Partes:
ORTIZ PAGAN, KELVIN V. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA202000144
Año:
2020
Fecha:
30 de octubre de 2020
Kelvin Ortiz Pagán apeló la decisión de la Junta de Libertad Bajo Palabra que le denegó el privilegio de libertad bajo palabra. La Junta denegó inicialmente la solicitud en noviembre de 2019, notificando la resolución en enero de 2020. Ortiz Pagán presentó una moción de reconsideración ante la Junta en febrero de 2020. La Junta acogió la reconsideración en marzo de 2020 y la declaró Ha Lugar en mayo de 2020, solicitando informes actualizados. No obstante, Ortiz Pagán presentó el recurso de revisión judicial en junio de 2020, antes de que la resolución final sobre la reconsideración fuera notificada. El Tribunal de Apelaciones examinó los escritos y el historial procesal del caso. Determinó que el recurso de revisión judicial fue presentado de forma prematura. La presentación de un recurso judicial antes de que concluya el proceso administrativo, incluyendo la reconsideración, resulta en su prematuridad. Por tanto, el Tribunal resolvió desestimar el presente recurso por falta de jurisdicción debido a su carácter prematuro.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
|---|---|---|
| Kelvin Ortiz Pagán | Revisión Administrativa Procedente de la Junta de Libertad Bajo Palabra | |
| RECURRENTE | KLRA202000144 | Sobre: No conceder privilegio de libertad bajo palabra |
| v. | ||
| Junta de Libertad Bajo Palabra | Caso Núm. 134066 | |
| RECURRIDA |
Panel integrado por su presidente, la Juez Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
Rodríguez Casillas, juez ponente
E...
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