Partes:
LOPEZ RIVERA, NILMARY V. BELLA INTERNATIONAL, LLC, DBA HONDA DE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000310
Año:
2020
Fecha:
30 de octubre de 2020
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de revisión administrativa contra una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). La recurrente, Nilmary López Rivera, solicitó la revisión de una resolución de DACo dictada el 7 de julio de 2020. El Tribunal determinó que la resolución de DACo no fue notificada adecuadamente a las partes conforme a los requisitos de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), que exige notificación por correo ordinario y certificado. Debido a la notificación inadecuada, la resolución no ha surtido efecto ni es ejecutable, y los términos para recurrir no han comenzado a transcurrir. La correcta notificación es un requisito esencial del debido proceso de ley para garantizar el derecho de las partes a conocer la decisión y ejercer sus remedios. Por consiguiente, el recurso de revisión presentado es prematuro. El Tribunal desestimó el recurso sin perjuicio. Las partes podrán presentar un nuevo recurso una vez que DACo notifique la resolución correctamente según lo dispone la ley.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
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| NILMARY LÓPEZ RIVERA Recurrente v. BELLA INTERNATIONAL, LLC DBA HONDA DE CAGUAS UNITED SURETY AND INDEMNITY, CORP POPULAR AUTO, LLC Recurridos | KLRA202000310 | REVISIÓN procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm.: SAN-2018- 0003518 Contrato Obras y Servicios Daños |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
Cintrón Cintrón, Jueza Pone...
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