Partes:
SCOTIABANK OF PUERTO RICO VS ERGON ENTERPRISES INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN201900197
Año:
2019
Fecha:
21 de marzo de 2019
Se presentó una apelación ante el Tribunal de Apelaciones contra una sentencia en rebeldía dictada por el Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Los apelantes son Ergon Enterprises, Inc. y Epifanio González Santos, y el apelado es Scotiabank de Puerto Rico. Scotiabank presentó una moción solicitando la desestimación de la apelación. Alega que la apelación es prematura porque la sentencia apelada no fue notificada adecuadamente mediante edicto, según lo exige la Regla 65.3(c) de Procedimiento Civil. La notificación por edicto es un requisito para que comience el término apelativo. El Tribunal de Apelaciones reconoce que los asuntos de jurisdicción deben atenderse con preferencia. Se reitera la norma de que un recurso prematuro, al igual que uno tardío, priva de jurisdicción al tribunal apelativo. La presentación de un recurso prematuro carece de eficacia legal. El tribunal procederá a evaluar el planteamiento de falta de jurisdicción antes de considerar los méritos de la apelación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI | ||
|---|---|---|
| SCOTIABANK DE PUERTO RICO Apelado | KLAN201900197 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| Caso Núm. SJ2018CV01923 | ||
| ERGON ENTERPRISES, INC.; EPIFANIO GONZÁLEZ SANTOS Apelantes | Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria |
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Romero García y el Juez Torres Ramírez...
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