de un recurso fuera del término priva al tribunal de jurisdicción. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestima el recurso de certiorari por falta de jurisdicción. La sentencia enfatiza que la ausencia de jurisdicción es insubsanable y obliga a la desestimación sin entrar en los méritos del caso.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000310
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de revisión administrativa contra una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). La recurrente, Nilmary López Rivera, solicitó la revisión de una resolución de DACo dictada el 7 de julio de 2020. El Tribunal determinó que la resolución de DACo no fue notificada adecuadamente a las partes conforme a los requisitos de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), que exige notificación por correo ordinario y certificado. Debido a la notificación inadecuada, la resolución no ha surtido efecto ni es ejecutable, y los términos para recurrir no han comenzado a transcurrir. La correcta notificación es un requisito esencial del debido proceso de ley para garantizar el derecho de las partes a conocer la decisión y ejercer sus remedios. Por consiguiente, el recurso de revisión presentado es prematuro. El Tribunal desestimó el recurso sin perjuicio. Las partes podrán presentar un nuevo recurso una vez que DACo notifique la resolución correctamente según lo dispone la ley.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000847
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones deniega la solicitud de United Surety & Indemnity Company (USIC) para dejar sin efecto una determinación del Tribunal de Primera Instancia. USIC, como parte peticionaria, buscaba la desestimación de una demanda presentada por Rebecca Claudio Melero y otros (recurridos). La demanda original alega incumplimiento de contrato, daños, mala fe y dolo por parte de USIC en la tramitación de una reclamación por daños a la propiedad tras el huracán María. Los recurridos sostienen que la aseguradora subvaloró los daños y no cumplió con sus obligaciones contractuales, reclamando una indemnización sustancial. USIC, por su parte, negó las imputaciones y presentó varias mociones de desestimación. Una de estas mociones argumentaba que el Tribunal de Primera Instancia carecía de jurisdicción, pues la controversia sobre el contrato de seguros debía ser atendida por el Comisionado de Seguros. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar dicha solicitud de desestimación. Ante esta negativa, USIC acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari, el cual es denegado en esta resolución.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000875
Ponente:
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Resumen:
Este es un fallo del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El peticionario, Alfredo Acevedo, solicitó la revisión de una sentencia sumaria del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda de cobro de dinero. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como apelación. Sin embargo, el peticionario presentó una solicitud de reconsideración ante el Tribunal de Primera Instancia fuera del término jurisdiccional de quince días. La presentación tardía de una moción de reconsideración no interrumpe el término para apelar. El Tribunal de Apelaciones tiene la obligación de examinar su propia jurisdicción. Un recurso apelativo tardío adolece de un defecto jurisdiccional insubsanable. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso por falta de jurisdicción, sin entrar a considerar los méritos de los errores señalados por el apelante.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000682
Ponente:
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Resumen:
El señor Javier J. Acevedo Rodríguez, confinado, presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. En su escrito, manifestó inconformidad con su representación legal. Como único apéndice, adjuntó una Minuta de una vista donde se denegó su pedido de renuncia de abogado. El Tribunal determinó que la Minuta no estaba firmada por el juez de instancia. Conforme a la Regla 32(b), una Minuta sin la firma del juez no constituye un dictamen judicial recurrible, sino un mero registro de incidencias. El escrito del peticionario también presentó dificultades de lectura, planteamientos inconexos y careció de señalamientos de error claros. Además, no proveyó documentos esenciales como la solicitud original o fechas de notificación. Estas deficiencias impidieron al Tribunal determinar si tenía jurisdicción o atender el caso en sus méritos, por lo que decretó la desestimación del recurso.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000691
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico deniega la expedición de un auto de certiorari solicitado por Mapfre Praico Insurance Company. Mapfre buscaba revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que declaró No Ha Lugar su moción de desestimación. La demanda original fue presentada por el Consejo de Titulares del Condominio Puerta de la Bahía, Attenure Holdings Trust 2 y HRH Property Holdings LLC contra Mapfre. Alegaron dilación e incumplimiento de contrato por parte de Mapfre en el pago de daños significativos causados por el Huracán María, estimados en más de $14 millones, mientras Mapfre ofreció una cantidad mínima. El Consejo de Titulares había cedido sus derechos sobre la reclamación a Attenure. Mapfre basó su moción de desestimación en una cláusula de la póliza que prohíbe la cesión de derechos sin el consentimiento escrito del asegurador. El Tribunal de Primera Instancia denegó esta moción, y el Tribunal de Apelaciones confirma esa decisión al denegar el certiorari.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001020
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Americas Leading Finance, LLC. La parte peticionaria impugnó una resolución interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia en un procedimiento sumario de reclamaciones laborales. Dicha resolución autorizó la enmienda de la querella para incluir una nueva parte y denegó una prórroga a la parte peticionaria para oponerse. La peticionaria alegó errores del foro primario al permitir la enmienda sin oposición y al no convertir el caso a un procedimiento ordinario. El Tribunal de Apelaciones, previo a considerar los méritos, examinó su jurisdicción sobre el recurso. Concluyó que carecía de jurisdicción para entender en el certiorari. Por tanto, desestimó el recurso incoado por falta de jurisdicción. Adicionalmente, declaró No Ha Lugar la Moción En Auxilio de Jurisdicción solicitando la paralización de los procedimientos.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000316
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirmó una determinación administrativa del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). La decisión recurrida, emitida por el Comité de Clasificación y Tratamiento y confirmada por la Oficina de Clasificación del DCR, mantuvo al recurrente, David Domenech Andino, en el nivel de custodia máxima. El recurrente cumple una sentencia de 105 años por delitos violentos, incluyendo asesinato en primer grado y robo agravado, que resultaron en la muerte de un oficial de policía. Aunque una escala de puntuación sugería custodia mínima, el Comité aplicó una modificación discrecional basada en la naturaleza de los delitos, la sentencia extensa y la falta de aceptación de responsabilidad del confinado. El recurrente apeló alegando falta de disciplina y cumplimiento del tiempo requerido para reclasificación según el manual del DCR, además de una aplicación errónea de la modificación discrecional. El Tribunal de Apelaciones, sin trámite ulterior, confirmó la determinación administrativa que ratificó la custodia máxima para garantizar la seguridad institucional y pública.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRX202000018
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó un recurso de mandamus presentado por Elvin González Santiago contra la Administración para el Sustento de Menores (ASUME). El peticionario solicitaba que se ordenara a ASUME celebrar una vista de rebaja de pensión alimentaria y que emitiera una resolución previa con las advertencias legales requeridas. El Tribunal determinó desestimar el recurso por falta de jurisdicción, al considerar que se había tornado académico. Esto ocurrió porque, tras la presentación del mandamus, ASUME emitió y notificó una Resolución Enmendada que incluyó las advertencias que el peticionario reclamaba como omitidas. Respecto a la solicitud de la vista de rebaja, el Tribunal señaló que el mandamus no es el mecanismo adecuado para impugnar la cuantía de la pensión ni para forzar una vista, ya que el peticionario no demostró que fuera un deber ministerial de la agencia.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000830
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de Certiorari presentado por Empire Gas Company, Inc. La petición busca la revisión de una decisión interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños presentado por Global Entrepreneur Capital Group, LLC. Global demandó a Empire por $3.15 millones alegando incumplimiento de un contrato verbal, enriquecimiento injusto y daños. Empire presentó una Moción de Desestimación, la cual fue denegada por el Tribunal de Primera Instancia. Empire solicitó reconsideración parcial, enfocándose en las causas de acción de incumplimiento contractual y daños, pero también fue denegada. Inconforme, Empire acudió al Tribunal de Apelaciones argumentando que el foro primario erró al no desestimar las causas de acción de incumplimiento contractual y daños. La Resolución describe el contexto procesal del caso y la naturaleza del recurso de certiorari para revisar denegatorias de mociones dispositivas bajo la Regla 52.1 de Procedimiento Civil. El Tribunal de Apelaciones procederá a evaluar la petición de Empire conforme a las reglas aplicables.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000637
Ponente:
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Resumen:
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000833
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari. El caso surge de una demanda por incumplimiento de contrato de seguro tras el Huracán María, presentada por el Consejo de Titulares del Condominio Town House y otros contra Triple-S Propiedad, Inc. Los peticionarios solicitaron al Tribunal de Primera Instancia referir la controversia sobre la valoración de los daños al proceso de "appraisal" dispuesto en la Ley Núm. 242-2018. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la solicitud. Fundamentó su decisión en que la Ley 242-2018 tiene vigencia prospectiva y no aplica a pólizas emitidas antes de su aprobación. Además, señaló que la póliza en cuestión excluía expresamente el proceso de "appraisal" mediante un endoso. Los peticionarios recurren ante el Tribunal de Apelaciones, imputando varios errores al Tribunal de Primera Instancia, principalmente relacionados con la aplicación retroactiva de la ley y la interpretación de la póliza. El Tribunal de Apelaciones procede a examinar la controversia y su capacidad revisora de decisiones interlocutorias.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000808
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa mediante Certiorari una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una Moción de Sentencia Sumaria presentada por Mapfre Pan American Insurance Company. La demanda original fue presentada por Ada Nydia Ortiz Rivera y otros contra Mapfre por incumplimiento contractual y daños y perjuicios relacionados con una reclamación por el huracán María. Mapfre solicitó sentencia sumaria alegando que la señora Ortiz Rivera aceptó y cobró un cheque de $219.50$ como pago total y final de la reclamación, constituyendo un finiquito. La parte demandante se opuso, argumentando que existía controversia de hechos sobre el ajuste y que su consentimiento al pago estaba viciado. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la moción de Mapfre, encontrando hechos controvertidos. Mapfre recurrió esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones expide el auto de Certiorari y revoca la Resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000735
Ponente:
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Resumen:
Cobra Acquisitions, LLC apeló una resolución del Tribunal de Primera Instancia que le impuso una fianza de no residente de $20,000 y paralizó los procedimientos. La controversia principal en el Tribunal de Primera Instancia giraba en torno a la demanda de Cobra contra el Municipio de Cayey, la Autoridad de Energía Eléctrica y el Estado Libre Asociado. Cobra buscaba una sentencia declaratoria para cuestionar la autoridad del Municipio de Cayey para imponerle patentes municipales y arbitrios de construcción. Alegó que sus servicios de restauración eléctrica post-huracanes eran temporeros, sin oficina permanente en Cayey, y que la AEE, dueña de la obra, estaba exenta. El ELA y la AEE solicitaron la desestimación de las reclamaciones en su contra. El Municipio de Cayey defendió su facultad legal para imponer ambos tributos, argumentando que Cobra, como contratista y entidad privada, estaba obligada a pagarlos. El Municipio también presentó una reconvención contra Cobra por incumplimiento en la radicación y pago de dichos tributos. El Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución apelada que impuso la fianza.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000876
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. La Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico solicitó revisar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Desestimación. El caso original involucra una demanda por incumplimiento de contrato de seguro presentada por Carmen Guzmán y Pasqual Quijanos Vargas por daños causados por el Huracán María a dos propiedades. La Cooperativa argumentó que la reclamación por la segunda propiedad estaba prescrita. El Tribunal de Primera Instancia determinó que la radicación de un caso de clase por DACO contra aseguradoras interrumpió el término prescriptivo de un año. Concluyó que la demanda enmendada para incluir la segunda propiedad se presentó dentro del término. La Cooperativa presentó un recurso de Certiorari contra esta decisión, el cual fue expedido por el Tribunal de Apelaciones. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000610
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa mediante certiorari una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. El peticionario, Kermit M. Rodríguez Seda, confinado, impugna la decisión del TPI que denegó su solicitud de paralizar una moción de desestimación y de asignar un perito médico. El pleito original es una demanda por daños y perjuicios contra el Pueblo de Puerto Rico, Administración de Corrección y Correctional Health Services, alegando negligencia médica por falta de tratamiento oportuno. La recurrida Correctional Health Services solicitó la desestimación, argumentando que el peticionario ya había presentado reclamos similares y que no había prueba de impericia médica. El TPI había previamente paralizado el caso solo para el Estado y la Administración de Corrección debido a PROMESA. El peticionario buscaba revertir la denegatoria de paralización de la moción de desestimación. El Tribunal de Apelaciones acoge el recurso como certiorari. Sin embargo, por los fundamentos expuestos, se deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000144
Ponente:
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Resumen:
Kelvin Ortiz Pagán apeló la decisión de la Junta de Libertad Bajo Palabra que le denegó el privilegio de libertad bajo palabra. La Junta denegó inicialmente la solicitud en noviembre de 2019, notificando la resolución en enero de 2020. Ortiz Pagán presentó una moción de reconsideración ante la Junta en febrero de 2020. La Junta acogió la reconsideración en marzo de 2020 y la declaró Ha Lugar en mayo de 2020, solicitando informes actualizados. No obstante, Ortiz Pagán presentó el recurso de revisión judicial en junio de 2020, antes de que la resolución final sobre la reconsideración fuera notificada. El Tribunal de Apelaciones examinó los escritos y el historial procesal del caso. Determinó que el recurso de revisión judicial fue presentado de forma prematura. La presentación de un recurso judicial antes de que concluya el proceso administrativo, incluyendo la reconsideración, resulta en su prematuridad. Por tanto, el Tribunal resolvió desestimar el presente recurso por falta de jurisdicción debido a su carácter prematuro.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000284
Ponente:
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Resumen:
Protective Security Systems, Inc. impugna la adjudicación de una subasta de la Autoridad de Energía Eléctrica para operar un sistema de cámaras. Tras una primera adjudicación a St. James Security Services LLC., un recurso anterior fue desestimado por falta de notificación adecuada, ordenando a la AEE corregir. La AEE notificó la adjudicación por segunda vez. Inconforme, Protective Security presentó una nueva solicitud de reconsideración y este recurso de revisión ante el Tribunal de Apelaciones. La AEE solicitó la desestimación del recurso. El Tribunal de Apelaciones determinó que la segunda notificación de la adjudicación por parte de la AEE no cumplió con los requisitos del debido proceso de ley. Por tanto, el Tribunal desestima el presente recurso de revisión. El caso es devuelto a la AEE para que emita y notifique un nuevo dictamen conforme a derecho.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000288
Ponente:
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Resumen:
Esta sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resuelve la revisión de una decisión de la Comisión Industrial. La recurrente, Carmen W. Cintrón Maldonado, solicitó beneficios por incapacidad total y permanente por factores socioeconómicos tras un accidente laboral en 1997. La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) denegó la solicitud, argumentando que la recurrente se autoexcluyó de la fuerza laboral. La Comisión Industrial confirmó la determinación del CFSE. El Tribunal de Apelaciones evaluó el caso, considerando la edad, educación, historial de empleo, incapacidades físicas reconocidas y la situación económica de la recurrente. Se tomaron en cuenta los informes de la trabajadora social y la especialista en rehabilitación, quienes señalaron que la recurrente podía cubrir sus necesidades básicas y rechazó los servicios de rehabilitación vocacional ofrecidos. El Tribunal concluyó que la decisión de denegar los beneficios estaba razonablemente sustentada en la prueba del expediente. Por consiguiente, el Tribunal confirmó la decisión recurrida de la Comisión Industrial.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000666
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de acción civil por daños y perjuicios. El pleito se originó en 2002 por alegados daños causados por la descarga de aguas en la propiedad de la peticionaria. En 2007, las partes alcanzaron una estipulación que incluía acuerdos sobre la construcción de un desagüe y verjas. El Tribunal de Primera Instancia aprobó la estipulación y ordenó el archivo del caso. En 2020, la peticionaria presentó una moción alegando incumplimiento de los acuerdos de 2007, particularmente sobre el desagüe. La moción, presentada al amparo de la Regla 53.1, solicitaba el cumplimiento de la estipulación. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar dicha moción. La peticionaria recurrió esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones mediante Certiorari. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso presentado. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones denegó el recurso, confirmando la decisión del foro primario.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000576
Ponente:
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Resumen:
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000798
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de daños y perjuicios presentado por Javier Raúl Pérez García contra OM Transport, Inc. OM Transport solicitó la revisión mediante Certiorari de una determinación del Tribunal de Primera Instancia. Dicha determinación denegó la Moción de Desestimación presentada por OM Transport en el pleito iniciado por Pérez García tras un accidente vehicular. Pérez García, chofer de camiones para OM Transport, alegó negligencia del patrono y cuestionó su estatus como patrono asegurado bajo la Ley de Compensación por Accidentes del Trabajo. OM Transport argumentó que la demanda no exponía una reclamación válida, basándose principalmente en la inmunidad patronal. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación, considerando que la demanda podría sustentar reclamaciones bajo otras teorías, como negligencia general o incumplimiento relacionado con el Seguro Social. OM Transport presentó una moción de reconsideración introduciendo el argumento de prescripción. El Tribunal de Apelaciones revisó la solicitud de Certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de Certiorari solicitado por OM Transport.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000846
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del recurso de Certiorari solicitado por Richard Lee Cuevas Hernández. El peticionario impugnaba una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que concedió un injunction preliminar a favor de Julio Roldán Concepción. La demanda original solicitaba una orden de cese y desista contra Cuevas Hernández por ataques en redes sociales y radio, alegando difamación y amenazas. El TPI había denegado una moción de desestimación del peticionario y, tras una vista, concedió el injunction preliminar. El TPI determinó que Cuevas Hernández había atacado la integridad de Roldán Concepción con insultos y acusaciones. La orden judicial requirió a Cuevas Hernández cesar los ataques difamatorios y remover información dañina de las redes sociales. El peticionario alegó que el TPI erró al denegar la desestimación, conceder el injunction, restringir la libertad de expresión y no aplicar el criterio de figuras públicas. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, resuelve denegar el recurso.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000959
Ponente:
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Resumen:
La Resolución del Tribunal de Apelaciones atiende una petición de Certiorari presentada por Michael González García. El peticionario impugna su sentencia condenatoria de 2015, dictada tras veredictos de jurado por mayoría (no unánimes). Alega que su convicción es inconstitucional a la luz de la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en *Ramos v. Louisiana*, que exige veredictos unánimes. Previamente, solicitó al Tribunal de Primera Instancia que anulara su sentencia basándose en esta nueva norma. El foro primario denegó la moción, concluyendo que la regla de *Ramos* es de aplicación prospectiva y no retroactiva a casos con sentencias finales y firmes, como la del peticionario desde 2016. González García recurrió en alzada, argumentando error del tribunal inferior al no aplicar la norma de unanimidad. Tras evaluar los planteamientos, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto discrecional de Certiorari. Esto valida implícitamente la determinación del Tribunal de Primera Instancia sobre la no retroactividad de *Ramos v. Louisiana* a sentencias finales.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA201900448
Ponente:
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Resumen:
Se describe el proceso disciplinario iniciado por el Departamento de Corrección y Rehabilitación contra José Vázquez Marín. Los cargos imputados fueron posesión de teléfono celular (Código 109) y violación de reglas de seguridad (Código 141). La querella surgió tras el hallazgo de un celular durante un registro, el cual Vázquez Marín supuestamente admitió que le pertenecía. Vázquez Marín negó las acusaciones por escrito, alegando que el registro no fue en su celda y que los bienes no eran suyos. Tras una investigación y vista disciplinaria, el Oficial Examinador encontró a Vázquez Marín incurso en la violación del Código 109. El cargo por violación del Código 141 fue desestimado, basándose la decisión en la falta de credibilidad del testimonio del querellado.