Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. SANTIAGO ROBLES, JORGE LUIS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900267
Año:
2019
Fecha:
25 de marzo de 2019
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución denegando un recurso de certiorari presentado por Jorge Luis Santiago Robles. El peticionario, bajo custodia, solicitó representación legal y la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que le denegó la exención del pago de una pena especial. El Tribunal de Apelaciones señala que el certiorari es un recurso discrecional y extraordinario, cuya intervención se limita a casos de abuso de discreción o error manifiesto del foro inferior. Respecto a la solicitud de abogado, el Tribunal aclara que el derecho a asistencia legal no se extiende a recursos discrecionales o ataques colaterales a una convicción. Además, el peticionario no anejó documentos esenciales como la sentencia condenatoria o los términos del acuerdo de alegación preacordada. La falta de esta información impide al Tribunal evaluar adecuadamente los planteamientos del peticionario. Concluye que, al contar solo con la escueta denegatoria del Tribunal de Primera Instancia, no existe fundamento jurídico para intervenir con la Resolución recurrida. Por estas razones, se deniega el auto de certiorari solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE201900267 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo |
| v. | Caso Núm.: C BD2017G0306 (Salón 0303) | |
| JORGE LUIS SANTIAGO ROBLES Peticionario | Sobre: Tent. A195 Escalamiento Agravado |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Cancio Bigas.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
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