2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201800949
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de desahucio y cobro de dinero. El recurso fue presentado por el demandado apelante, Aisar Khatib, contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró Ha Lugar la demanda de Carlos L. Rodríguez Aponte. La disputa surge de un contrato de arrendamiento comercial donde el apelante dejó de pagar el canon mensual pactado de \$2,800, depositando solo \$2,000 y acumulando una deuda de \$32,000. El foro primario dio credibilidad al demandante, concluyendo que el contrato no fue renegociado y ordenando el desalojo y el pago de la deuda. El apelante impugnó la apreciación de la prueba y la no aplicación de ciertas doctrinas legales. El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión, considerando la deferencia a la apreciación de la prueba del foro primario y el principio de que los contratos tienen fuerza de ley entre las partes. Tras evaluar los argumentos, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia apelada.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201800839
Ponente:
—
Resumen:
Este es un fallo de un panel de jueces sobre la solicitud de Solián Development Corp. para dejar sin efecto una orden de embargo. Dicha orden fue emitida por el Tribunal de Primera Instancia en el contexto de una demanda presentada por Constructora Seis, Inc. La demanda original reclama cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños y perjuicios relacionados con un proyecto de construcción llamado "River Oaks Villas del Este". Las partes habían suscrito previamente una Declaración y Acuerdo Juramentado en agosto de 2015, estableciendo términos de pago para el retenido y otras condiciones, incluyendo la posibilidad de acción legal en caso de incumplimiento. Constructora Seis presentó la demanda en diciembre de 2015, reclamando una suma considerable. Solián Development contestó la demanda y reconvino, negando los hechos y alegando incumplimiento por parte de Constructora Seis. El tribunal revisa ahora la procedencia de la orden de embargo dentro de este litigio.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900267
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución denegando un recurso de certiorari presentado por Jorge Luis Santiago Robles. El peticionario, bajo custodia, solicitó representación legal y la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que le denegó la exención del pago de una pena especial. El Tribunal de Apelaciones señala que el certiorari es un recurso discrecional y extraordinario, cuya intervención se limita a casos de abuso de discreción o error manifiesto del foro inferior. Respecto a la solicitud de abogado, el Tribunal aclara que el derecho a asistencia legal no se extiende a recursos discrecionales o ataques colaterales a una convicción. Además, el peticionario no anejó documentos esenciales como la sentencia condenatoria o los términos del acuerdo de alegación preacordada. La falta de esta información impide al Tribunal evaluar adecuadamente los planteamientos del peticionario. Concluye que, al contar solo con la escueta denegatoria del Tribunal de Primera Instancia, no existe fundamento jurídico para intervenir con la Resolución recurrida. Por estas razones, se deniega el auto de certiorari solicitado.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900179
Ponente:
—
Resumen:
Un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones revisa la denegatoria de una Moción de Sentencia Sumaria Parcial. Dicha moción fue presentada por MVP Auto Group Corp. en un caso de daños y perjuicios e incumplimiento de contrato. La demanda original fue incoada por Héctor L. Acevedo Jiménez y otros, quienes compraron un vehículo usado a MVP Auto Group. Alegaron que el vehículo presentaba desperfectos y tenía piezas no originales o alteradas ("chapeado") que no fueron reveladas. Los demandantes reclamaron falsas representaciones y dolo, solicitando la nulidad del contrato y compensación. MVP Auto Group buscó desestimar la acción de dolo mediante sentencia sumaria, argumentando que el comprador fue advertido de un posible accidente y conocía las circunstancias. La oposición de la parte demandante a esta moción fue considerada legalmente deficiente. No obstante, el Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de sentencia sumaria parcial. MVP Auto Group recurrió entonces ante el Tribunal de Apelaciones para revisar esta determinación. El Tribunal de Apelaciones examina ahora la procedencia de dicho recurso.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900177
Ponente:
—
Resumen:
Melvin J. González Vargas recurre ante el Tribunal de Apelaciones una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de modificación de sentencia. El peticionario se declaró culpable de dos cargos de tentativa de agresión sexual y dos de tentativa de incesto mediante una alegación pre-acordada. Fue sentenciado a cumplir 23 años de cárcel de forma concurrente. González Vargas argumentó que la sentencia era ilegal, ya que la pena máxima para la tentativa de dichos delitos es de 10 años según el Código Penal. Tras la denegatoria en Primera Instancia, acudió al Tribunal de Apelaciones mediante recurso de certiorari. La Oficina del Procurador General, representando a El Pueblo, aceptó que la sentencia impuesta a González Vargas fue ilegal. El Procurador General solicitó que se anule la Sentencia y se devuelva el caso al foro primario para un nuevo acuerdo conforme a la ley o la celebración de un juicio. El Tribunal de Apelaciones examina el recurso y la posición de las partes.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900285
Ponente:
—
Resumen:
Carmen R. Torres Colón presentó una petición de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Solicita la revisión de dos resoluciones emitidas por el Tribunal de Primera Instancia en un caso de divorcio por ruptura irreparable. La primera resolución denegó su moción para desestimar la demanda de divorcio presentada por Ángel L. Rivera Rivera. Torres Colón argumentó que el demandante carecía de legitimación activa al residir en Massachusetts y no en Puerto Rico. La segunda resolución denegó su solicitud de determinaciones de hecho y derecho sobre el planteamiento de falta de legitimación. Torres Colón alega que el TPI erró al asumir jurisdicción sobre un demandante no residente. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar la petición, deniega ambas solicitudes de revisión.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900276
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Sentencia en el caso KLAN201900276. El recurso de apelación fue presentado por Héctor L. Velázquez Rodríguez contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Caguas. Dicha Sentencia del TPI declaró Ha Lugar una demanda sobre alimentos entre parientes, imponiendo al apelante el pago de \$510.82 mensuales. El Tribunal de Apelaciones desestima el recurso de apelación. La desestimación se basa en la falta de jurisdicción. Esta falta de jurisdicción surge porque el recurso fue presentado de forma tardía. El dictamen subraya que un recurso tardío, al igual que uno prematuro, priva de jurisdicción al tribunal apelativo. Reitera que la falta de jurisdicción es insubsanable y obliga a desestimar el caso sin considerar los méritos. La jurisdicción para atender apelaciones de sentencias finales del TPI requiere que el recurso se presente dentro del término jurisdiccional de treinta días.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900302
Ponente:
—
Resumen:
Alexis Colón García, un peticionario, solicitó al Tribunal de Primera Instancia copias de transcripciones y regrabaciones de vistas de su caso criminal celebradas en 2010 con el fin de revisar los procedimientos. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud mediante una Orden, indicando que los documentos ya le habían sido provistos al peticionario según una certificación de secretaría. Insatisfecho con esta determinación, Colón García presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Alegó que el TPI erró al afirmar que los documentos ya se le habían entregado, pues era su primera solicitud, y al no proveerle copia de la certificación. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso presentado por el peticionario. Tras evaluar los argumentos y el expediente, el panel decidió Denegar el recurso de certiorari. La resolución hace referencia a las limitaciones generales para la revisión de órdenes interlocutorias mediante certiorari bajo las Reglas de Procedimiento Civil de 2009.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900125
Ponente:
—
Resumen:
Este es un fallo del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativo a una demanda de cobro de dinero presentada por Oriental Bank contra los fiadores de una línea de crédito rotativa. El banco demandó a los fiadores de una corporación de construcción para recuperar una deuda, alegando que la deuda venció en octubre de 2009 y la demanda se presentó en febrero de 2013. Los fiadores argumentaron que la acción estaba prescrita o caduca, posiblemente sujeta a un término de 3 años bajo el Código de Comercio. El Tribunal de Primera Instancia determinó que la acción era oportuna, y los fiadores apelaron este aspecto. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión del tribunal inferior. Determinó que, aun si aplicara el término de 3 años del Código de Comercio, este constituye un plazo de prescripción, no de caducidad. El Tribunal concluyó que el banco había interrumpido eficazmente este plazo de prescripción. Por consiguiente, la demanda se consideró oportunamente presentada y la solicitud de desestimación basada en la defensa de prescripción o caducidad fue correctamente denegada.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900097
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE201900097. Rexair, LLC comparece mediante certiorari solicitando revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución, emitida tras una vista evidenciaria, declaró No Ha Lugar la Moción de Desestimación presentada por Rexair. El caso original, incoado en 2010, alega incumplimiento de contrato de sub-distribución y daños bajo la Ley Núm. 75. Los demandantes, subdistribuidores, reclamaron actos dolosos de la distribuidora principal y la inacción de Rexair. El pleito ha tenido trámites apelativos previos, incluyendo una devolución al foro primario para dilucidar la fecha de terminación del contrato. Rexair argumentó que el foro primario erró al reconocer una causa de acción por "terminación constructiva" bajo la Ley 75. El Tribunal de Apelaciones, ejerciendo su facultad discrecional, denegó el recurso de certiorari presentado por Rexair.
2019 • 25 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900296
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari presentado por Harry Martell Rodríguez. El peticionario, confinado, impugna su sentencia por Tentativa de Art. 83 CP, buscando su anulación y la reclasificación del delito mediante una moción bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. El Tribunal de Primera Instancia declaró dicha moción "Académica", lo que motivó el recurso ante el Apelativo. La resolución detalla el alcance de la Regla 192.1, que permite atacar la legalidad de una sentencia por violaciones constitucionales o legales, falta de jurisdicción o pena excesiva. Se aclara que este mecanismo se limita a cuestiones de derecho y no a hechos ya adjudicados, aunque puede usarse para cuestionar alegaciones de culpabilidad bajo ciertas condiciones. El peticionario alega errores del tribunal primario al desestimar su moción, citando nueva evidencia y disparidad con sentencias de coautores. El Tribunal de Apelaciones revisa la determinación del Tribunal de Primera Instancia sobre la moción presentada al amparo de la Regla 192.1.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900205
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari relacionado con un caso de partición de herencia. La peticionaria, Carmen Ana Santiago Bruno, demandó para obtener su parte de los bienes gananciales y la cuota viudal tras el fallecimiento de su esposo. Su abogado solicitó el nombramiento de un defensor judicial para ella, presentando una certificación médica que acredita que padece Alzheimer progresivo. La peticionaria también pidió la designación de un administrador para un negocio de la sociedad de gananciales. El Tribunal de Primera Instancia, tras una vista, paralizó el caso de partición de herencia. La paralización se ordenó hasta que se lleve a cabo el procedimiento de declaración de incapacidad de la peticionaria. Inconforme, la señora Santiago Bruno acudió al Tribunal de Apelaciones. Alegó que el foro primario erró al negarse a nombrar un defensor judicial a pesar de la evidencia médica de su condición. Sostuvo que la paralización del caso, en lugar de nombrar un defensor, vulneró su derecho al debido proceso de ley.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801553
Ponente:
—
Resumen:
Este es un fallo del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de hostigamiento sexual y discrimen por razón de sexo presentado por Angeline C. Martínez Kim contra Petco, Inc. y otros. La controversia principal gira en torno a la anotación de rebeldía contra los demandados. Inicialmente, el tribunal de primera instancia denegó la solicitud de rebeldía de la peticionaria. Un panel anterior del Tribunal de Apelaciones revisó esa decisión mediante certiorari, revocó al foro primario y ordenó que se anotara la rebeldía contra los demandados. A pesar de esta orden previa del apelativo, el tribunal de primera instancia, en una resolución posterior, dejó sin efecto la anotación de rebeldía. La peticionaria acudió nuevamente al Tribunal de Apelaciones mediante el presente recurso de certiorari para impugnar esta última determinación. El Tribunal de Apelaciones consideró oportuna su intervención para evitar un fracaso a la justicia. Tras evaluar el dictamen recurrido, el Tribunal expidió el auto solicitado. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revocó la resolución del tribunal de primera instancia que había dejado sin efecto la anotación de rebeldía.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900251
Ponente:
—
Resumen:
Este caso ante el Tribunal de Apelaciones revisa la desestimación de una demanda por el Tribunal de Primera Instancia. La desestimación se fundamentó en la falta de diligenciamiento del emplazamiento dentro del término de 120 días dispuesto en la Regla 4.3(c) de Procedimiento Civil. La parte demandante presentó la demanda, pero solicitó la expedición de los emplazamientos tres meses después. El foro primario contó el término de 120 días desde la fecha de presentación de la demanda, lo que llevó a la desestimación. La apelante argumenta que el plazo debió comenzar a discurrir desde la fecha en que el tribunal expidió los emplazamientos. El Tribunal de Apelaciones analiza si el foro primario interpretó correctamente la Regla 4.3(c) al determinar el inicio del término para emplazar. La sentencia enfatiza la importancia del emplazamiento como mecanismo para adquirir jurisdicción sobre el demandado y garantizar el debido proceso de ley.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900277
Ponente:
—
Resumen:
Este documento es una resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de certiorari. El pleito original es una demanda de cobro de dinero presentada por Oriental Bank contra José Francois Soto Charraire. Oriental Bank reclama el remanente de un préstamo para la compra de una embarcación, adquirido tras la adquisición de activos de Eurobank. Tras la venta de la embarcación mediante una cesión de derechos, Oriental Bank reclama un balance adeudado. El demandado, Soto Charraire, intentó incluir terceros demandados, alegando que estos lo indujeron fraudulentamente a financiar la compra de la embarcación. Sostuvo que los terceros no acreditaron el pago de arbitrios prometido, forzándolo eventualmente a suscribir la cesión de derechos. El Tribunal de Primera Instancia denegó la admisión de la demanda contra terceros, acogiendo los argumentos de Oriental Bank de que el reclamo de fraude era distinto al cobro de dinero. Soto Charraire solicitó reconsideración, la cual fue declarada No Ha Lugar. Inconforme, el demandado recurrió ante el Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El recurso plantea que el Tribunal de Primera Instancia erró y abusó de su discreción al no permitir la demanda contra terceros.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801608
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones consideró una petición de Maria Alejandra Pulido Rey. La peticionaria buscaba dejar sin efecto varias resoluciones del Tribunal de Primera Instancia en un caso sobre patria potestad, custodia y alimentos. Entre las actuaciones recurridas se encontraban limitaciones al descubrimiento de prueba, decisiones sobre reembolso de gastos de menores, la admisión de representación legal adicional y la denegación de incluir corporaciones como partes. La peticionaria alegaba que las corporaciones eran usadas para ocultar ingresos y evadir la responsabilidad de alimentos. El Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari solicitado. Fundamentó su decisión en que no encontró indicio de que el foro primario actuara de forma arbitraria o cometiera error de derecho en la mayoría de los asuntos. Respecto a la inclusión de corporaciones, señaló que solo los padres son responsables del sustento y que existen salvaguardas legales para revelar el verdadero ingreso. Concluyó que no existían fundamentos jurídicos para ejercer su facultad revisora discrecional.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900248
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por Jorge Pagán Vélez. El peticionario impugnaba una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de 20 de diciembre de 2018. Dicha Resolución del TPI se emitió en el contexto de una acción de Mandamus instada por Pagán Vélez contra el Departamento de Corrección. En la acción de Mandamus, Pagán Vélez solicitaba la reversión de su clasificación de custodia de máxima a mínima, basándose en una interpretación de una sentencia previa del Tribunal de Apelaciones. La Resolución del TPI recurrida era un trámite procesal relacionado con su solicitud para litigar *in forma pauperis*. Posteriormente a la presentación del certiorari, el TPI dictó Sentencia el 4 de marzo de 2019, desestimando la acción de Mandamus por falta de jurisdicción para revisar la sentencia previa del Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones, al revisar el recurso de certiorari, determinó que carecía de jurisdicción para atenderlo. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de certiorari. La desestimación se fundamenta en la importancia de la jurisdicción y el deber de los tribunales de asegurar que los recursos no sean prematuros o tardíos.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801773
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE201801773. El apelante, Francisco Valdés Pérez, impugna una Sentencia Final del Tribunal de Primera Instancia que condenó a Pedro Edgardo Valdés Ortiz y otra persona a pagar $150,000 por la compraventa de un inmueble y desestimó otras reclamaciones. El apelante alegó que el TPI erró al no adjudicar los intereses pactados en la escritura de compraventa. El recurso de apelación fue presentado tras la denegación de una moción de reconsideración en instancia. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como apelación, aunque fue presentado como certiorari. Surgieron cuestiones procesales, incluyendo la notificación del recurso y un cambio de dirección del apelante. Por los fundamentos expuestos en la sentencia, el Tribunal de Apelaciones desestima el recurso. La desestimación se basa en la falta de jurisdicción del tribunal apelativo.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900210
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800743
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201900055
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800733
Ponente:
—
Resumen:
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900197
Ponente:
—
Resumen:
Se presentó una apelación ante el Tribunal de Apelaciones contra una sentencia en rebeldía dictada por el Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Los apelantes son Ergon Enterprises, Inc. y Epifanio González Santos, y el apelado es Scotiabank de Puerto Rico. Scotiabank presentó una moción solicitando la desestimación de la apelación. Alega que la apelación es prematura porque la sentencia apelada no fue notificada adecuadamente mediante edicto, según lo exige la Regla 65.3(c) de Procedimiento Civil. La notificación por edicto es un requisito para que comience el término apelativo. El Tribunal de Apelaciones reconoce que los asuntos de jurisdicción deben atenderse con preferencia. Se reitera la norma de que un recurso prematuro, al igual que uno tardío, priva de jurisdicción al tribunal apelativo. La presentación de un recurso prematuro carece de eficacia legal. El tribunal procederá a evaluar el planteamiento de falta de jurisdicción antes de considerar los méritos de la apelación.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201701323
Ponente:
—
Resumen:
Este es un fallo del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de apelación presentado por Carlos E. Cordero Cruz. El recurso proviene de una acción civil bajo la Ley 140-1974 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Quebradillas. En el foro primario, se emitió una Resolución que declaró No Ha Lugar una querella de Cordero Cruz y Con Lugar una reconvención de Juan R. Nieves Ocasio, estableciendo un estado provisional de derecho a favor de Nieves Ocasio para garantizar su libre paso. Posteriormente, Cordero Cruz presentó una moción de relevo de resolución e inhibición del juez, haciendo imputaciones éticas. El Tribunal de Primera Instancia denegó esta moción, señalando, entre otras cosas, que la solicitud de inhibición no estaba juramentada. Inconforme, Cordero Cruz recurrió al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones acoge el recurso como una petición de certiorari. El apelado argumenta que la orden provisional no es apelable y que la denegatoria de la moción de inhibición fue correcta por no estar juramentada. El Tribunal procederá a exponer los fundamentos de derecho para resolver el caso.
2019 • 21 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201700966
Ponente:
—
Resumen:
Apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico presentada por Villa Montaña, Inc. buscando la revocación de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla. El caso original trata sobre violación de derecho marcario, daños y perjuicios, e interdictos contra los apelados, propietarios de una villa. Los apelados alquilaban su unidad a corto plazo a través de Airbnb bajo el nombre "Villa Álvarez Villa Montaña", sin procesar las rentas por Villa Montaña y usando parte de su marca registrada. Villa Montaña es dueña y opera el condohotel Villa Montaña Beach Resort y posee la marca registrada. El foro primario previamente declaró con lugar la demanda de Villa Montaña, ordenando el cese de dichas prácticas y el uso de la marca. En una vista posterior, las partes estipularon los daños por concepto de alquiler perdido en \$10,384.00. La sentencia apelada acogió esta estipulación de daños y fijó honorarios de abogado y costas en \$9,202.50 conforme a la Ley de Marcas. Villa Montaña apeló esta determinación final. El Tribunal de Apelaciones revisó los fundamentos del caso. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia apelada del foro primario.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201801043
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLAN201801043. La apelante, Mariela Villacampa Oddone, impugna la desestimación sin perjuicio de su demanda por el Tribunal de Primera Instancia. La demanda original fue incoada contra Hernán Jorge Rosado y otros, incluyendo las corporaciones Sabana-Este Inc. y Sabana Este, Inc. La señora Villacampa, accionista al 50% de Sabana-Este, Inc., solicitó rendición de cuentas, administración judicial, liquidación corporativa, acción derivativa, descorrer el velo corporativo y daños. Alegó incumplimiento en la entrega de informes, la creación de una nueva entidad con nombre similar y posible desvío de fondos. Tras un requerimiento del tribunal para informar el estatus, la demanda fue desestimada, y una moción de reconsideración fue declarada No Ha Lugar. El Tribunal de Apelaciones revisó el expediente y los fundamentos de la desestimación. Por los motivos expuestos en la sentencia, el Tribunal de Apelaciones revoca la Sentencia apelada.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201801380
Ponente:
—
Resumen:
Se revisa la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó una demanda de sentencia declaratoria presentada por Carlos Cruz Alverio. El apelante buscaba que se declarara legal un alegado acuerdo verbal con el Departamento de Hacienda para pagar el 25% de una multa de \$15,000. Dicha multa fue impuesta por Hacienda y previamente impugnada por el apelante en un procedimiento administrativo. El Estado solicitó la desestimación de la demanda judicial por falta de jurisdicción, argumentando que no se habían agotado los remedios administrativos disponibles. El Tribunal de Primera Instancia acogió la moción de desestimación, concluyendo que la controversia debía ventilarse en el foro administrativo. El apelante recurre al Tribunal de Apelaciones, alegando errores procesales en la desestimación y que el foro judicial sí tenía jurisdicción sobre el alegado acuerdo verbal. La sentencia del Tribunal de Apelaciones resuelve la apelación contra dicha desestimación.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201801089
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Wilfredo Nevárez Conde contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Roosevelt Roads. El apelante demandó por daños y perjuicios alegando una caída en las instalaciones de la Cooperativa en 2013. La Cooperativa solicitó sentencia sumaria por prescripción, argumentando que el apelante había presentado una demanda previa por los mismos hechos en 2014 y la había desistido voluntariamente en 2015. Según la Cooperativa, este desistimiento cesó el efecto interruptor de la prescripción, haciendo que la segunda demanda, presentada en 2016, estuviera prescrita. El apelante se opuso, sosteniendo que el término de prescripción debía contarse desde el archivo en autos de la sentencia de desistimiento de la primera demanda. El Tribunal de Primera Instancia ordenó el archivo y sobreseimiento de la causa de acción. Mediante este recurso, el Tribunal de Apelaciones revisa esa determinación. El Panel confirma la Sentencia apelada, validando la decisión del foro primario de desestimar la demanda por prescripción.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201801081
Ponente:
—
Resumen:
Apelación contra una sentencia del Tribunal de Primera Instancia sobre cobro de dinero por incumplimiento de contrato de arrendamiento financiero. Popular Auto demandó a Dennis Parces y Linette Cintrón por incumplir un contrato de arrendamiento de vehículo. Popular Auto alegó que los apelantes devolvieron el vehículo antes de tiempo sin completar los pagos, resultando en una deficiencia tras la venta. Los apelantes negaron la demanda y presentaron una reconvención por daños, alegando que el vehículo era defectuoso y Popular Auto era responsable. El Tribunal de Primera Instancia declaró ha lugar la demanda de Popular Auto y no ha lugar la reconvención de los apelantes. El tribunal validó el contrato de arrendamiento financiero. Este contrato obligaba a los apelantes a realizar pagos incondicionalmente, independientemente de la condición del vehículo. Además, el contrato exoneraba a Popular Auto de responsabilidad por garantías, dirigiendo esas reclamaciones al suplidor. Los apelantes aceptaron la obligación de pagar cualquier deficiencia si devolvían el vehículo antes de finalizar el término. La sentencia apelada se basó en estos términos contractuales y los hechos probados sobre la devolución voluntaria del vehículo y la notificación de la deficiencia.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201801069
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. Los apelantes recurren una Sentencia Parcial Final del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda contra Dish Network. La desestimación se fundamentó en la falta de emplazamiento a dicha parte. Este es el segundo pleito presentado por los apelantes contra Dish Network por los mismos hechos, habiendo sido desestimado el primero sin perjuicio por igual razón. En la segunda demanda, presentada en diciembre de 2017, los apelantes no lograron emplazar a Dish Network dentro del término de 120 días. Una solicitud de emplazamiento por edicto para Dish Network fue denegada por el tribunal primario al considerar insuficientes las gestiones realizadas. Dish Network solicitó la desestimación con perjuicio de la segunda demanda por la falta de emplazamiento oportuno. El Tribunal de Primera Instancia acogió la solicitud y desestimó el caso contra Dish Network. Los apelantes alegan en su recurso que el tribunal erró al desestimar, pues entienden que demostraron razones suficientes para autorizar el emplazamiento por edicto. El Tribunal de Apelaciones procede a revisar la corrección de dicha determinación.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201801240
Ponente:
—
Resumen:
Comparecen apelantes impugnando la desestimación de su demanda por sentencia declaratoria. La demanda original buscaba declarar inconstitucional el Artículo 5 de la Ley Núm. 25-1983 sobre inmunizaciones compulsorias. Los apelantes, padres con creencias religiosas, alegaron que el requisito de pertenecer a un grupo religioso y obtener firma de ministro para la exención violaba su libertad de culto y debido proceso. Solicitaban que se aceptaran sus declaraciones juradas personales sobre sus creencias. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda por academicidad y falta de legitimación activa. El Estado argumentó falta de justiciabilidad, incluyendo ausencia de daño real y madurez de la controversia. El panel apelativo examinó los escritos y el derecho aplicable. Acordó modificar la Sentencia apelada para eliminar la academicidad como fundamento. Así modificada, la Sentencia de desestimación fue confirmada.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900102
Ponente:
—
Resumen:
Comparecen los apelantes en un caso de daños y perjuicios contra Kmart, solicitando la revisión de una sentencia que paralizó el caso. La demanda original surgió de un incidente en una tienda Kmart en 2016. Las partes llegaron a un acuerdo transaccional extrajudicial en junio de 2018. El Tribunal de Primera Instancia aprobó el acuerdo y las cuantías asignadas en octubre de 2018. Las partes solicitaron el archivo del caso con perjuicio basado en la transacción. Sin embargo, Kmart presentó una petición de quiebras bajo el Capítulo 11 y solicitó la paralización de los procedimientos. El tribunal primario decretó la paralización del caso y su archivo administrativo en noviembre de 2018. Los apelantes solicitaron reconsideración, argumentando que los fondos del acuerdo no formaban parte del caudal de quiebra. El tribunal denegó la reconsideración, llevando a esta apelación. El Tribunal de Apelaciones confirma la Sentencia apelada que paralizó los procedimientos debido a la quiebra.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201900092
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de relaciones filiales. El padre, Santiago Villanueva Hernández, solicita la revisión de dos resoluciones interlocutorias dictadas por el Tribunal de Primera Instancia. El litigio se inició con la demanda del padre para establecer relaciones con su hija y obtener custodia compartida. Un estudio social forense recomendó evaluación psicológica para el padre y la suspensión de las relaciones paternofiliales hasta completarla. El Tribunal de Primera Instancia acogió el informe y suspendió las relaciones, determinación que el padre intentó sin éxito impugnar por tardía. Posteriormente, el foro primario levantó la suspensión, pero ordenó que las relaciones continuaran supervisadas y que ambos padres participaran en terapia. El padre se opone a la supervisión de las relaciones. El Tribunal de Apelaciones evalúa las decisiones del Tribunal de Primera Instancia en este caso sobre las relaciones del padre con su hija.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201601917
Ponente:
—
Resumen:
Recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico presentado por Wyeth-Ayerst Lederle, Inc. y Cándido González contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia. La Sentencia apelada desestimó las reclamaciones por discrimen y daños y perjuicios de Miguel Antonio Rodríguez Rivero, pero declaró Con Lugar su reclamación por despido injustificado bajo la Ley Núm. 80. El demandante fue despedido de Wyeth alegadamente por pobre manejo durante un procedimiento de manufactura que falló. El Tribunal de Primera Instancia determinó que el despido fue injustificado, basándose en que el informe de investigación no vinculó al empleado con el fallo, no existían acciones disciplinarias previas, y sus evaluaciones de desempeño eran positivas. El TPI condenó a Wyeth a pagar \$33,582.00 por concepto de mesada y honorarios de abogado, más intereses. El Tribunal de Apelaciones procedió a modificar la Sentencia apelada y, así modificada, la confirmó.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLAN201701243
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre la apelación de Edgardo Muñoz Rodríguez. Muñoz Rodríguez fue declarado culpable en Primera Instancia por violar el Artículo 7.02 de la Ley de Vehículos y Tránsito (conducir bajo los efectos). La detención ocurrió tras pasarse una luz roja, arrojando un resultado de 0.151% en la prueba de alcohol. El Tribunal de Primera Instancia le impuso multa, suspensión de licencia y ordenó rehabilitación. La apelación plantea que la prueba no demostró la culpabilidad más allá de duda razonable. Además, argumenta un error en la denuncia al identificar incorrectamente al agente que realizó la prueba de alcohol. El Ministerio Público presentó su alegato en respuesta. El Tribunal de Apelaciones se dispone a resolver la apelación. Se recuerda el principio constitucional de presunción de inocencia y la necesidad de probar todos los elementos del delito más allá de duda razonable.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900286
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari. El peticionario solicita revisar la determinación del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que halló que la recurrida, Lime Residential, Ltd., cumplió con el proceso de mitigación de daños bajo la ley federal RESPA. El caso subyacente es un cobro de dinero y ejecución de hipoteca iniciado en 2008, con una sentencia por estipulación. Tras incumplimientos, la recurrida solicitó la ejecución, a lo que el peticionario se opuso alegando falta de mitigación. El TPI celebró una vista y concluyó que la recurrida demostró haber ofrecido alternativas de modificación mediante varias cartas, las cuales el peticionario no aceptó oportunamente. Por tanto, el TPI declaró ha lugar la solicitud de ejecución de sentencia. El peticionario impugna esta decisión, alegando errores del TPI en la aplicación de leyes federales y locales relativas a la notificación de alternativas para evitar la ejecución y la jurisdicción para ordenar la subasta.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900171
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari. La petición fue presentada por Franklin Credit Management Corporation, actuando en representación de BOSCO Credit. Impugna una determinación del Tribunal de Primera Instancia que validó el ejercicio del derecho de retracto de crédito litigioso. Este derecho fue ejercido por los deudores, el matrimonio Reyes-Vizcarrondo, en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca iniciado originalmente por Scotiabank. El crédito hipotecario fue cedido a BOSCO Credit durante el litigio. Los deudores buscaron redimir el crédito, consignando fondos, lo cual fue objetado por el cesionario alegando extemporaneidad. El foro primario resolvió a favor de los deudores, confirmando la validez del retracto. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar los fundamentos, deniega la expedición del recurso de certiorari solicitado por el cesionario.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900245
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico conoció de un recurso de certiorari presentado por Jan Carlos Castellanos, quien solicitaba la evaluación de la imposición de atenuantes a su sentencia bajo el Artículo 67 del Código Penal. El peticionario alegaba ser elegible para una reducción de su condena. Sin embargo, el Tribunal constató que la petición no hacía referencia a una determinación previa de un foro inferior o administrativo, habiendo sido presentada directamente ante la curia apelativa. El Tribunal determinó que carecía de jurisdicción para atender la solicitud, pues su función es revisar decisiones de foros de primera instancia o agencias, no adjudicar controversias por primera vez. Se señaló además que las atenuantes del Artículo 67 se consideran al momento de dictarse la sentencia y no operan automáticamente para reducir penas impuestas. El recurso fue desestimado por falta de jurisdicción.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900025
Ponente:
—
Resumen:
Alberto Marín Castro comparece ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de modificación de sentencia. El peticionario fue sentenciado en 1997 a separación permanente por reincidencia habitual, tras ser acusado de escalamiento agravado y otros delitos. Desde entonces, ha presentado múltiples mociones y recursos apelativos buscando una reducción de su pena. En octubre de 2018, presentó una nueva moción fundamentada en la Regla 192.1 y el principio de favorabilidad, la cual fue declarada no ha lugar por el foro primario. Este recurso de certiorari impugna esa última denegatoria. El Procurador General argumentó que el reclamo es improcedente, señalando que el principio de favorabilidad no aplica a leyes posteriores y que el asunto ya fue resuelto previamente. Tras considerar las comparecencias, el Tribunal de Apelaciones desestima el presente recurso.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801389
Ponente:
—
Resumen:
Recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de liquidación de sociedad de bienes gananciales tras un divorcio. Las partes son Melba Mabel Trinidad Rodríguez y Luis Santiago Berríos. La disputa se centra en la división de los bienes comunes, particularmente una farmacia operada por la señora Trinidad. El señor Santiago reclamaba una participación en los ingresos de dicho negocio. El Tribunal de Primera Instancia había ordenado a la señora Trinidad continuar pagando al señor Santiago \$2,400 mensuales, imputados a su derecho en las ganancias netas de la farmacia. Esta orden también incluía el pago de las cantidades adeudadas desde julio de 2017. La obligación de pago se basaba en una orden previa de un Comisionado Especial designado para la división de bienes. El Comisionado había dispuesto la reinstalación de pagos anticipados al señor Santiago con cargo a su participación en la farmacia. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de Certiorari para revisar la decisión del TPI. Tras la revisión, el Tribunal de Apelaciones revocó el dictamen recurrido.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900192
Ponente:
—
Resumen:
Comparecen ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico los peticionarios, quienes impugnan dos resoluciones del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. El caso subyacente es una reclamación de cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños relacionada con trabajos de remodelación. Los demandantes alegan incumplimiento de pago por parte de los demandados, mientras que estos últimos aducen trabajos defectuosos e incompletos. Las resoluciones apeladas autorizaron a la parte demandante a enmendar su demanda. Dicha enmienda buscaba añadir a las hijas del matrimonio demandante como partes, incluir una causa de acción por daños físicos (afección pulmonar) para el demandante y aumentar la cuantía reclamada. Además, el foro primario permitió, con limitaciones, el descubrimiento de información sobre el método de pago de los honorarios legales de los demandados. Los peticionarios solicitaron la intervención del Tribunal de Apelaciones para dejar sin efecto estos pronunciamientos. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801731
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición de un recurso de certiorari presentado por Francisco G. Domingo González. El peticionario solicitó revisar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que declaró No Ha Lugar su Solicitud de Desestimación. Dicha solicitud se basaba en el alegado incumplimiento del Ministerio Público de divulgar prueba exculpatoria. La prueba en cuestión era la hospitalización de la testigo principal en un hospital psiquiátrico después de la vista preliminar. El peticionario argumentó que esta información era relevante para impugnar la credibilidad y percepción de la testigo. El Ministerio Público se opuso, indicando que la hospitalización no descalificaba a la testigo y su testimonio era claro. Además, sostuvo que el expediente médico no constituía prueba exculpatoria de su faz. El TPI denegó la solicitud al considerar que la defensa no demostró que la información fuera probablemente exculpatoria o relevante a la inocencia. El foro primario señaló que la prueba se relacionaba con la credibilidad y la petición carecía de fundamento suficiente. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones deniega la solicitud de certiorari.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900261
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de *certiorari* presentada por IPR Restaurants, Inc. y Manuel Álvarez Revuelta. La petición impugna una Orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó descubrimiento de prueba adicional y un cambio en el orden de presentación de la misma. El caso original es una demanda por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios contra Banco Santander de Puerto Rico. Los peticionarios alegan transferencias no autorizadas de fondos de una cuenta de IPR y la responsabilidad del banco por permitir dichas transacciones. Una sentencia previa de este Tribunal desestimó el caso contra otros codemandados, continuando solo contra el banco. La parte recurrida se opuso a la expedición del auto de *certiorari*, argumentando que la petición no cumplía con los requisitos reglamentarios. Alegaron que los peticionarios conocían la existencia de los testigos en controversia desde 2016. El Tribunal de Apelaciones había ordenado previamente la paralización de los procedimientos en el foro primario mientras consideraba la petición. La Sentencia reseña los hechos y antecedentes procesales relevantes para la adjudicación del *certiorari*.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900049
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por la Lcda. Amaris Coya Soto. La licenciada Coya Soto solicitó la intervención del foro apelativo para dejar sin efecto una determinación del Tribunal de Primera Instancia. Dicha determinación denegó su solicitud de desestimación de una demanda de coparte presentada en su contra por el Municipio de Guayama. El caso original fue iniciado por pescadores y una organización contra el Municipio, su alcaldesa y la licenciada Coya Soto, reclamando daños por alegados ataques a su honra y un registro ilegal. El Municipio contestó la demanda y presentó una demanda de coparte contra la licenciada Coya Soto. El Tribunal de Apelaciones expidió el recurso de certiorari. Revocó la resolución del Tribunal de Primera Instancia. Desestimó la demanda de coparte presentada por el Municipio de Guayama contra la licenciada Coya Soto. Ordenó al foro primario proceder con la sustitución de parte según lo resuelto. El caso es devuelto al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900193
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de certiorari. El recurso proviene de un pleito sobre cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños. Luis Pérez y Damaris Arroyo demandaron a José Vicente Cruz, Amarilis Cruz y Artesanías Mundo Taino Corp. por trabajos de remodelación. Los demandantes alegaron incumplimiento de pago y reclamaron daños, mientras los demandados adujeron trabajos defectuosos e incompletos. Los peticionarios en apelación impugnaron dos resoluciones del Tribunal de Primera Instancia. Dichas resoluciones autorizaron a los demandantes a enmendar la demanda para incluir a sus hijas como codemandantes y añadir una causa de acción por daños físicos. También permitieron, con limitaciones, el descubrimiento sobre el método de pago de los gastos legales de los demandados. El Tribunal de Apelaciones evaluó la solicitud de intervención. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal denegó la expedición del recurso de certiorari solicitado por los peticionarios.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201801727
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari. La petición fue presentada por los demandados en un pleito de nulidad de escritura y daños y perjuicios. El caso original fue incoado por Vilma Margarita Cano García y la Escuela Casa Bambini, quienes alegaron que unas escrituras de traspaso del edificio escolar fueron obtenidas sin su consentimiento, bajo amenaza y engaño. Entre los demandados se encontraban Iván Oscar Hernández Rodríguez, corporaciones relacionadas y, posteriormente, los contables Pedro Silva y Carmen Avalo Franceschi. La parte demandante solicitó la descalificación del abogado de los demandados, Lcdo. José G. Barea Hernández, alegando conflicto de intereses por representar a múltiples partes demandadas y compartir oficina con los contables codemandados. El Tribunal de Primera Instancia declaró con lugar la solicitud de descalificación. Los demandados recurrieron en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, argumentando errores del foro primario al descalificar a su abogado y al permitir a la parte demandante presentar dicha solicitud. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar la petición, denegó la expedición del auto de certiorari.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900268
Ponente:
—
Resumen:
Carlos González Oliver, confinado bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, presentó un escrito solicitando al Tribunal de Apelaciones que ordenara su traslado a una institución correccional en Connecticut. El Tribunal acogió el escrito como un misceláneo. Sin embargo, el Tribunal determinó que carecía de jurisdicción para atender la solicitud presentada. Se reitera que la falta de jurisdicción es insubsanable y obliga a desestimar el caso sin entrar en los méritos. Un tribunal sin jurisdicción solo puede declararlo y desestimar la reclamación. Además de la falta de jurisdicción, el escrito del señor González Oliver presentaba numerosos defectos procesales. Estos defectos impedían al Tribunal considerar la solicitud en los méritos. Entre los incumplimientos reglamentarios, no se incluyó copia de alguna resolución u orden para revisión. Por tanto, el recurso fue desestimado por falta de jurisdicción.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900294
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari. El caso subyacente es una reclamación de despido injustificado bajo el procedimiento sumario de la Ley 2. La empleada alegó haber sido despedida injustificadamente por Triple S Vida tras una ausencia médica, a pesar de haber sido reconocida por su desempeño previamente. El patrono solicitó sentencia sumaria, argumentando que el despido se debió al incumplimiento de políticas de productividad en dos ciclos consecutivos. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de sentencia sumaria, al encontrar una controversia sobre la razonabilidad de aplicar dichas normas considerando la situación médica de la empleada. El patrono presentó el recurso de certiorari para impugnar esta determinación interlocutoria. El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto solicitado. Se concluye que el caso no presenta las circunstancias extremas necesarias para justificar la revisión de una determinación interlocutoria en un procedimiento sumario laboral.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLCE201900269
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari presentado por Fabián Rivera Montalvo. El peticionario solicita la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de nuevo juicio al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. Rivera Montalvo hizo alegación de culpabilidad en 2003 y fue sentenciado a 99 años de prisión. En 2018, solicitó un nuevo juicio alegando que no estaba mentalmente capacitado para hacer la alegación de culpabilidad, basándose en un informe psiquiátrico reciente. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción y la reconsideración sin celebrar una vista evidenciaria. El peticionario argumenta que el foro primario erró y abusó de su discreción al denegar la moción de plano sin una vista para adjudicar el mérito de su petición. El Tribunal de Apelaciones discute la naturaleza del recurso de certiorari y los criterios para evaluar si hubo abuso de discreción por parte del tribunal inferior.
2019 • 20 de marzo de 2019
Número de Caso:
KLRA201800677
Ponente:
—
Resumen: