2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000307
Ponente:
—
Resumen:
Amós Acevedo Silva recurre en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones tras denegarse su solicitud de excarcelación o nuevo juicio por el Tribunal de Primera Instancia. Acevedo Silva fue declarado culpable en 2015 por un jurado no unánime (9-3) por violaciones al Código Penal. Su sentencia advino final y firme en 2017, sin cuestionarse entonces la legalidad del veredicto mayoritario. En mayo de 2020, solicitó dejar sin efecto la sentencia basándose en la reciente jurisprudencia de *Ramos v. Louisiana* y *Pueblo v. Torres Rivera*. La decisión de *Ramos v. Louisiana* del Tribunal Supremo de EE.UU. estableció que la Sexta Enmienda requiere veredictos unánimes en casos de delito grave en los estados. Acevedo Silva argumentó que su privación de libertad era inconstitucional al provenir de un veredicto no unánime. El Tribunal de Primera Instancia denegó su petición, lo que motivó el recurso de apelación. El Pueblo de Puerto Rico se opone, alegando que la sentencia es final y firme y la norma de *Ramos* no aplica retroactivamente a casos concluidos. El análisis se centra en la aplicabilidad temporal de la norma de unanimidad a casos que ya habían finalizado su proceso apelativo directo antes de la decisión de *Ramos*.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000318
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un caso de daños y perjuicios originado por un accidente en un vertedero. Los peticionarios, codemandados en el pleito, recurren una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución les impidió presentar prueba sobre la negligencia de Coquí Landfill Company, un codemandado que previamente transó y fue desistido de la causa de acción. El caso tiene un historial procesal extenso, incluyendo intervenciones previas del Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo. El Tribunal Supremo validó en 2019 la transacción que liberó a El Coquí de responder por daños en este pleito. A pesar de ello, los peticionarios argumentaron la necesidad de probar la negligencia de El Coquí para establecer responsabilidad proporcional. El Tribunal de Primera Instancia denegó esta solicitud, basándose en el desistimiento previo contra El Coquí. Los peticionarios acudieron en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, alegando errores del foro primario al prohibir dicha prueba. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones procede a confirmar la resolución recurrida. Con esta decisión, se mantiene la prohibición a los peticionarios de presentar prueba sobre la negligencia de Coquí Landfill.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000329
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende un recurso de certiorari presentado por Osvaldo Schutt Vázquez. El recurrente solicita la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su petición para ser eximido del pago de una pena especial por razón de indigencia. Schutt Vázquez fue sentenciado a catorce años de reclusión y al pago de una pena especial de $1,800 dólares tras un preacuerdo por varios delitos reclasificados. Alegó ante el foro primario ser indigente y no tener ingresos para sufragar la multa, solicitando la exención del pago. El Tribunal de Primera Instancia denegó esta solicitud mediante Resolución. Inconforme, Schutt Vázquez acude al Tribunal de Apelaciones, argumentando que el foro primario erró al no considerar atenuantes y al imponer la pena especial de forma contraria a derecho. El Tribunal de Apelaciones expide el recurso de certiorari. Tras considerar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones CONFIRMA la determinación del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000363
Ponente:
—
Resumen:
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000406
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por Erick Santana Santana. El peticionario solicitó la revisión de una aparente denegatoria del Tribunal de Primera Instancia relacionada con una solicitud bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. Al examinar el expediente, el Tribunal de Apelaciones advirtió la ausencia de documentos esenciales requeridos por el Reglamento. Se reitera la obligación de las partes de cumplir rigurosamente con las normas para perfeccionar los recursos apelativos, incluyendo la presentación de un expediente completo según la Regla 34(E). La falta de estos documentos impide al Tribunal verificar su jurisdicción y resolver los méritos de la controversia. Esta deficiencia se considera sustancial y conlleva la desestimación del recurso. Por tanto, el Tribunal desestima la petición de certiorari por falta de jurisdicción debido al expediente incompleto.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000407
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia sobre un recurso de certiorari presentado por Andrew Moore Lyle. El peticionario impugnó tres resoluciones del Tribunal de Primera Instancia que denegaron sus solicitudes de revisión de boletos de tránsito por su incomparecencia a la vista. Moore Lyle alegó que no asistió porque una supuesta secretaria judicial le indicó que la audiencia sería pospuesta. El Departamento de Transportación y Obras Públicas solicitó la desestimación del recurso. Argumentaron que el peticionario incumplió con la Regla 33(B) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones al no notificarles el recurso dentro del término estricto. El Tribunal de Apelaciones analizó el requisito de notificación, destacando su carácter jurisdiccional y la necesidad de cumplimiento riguroso. Determinó que Moore Lyle no notificó debidamente al DTOP dentro del plazo establecido. Esta omisión, al no ser justificada, constituye una falta de perfeccionamiento del recurso. La falta de notificación priva al tribunal de jurisdicción para atender el caso. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestima el recurso de certiorari.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000410
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que revisa la denegatoria de una moción de sentencia sumaria en un caso por daños de huracán, incumplimiento de contrato y mala fe contra una aseguradora. Los demandantes, asegurados, reclamaron daños significativamente mayores a la cantidad pagada por la aseguradora tras el huracán María. La aseguradora solicitó sentencia sumaria argumentando que el endoso de un cheque por una suma menor constituía un pago en finiquito de la reclamación. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción. El Tribunal de Apelaciones confirmó la denegatoria. Concluyó que la doctrina de pago en finiquito no era aplicable en esta etapa procesal. La aseguradora no demostró, como hechos incontrovertidos, haber realizado una oferta justa y razonable ni haber brindado la debida asistencia al asegurado. Tampoco probó que el asegurado aceptara el pago con claro entendimiento de que era una transacción final ni que no mediara opresión o ventaja indebida. Por tanto, existen hechos materiales en controversia que impiden resolver el caso mediante sentencia sumaria.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000421
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un auto de certiorari solicitado por Interservice Group, Inc., administrador de Plazoleta Isla Verde, S.E. El peticionario impugnó una Orden del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y desahucio contra E & R Brothers, Inc. H/N/C Marco's Pizza. La Orden recurrida declaró Ha Lugar la solicitud de conversión de los procedimientos al trámite ordinario y ordenó emplazar a Plazoleta Isla Verde S.E. como tercero demandado. Interservice había demandado a Marco's Pizza por alegado impago de renta y gastos. Los demandados contestaron la demanda, levantando la defensa de *exceptio non rite adimpleti contractus* y presentando una demanda contra tercero contra Plazoleta por incumplimiento de contrato. El Tribunal de Primera Instancia denegó una moción de reconsideración presentada por Interservice. Tras examinar los escritos y documentos, el Tribunal de Apelaciones resolvió denegar el auto de certiorari solicitado.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000428
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa mediante certiorari una orden interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia en un caso sobre división de comunidad de bienes hereditarios. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Las Piedras impugna la orden que le exige consignar la totalidad de los fondos en la cuenta de ahorros de la causante al momento de ser notificada de su fallecimiento. Los hechos detallan la existencia de una cuenta de ahorros y un Certificado de Depósito (CD) a nombre de la causante, María Ruiz Pérez, siendo el CD compartido con Daisy Torres Ruiz. Tras el fallecimiento de la causante, el CD fue cancelado y los fondos, inicialmente emitidos en un cheque a nombre de ambas, fueron eventualmente depositados de nuevo en la cuenta de la causante. Posteriormente, la Cooperativa desembolsó el 50% de los fondos del CD a Daisy Torres Ruiz. La Cooperativa fue demandada años después en el pleito de división de herencia. El foro apelativo examina los hechos y el derecho aplicable y confirma la orden recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000429
Ponente:
—
Resumen:
Neftalí Pérez Sánchez acude al Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico para solicitar la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación de una acusación bajo el Art. 3.1 de la Ley 54. Se determinó causa para arresto y se presentó acusación contra Pérez Sánchez por hechos que también dieron lugar a una solicitud de orden de protección. Aunque la orden de protección final fue denegada, el caso penal continuó. El peticionario argumenta que la denegación de la orden de protección, resuelta con un menor estándar de prueba, debió haber impedido la continuación del caso penal por aplicación de la doctrina de impedimento colateral por sentencia. El Tribunal de Apelaciones analiza si el resultado del procedimiento civil de orden de protección bajo la Ley 54 tiene efecto concluyente en el proceso penal subsiguiente. Esto requiere considerar la naturaleza dual (civil y penal) de la Ley 54 y los requisitos de la doctrina de cosa juzgada en su modalidad de impedimento colateral.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000452
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un recurso de certiorari. La Peticionaria impugna una decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que autorizó una enmienda a la demanda y denegó un planteamiento de falta de jurisdicción. La Peticionaria alegaba que el TPI erró al no considerar la falta de madurez de la controversia. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso y determinó que la resolución del TPI objeto del certiorari solo se refirió a la legitimación activa, un asunto previamente adjudicado. El TPI no emitió una determinación sobre la falta de madurez de la controversia en la decisión recurrida. La jurisdicción del Tribunal de Apelaciones se limita a revisar las decisiones emitidas por el foro primario. Al no haber una adjudicación del TPI sobre la madurez, el Tribunal de Apelaciones carece de autoridad para intervenir en ese asunto. La autorización de la enmienda a la demanda tampoco es revisable en este momento procesal. Por consiguiente, el Tribunal desestima el recurso de certiorari por falta de jurisdicción. La Peticionaria deberá esperar una decisión del TPI sobre la madurez para poder recurrir en alzada.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000454
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en el caso KLCE20200454. El peticionario, Ezequiel Muñoz Sánchez, presentó un recurso *pro se* solicitando la intervención del tribunal. Buscaba revisar una Orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó sus solicitudes. Específicamente, había pedido transcripciones y documentos relacionados con su caso. El peticionario alegó no entender la negación y apeló al derecho de acceso a la información pública. Tras analizar el recurso y los documentos del expediente, el tribunal aplicó la doctrina de la justiciabilidad. Esta doctrina exige que las controversias judiciales sean genuinas, concretas y propias para una determinación judicial. El tribunal concluyó que el asunto presentado no cumplía con los requisitos de justiciabilidad. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones resolvió desestimar el recurso presentado por el señor Muñoz Sánchez.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000461
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisó mediante certiorari una petición de Luis Alberto Ríos Rodríguez. El peticionario impugnaba dos órdenes del Tribunal de Primera Instancia de Carolina en su caso civil por violación de contrato y daños y perjuicios contra Alpha Legal Group. Las órdenes denegaron su solicitud de trasladar el caso de Carolina a San Juan o Bayamón y su petición para que se le designara un abogado de oficio. Ríos Rodríguez había sido autorizado a litigar de manera pauperis en la instancia. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari para revisar las decisiones. Sin embargo, tras examinar el recurso y el derecho aplicable, el Tribunal confirmó las órdenes recurridas. Esto implica que el caso permanecerá en Carolina y no se le designará abogado de oficio al peticionario.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000468
Ponente:
—
Resumen:
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000469
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari. Los Peticionarios, LHV, Inc. y otros, solicitaron la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha resolución del TPI denegó su petición para que un caso laboral se tramitara por la vía ordinaria en lugar del procedimiento sumario bajo la Ley Núm. 2. El caso original fue presentado por Damaris Quiñones Reyes, quien alegó represalias, despido constructivo, violación a la intimidad y daños por angustias mentales debido a un ambiente de trabajo hostil. Los Peticionarios argumentaron que la complejidad de las reclamaciones, la necesidad de descubrimiento de prueba amplio y la cuantía solicitada hacían inadecuado el procedimiento sumario. Sostuvieron que el trámite ordinario era necesario para garantizar sus derechos al debido proceso y a una defensa adecuada. La Recurrida se opuso a la conversión del procedimiento. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar los fundamentos, denegó la expedición del recurso de certiorari. Con esta denegatoria, se confirma la decisión del TPI de mantener el caso bajo el procedimiento sumario de la Ley Núm. 2.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000493
Ponente:
—
Resumen:
Se presenta un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico por Mapfre Pan American Insurance Company y MAPFRE PRAICO Insurance Company. Los peticionarios solicitan la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su moción de sentencia sumaria. La demanda original fue presentada por Francisco Gómez Arroyo y otros por incumplimiento de contrato tras los daños causados por el Huracán María a su propiedad asegurada. Mapfre argumentó en su moción de sentencia sumaria que la reclamación debía desestimarse bajo la doctrina de pago en finiquito, ya que los asegurados endosaron y cobraron un cheque marcado como pago total y final. Los demandantes se opusieron, alegando la existencia de controversias de hechos sobre la claridad del ajuste y la información provista. El TPI denegó la sentencia sumaria al concluir que la moción de Mapfre carecía de detalles sobre la valoración de los daños, lo que impedía determinar la procedencia de la defensa de pago en finiquito. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el expediente, deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000496
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una resolución sobre un recurso de certiorari presentado por Green Recycling Solutions et al. Los peticionarios buscaban revocar una decisión del Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Dicho tribunal había denegado su solicitud de paralización de los procedimientos en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El caso fue iniciado por PRRDJV, luego sustituido por PR Recovery And Development REO, LLC, reclamando el pago de pagarés garantizados con hipoteca. Los peticionarios admitieron el incumplimiento pero impugnaron la deuda, alegando que la adquisición de la acreencia por los demandantes fue ilegal y nula. Hicieron referencia a un pleito separado del acreedor original que impugnaba la venta de la cartera de préstamos. Los peticionarios argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa y buscaron enmendar su defensa. El Tribunal de Apelaciones examinó el caso y el derecho aplicable. Finalmente, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000519
Ponente:
—
Resumen:
Este caso ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico surge de una demanda por incumplimiento de contrato y prácticas desleales contra Universal Insurance Company. Los demandantes, asegurados, reclamaron daños a su propiedad tras el Huracán María bajo una póliza comercial. Alegaron que la aseguradora incumplió al negar o subvalorar los daños cubiertos. Universal Insurance negó las alegaciones y planteó, entre otras defensas, la falta de notificación previa requerida por el Artículo 27.164 del Código de Seguros. La aseguradora presentó una moción de desestimación parcial basada en dicho incumplimiento de notificación. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la moción de desestimación. Universal Insurance recurrió en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones solicitando revocar esa decisión. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto solicitado. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución del Tribunal de Primera Instancia. Esto valida la decisión de no desestimar la reclamación por la alegada falta de notificación previa bajo el Artículo 27.164.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000534
Ponente:
—
Resumen:
El Consejo de Titulares del Condominio Consolidated Mall solicitó al Tribunal de Apelaciones revisar una anotación de rebeldía impuesta por el Tribunal de Primera Instancia. Dicha anotación se debió a la falta de contestación a una reconvención dentro del término concedido. El Tribunal de Primera Instancia había otorgado varias extensiones para presentar la alegación responsiva. Vencido el término final, y tras una advertencia, se anotó la rebeldía. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso de certiorari y la oposición presentada. Procedió a denegar la expedición del auto solicitado. Consideró que la decisión del foro primario no merecía una consideración más detenida. La resolución discute la figura de la rebeldía y la obligación de los abogados de mantener actualizada su información en el Registro Único de Abogados. La notificación a la dirección de correo electrónico registrada en el RUA se consideró adecuada.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000538
Ponente:
—
Resumen:
El señor Walter Wallace Hodge Muñoz solicitó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Pide revisar una Minuta-Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla. En dicha resolución, el TPI declaró No Ha Lugar su moción para dar por admitido un requerimiento de admisiones. El caso subyacente es un proceso de divorcio entre el señor Hodge y la señora Keyla Enid Goicochea González. Tras la sentencia de divorcio, se estableció una pensión alimentaria provisional y se refirió el caso a un Examinador para la fijación final. El Examinador recomendó una pensión final de $4,200 mensuales, que el TPI acogió en su totalidad. La controversia sobre las admisiones surge en el contexto del descubrimiento de prueba posterior a la fijación de la pensión. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, DENIEGA la expedición del auto de certiorari solicitado por el señor Hodge.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000540
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisó una sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de ejecución de hipoteca iniciado por Banco Popular de Puerto Rico contra Félix Omar Garced Luna y Jazmín Ivette Silva Ruiz. Wilma Alicia Malavé Haddock y Juan Antonio Rodríguez del Valle, quienes compraron la propiedad hipotecada a los demandados originales asumiendo la deuda, comparecieron como parte con interés. Los recurrentes solicitaron intervenir en el caso y que se ordenara mediación compulsoria bajo la Ley 184-2012. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar su solicitud de intervención y referido a mediación. Los demandados originales habían sido referidos a mediación previamente, pero el banco declinó participar al determinarse que no residían en la propiedad. Los recurrentes, como ocupantes actuales, argumentaron su derecho a la mediación. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso de certiorari presentado por Malavé Haddock y Rodríguez del Valle. Tras revisar los argumentos y documentos, el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución recurrida del foro primario.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000545
Ponente:
—
Resumen:
Universal Insurance Company presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Dicha resolución había declarado No Ha Lugar la Moción de Desestimación interpuesta por Universal Insurance. El pleito original fue incoado por Isidra Martínez Almodóvar y otros contra la aseguradora. La demanda versa sobre incumplimiento de contrato, mala fe y dolo relacionados con una reclamación de daños por el Huracán María a una propiedad utilizada como residencia de envejecientes. Los demandantes alegan que Universal Insurance subvaloró los daños y actuó con dilación y mala fe. El Tribunal de Primera Instancia ordenó la continuación del caso y la expedición de emplazamientos. Los demandantes incurrieron en gastos de emplazamiento personal tras no recibir respuesta a una solicitud de renuncia. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta Resolución, deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por Universal Insurance.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000598
Ponente:
—
Resumen:
El abogado Alejandro X. Sanfeliú Vera presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó su solicitud para ser relevado como abogado de oficio de un imputado. El peticionario alegó que solo fue contratado para representar al imputado en la vista de causa probable para arresto y que, siendo este indigente, debía asignársele representación de oficio según el reglamento. A pesar de solicitar ser excusado, el TPI lo designó como abogado de oficio. El Lcdo. Sanfeliú Vera impugnó la designación, argumentando que era contraria al Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio por no seguir la lista provista. El TPI sostuvo que la Regla 8(i) del reglamento le concede discreción para mantener la representación legal existente si el imputado compareció asistido de abogado a la vista de causa probable. Justificó su decisión para evitar la representación legal fraccionada y por conveniencia ante la emergencia del COVID-19. El peticionario insiste en que el TPI erró al interpretar la Regla 8(i) y al no reconocer la vista de causa probable como una etapa procesal distinta. El Tribunal de Apelaciones considera el recurso bajo las reglas que rigen el certiorari y la revisión de órdenes interlocutorias.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000194
Ponente:
—
Resumen:
Recurso de certiorari presentado por Karina Borges Domenech contra una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Caguas. La peticionaria enfrenta cargos bajo la Ley 22, incluyendo violaciones relacionadas con conducir bajo los efectos del alcohol que resultaron en muertes y daños corporales. El asunto central es si se violó su derecho a juicio rápido bajo la Regla 64(n) de Procedimiento Criminal. La peticionaria alegó que el término de juicio rápido comenzó el día del incidente con su detención. El Ministerio Público y el TPI sostuvieron que la detención inicial para pruebas de alcohol no constituyó un "arresto" que activara el término. El TPI declaró no ha lugar la moción de desestimación por juicio rápido. La peticionaria acudió en certiorari señalando errores del TPI, incluyendo no celebrar vista evidenciaria y denegar la desestimación. El tribunal revisor expidió el auto de certiorari. Tras examinar el recurso, el tribunal revocó la resolución del TPI.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000220
Ponente:
—
Resumen:
Se trata de una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Examina un recurso de certiorari presentado por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y Mapfre. Los peticionarios buscaban la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El TPI había denegado una moción de sentencia sumaria de la AAA y Mapfre. La moción se basaba en la alegación de que la demanda por daños y perjuicios estaba prescrita. La demanda fue presentada por Jocabed Guadalupe Avilés tras sufrir una caída en 2016 por una tapa de contador deteriorada de la AAA. La AAA argumentó que el término prescriptivo de un año había expirado, calculando desde la fecha del accidente o la resolución de la CFSE. La demandante sostuvo haber interrumpido el término con gestiones extrajudiciales. El TPI determinó que la causa de acción no estaba prescrita. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, denegó la expedición del auto de certiorari.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000226
Ponente:
—
Resumen:
Esta resolución atiende una petición de certiorari presentada por Cabrera Grupo Automotriz LLC contra una determinación del Tribunal de Primera Instancia. Cabrera Grupo solicitó revocar una resolución que denegó su moción de sentencia sumaria en un caso de despido. El caso subyacente fue iniciado por el señor Johnnie Soto Rodríguez, quien presentó una querella por despido injustificado y discrimen por edad contra Cabrera Grupo. El señor Soto alegó haber sido despedido sin justa causa y ser víctima de discrimen. Cabrera Grupo argumentó que el despido fue justificado por reorganización y baja productividad, y que no era el patrono del querellante. Cabrera Grupo solicitó sentencia sumaria, alegando que el despido estaba justificado y la querella era improcedente. El señor Soto se opuso, aduciendo que existían hechos materiales en controversia que impedían resolver el caso sumariamente. El Tribunal de Primera Instancia denegó la sentencia sumaria, identificando controversias sobre la justificación del despido y la intención discriminatoria. El panel de jueces deniega la expedición del auto de certiorari.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000245
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por el Municipio Autónomo de Caguas. El Municipio solicitó dejar sin efecto una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Desestimación en un pleito de daños y perjuicios incoado por Luis F. Román Ruiz. El Municipio fundamentó su moción en la doctrina de cosa juzgada, alegando que el Sr. Román ya había presentado una reclamación previa basada en los mismos hechos, la cual fue desestimada sin perjuicio por incumplimiento de órdenes judiciales. Argumentó que la nueva demanda por daños y perjuicios constituía un fraccionamiento de causa de acción o estaba impedida por sentencia previa. El Sr. Román se opuso, sosteniendo que no había identidad de causas y que la desestimación previa "sin perjuicio" le permitía presentar una nueva demanda. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los argumentos, denegó la expedición del auto de certiorari solicitado por el Municipio. Esta decisión implica que la determinación del Tribunal de Primera Instancia, que permitió que el caso de daños y perjuicios continuara, se mantiene en vigor.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000279
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que atiende una petición de certiorari presentada por PR Waste Management Group, Corp. La empresa recurre de una Sentencia en rebeldía dictada por el Tribunal de Primera Instancia. Dicha sentencia condenó a PRWM a pagar a Carlos Alberto Rivera Alicea una suma por despido injustificado y honorarios de abogado. El caso se originó con una querella de despido injustificado bajo la Ley Núm. 80 y el procedimiento sumario laboral. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en rebeldía tras la falta de comparecencia de PRWM. PRWM argumentó ante el Apelativo que el TPI carecía de jurisdicción por diligenciamiento defectuoso del emplazamiento y que se violó el debido proceso. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso y las comparecencias de ambas partes. Tras su análisis, el panel resolvió denegar el auto de certiorari solicitado por PRWM.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000335
Ponente:
—
Resumen:
Víctor López Ríos, confinado, presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Solicitó una reducción de su sentencia de 99 años y la substracción de evidencia de ADN. El peticionario no anejó documento alguno a su escrito. Esta omisión impidió al Tribunal determinar su jurisdicción y atender adecuadamente el recurso. El Tribunal revisó el récord electrónico y encontró que el peticionario ha acudido previamente con recursos similares. En 2017, se le denegó una solicitud de pruebas de ADN por incumplir con los requisitos legales y no anejar documentos. El Tribunal reitera la obligación de cumplir rigurosamente con las reglas procesales y reglamentarias para la presentación de recursos. La falta de documentos esenciales, como la resolución o sentencia recurrida, constituye un incumplimiento grave. Por tanto, el Tribunal desestima el presente recurso de certiorari debido a la falta de documentación necesaria para su consideración.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000029
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso civil por hostigamiento sexual, discrimen, despido discriminatorio, represalias y daños. La acción fue incoada por René Emanuel Rivera Alberty y otros contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Pepiniana y otros. Los peticionarios (la Cooperativa y otros) solicitaron al Tribunal de Apelaciones que revocara una resolución del Tribunal de Primera Instancia. La resolución del foro primario había declarado No Ha Lugar la solicitud de los peticionarios para descalificar al perito de la parte demandante, el Dr. Víctor Lladó Díaz. Los peticionarios argumentaron que el testimonio del perito en la deposición no cumplía con los requisitos de confiabilidad y metodología aceptada. Adujeron que las opiniones del perito se basaban en una visión prejuiciada y emitía juicios sobre la credibilidad del demandante. El Tribunal de Apelaciones evaluó los asuntos presentados en la petición de certiorari. Tras la evaluación, el Panel IV determinó denegar la expedición del recurso solicitado. Esto confirma la decisión del Tribunal de Primera Instancia de no descalificar al perito.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000036
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en el caso de El Pueblo contra Reynaldo Sus De Jesús. El señor Sus De Jesús fue sentenciado por tentativa de escalamiento agravado, imponiéndosele una pena de reclusión y una pena especial de \$700.00. Solicitó ante el Tribunal de Primera Instancia ser eximido de la pena especial alegando indigencia, pero su petición fue denegada. Esta es la segunda ocasión en que acude al Tribunal de Apelaciones buscando revisar una denegatoria similar del foro primario, habiendo sido denegada una solicitud previa en 2019. El recurrente presenta un recurso titulado "Moción Apelación", solicitando la revisión de la más reciente determinación del Tribunal de Primera Instancia. El Tribunal de Apelaciones considera el recurso como un certiorari. Tras examinar los documentos del expediente, el Tribunal de Apelaciones DENEGA la expedición del recurso solicitado por el señor Sus De Jesús. El documento explica brevemente la naturaleza discrecional del certiorari y los criterios para su concesión.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000160
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Jayson Agosto Castro. El peticionario solicitó la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su petición de resentencia. Agosto Castro se declaró culpable mediante alegación preacordada a varios delitos, incluyendo apropiación ilegal agravada de un bien mayor de $10,000. Fue sentenciado a una pena global de 9 años de reclusión, con 8 años asignados al delito de apropiación ilegal agravada. El peticionario argumentó que la pena por este delito debía reducirse a 4 años invocando el principio de favorabilidad del Código Penal. El TPI denegó la solicitud, entendiendo que la pena impuesta de 8 años estaba dentro del marco legal y que el peticionario ya se había beneficiado del preacuerdo. El Tribunal de Apelaciones examinó los fundamentos de la decisión del foro primario. Tras su análisis, el Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones REVOCÓ la Resolución recurrida del TPI.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE201901609
Ponente:
—
Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones un recurso de Certiorari presentado por Jorge A. Irizarry Rodríguez contra Stacy M. Rodríguez Vega, en casos consolidados sobre custodia, relaciones filiales y alimentos. El peticionario solicita la revocación de tres resoluciones y órdenes interlocutorias emitidas por el Tribunal de Primera Instancia el 1 de noviembre de 2019. Estas órdenes del foro primario atendieron diversas mociones presentadas por las partes en los casos ISRF2013-01728 y ISRF2012-00854. El Tribunal de Primera Instancia denegó la mayoría de las mociones, aunque reconsideró y ordenó la producción de prueba en una de ellas. También refirió un asunto de pensión alimentaria a la Examinadora de Pensiones Alimentarias. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones resuelve denegar la expedición del auto de Certiorari solicitado por el señor Irizarry Rodríguez.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE201700933
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa mediante certiorari una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una solicitud de sentencia sumaria. La solicitud fue presentada por Mapfre Preferred Risk Insurance y Oriental Bank en un caso de impugnación de confiscación de un vehículo. El vehículo fue ocupado por presunto uso en violaciones al Código Penal y Ley de Armas. En el proceso penal relacionado, el Tribunal de Primera Instancia determinó no causa para acusar a la persona imputada, tanto en la vista preliminar inicial como en alzada. Mapfre argumentó en su solicitud de sentencia sumaria que esta determinación de no causa impedía la confiscación, invocando la doctrina de impedimento colateral por sentencia. El Estado Libre Asociado se opuso, alegando que la acción de confiscación es in rem y separada de la acción penal in personam. El foro primario denegó la sentencia sumaria, indicando que Mapfre no había demostrado que el vehículo no fue utilizado en violación de ley. Mapfre apeló esta determinación. El Tribunal de Apelaciones expide el auto de certiorari y revoca la resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE201900924
Ponente:
—
Resumen:
Confinados presentaron una acción por daños y perjuicios contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación y otros funcionarios. Solicitaron al Tribunal de Primera Instancia (TPI) autorización para litigar en calidad de indigentes. El TPI emitió una orden denegando dicha solicitud. No obstante, el mismo día, el TPI notificó otra orden sobre la misma petición, requiriendo a los peticionarios proveer copias de sus sentencias. Los peticionarios recurrieron al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari, alegando que carecen de los medios económicos para sufragar los costos del litigio. Argumentan que el TPI erró de forma extraordinaria al no permitirles litigar en forma de pobre. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso presentado por los peticionarios. Considerando la naturaleza discrecional del certiorari y los criterios de revisión, el tribunal determinó expedir el auto. La sentencia procederá a revisar la determinación del TPI que denegó la solicitud de litigar *in forma pauperis*.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLRA202000090
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en una revisión administrativa. Stanley Comas Ferrer recurre una Resolución del Negociado de Energía que desestimó su querella contra la Autoridad de Energía Eléctrica. El Sr. Comas Ferrer impugnó un cargo de \$1,915.21 en su factura de septiembre de 2018, alegando que correspondía a consumo de 2014-2015 en otra propiedad. La AEE solicitó la desestimación por tardía, argumentando que la objeción se presentó después de la fecha de vencimiento de la factura. El Negociado de Energía declaró Ha Lugar la desestimación, concluyendo que el término para objetar es estricto y no se mostró causa justa para prorrogarlo. Tras denegarse una reconsideración, el recurrente acudió al Tribunal de Apelaciones. Alega que el Negociado erró al no considerar que el cobro era ilegal por ser de cuatro años atrás, en una cuenta distinta y enviado a una dirección equivocada.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000376
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE202000376. El peticionario Giovanni Santiago presentó un recurso de certiorari contra MAPFRE Insurance Company y otros. Solicitaba la revocación de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que permitía un segundo informe pericial bajo ciertas condiciones. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari. La corte determinó que el recurso no superaba el crisol de la Regla 52.1 de Procedimiento Civil. Esta regla establece el carácter extraordinario y discrecional del certiorari para revisar resoluciones u órdenes interlocutorias. La revisión de tales órdenes está limitada a circunstancias específicas, como denegatorias de mociones dispositivas o asuntos esenciales donde esperar la apelación cause un fracaso irremediable de la justicia. La orden recurrida no se consideró dentro de estas excepciones. La corte enfatizó que no debe intervenir con determinaciones discrecionales del foro primario salvo error craso o abuso.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLAN202000484
Ponente:
—
Resumen:
Se presenta una apelación contra una sentencia parcial final emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina. Dicha sentencia desestimó la demanda contra tercero presentada por Ricardo Márquez García contra el Departamento de Recreación y Deportes (DRD). La controversia original surgió de una demanda de Félix Verdejo Sánchez contra Márquez García, buscando la nulidad de su contrato de manejador basado en el Reglamento de Boxeo Profesional. Márquez García demandó al DRD alegando la inconstitucionalidad de disposiciones del Reglamento. El foro primario declaró la constitucionalidad del Reglamento y desestimó la demanda contra tercero. Márquez García apeló esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal, previo a considerar los aspectos sustantivos, atendió una controversia de índole jurisdiccional. Se determinó que el recurso de apelación no fue notificado a las demás partes en el mismo día de su presentación. Por esta razón, el Tribunal concluyó que carece de jurisdicción para atender el recurso. La apelación presentada por Márquez García es desestimada.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLRA201900636
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una decisión de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF). El recurrente, Raúl Gayá Nigaglioni, apeló la negativa de OCIF a intervenir en su querella contra Banco Popular de Puerto Rico (BPPR). La querella se originó por la alegada falta de BPPR en formalizar una modificación de hipoteca. El recurrente completó exitosamente un periodo de prueba de pagos según lo acordado con el banco. Sin embargo, el banco no formalizó la modificación, informando meses después sobre supuestos gravámenes en el título de la propiedad. OCIF había resuelto no intervenir en la querella presentada por el recurrente. El Tribunal de Apelaciones determinó que OCIF incumplió su deber de atender la querella. Por tanto, el Tribunal revocó la resolución de OCIF. Se ordenó devolver el caso a OCIF para que atienda la querella y provea los remedios legales correspondientes.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000761
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por Pedro Juan Vázquez Acevedo. El peticionario solicitó la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia en un procedimiento sumario de reclamación laboral bajo la Ley Núm. 2. El foro primario había dado por admitidas las contestaciones del peticionario a requerimientos de admisiones por haber sido notificadas tardíamente sin justa causa. El peticionario buscaba la revocación de esta decisión. Tras examinar la petición, el Tribunal de Apelaciones resolvió abstenerse de ejercer su jurisdicción revisora. En consecuencia, denegó la expedición del auto de certiorari. La decisión se fundamenta en la naturaleza discrecional del recurso de certiorari y la evaluación de su procedencia a la luz del estatuto especial que rige el procedimiento sumario laboral.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLAN202000468
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLAN202000468. El Consejo de Titulares del Condominio Atlantic Plaza apela la Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia. Dicha sentencia desestimó dos de las tres causas de acción presentadas por el Consejo contra MAPFRE PRAICO Insurance Company. La disputa se origina en un reclamo de seguro por daños sufridos por el condominio durante el huracán María en 2017. El Consejo demandó a MAPFRE alegando incumplimiento contractual y violaciones al Código de Seguros, incluyendo conducta de mala fe. Las causas de acción desestimadas se basaban específicamente en los Artículos 27.164 y 27.165 del Código de Seguros de Puerto Rico. El Consejo solicita al Tribunal de Apelaciones que revoque la desestimación de estas reclamaciones. MAPFRE se opuso, negando las alegaciones y afirmando haber actuado de buena fe. El Tribunal de Apelaciones procede a revisar la decisión del foro primario sobre la desestimación parcial.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLAN202000638
Ponente:
—
Resumen:
Se presenta una solicitud para revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una Moción de Relevo de Sentencia. La peticionaria, Sra. Migdalia Caballero Llano, fue demandada por Scotiabank de Puerto Rico en un caso de cobro de dinero. El TPI dictó Sentencia en Rebeldía contra la peticionaria, condenándola al pago de una suma de dinero. Durante la etapa de ejecución, la peticionaria solicitó el relevo de la sentencia, alegando fraude, falta de jurisdicción y notificación. El TPI declaró no ha lugar dicha solicitud. Inconforme, la peticionaria apeló, argumentando errores relacionados con la notificación, el emplazamiento y la falta de debido proceso. El Tribunal de Apelaciones acoge el recurso como un certiorari. Tras examinar el escrito de la peticionaria y los documentos, el Tribunal resuelve denegar la expedición del auto. Esto implica que el Tribunal no revisará la determinación del TPI de denegar el relevo de sentencia.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLAN202000423
Ponente:
—
Resumen:
Comparece Scotiabank de Puerto Rico apelando una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia. Dicha Sentencia desestimó una demanda presentada por Scotiabank contra Banco Popular de Puerto Rico y el matrimonio Méndez Ramos. La demanda original alegaba incumplimiento de contrato por parte de BPPR, solicitando cumplimiento específico, injuction y daños. Scotiabank, como cesionaria de RG Premier Bank, argumentó que BPPR acordó subordinar su hipoteca a favor de una hipoteca otorgada por RG Premier Bank. BPPR solicitó la desestimación, alegando que la subordinación estaba sujeta a una condición suspensiva que no se cumplió. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda por falta de emplazamiento a partes indispensables. Scotiabank se opuso a la desestimación, defendiendo la naturaleza contractual de la reclamación. El panel de jueces revisó la Sentencia apelada. Por los fundamentos expuestos, el tribunal confirma la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLAN202000605
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimando un recurso de apelación en un caso de cambio de nombre. La apelante recurrió la decisión del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su solicitud por falta de jurisdicción. Tras la sentencia inicial, la apelante presentó una moción de reconsideración ante el foro primario. Mientras dicha moción estaba pendiente de resolución, la apelante presentó la apelación ante este Tribunal. El Tribunal de Apelaciones concluye que el recurso fue presentado prematuramente. Según la Regla 47 de Procedimiento Civil, una moción de reconsideración interrumpe los términos para apelar hasta que sea resuelta. Al presentarse la apelación antes de la resolución de la reconsideración, el Tribunal carece de jurisdicción. Por consiguiente, se desestima el recurso de apelación.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000364
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia en un recurso de certiorari en un caso de daños y perjuicios. Los peticionarios, Deya Elevator Services y Mapfre Praico Insurance, impugnaron una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó por tardía la solicitud de sentencia sumaria presentada por los peticionarios. El caso se originó por una demanda de Malfides Cepeda tras un incidente en un elevador. El Tribunal de Primera Instancia había extendido el descubrimiento de prueba hasta el 31 de enero de 2020. Los demandados presentaron su moción de sentencia sumaria en marzo de 2020. El foro primario la denegó por considerarla fuera de término. Los peticionarios argumentaron que el término para la sumaria debía contarse desde la fecha límite del descubrimiento extendido. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari solicitado. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revocó la resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 31 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000409
Ponente:
—
Resumen:
Se resuelve sobre un recurso de certiorari instado por Mapfre Pan American Insurance Company para revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó la Moción de Sentencia Sumaria presentada por Mapfre. El caso original fue incoado por Camilo Colón Burgos contra Mapfre por incumplimiento de contrato tras los daños sufridos en su propiedad por el Huracán María. El demandante alegó que Mapfre pagó solo \$2,251.38, mientras que un perito valoró los daños en más de \$130,000.00, imputando a la aseguradora prácticas desleales. Mapfre contestó la demanda negando las alegaciones y presentando defensas, aunque no incluyó inicialmente la de "aceptación como finiquito". Posteriormente, Mapfre basó su moción de sentencia sumaria en dicha doctrina, argumentando que el pago constituía un finiquito de la reclamación. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción. Este panel, tras examinar el recurso, deniega el auto discrecional de certiorari solicitado por Mapfre.
2020 • 28 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLAN202000492
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de despido injustificado. La apelación fue presentada por CSA Architects & Engineers, LLP contra Jaime Antonio Vélez Ayala. Se revisó una decisión previa del Tribunal de Primera Instancia que declaró con lugar la querella de despido injustificado. El señor Vélez Ayala alegó haber sido despedido sin justa causa, mientras CSA sostuvo que su relación laboral cambió a un contrato por tiempo determinado y que él optó por terminarla. El Tribunal de Primera Instancia, tras evaluar la prueba, determinó que el despido fue injustificado. El Tribunal de Apelaciones examinó los fundamentos de la sentencia apelada. Se decidió modificar la sentencia de instancia únicamente en cuanto a la concesión de honorarios de abogado, fijándolos en $5,000. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del foro primario de que el despido del señor Vélez Ayala fue injustificado, confirmando así la sentencia apelada en lo demás.
2020 • 28 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000291
Ponente:
—
Resumen:
Petición de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones presentada por Juan M. Joaquín Hidalgo. El peticionario impugna una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de desestimación de demanda. Dicha resolución también anotó la rebeldía de los codemandados Edgardo Ortiz Batista, Isla Bonita Restaurant, Inc. y JJ Investment Corp. La acción original fue incoada por Carmen Iris Cruz Figueroa reclamando daños, liquidación de bienes y otras partidas contra el peticionario y las mencionadas corporaciones, entre otros. La controversia en instancia incluyó disputas sobre el diligenciamiento de los emplazamientos a las corporaciones y al codemandado Ortiz Batista. Tras varias solicitudes de anotación de rebeldía por la demandante y oposiciones del peticionario, el foro primario emitió la determinación recurrida. El Tribunal de Apelaciones, tras examinar la solicitud, resuelve denegar la expedición del auto de certiorari solicitado.
2020 • 28 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLAN202000460
Ponente:
—
Resumen:
Un panel de jueces revisó la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan en un litigio entre el matrimonio González Rivera y Triple-S Propiedad, Inc. El TPI había concedido la Moción de Sentencia Sumaria de Triple-S y desestimado la demanda presentada por el matrimonio. La demanda original reclamaba daños e incumplimiento de contrato por la negativa de Triple-S a pagar gastos bajo la cubierta de Additional Living Expenses (ALE) tras el huracán María, específicamente por combustible para un generador. Triple-S argumentó que la cubierta ALE requería que la propiedad fuera inhabitable, lo cual no se alegó, y que una exclusión por fallo eléctrico fuera de los predios aplicaba. El matrimonio replicó que la falta de servicios básicos hacía la casa inhabitable y la cláusula de exclusión era ambigua. Triple-S insistió en que la ausencia de electricidad no implicaba inhabitabilidad y el fallo fue generalizado. El panel revisor confirmó la Sentencia emitida por el TPI.
2020 • 28 de agosto de 2020
Número de Caso:
KLCE202000586
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera un recurso de certiorari presentado por Ramón Arriaga Gómez y Dianne Lebrón Rondón contra AIG Insurance Co. El caso original en el Tribunal de Primera Instancia (TPI) trataba sobre incumplimiento de contrato por parte de AIG en el pago de daños tras el Huracán María. Los demandantes alegaron que la compensación recibida fue inadecuada. AIG solicitó sentencia sumaria, argumentando que el endoso y depósito de un cheque constituía un "pago en finiquito" que extinguía la reclamación. Los demandantes se opusieron, negando haber sido informados de que el cheque era un pago final. El TPI denegó la sentencia sumaria por existir controversias de hecho, pero ordenó a los demandantes devolver el pago recibido de AIG. Los peticionarios acudieron al Tribunal de Apelaciones para revocar dicha resolución, específicamente la orden de devolución. El Tribunal de Apelaciones resuelve expedir el auto de certiorari y revocar la orden del TPI que disponía la devolución del pago.