2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001081
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso sobre relaciones paternofiliales tras un divorcio. El apelante, Héctor Manuel Román Ortiz, solicitó la reanudación de las relaciones con su hija menor de edad, las cuales cesaron en 2019. La apelada, Carmen Margarita Vera González, se opuso, indicando que la hija no deseaba el contacto. El Tribunal de Primera Instancia ordenó un informe social forense para evaluar la situación. El informe recomendó relaciones terapéuticas y servicios psicológicos para el padre y la hija, sugiriendo la suspensión de relaciones libres inicialmente. La madre aceptó el informe, pero el padre lo objetó. El foro primario no acogió el informe, fundamentando su decisión en la objeción del padre y la voluntad de la menor de 17 años. El padre apeló esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión del Tribunal de Primera Instancia. Por los fundamentos expuestos en la sentencia, el Tribunal de Apelaciones revocó la determinación recurrida.
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001206
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari. El caso surge de un litigio post-divorcio sobre pensión alimentaria y gastos de una hija menor. Tania M. Rosa Fontánez solicitó que Andrés Quevedo Aponte cubriera el 50% de los gastos de vivienda de la menor. Alegó que el padre había asumido capacidad económica para cubrir el 100% de los gastos de la hija, más allá de la pensión estipulada. El Sr. Quevedo Aponte se opuso, indicando que la pensión se basó en un acuerdo previo y que no asumió dicha capacidad. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de la madre sobre los gastos de vivienda. Determinó que no hubo asunción de capacidad, sino una estipulación entre las partes sobre la pensión. Aunque denegó la reconsideración sobre la capacidad, el foro primario refirió el caso a un examinador por un cambio sustancial en la vivienda. La Sra. Rosa Fontánez acudió en certiorari impugnando la determinación sobre la asunción de capacidad y el manejo de la prueba.
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001233
Ponente:
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Resumen:
MAPFRE Praico Insurance Company comparece ante el Tribunal de Apelaciones mediante recurso de certiorari. Solicita la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación y sentencia sumaria. La disputa se origina en una demanda por incumplimiento de seguro tras el Huracán María, presentada por Villa Blanca LTD y otros. MAPFRE argumenta que Villa Blanca LTD incumplió la póliza al ceder sus derechos de reclamación a Attenure Holdings Trust 2 sin su consentimiento. Alega que esta cesión post-pérdida es inválida y precluye la reclamación judicial. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que la póliza no prohíbe las cesiones post-pérdida y que MAPFRE carecía de legitimación activa para impugnar el acuerdo de cesión. MAPFRE recurre, señalando errores del TPI al no atender el incumplimiento contractual y no declarar nulo el contrato de cesión. El documento presenta los antecedentes del caso y los argumentos de la aseguradora peticionaria.
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000099
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una determinación de la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, un confinado, Carlos Pillot Ocasio, alegó que la empresa proveedora de alimentos, Trinity Services, LLC, incumplía con la dieta médicamente prescrita para él. Dicha dieta debía ser libre de irritantes, colorantes, alta en fibra, bajo en sodio, sin soya ni lactosa debido a alergias e intolerancias. Tras agotar gestiones internas, el recurrente presentó varias solicitudes de remedio administrativo. La División de Remedios Administrativos denegó sus solicitudes, confirmando una respuesta previa que indicaba que la dieta se proveía conforme a la orden médica. El confinado solicitó la revisión judicial de esta determinación administrativa. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el caso, decidió revocar la resolución recurrida emitida por la División de Remedios Administrativos.
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000992
Ponente:
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Resumen:
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLEM202100001
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución desestimando una Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción presentada por un confinado actuando por derecho propio. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción, derivada del incumplimiento de los requisitos procesales para perfeccionar el recurso. El escrito del peticionario no identifica la Sentencia, Resolución u Orden que busca revisar ni incluye el apéndice necesario para acreditar la jurisdicción del tribunal. Además, la relación de hechos es confusa y carece de señalamientos de error o discusión de derecho que permitan abordar la controversia. Aunque el peticionario parece querer revisar sus sentencias de cárcel, no proporciona la información específica requerida. El tribunal reitera la obligación de las partes de cumplir rigurosamente con las normas reglamentarias, incluso al comparecer por derecho propio. Ante la ausencia total de información coherente y documentos de apoyo, el tribunal se ve imposibilitado de considerar la petición. Por tanto, se desestima el recurso.
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001347
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera una petición de certiorari presentada por Fulano de Tal. El peticionario impugna una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que autorizó la regrabación de una vista bajo medidas de confidencialidad. El caso subyacente es una demanda presentada por Fulano de Tal contra Demandada A y Demandada B. La demanda solicita sentencia declaratoria, remedio provisional y daños y perjuicios. El peticionario alega que las demandadas obtuvieron, retuvieron y amenazaron con divulgar material íntimo (videos/fotos de cámaras de seguridad) sin su consentimiento. Argumenta que esto constituye una violación a su derecho a la intimidad y propiedad. El caso ha sido tratado con estricta confidencialidad por orden del TPI, incluyendo el uso de seudónimos autorizado previamente por este Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones decide resolver la presente petición de certiorari sin requerir trámites adicionales.
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100031
Ponente:
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Resumen:
2021 • 14 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001136
Ponente:
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Resumen:
2021 • 13 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001093
Ponente:
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Resumen:
Servicios Médicos Universitarios (SMU) interpuso un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia. El caso subyacente es una demanda de daños y perjuicios por alegada impericia médica instada en 2013. El Tribunal de Apelaciones, antes de considerar los méritos, procedió a examinar su jurisdicción. El recurso se originó en la etapa de conferencia con antelación a juicio, donde la parte demandante (recurrida) enmendó su "teoría" en el informe correspondiente. SMU se opuso a esta enmienda, argumentando que introducía nuevas alegaciones en una etapa tardía del proceso. La Resolución del TPI relacionada con esta enmienda fue la que SMU buscaba revisar mediante el certiorari. Tras analizar el historial procesal, el Tribunal de Apelaciones determinó que carecía de jurisdicción para atender el recurso. En consecuencia, el tribunal no pudo entrar a discutir los fundamentos presentados por la parte recurrente.
2021 • 13 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000551
Ponente:
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Resumen:
2021 • 13 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000963
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de relaciones filiales. Edwin Santiago Osorio apeló la negativa del Tribunal de Primera Instancia a considerar su solicitud de custodia compartida. La controversia principal gira en torno a si una sentencia previa de 2018 resolvió definitivamente el asunto de la custodia. La apelada, Naiomy Pastrana Moctezuma, sostiene que la sentencia la designó como progenitora custodia y que no procede relitigar sin cambios sustanciales. El apelante argumenta que la sentencia de 2018 no determinó el tipo de custodia y solicitó un estudio social para evaluar la custodia compartida. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud, concluyendo que el asunto de custodia ya había sido dispuesto. El señor Santiago solicitó reconsideración, la cual fue denegada, llevando el caso al Tribunal de Apelaciones. El apelante alega errores del foro primario, incluyendo la violación al debido proceso y no considerar que las controversias de custodia no son cosa juzgada. El Tribunal de Apelaciones revisa la decisión, recordando que el principio rector en custodia es el mejor bienestar del menor. El documento presenta los antecedentes y los argumentos de las partes antes de la determinación del Tribunal de Apelaciones sobre si el TPI erró.
2021 • 13 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000593
Ponente:
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Resumen:
Una resolución judicial desestima un auto de certiorari presentado por Luis Ramón Ramos. Ramos impugnaba una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud para someter a las víctimas a evaluación psicológica por peritos de la defensa. El tribunal de instancia había sopesado los derechos del acusado y las víctimas, concluyendo que no había justificación demostrada para la evaluación solicitada. El Pueblo de Puerto Rico, representado por la Oficina del Procurador General, informó al tribunal de apelación que no fue notificado del recurso de certiorari. El tribunal requirió a Ramos mostrar justa causa por la falta de notificación al Procurador General. Ramos admitió la omisión, argumentando que la notificación a la Fiscalía era equivalente. La Regla 194 de Procedimiento Criminal exige expresamente la notificación tanto al fiscal como al Procurador General en recursos criminales. Al no encontrar justa causa para la falta de notificación al Procurador General, el panel judicial resuelve desestimar el auto de certiorari. La desestimación se fundamenta en el incumplimiento del requisito procesal de notificación.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000921
Ponente:
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Resumen:
La Sentencia del Tribunal de Apelaciones atiende la apelación de Nélida Quiñones Figueroa contra una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia. Dicha sentencia desestimó su reclamación por daños y perjuicios contra Delta Maintenance Services, Inc. y su aseguradora (AGSM) por entender que la causa de acción estaba prescrita. La apelante sufrió una caída en octubre de 2017 y demandó a Delta en marzo de 2019. El TPI determinó que la demandante no actuó con la diligencia razonable para identificar a la compañía de mantenimiento antes de que transcurriera el término prescriptivo de un año. La apelante sostiene que el término contra Delta comenzó cuando la identificó en noviembre de 2018. Argumenta que la reclamación extrajudicial posterior interrumpió la prescripción, haciendo que la demanda fuera oportuna. El Tribunal de Apelaciones revisa si el TPI aplicó correctamente las reglas de prescripción y diligencia debida en este caso.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN201400872
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el recurso de apelación presentado por Raúl T. González Jorge. El apelante impugna una sentencia del Tribunal de Primera Instancia de San Juan emitida en mayo de 2014. Dicha sentencia lo encontró culpable del delito de asesinato en primer grado y de violaciones a los Artículos 5.04 y 5.15 de la Ley de Armas. Por estos delitos, el apelante fue sentenciado a cumplir una pena total de 125 años de reclusión. Los cargos se derivan de hechos ocurridos el 1 de junio de 2013, que incluyeron la muerte de Héctor Castro Matos y tentativa de asesinato de Héctor Castro Andino. Tras la vista preliminar, se determinó causa probable por asesinato, tentativa de asesinato y las infracciones a la Ley de Armas. El apelante renunció a su derecho a juicio por jurado, y el juicio se llevó a cabo en octubre y noviembre de 2013. El Tribunal de Apelaciones, luego de considerar los fundamentos expuestos, resuelve confirmar la sentencia apelada del Tribunal de Primera Instancia.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000807
Ponente:
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Resumen:
El Consejo de Titulares del Condominio Balcones de San Juan apeló la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda. La demanda original reclamaba ilegalidad de permiso de construcción, prácticas indeseables y daños contractuales contra el desarrollador y otros. Estas reclamaciones se basaban en supuestos vicios de construcción y problemas en el sistema de aguas sanitarias y bombeo del condominio. Previamente, el Consejo de Titulares presentó una querella ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) por problemas similares. El DACo desestimó esa querella por haber sido presentada fuera del término de caducidad de dos años. Dicha resolución del DACo advino final y firme al no ser apelada. A pesar de ello, el Consejo de Titulares presentó la demanda judicial, alegando, entre otras cosas, vicios ocultos. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda con perjuicio. El Tribunal de Apelaciones revisó la sentencia apelada. El Tribunal de Apelaciones confirmó la desestimación de la demanda por el foro primario.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN201900582
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una apelación en un caso de daños y perjuicios por impericia médica. Los apelantes, herederos de Norma Iris Torres Torres, demandaron al Dr. Alfredo Piñero Pereira, alegando que su tratamiento negligente tras una caída causó su muerte. Sostuvieron que el médico no ordenó las placas necesarias que hubieran descubierto una condición fatal. El Dr. Piñero negó la negligencia y afirmó haber ordenado los estudios. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda con perjuicio. Los demandantes apelaron esta decisión buscando su revocación. El Tribunal de Apelaciones revisó el historial del caso, incluyendo la demanda inicial, la contestación, y trámites procesales previos. Tras considerar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia. Esto valida la desestimación de la reclamación por impericia médica contra el Dr. Piñero.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001004
Ponente:
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Resumen:
La presente resolución del Tribunal de Apelaciones atiende la solicitud del Sr. David Efron para revocar un dictamen del Tribunal de Primera Instancia que denegó su petición de dejar sin efecto o suspender un pago provisional de \$50,000 mensuales a la Sra. Madeleine Candelario. Este pago se originó en una resolución de 2001, emitida tras el divorcio de las partes, para el disfrute de bienes gananciales y alimentos. El historial procesal incluye determinaciones previas que clarificaron que el pago correspondía al derecho de la Sra. Candelario al disfrute de la comunidad de bienes post-divorcio, no a alimentos. El Tribunal de Primera Instancia, en julio de 2020, mantuvo la denegatoria a la solicitud del Sr. Efron. Considerando la multiplicidad y frivolidad de los recursos presentados por el peticionario a lo largo del caso, el Tribunal de Apelaciones deniega su solicitud de revocación. Se impone una sanción económica de \$1,000 al Sr. Efron por la naturaleza frívola de su comparecencia.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000308
Ponente:
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Resumen:
El Municipio Autónomo de San Sebastián apeló la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que dejó sin efecto una sanción impuesta a JJM Construction Corp. La sanción se originó por supuestos arbitrios de construcción no pagados por trabajos de reconstrucción de carreteras tras el Huracán María. JJM Construction, contratada para la obra, había pagado parte de los arbitrios pero solicitó reembolso, alegando que era un contrato de emergencia. El Municipio impuso una sanción basándose en la Ley de Municipios Autónomos y ordenanzas municipales. JJM impugnó la sanción, cuestionando su base legal y el debido proceso. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que la sanción se fundamentó en una ordenanza (Ordenanza 34) que no cumplió con el requisito de publicación para entrar en vigor. Por tanto, el TPI declaró Ha Lugar la moción de sentencia sumaria de JJM y eliminó la sanción. El Tribunal de Apelaciones revisó el dictamen. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia apelada, ratificando la anulación de la sanción.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001212
Ponente:
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Resumen:
Un panel de jueces consideró la solicitud de MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY para revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). MAPFRE buscaba que se desestimara una demanda en su contra mediante sentencia sumaria basada en la doctrina de pago en finiquito. La demanda original fue presentada por el Sr. Ángel Serrano Hernández, quien alegó que MAPFRE incumplió su póliza al no compensarlo adecuadamente por daños causados por el huracán María. MAPFRE argumentó que el Sr. Serrano Hernández aceptó y endosó cheques por los ajustes de la reclamación sin objeciones, configurando un finiquito. El recurrido se opuso, señalando fallas en la notificación, el desglose del ajuste y la orientación recibida, impidiendo la aplicación de dicha doctrina. El TPI evaluó las posturas y declaró No Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria de MAPFRE. Tras revisar los escritos y el derecho aplicable, el panel resolvió denegar la expedición del auto solicitado por MAPFRE.
2021 • 12 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000844
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLAN202000844. Las partes son Royal Grass, Inc. y Ángel Javier Carrillo Santiago como apelados, y Luis F. Rosa Díaz como apelante. El recurso proviene del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo (Caso FA2020CV00291), y trata sobre un interdicto posesorio. La sentencia, emitida el 12 de enero de 2021, resuelve un Aviso de Desistimiento presentado por la parte apelante el 5 de enero de 2021. El Tribunal declara con lugar el desistimiento conforme a la Regla 83(A) de su Reglamento. En consecuencia, se ordena el archivo definitivo de la causa. El panel estuvo integrado por los jueces Bermúdez Torres, Domínguez Irizarry y Rivera Marchand.
2021 • 11 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN201901345
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró la apelación presentada por el Banco de Desarrollo Económico (BDE) y Condado 6, LLC. Estos apelaron una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia que declaró nula la cesión de un contrato de préstamo del BDE a Condado 6, LLC. La parte apelada, Triple A&R Capital Investment, Inc., argumentó que Condado 6, LLC no cumplía con el requisito contractual de ser un banco, fideicomiso o institución para recibir la cesión. El foro primario acogió este argumento y declaró con lugar la moción de sentencia sumaria parcial. El BDE y Condado 6, LLC sostuvieron que Condado 6, LLC sí era una institución y que la parte prestataria había asumido el riesgo de transferencia. Tras analizar los argumentos y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones resolvió revocar la sentencia apelada.
2021 • 11 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000540
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre la apelación de Juan Carlos Peña Luguera y Jeremy G. Juarbe Rosario. Los apelantes, una pareja consensual de confinados, buscaron mediante injunction que el Sr. Juarbe fuera trasladado a la misma institución penal que el Sr. Peña para estar juntos. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda de injunction sin perjuicio. La desestimación se fundamentó en que el Sr. Juarbe no firmó la demanda y el Sr. Peña no demostró tener autoridad para representarlo, careciendo de legitimación activa. El Sr. Peña apeló, argumentando que el tribunal primario erró al desestimar sin permitirles presentar su caso. El Tribunal de Apelaciones revisó los autos y el derecho aplicable. Concluyó que la decisión del foro primario fue correcta. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia.
2021 • 11 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000660
Ponente:
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Resumen:
Recurso de apelación instado por Inés Santiago Marrero ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. La apelante solicitó la revocación de una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda contra Mapfre Praico. La demanda original alegaba incumplimiento de contrato y mala fe por parte de Mapfre en el manejo de una reclamación de seguro por daños del huracán María. Mapfre se defendió argumentando que la obligación contractual se había extinguido por la doctrina de pago en finiquito, tras la apelante endosar y cobrar un cheque de pago final. Mapfre presentó una Moción de Sentencia Sumaria basada en este argumento, la cual no fue objetada por la señora Santiago. El Tribunal de Primera Instancia declaró con lugar la moción de Mapfre y desestimó la demanda. Tras evaluar el recurso de apelación, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia del foro primario.
2021 • 11 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN201901351
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo recursos instados por el Banco de Desarrollo Económico (BDE) y Condado 6, LLC. Apelan una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia que declaró nula la cesión de un Contrato de Préstamo del BDE a Condado. Condado había demandado a Triple A&R Capital Investment, Inc. por cobro de dinero tras adquirir el préstamo. Triple Capital argumentó que la cesión era nula porque Condado no era un banco, fideicomiso o institución según el contrato. El BDE y Condado defendieron la validez de la cesión, alegando que Condado era una institución y que Triple Capital asumió el riesgo de transferencia. El Tribunal de Primera Instancia acogió la moción de sentencia sumaria parcial de Triple Capital. Tras analizar el caso, el Tribunal de Apelaciones resolvió revocar la sentencia apelada.
2021 • 11 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001199
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Cristian R. Marrero Roche. El peticionario impugna una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aibonito. Dicha resolución denegó su solicitud de desestimación de una acusación por violación a la Ley de Armas (portación sin licencia). El Sr. Marrero Roche argumentó que el Ministerio Público no presentó prueba en vista preliminar sobre la capacidad de disparar del arma ocupada. Sostuvo que esta falta de prueba impedía considerar el objeto como un arma de fuego bajo la ley. El Tribunal de Primera Instancia, tras revisar la transcripción de la vista, reiteró su negativa a desestimar el caso. Insatisfecho, el peticionario acudió al Tribunal de Apelaciones alegando error del foro primario al no desestimar la acusación por ausencia de prueba esencial. El Tribunal de Apelaciones procede a examinar el caso a la luz de las comparecencias y el derecho aplicable.
2021 • 7 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001261
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una Petición de Certiorari presentada por Rey G. Oquendo Guevarez. El peticionario impugna la decisión del Tribunal de Primera Instancia de Ponce que denegó su solicitud de desestimación de casos. La solicitud de desestimación se fundamentó en la alegada violación de su derecho fundamental a un juicio rápido, conforme a la Regla 64(n) de Procedimiento Criminal. El peticionario argumenta que ha permanecido detenido por más de nueve meses sin juicio, debido a múltiples señalamientos no atribuibles a él. El Tribunal de Primera Instancia justificó la denegatoria en que el peticionario se encuentra sumariado en una institución federal (MDC Guaynabo) fuera del control de las autoridades locales, impidiendo su traslado para juicio. La Resolución detalla el historial procesal, el error alegado por el peticionario y expone el marco legal del recurso de certiorari y el derecho a juicio rápido en Puerto Rico.
2021 • 7 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000351
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resuelve un recurso de certiorari presentado por MAPFRE Pan American Insurance Company. MAPFRE solicitó la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Desestimación y Solicitud de Sentencia Sumaria. El pleito original fue presentado por Ramón Cruz Rivera contra MAPFRE por incumplimiento de contrato y daños relacionados con una reclamación por daños del Huracán María. Cruz Rivera alegó que MAPFRE limitó injustamente el pago, le indujo a aceptar sumas ínfimas y actuó de mala fe. MAPFRE argumentó que la reclamación fue finiquitada mediante un pago, presentando documentos como prueba. Cruz Rivera se opuso, declarando bajo juramento que no se le explicó que el pago era final ni que culminaba la reclamación. El TPI denegó la moción de MAPFRE al encontrar controversia de hechos materiales sobre la defensa de pago en finiquito. El Tribunal de Apelaciones expidió el recurso pero confirmó la determinación del TPI. La decisión valida que existen hechos en disputa que impiden desestimar el caso o dictar sentencia sumaria a favor de la aseguradora.
2021 • 5 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000720
Ponente:
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Resumen:
El señor Edwin Rivera Maya presentó una Moción de Reconsideración ante el Tribunal de Apelaciones. Solicita la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez. Dicha determinación denegó una moción previa del peticionario para corregir su sentencia. La sentencia original fue dictada en 2010 tras un preacuerdo por asesinato en segundo grado y robo en tercer grado. Se le impusieron penas de 25 y 5 años, respectivamente, a cumplirse de forma consecutiva, sumando 30 años. Rivera Maya había intentado previamente impugnar la sentencia y solicitar una rebaja de pena. En su moción actual, argumenta varios errores en su caso y sentencia. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso y los autos originales. Considerando el certiorari como un remedio discrecional y extraordinario, el Tribunal DENEGÓ la expedición del auto solicitado.
2021 • 5 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000835
Ponente:
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Resumen:
Se trata de una apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El caso surge de una demanda por incumplimiento de contrato y daños presentada por Rosa Prieto Castillo contra Mapfre Pan American Insurance Company. La reclamación se relaciona con los daños sufridos por la propiedad de la señora Prieto Castillo a causa del Huracán María. La demandante alegó que Mapfre pagó una cantidad menor a los daños reales e incurrió en prácticas desleales al ajustar su reclamación. Mapfre solicitó sentencia sumaria, argumentando que el pago realizado fue total y final y que el cobro del cheque por la demandante constituyó un pago en finiquito. La señora Prieto Castillo se opuso, cuestionando la valoración de los daños y la validez de la defensa de pago en finiquito. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia sumaria a favor de Mapfre, desestimando la demanda. La señora Prieto Castillo apeló dicha sentencia. El Tribunal de Apelaciones revoca la sentencia sumaria apelada.
2021 • 5 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202100001
Ponente:
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Resumen:
2020 • 30 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000933
Ponente:
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Resumen:
La resolución atiende un recurso de certiorari presentado por el Pueblo de Puerto Rico contra una orden del Tribunal de Primera Instancia que desestimó cargos criminales contra Rafael Ángel Fernández Betancourt. Los cargos fueron desestimados luego de que la vista preliminar no pudiera celebrarse en múltiples ocasiones. El Ministerio Público solicitó la celebración de la vista mediante videoconferencia, citando la pandemia y la falta de traslado del acusado por el Departamento de Corrección y Rehabilitación debido a razones de salud. El tribunal primario denegó la solicitud de videoconferencia y desestimó el caso bajo la Regla 64(n)(5) de Procedimiento Criminal. El Pueblo de Puerto Rico argumentó que el tribunal primario erró al desestimar el caso y al negarse a usar la videoconferencia en el contexto de la pandemia. El recurso de certiorari buscaba la revisión de dicha orden de desestimación. Tras considerar los fundamentos, el panel de jueces denegó la expedición del certiorari solicitado por el Pueblo de Puerto Rico.
2020 • 30 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000570
Ponente:
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Resumen:
Comparece EC Waste LLC ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico solicitando la revisión judicial de una resolución de la Junta de Revisión de Subastas de la Administración de Servicios Médicos (ASEM). La peticionaria impugnaba la adjudicación de la Subasta Núm. A0-0468 para el recogido y disposición de desperdicios sólidos. Dicha subasta fue adjudicada a Consolidated Waste Services, LLC, decisión que la Junta de Revisión de ASEM confirmó. El Tribunal de Apelaciones constituyó un panel especial para atender el recurso. Antes de considerar los méritos, el tribunal procedió a examinar su propia jurisdicción, destacando su deber ministerial de hacerlo. Se reafirmó la naturaleza fatal e insubsanable de los términos jurisdiccionales. Tras su análisis, el tribunal determinó que carecía de jurisdicción sobre el recurso presentado. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de revisión judicial. La desestimación se fundamentó en que el recurso fue presentado de manera prematura.
2020 • 30 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000928
Ponente:
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Resumen:
Este es un recurso de apelación contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró Ha Lugar una solicitud de Mandamus. La señora Vilma Ortiz Ortiz, empleada de ASEM, solicitó ser incluida en un Programa de Preretiro Voluntario. Inicialmente no fue considerada elegible bajo la Ley Núm. 211-2015 por no cumplir con los años de servicio requeridos en 2013. Posteriormente, alegó ser elegible bajo las enmiendas introducidas por la Ley Núm. 170-2016. ASEM reconoció que no la incluyó en la lista original enviada a la OGP por error. ASEM intentó añadirla mediante una Tasación de Implementación Separada, pero la OGP denegó la solicitud, indicando que no estaba en la lista original. La señora Ortiz presentó Mandamus ante el TPI, argumentando un deber ministerial de la OGP de incluirla por su elegibilidad bajo la ley enmendada. El TPI concedió el Mandamus. El Estado apeló la decisión del TPI. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso. Se revoca la Sentencia del TPI.
2020 • 29 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001166
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, Panel II, evaluó una petición de certiorari presentada por José Carrasquillo Román en un caso de habeas corpus procedente del Tribunal de Primera Instancia. La petición fue presentada contra El Pueblo de Puerto Rico. El tribunal recordó su estándar de revisión, limitando la intervención en la discreción del foro primario a casos de craso abuso, prejuicio o error sustantivo que cause perjuicio. Tras evaluar la petición y el escrito de la parte recurrida, el tribunal concluyó que el peticionario no logró demostrar que el foro primario hubiera cometido un error que justificara la intervención apelativa en esta etapa. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
2020 • 28 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000482
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó la determinación de la Autoridad de Alianzas Público-Privadas (AAPP) en un caso de revisión administrativa. Puerto Rico Fast Ferries, LLC (PRFF) impugnó la adjudicación de un proyecto de servicios de transporte marítimo a HMS Ferries, Inc. La AAPP había seleccionado la propuesta de HMS y rechazado la de PRFF para la operación de rutas como San Juan, Vieques y Culebra. La AAPP justificó el rechazo de PRFF señalando que su propuesta no establecía una cuantía fija total a pagar por la Autoridad de Transporte Marítimo (ATM), sujetándola a ajustes futuros. Además, indicó que PRFF incumplió con el requisito de presentar una fianza de propuesta de $5,000,000.00 mediante una carta de crédito específica. PRFF argumentó que la AAPP erró al evaluar su propuesta, tanto en la certeza de los pagos como en el cumplimiento de la fianza, y que el proceso de evaluación fue ambiguo. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el recurso, confirmó la determinación emitida por la AAPP.
2020 • 28 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001018
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios contra Integrand Assurance Company. Tras obtener sentencia a su favor, el recurrido Erdy Quiñones Rivera solicitó el retiro de fondos que Integrand había consignado en el tribunal. Entretanto, Integrand entró en un proceso de liquidación bajo la supervisión del Comisionado de Seguros. El Comisionado se opuso al retiro de fondos, argumentando que el tribunal de instancia carecía de jurisdicción para disponer de los activos de la aseguradora en liquidación. A pesar de una orden previa declarándose sin jurisdicción, el foro primario ordenó la remisión de los fondos al recurrido. El Comisionado de Seguros presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto y revocó la orden del foro primario que permitía el retiro de los fondos. La decisión implica que la disposición de los fondos de Integrand debe manejarse dentro del proceso de liquidación.
2020 • 28 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001088
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari. La parte peticionaria, Mapfre Praico Insurance Company, instó el recurso contra Raúl Martínez. El caso subyacente trata sobre reclamaciones bajo la ley de salario mínimo, vacaciones y enfermedad, proveniente del Tribunal de Primera Instancia de San Juan. El Tribunal de Apelaciones evaluó la petición de certiorari y la oposición presentada por la parte recurrida. Recordó su estándar para intervenir con las decisiones del foro primario, que requiere un craso abuso de discreción o error sustancial. Tras la evaluación, el Tribunal concluyó que la parte peticionaria no logró demostrar que el tribunal de primera instancia hubiera cometido un error. Por lo tanto, determinó que no se justificaba su intervención en esta etapa del procedimiento. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
2020 • 28 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001170
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que atiende un recurso de certiorari presentado por Banco Popular de Puerto Rico (BPPR). El BPPR solicitó revocar una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de noviembre de 2020 que declaró con lugar la ejecución de sentencia solicitada por Juan Félix Trinidad García. El caso se remonta a 2014, cuando el señor Trinidad presentó una petición de injunction relacionada con una reclamación de arbitraje ante FINRA por alegadas pérdidas millonarias. Buscaba detener acciones de cobro y mantener el manejo de dividendos de inversiones. Las partes llegaron a un acuerdo extrajudicial en 2014, que fue incorporado por el TPI en una Sentencia por estipulación enmendada. Dicha sentencia estableció términos sobre pagos personales, continuación de procesos y manejo de dividendos, vigentes hasta el resultado de los foros. El BPPR impugnó la orden de 2020 que ejecutaba esta sentencia estipulada. Tras revisar el expediente, el Tribunal de Apelaciones denegó el auto de certiorari solicitado por el BPPR.
2020 • 28 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001248
Ponente:
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Resumen:
Disputa entre Elisa Márquez Acevedo y Mapfre PRAICO Insurance Company sobre daños causados por los huracanes Irma/María. La señora Márquez demandó a Mapfre por incumplimiento de contrato, alegando subvaloración de daños y negativa a compensar justamente. Mapfre solicitó sentencia sumaria, argumentando que la demandante aceptó un pago en finiquito al endosar un cheque. La señora Márquez se opuso, sosteniendo que Mapfre no le informó que el cheque era un pago final ni las consecuencias de endosarlo, y que existían hechos materiales en controversia. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de sentencia sumaria de Mapfre, encontrando controversia sobre si se informó a la demandante que el cheque constituía una renuncia a reclamaciones futuras. Mapfre recurrió esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones expidió el certiorari y revocó la Resolución del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 23 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001318
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa mediante certiorari una orden del Tribunal de Primera Instancia relativa a la fecha de vista bajo la Ley Contra el Acecho. El peticionario, contra quien se emitió una orden de protección ex parte, impugnó la fecha de vista señalada por exceder el término legal. Según el Artículo 7(c) de la Ley Núm. 284-1999, tras expedir una orden ex parte, el tribunal debe señalar una vista dentro de los próximos cinco días, a menos que la parte peticionaria solicite una prórroga. El Tribunal de Apelaciones determinó que la fecha fijada por el TPI (53 días después) violaba claramente este término estatutario, sin que constara una solicitud de prórroga. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones revocó la orden del TPI. Se ordenó la celebración de la vista dentro del término de cinco días laborables a partir de la notificación de esta Sentencia.
2020 • 23 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000379
Ponente:
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Resumen:
Alexander Grave Ramos acudió al Tribunal de Apelaciones en revisión administrativa contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación, alegando falta de respuesta a una solicitud de reconsideración de reclasificación de custodia. El Tribunal le requirió presentar documentos específicos, como la determinación inicial de la agencia y la solicitud de reconsideración, en un término de diez días para poder acreditar su jurisdicción. Al no presentar los documentos requeridos dentro del plazo establecido, el Tribunal determinó que carecía de la autoridad para atender el recurso. La sentencia explica que los términos para la revisión administrativa son de naturaleza jurisdiccional y su incumplimiento es fatal e insubsanable. Dado que el recurrente no proveyó la documentación necesaria para establecer la base jurisdiccional del caso, el Tribunal desestimó la causa.
2020 • 23 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000338
Ponente:
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Resumen:
El señor José Irizarry Zapata solicitó la revisión administrativa de una determinación disciplinaria del Departamento de Corrección y Rehabilitación ante el Tribunal de Apelaciones. La determinación recurrida fue emitida el 28 de febrero de 2020. El recurrente alegó haber recibido la notificación el 4 de septiembre de 2020, pero no presentó prueba de ello. Para acreditar su jurisdicción, el Tribunal ordenó al recurrente que probara la fecha de recibo de la determinación en un término de diez días. También se le requirió presentar un formulario para litigar In Forma Pauperis. El recurrente incumplió con la orden del Tribunal y no presentó los documentos requeridos dentro del término. La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y el Reglamento del Tribunal de Apelaciones establecen un término jurisdiccional de treinta días para solicitar revisión judicial de una orden final de agencia. Este término es fatal e improrrogable. Dado que el recurrente no probó haber presentado el recurso dentro del término jurisdiccional, el Tribunal carece de facultad para atender el caso. Por consiguiente, el Tribunal desestimó el recurso por falta de jurisdicción.
2020 • 22 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000510
Ponente:
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Resumen:
Este es un fallo del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de cobro de dinero iniciado por Oriental Bank contra Guillermo López Pérez. El banco demandó al deudor por incumplimiento de un préstamo comercial, cuya deuda estaba garantizada con un gravamen sobre una cuenta de inversiones. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia sumaria a favor del banco, condenando al deudor al pago de la deuda principal, intereses, cargos y costas. El deudor apeló, argumentando que el banco no actuó de buena fe al demandar en lugar de ejecutar la garantía. El Tribunal de Apelaciones determinó que la buena fe del banco al no cobrar la deuda de la cuenta garantizada es un hecho controvertido relevante. Este hecho es necesario para determinar la procedencia de ciertos intereses, cargos por demora, penalidades y honorarios pactados. Por lo tanto, el Tribunal de Apelaciones dejó sin efecto la sentencia sumaria apelada. El caso se devuelve al Tribunal de Primera Instancia para que reciba prueba sobre la buena fe del banco. Esto permitirá al foro primario determinar el alcance de la condena al deudor respecto a dichos cargos.
2020 • 22 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000541
Ponente:
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Resumen:
2020 • 22 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000922
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios e interferencia contractual. Los peticionarios, demandados en el pleito original, recurren una decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI) sobre descubrimiento de prueba. La demanda original fue presentada por el Dr. Juan Colón Rivera contra Triple-S Salud y los peticionarios, alegando cancelación de contrato e interferencia. Durante el descubrimiento, surgió que Triple-S recibió propuestas de los peticionarios y de un tercero, el Dr. William Román Torreguitart, Presidente de Puerto Rico Urologic Group (PRUG). Los peticionarios intentaron deponer al Dr. Román Torreguitart y solicitar documentos de PRUG. El TPI denegó la solicitud de extender el descubrimiento a este tercero. Los peticionarios solicitaron certiorari para revocar esa orden. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto y revocó la Resolución y Orden del TPI, autorizando el descubrimiento de prueba contra el Dr. Román Torreguitart y PRUG.
2020 • 22 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000451
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en revisión judicial de una decisión administrativa del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). El recurso fue presentado por David Díaz Deya y 123 Lift, Inc. contra una determinación del DACO que declaró Ha Lugar una querella. La querella original fue presentada por la presidenta de la Junta de Directores del Condominio Washington #26. El DACO había desestimado la querella contra el señor Díaz Deya personalmente, continuando el procedimiento contra 123 Lift, Inc. La agencia administrativa suspendió inicialmente las vistas debido a un pleito judicial previo entre las partes sobre los mismos hechos. Dicho pleito judicial fue desestimado por el tribunal, indicando que la jurisdicción primaria correspondía al DACO. Tras la desestimación judicial, el procedimiento administrativo continuó, aunque con varias suspensiones de vistas. El recurrente solicitó la revisión de la decisión final del DACO ante el Tribunal de Apelaciones. Luego de evaluar el expediente y los argumentos, el Tribunal de Apelaciones determinó revocar la determinación administrativa recurrida. La sentencia detalla el historial procesal relevante que llevó a esta decisión.
2020 • 22 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001305
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una decisión del Tribunal de Primera Instancia en un caso de incumplimiento de contrato contra una aseguradora por daños de huracán. La demandante reclamó que el pago recibido de la aseguradora por los daños causados por el huracán María fue insuficiente. La aseguradora solicitó la desestimación sumaria del caso, alegando que el cobro de un cheque marcado como pago total y final constituía un "pago en finiquito". La demandante se opuso, argumentando que la oferta no fue justa, no recibió la debida orientación y no entendió que el pago cerraba su reclamación. El Tribunal de Primera Instancia, tras reconsiderar una decisión inicial, denegó la solicitud de desestimación sumaria de la aseguradora. La aseguradora apeló esta determinación. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión del foro primario. Concluyó que los hechos necesarios para aplicar la doctrina de pago en finiquito no fueron demostrados de forma incontrovertida en el récord. No se probó que la aseguradora hiciera una oferta justa, brindara asistencia adecuada, que la asegurada entendiera la finalidad del pago, ni que no mediara ventaja indebida. Por tanto, el caso debe continuar para dilucidar estas controversias fácticas.
2020 • 22 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001068
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por Leonardo González Cruz. El peticionario impugna una decisión del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla que denegó sus solicitudes para litigar in forma pauperis, eximirse de aranceles y obtener documentos relacionados con su caso penal. González Cruz buscaba acceder a sentencias, minutas, denuncias, órdenes, transcripciones y evidencia para sustentar su alegación de inocencia y solicitar un nuevo juicio. El Tribunal de Apelaciones revisó la documentación pertinente remitida por el foro primario. Señala que el peticionario no imputó errores específicos al foro primario en su recurso. Considerando la naturaleza discrecional del certiorari y los criterios aplicables, el tribunal determinó denegar la expedición del auto solicitado.
2020 • 22 de diciembre de 2020
Número de Caso:
KLAN202001020
Ponente:
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Resumen:
Yanitsia Irizarry Méndez, candidata a la alcaldía de Aguadilla, presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. Impugnó una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó por falta de jurisdicción su recurso previo. Ese recurso inicial cuestionaba una Resolución de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) sobre la adjudicación de votos. La peticionaria alegó que la definición de "voto mixto" en el Reglamento y Manual de la CEE difería de la establecida en el Código Electoral de 2020. Sostuvo que las máquinas de escrutinio estaban programadas según la definición del Reglamento, no la del Código. Argumentó que esto podría resultar en la adjudicación ilegal de votos inválidos, afectando los resultados electorales municipales. El Tribunal de Apelaciones acogió la apelación como revisión judicial para examinar la determinación del TPI y la controversia planteada sobre la adjudicación de votos mixtos.